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INDIGENA |
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Presentación |
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La
Corporación Civil para Infraestructura
Socio Económica y de Transformación
Agropecuaria "CCISETA" y el Fondo de
Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas
para el Decenio Internacional de las Poblaciones
Indígenas. Se complace en presentar el
presente instructivo referido a los derechos humanos
y los derechos fundamentales de los pueblos indígenas
del mundo. Para el caso peruano las comunidades
indígenas están denominadas como
comunidades campesinas y nativas, denominativo
optada por gobierno del Perú a partir de
la dación de la Ley de Reforma Agraria
(24 de junio de 1969), promulgada por el General
Juan Velasco Alvarado. En esa época, se
pensó estimular al trabajador del campo
y borrar la terminología de "indio"
por "campesino" que era "despectivo";
sin embargo, pasado los años, el tratamiento
del indio o campesino peruano no ha cambiado.
Al igual que en el resto del mundo y es más
en algunos casos ha empeorado. |
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Ante
esta situación, diferentes organizaciones
indígenas del mundo han presentado demandas
ante los organismos internacionales como las Naciones
Unidas a fin de que los diferentes sistemas de
discriminación y explotación terminen.
Razón por la cual la UNO atendiendo a muchas
de estas demandas ha declarado el "Decenio
Internacional de las Poblaciones Indígenas"
(1995 - 2004), y ha emprendido una campaña
de difusión de los derechos humanos y derechos
fundamentales de estas poblaciones dentro del
sistema internacional cuyo objetivo: |
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"...es
la promoción y la protección de
los derechos de las poblaciones indígenas
y su capacitación para elegir opciones
que les permitan conservar su identidad cultural,
sin dejar de participar en la vida política,
económica y social, con pleno respeto de
sus valores culturales, idiomas, tradiciones y
formas de organización social". (Resolución
50/157 de la Asamblea General de 21-12-1995). |
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Del
que esperamos que la información que contiene
nos ayude a reflexionar y comprender mejor nuestros
derechos y reclamar ante cualquier ente gubernamental
el respeto: |
1-
A la vida, la salud y la alegría; |
2-
A la propiedad colectiva e inalienable de nuestros
territorios; |
3-
A que la explotación de recursos naturales
y los demás proyectos de inversión
no lesionen nuestra integridad cultural, social,
económica y ambiental; |
4-
A decidir nuestro destino y a gobernar nuestros
territorios mediante los procedimientos heredados
de nuestros ancestros; |
5-
A ser consultados y participar en forma decisoria
en cualquier medida administrativa o legislativa
que nos pudiera afectar; |
6-
A proteger y fortalecer nuestras propias culturas(ropa,
idioma, música, costumbres, tradiciones,
etc.); |
7-
A usar en todos los niveles, enseñar y
estudiar en nuestras propias lenguas; |
8-
A aplicar nuestro propio derecho y justicia en
nuestros territorios, es decir la vigencia de
justicia comunal; |
9-
A organizarnos, movilizarnos y protestar en defensa
de nuestros derechos y propuestas; |
10-
A la participación sin discriminación
y mediante medidas que contrarresten la discriminación,
en todos los niveles de la sociedad del Estado. |
11-
A un ambiente ecológicamente, socialmente
y ambientalmente sano y justo en pro de un desarrollo
humano sustentable. |
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Los
postulados descritos están enmarcados y
promovidos por el Decenio Internacional de las
Poblaciones Indígenas dentro del marco
de las Naciones Unidas y contempladas en el Convenio
169 de la OIT y otros. En consecuencia, pregonamos
que un cambio y mundo diferente será posible,
sólo si que nuestros derechos y saberes
son tomados en cuenta en los diferentes procesos
de delineación de políticas de Estado. |
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Territorio
Aymara Lupaqa (Puno), Noviembre del 2002 |