Page 452 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil Familia
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Actualmente, el apoyo coadyuva a la persona discapacitada
                en la toma de decisiones, que pueden ser las siguientes: elegir un

                trabajo, tomar una opción inmobiliaria, casarse, aceptar herencias,

                donaciones, renunciar a ellas, o una infinidad de actos o negocios
                que el discapacitado puede realizar sin dejar que se le imponga la

                voluntad de un sujeto sobre la suya propia (Cieza y Olavarría, 2018,
                p. 62). En esta misma línea de pensamiento, una doctrina nacional

                autorizada sostuvo lo siguiente:



                       Los apoyos tienen por función facilitar a la persona que lo necesita
                       la toma de sus propias decisiones para el ejercicio de sus derechos,
                       proporcionándole información, dándole consejos, asesorarla,

                       colaborando para facilitar su comunicación, comprensión y
                       manifestación de voluntad, así como la interpretación y ejecución
                       de sus actos jurídicos […] (Torres, 2019, p. 106).



                    En otras palabras, de manera inequívoca podemos afirmar

                que una de las implicancias más importantes que trajo el nuevo
                tratamiento de la capacidad jurídica es la transición de un sistema

                de sustitución de toma de decisiones a un sistema de apoyos. En
                el sistema de sustitución, la persona con discapacidad no tenía

                capacidad jurídica; por ello, no contaba con autonomía ni tomaba

                sus propias decisiones, sino que existía un trato discriminatorio. En
                cambio, en el sistema de apoyos, es el propio sujeto discapacitado

                quien, en ejercicio de sus derechos, toma sus propias decisiones con
                la asesoría de un apoyo.



                6.2. ¿Quién designa a los apoyos?

                Como ya habíamos mencionado, para el ejercicio de la capacidad

                jurídica de las personas con discapacidad surge la figura jurídica
                del «apoyo», la cual se concretiza a través de una elección libre del

                mismo sujeto discapacitado. La designación puede realizarse ante

                un juez competente o ante un notario.





               JOSÉ WILLIAM DURAN VIVANCO (2020). ¿Realmente el sistema de apoyos y salvaguardias implementado   337
                             en el Código Civil cumple con su función de apoyar a las personas con discapacidad?
                                                            Revista Oficial del Poder Judicial, 12(14): 323-351
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