CARLOMAGNO Y SU EJERCITO
El ej�rcito fue objeto de su constante
preocupaci�n; de todas las instituciones que hered�, fue en este �mbito donde introdujo
el mayor n�mero de reformas durante su reinado.
As� lo testimonian numerosos capitulares. Su acci�n en este campo puede calificarse de
original, pues es el primer pr�ncipe que ha dejado reglamentos sobre la composici�n y
organizaci�n del ej�rcito. Una vez decidida una guerra, Carlomagno redactaba un acta en
forma de capitular, donde fijaba lugar y hora de la reuni�n y el n�mero hombres
convocados. Este documento, trasmitido a condes, obispos, abades, era llevado a
conocimiento de los interesados. En tiempo de paz el ej�rcito no exist�a, excepto la
reducida compa��a de guardias de cuerpo que rodeaban a su persona, y algunos soldados
instalados en las fortalezas situadas en los pa�ses enemigos que era necesario ocupar.
�nicamente el clero fue dispensado del servicio militar, as� como de combate;
resoluci�n tomada desde el primer capitular conocido del tiempo de Carlomagno.
Pero obispos y sacerdotes pueden unirse al ej�rcito "para cumplir con su ministerio
divino", es decir, celebrar la misa y llevar las reliquias, y hemos visto como
Carlomagno se serv�a de ellos en las empresas de guerra y de conquista. Pero si todos
est�n obligados al servicio de las armas, Carlomagno, con inteligente prudencia no
convoca nunca m�s que el n�mero de guerreros necesarios para la expedici�n proyectada y
los elige en la zona vecina al teatro de las operaciones, lo que le otorga una ventaja
grande en rapidez y econom�a. Los cronistas, en cambio, evocan al rey haciendo la guerra
con todo el ej�rcito de Francia. Carlomagno no se contentaba s�lo con disponer las
cosas, sino que vigilaba la estricta ejecuci�n del reclutamiento: d�a y lugar de la
reuni�n, v�veres, armas y vestuario para tres meses, sanciones en caso de retardo
(privaci�n de la carne y el vino) o falta de respuesta al llamado (multa). Algunos
funcionarios son los encargados de cobrar las multas "sin tener en cuenta ni la
persona, ni las amenazas o lisonjas". El rey es despiadado en caso de deserci�n,
verdadera y propia, reconociendo en ello un crimen de lesa majestad que debe ser castigado
"seg�n una antigua costumbre", con la pena de muerte y la confiscaci�n de
bienes. En una carta a Fulrad, abad de San Quint�n, resume en pocas palabras sus
instrucciones: "Vendr�s con tus hombres al lugar indicado, porque desde all� te
enviaremos la orden de marcha. Debes traerlos pertrechados, vale decir con armas,
instrumentos, v�veres y vestuario, en fin todo lo que es �til en la guerra. Cada uno de
tus caballeros debe tener escudo, lanza, espada y daga, arco, carcaj y flechas. Cada uno
de tus carros debe contener hachas, segures (hachas grandes), cuerdas de tripa y azadas de
hierro y todos los dem�s arneses necesarios para combatir al enemigo. Que los utensilios
y v�veres puedan durar tres meses, que las armas y vestuarios sean en cantidad suficiente
como para seis meses. Si te ordenamos todo esto, es para que lo hagas cumplir y llegues
tranquilo al lugar que nosotros te indicamos; tambi�n para que a o largo del camino no
debas ocuparte de otra cosa que de la hierba, de la le�a y del agua que tendr�s
necesidad."
Para recompensar todo esto, Carlomagno cree necesario colocar bajo la tutela del Estado
los bienes del soldado que ha partido para la guerra; el malhechor que atenta contra la
esposa o su casa ser� encarcelado hasta su regreso y muy severamente castigado. Se
preocupa por la organizaci�n de la intendencia militar: reglamenta la adquisici�n, el
tr�fico y el transporte de los v�veres, de las armas, del vestuario. En esa forma, y en
el momento necesario, est� seguro de disponer de un ej�rcito bien equipado,
abundantemente nutrido. Como todo lo ha dispuesto por medio de actas en forma de
capitulares, el d�a de reuni�n se complace en pasar revista a sus guerreros. Y la
columna se encamina, ordenada y pintoresca, seguida de una larga fila de carros tirados
por caballos o por bueyes, sobre los cuales se amontonan provisiones y municiones, al son
de trompetas y de un canto militar, una especie de melod�a compuesta por Alcuino, a
pedido del Emperador, para "atemperar, con la suavidad de sus notas, la fiereza de
los �nimos".
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