Page 313 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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En cuanto al principio de celeridad, este se refiere a que la medida
de protección debe ser emitida lo más inmediato posible. En esa
línea, las formalidades del proceso se condicionan a la tutela efi-
caz de la víctima; caso contrario, se arriesga a que la víctima sufra
mayores daños o incluso sea asesinada, lo cual refutaría el propó-
sito de estas medidas de protección (Corte Superior de Justicia de
La Libertad, 2018, fundamento 4.4.3). Este principio se ve refle-
jado en la habilitación de medios digitales para la emisión de estas
medidas —en su defecto, el traslado del juez a donde se presentó
la denuncia para dictar de inmediato la medida—, en la no nece-
sidad de motivarse a través de una ficha de valoración —entre
otros formalismos— y en el dictado de esta medida con un plazo
máximo de 24 horas (Poder Ejecutivo, 2020, arts. 4.1, 4.3 y 4.5).
En relación al principio de dirección y actuación de oficio, este
exige que el juez a cargo del proceso cumpla un rol dinámico que
satisfaga eficazmente las necesidades del caso. De esta forma, las
medidas de protección no pueden responder solo a las peticiones
de parte, sino que el juez, en tanto observa y analiza el caso, puede
dictar medidas de oficio que garanticen la protección de los dere-
chos humanos objeto de las medidas de protección (Corte Superior
de Justicia de La Libertad, 2018, fundamento 4.4.4). En otras
palabras, lo que la parte demandante solicite como medidas de
protección no condiciona al juez en su parámetro de opciones que
considere pertinentes y necesarias para garantizar su vida e inte-
gridad durante el proceso. Dicho principio se evidencia en que la
medida de protección se motiva en los hechos, las limitaciones a
derechos por otras medidas durante la pandemia y el riesgo de la
víctima (Poder Ejecutivo, 2020, art. 4.4).
Sin embargo, la aplicación de las medidas de protección, en la
práctica, no satisface su propósito. En otras palabras, el Decreto
o
Legislativo n. 1470 no garantiza la protección de la integridad
348 NAVA FLORES, JESÚS MARCELO (2021). La eterna pandemia. Análisis del Decreto Legislativo n. 1470.
o
Revista Oficial del Poder Judicial, 13(15), 333-355

