Page 83 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil Familia
P. 83
La acumulación de pretensiones y los dolores de cabeza de los justiciables
The joinder of claims and the headaches of the litigants
ODV GLYHUVDV SUHWHQVLRQHV IXHUDQ FRQH[DV R HQ VXV UHVSHFWLYRV \ FRUUHVSRQGHQ H[DFWDPHQWH DO DUWtFXOR
petitorios o en sus respectivas causas de pedir. del CPC de 1993 (salvo el último párrafo
GHO WH[WR YLJHQWH TXH HQ HO 3UR\HFWR QR
Pero no ha sido así (como lo demuestra el pequeño caso del estaba), o sea el que todas las pretensiones
cual partimos), por lo que nuestros operadores judiciales, sin fueran de competencia del mismo juez,
OD PiV PtQLPD UHÀH[LyQ FUtWLFD VLJXHQ H[LJLHQGR TXH HQWUH que no fueran contrarias entre sí, salvo que
las diversas pretensiones haya identidad total de elementos fueran propuestas en forma subordinada o
REMHWLYRV 3RU HOOR D ¿Q GH FRQWULEXLU D TXH HPHUMD XQ WDQWLWR alternativa, y que fueran tramitables en una
de sentido común, no me cabe sino reiterar (70) que el actual misma vía procedimental.
artículo 86 CPC no estuvo proyectado con la redacción que
hoy tiene (rectius, que tuvo desde la promulgación del Código). Ahora, de la lectura del artículo 85 del
Proyecto se aprecia claramente que para
En efecto, cuando en Febrero de 1992 se publicó el (así acumular “pretensiones de varios o contra
llamado) Proyecto del Código de Procedimientos Civiles, el varios” se requería que todas provinieran del
actual artículo 86 CPC tenía una muy distinta redacción. PLVPR WtWXOR VH UH¿ULHUDQ DO PLVPR REMHWR
“o´ TXH H[LVWLHUD FRQH[LGDG HQWUH HOODV <
Es así que la regulación de la acumulación subjetiva de FyPR HO DUWtFXOR GHO 3UR\HFWR GH¿QtD D
pretensiones estaba distribuida en los artículos 85 y 87, que OD ³FRQH[LGDG´ GH PRGR VLPLODU D QXHVWUR
rezaban así: actual artículo 84 CPC, vale decir como mera
comunidad de alguno de los elementos de
“Artículo 85.- Acumulación subjetiva de pretensiones. cada una de las pretensiones (o por lo menos
Requisitos.- Se presenta cuando en una demanda se elementos “homogéneos” (71) ), al establecer
acumulan varias pretensiones de varios demandantes o TXH EDVWDED OD FRQH[LyQ SDUD DFXPXODU
contra varios demandados. VH HQWHQGtD FODUDPHQWH TXH OD FRQH[LyQ
tratándose de acumulación subjetiva (rectius,
Esta acumulación es procedente siempre que provengan de diversidad de sujetos parte), se podía dar
GH XQ PLVPR WtWXOR VH UH¿HUDQ D XQ PLVPR REMHWR R H[LVWD en cualquiera de los elementos objetivos de
FRQH[LGDG HQWUH HOODV´ la pretensión: en el título (o sea en la causa
petendi), en el objeto (o sea en el petitum) o en
“Artículo 87.- Requisitos de la acumulación subjetiva.- Son ambos, con lo cual el círculo se cerraba. Ello
los mismos de la acumulación objetiva, pero además debe estaba reiterado en el artículo 87 del Proyecto
KDEHU FRQH[LGDG HQWUH ODV SUHWHQVLRQHV´ que señalaba como requisito adicional a los
GH OD DFXPXODFLyQ H[FOXVLYDPHQWH REMHWLYD HO
Los requisitos a los que hacía referencia este último GH OD ³FRQH[LGDG´
artículo estaban contenidos en el artículo 86 del Proyecto
FRQH[LGDG HQWUH HOODV OD FXDO YLHQH UHJXODGD SRU HO DUWtFXOR GHO FyGLJR (VWR ~OWLPR TXH D SULPHUD YLVWD UHVXOWD RFLRVR \
reiterativo, sirve de complemento al primer concepto y adicionalmente a la mayor coherencia y sistematicidad de la norma”
(Ídem.; p. 78, nota 192). Ciertamente no es propiamente “coherente” considerar que un imposible lógico pueda dar “mayor
coherencia y sistematicidad” a una norma.
(70) “Reiterar” porque ya lo señalé en mi (ya viejo, pero, por lo visto, aún actual) Litisconsorcio facultativo y ejecución. Óp. cit.;
pp. 495 y siguientes.
$Vt GHFtD HO DUWtFXOR GHO 3UR\HFWR ³+D\ FRQH[LGDG FXDQGR VH SUHVHQWDQ HOHPHQWRV FRPXQHV HQWUH GLVWLQWDV SUHWHQVLRQHV
o, por lo menos, elementos homogéneos”. Esta redacción se mantuvo en el CPC promulgado el 28 de febrero de 1992 (“hay
FRQH[LGDG FXDQGR VH SUHVHQWDQ HOHPHQWRV FRPXQHV HQWUH ODV GLVWLQWDV SUHWHQVLRQHV R SRU OR PHQRV HOHPHQWRV KRPRJpQHRV
en ellas”). Con la Fe de Erratas publicada en El Peruano el 31 de marzo de 1992, se cambia aquello, “homogéneos” por
³D¿QHV´
Revista IUS ET VERITAS, N° 47, Diciembre 2013 / ISSN 1995-2929 215 IUS ET VERITAS 47

