Page 585 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil Familia
P. 585

226                            Patricia Cuenca Gómez


                  con el derecho al reconocimiento de la capacidad jurídica. Y de igual forma
                  que el conjunto del texto internacional, este precepto supone una aplicación
                  coherente de los valores en los que se sustenta el discurso de los derechos –
                  dignidad, autonomía, solidaridad– al ámbito de la discapacidad y, especial-
                  mente, al ámbito de la discapacidad mental o intelectual –pero también al
                  campo de determinadas discapacidades sensoriales– en el que tradicional-
                  mente habían sido pasados por alto o se habían proyectado de manera me-
                                17
                  nos rigurosa .
                      Aunque no puedo detenerme en exceso en el análisis de esta cuestión,
                  es importante señalar que, en todo caso, la superación de esta contradicción
                  exige no sólo una modificación de la normativa y las políticas de derechos
                  humanos, sino también, como se ha ocupado de poner de relieve Rafael de
                  Asís en diversos trabajos, un replanteamiento de la teoría “estándar” de los
                  derechos cimentada sobre un modelo de individuo caracterizado por sus ca-
                             18
                  pacidades . En efecto, la dignidad humana –referente central del discurso
                  de los derechos– tiene como presupuesto la consideración de los seres hu-
                  manos como agentes morales, esto es, como sujetos dotados de ciertas “ca-


                    17  Vid. en relación con la discapacidad en general G. QUINN y T. DEGENER, Derechos
                  Humanos y Discapacidad. Uso actual y posibilidades futuras de los instrumentos de derechos humanos
                  de las Naciones Unidas en el contexto de la discapacidad, Documento Naciones Unidas HR/PUB/
                  02/1, Nueva York y Ginebra, 2002 (http://www.unhchr.ch/html/menu6/2/disability_sp.pdf) y en
                  relación con la discapacidad mental e intelectual G. QUINN, “An ideas paper on Legal Capa-
                  city”, cit. Vid. también sobre la proyección de los valores mencionados en el ámbito de la dis-
                  capacidad I. CAMPOY CERVERA, “Una aproximación a las nuevas líneas de fundamenta-
                  ción de los  derechos de  las personas con  discapacidad”,  Revista telemática de  filosofía del
                  derecho, núm. 8, 2004-2005, pp. 125-155.
                    18  Vid. R. de ASÍS ROIG, “La incursión de la discapacidad en la teoría de los derechos:
                  posibilidad, elección, Derecho y Poder”, en I. CAMPOY CERVERA, (ed.), Los derechos de las
                  personas con discapacidad: perspectivas sociales, políticas, jurídicas y filosóficas, Dykinson, Madrid,
                  2004, pp. 59-73; “Derechos humanos y discapacidad: algunas reflexiones derivadas del análi-
                  sis de la discapacidad desde la teoría de los derechos” ya citado y “Sobre la capacidad” en F.
                  BARIFFI, y A. PALACIOS, (coords.), Capacidad Jurídica, Discapacidad y Derechos Humanos: una
                  revisión  desde la Convención Internacional  sobre  los  Derechos de las Personas con Discapacidad,
                  Ediar, Buenos Aires, en prensa. Un examen crítico del tratamiento que las teorías de la justi-
                  cia basadas en derechos dan a las personas con discapacidad puede verse en el trabajo de
                  M.C. NUSSBAUM, Las fronteras de la justicia. Consideraciones sobre la exclusión, trad. Ramón
                  Vila Vernis y Albino Santos Mosquera, Paidós, Barcelona, 2007 en el que la autora modifica
                  sus planteamientos anteriores que excluían a algunas personas con discapacidades mentales.
                  Vid. también la crítica de M. A. STEIN, “Disability Human Rights”, California Law Review,
                  vol. 95, núm.1, 2007, al trabajo de Nussbaum.


                  DERECHOS Y LIBERTADES                                                  ISSN: 1133-0937
                  Número 24, Época II, enero 2011, pp. 221-257
   580   581   582   583   584   585   586   587   588   589   590