Page 714 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil Familia
P. 714

12
                              Se entiende por activismo judicial, conforme Marcel Storme , el rol
                      del juez que va más allá de la concepción esbozada por Montesquieu: “cet
                                                                          13
                      être inanimé qui est la bouche qui prononce la loi” . Pero, como señalara
                      Couture en unas conferencias dictadas en la Facultad de Derecho de París

                      en la primavera de 1949, “el juez no puede ser la boca que pronuncia las
                      palabras de la ley, porque la ley no tiene la posibilidad material de

                      pronunciar todas las palabras del derecho; la ley procede sobre la base de
                      ciertas  simplificaciones esquemáticas y la vida presenta diariamente
                                                                                                14
                      problemas que no han podido entrar en la imaginación del legislador...” .
                                                                    15
                      De allí la relevancia del activismo judicial  y  de rol integrador de la
                      interpretación judicial para alcanzar  el dictado de sentencias justas  que
                      aseguren la paz social.
                              En los últimos años se ha puesto de moda contrastar el activismo

                      de los tribunales con la restricción de sus poderes, sin embargo no cabe
                      duda que el sistema  que asegura un adecuado funcionamiento de la

                      justicia civil es el que balancea, armoniza e integra adecuadamente ambos
                      de manera de satisfacer el interés privado de los particulares de resolver

                      su conflicto y, simultáneamente,  el del Estado de hacer  respetar  el
                                                                              16
                      derecho objetivo como modo de alcanzar la paz social.

                      2.- El principio de congruencia:
                              Se trata de un principio derivado del principio dispositivo  y  lo

                                                          17
                      definiremos, siguiendo a Peyrano ,  como la exigencia de que  medie
                      identidad entre la  materia, partes y hechos  de una litis incidental  o


                      12  Storme, Marcel, “Role and status of the judiciary as a state power”, en “Essays on transnational and
                      comparative civil procedure” (Scritti sul diritto processuale civile transnazionale e comparato) a cura
                      di F. Carpi, M.A. Lupoi, Torino, 2001, pág. 42.
                      13 Montesquieu, “L’esprit des lois”, Lib. XI, cap.6.
                      14  Couture, Eduardo J., “Introducción al estudio del proceso civil”, Depalma, 1988, p. 70.-
                      15  Señala Storme que el origen de la expresión “activismo judicial” puede encontrarse en la
                      Corte Suprema de Justicia Norteamericana, que ha sido calificada como “activista”. El
                      activismo judicial ha sido definido por Mc. Dowell ( in the “Oxford Companion to the
                      Supreme Court of de United States”, 1992, p. 454) como “the charge that judges are going
                      beyond their appropriate powers and engaging in making law and not merely interpreting
                      it. Against this position is placed the ideal of judicial restraint, which counsels judges to
                      resist the temptations to influence public policy through their decisions and decrees”.
                      16
                          Storme, Marcel,  “Role and status of  the judiciary as a state power”, en  “Essays on
                      transnational and comparative civil procedure”, Torino, 2001,  p. 44,
                      17  Peyrano, Jorge W., “El procesal civil. Principios y Fundamentos, Astrea, 1978, p. 64.




                                                            5
   709   710   711   712   713   714   715   716   717   718   719