Parte I: Política General
Parte II: Tierras
Parte III:Contratación y condiciones de empleo
Parte IV: Formación Profesional
Parte V: Seguridad social y salud
Parte VI: Educación y medios de comunicación
Parte VII: Contratos de cooperación a través de fronteras
Parte VIII: Administración
Parte IX: Disposiciones Generales
Parte X: Disposiciones Finales
ParteIX: Disposiciones Generales
Artículo 34
La naturaleza y el alcance de las medidas que se adopten para dar efecto al presente Convenio deberán determinarse con flexibilidad, teniendo en cuenta las condiciones propias de cada país.
Artículo 35
La aplicación de las disposiciones del presente Convenio no deberá menoscabar los derechos y las ventajas garantizados a los pueblos interesados en virtud de otros convenios y recomendaciones, instrumentos internacionales, tratados, o leyes, laudos, costumbres o acuerdos nacionales.
   
 
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