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podrán verse afectados con la decisión a emitirse justificará que se puedan acumular a fin de reducir THEMIS 58
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por el juez . Lo importante es que habrá un costos de litigación y evitar pronunciamientos Revista de Derecho
litisconsorte facultativo dependiendo de que cada opuestos sobre el mismo hecho dañoso. Los casos
demandante plantee su propia pretensión contra de pretensiones con un mismo objeto (entendido
el mismo demandado, o de que el demandado como el bien jurídico concreto para el caso)
plantee una pretensión distinta para cada planteadas por varios demandados contra un
demandado. En este punto es donde aparece la mismo demandante, o planteadas por un mismo
acumulación. demandante contra varios demandados, parecen
salir más bien de especulaciones de laboratorio. La
El artículo 86 del Código Procesal Civil dispone que consideración como mismo objeto al bien jurídico
para que proceda una demanda con pretensiones pretendido en abstracto llevaría a sostener que
acumuladas y litisconsorcio facultativo, deben varias pretensiones de desalojo planteadas por
provenir “de un mismo título, se refieran a un mismo diversos propietarios sobre inmuebles distintos,
objeto, exista conexidad entre ellas y, además, se contra un mismo demandante, serían acumulables
cumplan los requisitos del Artículo 85” (misma vía en el mismo proceso porque pretenden el mismo
procedimental, mismo juez competente y que objetivo común que es el desalojo de inmuebles.
no sean contrarias entre sí). Una interpretación Bajo esa lógica podríamos acumular entonces
gramaticalmente literal nos llevaría a decir que todos los desalojos del país en un solo proceso, lo
existen seis requisitos que deben ser concurrentes: cual sería absurdo.
mismo título, mismo objeto, conexidad y los tres
del artículo 85. Pero la redacción de esa norma no En conclusión, una correcta aplicación de los
es la mejor y ha venido generando una serie de requisitos de la acumulación con litisconsorcio es
confusiones. que, además de los requisitos de la acumulación
simple, las pretensiones sean conexas por objeto
La clave de toda la acumulación con litisconsorcio o título, en este último caso ya sea como causal o
es la conexidad, que aparece como un requisito semi-causal.
específico. Ya en el acápite II de este trabajo
sostuve que la conexidad se determina a partir C. La acumulación sucesiva
de elementos comunes entre las pretensiones,
que básicamente son el objeto (bien jurídico La discusión de varias pretensiones también es
pretendido) y el título como los hechos posible que se produzca después de que se haya
esenciales que la sustentan. Por ello, exigir que iniciado el proceso con una sola pretensión. A esta
las pretensiones sean conexas pasa por compartir segunda posibilidad se le llama acumulación suc-
alguno de esos dos supuestos (objeto y hechos). De esiva de pretensiones. Se presenta cuando en el
ahí que entonces la conexidad como un requisito desarrollo del proceso, luego de la notificación de
de la acumulación subjetiva de pretensiones, es la demanda o el emplazamiento, se agregan otras
algo reiterativo. pretensiones que proceden no necesariamente de
la parte que dio inicio al proceso. Veamos los su-
Pero tampoco es que, además de los tres requisitos puestos más importantes en nuestro sistema.
de la acumulación simple, nos quedemos solo con
el título y el objeto como requisitos adicionales 1. Acumulación de procesos
para la acumulación con litisconsorcio. Si exigimos
que las pretensiones contengan el mismo título La acumulación de procesos es aquella en donde
y el mismo objeto, prácticamente sería imposible se produce la reunión de dos o más procesos
que se presente esta acumulación en la realidad. iniciados por separado. Para Lino Palacio esta Mario Reggiardo Saavedra
O pedimos que las pretensiones compartan el acumulación es necesaria en razón de haber
mismo objeto o el mismo título, pero no ambas a pretensiones conexas que si son sustanciadas
la vez. separadamente pueden generar decisiones
contradictorias , sin perjuicio de las ventajas en el
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La conexidad por título se da, por ejemplo, ahorro de los recursos involucrados.
si varias víctimas de un accidente de tránsito
demandan sus pretensiones de indemnización Para el caso peruano, a partir de los artículos 88
propias, acumulándolas en una sola demanda. El y 89 del Código Procesal Civil considero que los
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hecho en común es el mismo accidente, lo que requisitos para que se acumulen procesos son
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PALACIO, Lino. Op. cit.
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“Art. 88: Acumulación objetiva sucesiva.- Se presenta en los siguientes casos: (…) 3. Cuando de oficio o a petición de parte, se
reúnen dos o más procesos en uno, a fin de que una sola sentencia evite pronunciamientos jurisdiccionales opuestos”.
Art. 89: Acumulación subjetiva de pretensiones originaria y sucesiva. (…) La acumulación subjetiva de pretensiones sucesiva se
presenta en los siguientes casos: (…) 2. Cuando dos o más pretensiones intentadas en dos o más procesos autónomos, se reúnen
en un proceso único. En este último caso, atendiendo a la conexidad y a la eventual diferencia de trámite de los procesos acumula-
dos, el Juez puede disponer su desacumulación en el trámite, reservándose el derecho de expedir una sola sentencia”.
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