Logo de AITP

Asociación Independiente de Trabajadores Prejubilados, Jubilados y Desvinculados del Grupo Telefónica.

Principal Arriba Asóciate Mapa Web Teléfonos útiles Enlaces

Exp. 4403

Carta Defen.Pueblo Carta SGP Certi.bases de cotiz.SS Club Senior Demanda no mutualistas Exp. 4403 FP Uni. de Zamora Interes jubilación Jun.Gal.de Acc. 2003 Jun.Gal.de Acc. 2004 Recurso 687_1515 Recurso 687_1515_1 Recla. judic.ERE/Tef Subsidio1 Tesorería. Gral. SS Última


ACTUACIONES PARA LOS AFECTADOS ERE 2003-2007 (EXP. 44/03)

             Los compañeros que estén pensando en  adherirse al ERE, deben tener en cuenta:

§         Revisar el contrato que firmaran  con la Empresa, comprobando: La cantidad que van a percibir mensualmente se corresponde íntegramente con lo que les informaron.

§         Comprobar las últimas cuotas de la Seguridad Social y el tiempo total de cotización, son correcto. Si cumplen como mínimo 24 mensualidades de cotizando máxima dentro de los últimos 5 años trabajados,  a la Seguridad (esto es algo importante para todos a la hora de la firma del Convenio con la Seguridad Social dos años mas tarde, los compañeros que cotizaron después de 1967 y tiene mas de 55 años se verán afectados negativamente)

§         Con la documentación que nos facilita la Empresa iremos al INEM, solicitaremos el desempleo. Nos entregaran la carta verde y la tarjeta para  su renovación periódica, al principio será cada tres meses (podremos solicitar al INEM, que sea anual) y no dejaremos de sellarlo hasta finalizar el Convenio con la Seguridad Social, al cumplir los 61 años.

§         Cuando en la prestación que recibimos del Paro nos empiecen a descontar la parte de la Seg. Social, en la nomina de Telefónica, aparecerá una sola cantidad, pero ira incluida la cantidad correspondiente a ese apartado.

§         No deshacerse de documentos: nominas, planes de pensiones o cualquier otro que en un futuro pueda sernos de utilidad o referente para cualquier demanda.

 AL CUMPLIR LOS DOS AÑOS:

 §         Solicitaremos el certificado de cuotas de las bases de cotización al INEM, un mes antes de finalizar el desempleo (tardan entre 20 y 30 días).

§         Una vez finalizado el desempleo, con ese certificado, el DNI, la cartilla de la Seguridad Social, iremos a la Tesorería de la Seguridad Social de nuestra zona, para solicitar la firma del Convenio Especial.

§         En el impreso que nos entrega la Tesorería son importantes los siguientes puntos:

1.- Datos personales

2.-  ( X ) Alta

3.-  Tipo de Convenio Especial

 ( X ) Normas y Ordinario)

4.-  Causas del convenio especia

       ( X ) Extinción de prestación contributiva de desempleo

5.-  Eficacia y contenido del convenio Especial

       ( X ) Día siguiente a la baja en el régimen o inicio  etc.

       Base de cotización

       ( X ) MÁXIMA.

       ( X ) Solicitud del incremento automático de base de cotización etc.

 6.- Declaración (indique la ocupación que se va a dedicar en el futuro).-

        NINGUNA             

§         La cotización máxima a la Seguridad Social, serán diferente según los colectivos:

§         Los compañero que se fueron desvinculados con edades comprendidas entre 52 y 54 años, firmaran el convenio con la Tesorería de la Seguridad Social, si no   cotizaron durante los 5 últimos de trabajo,  24 meses como mínimo a la máxima de la Seguridad Social, les corresponde la cantidad que resulte de  la media de los 12 últimos meses de cotización en su etapa de desempleo. Si cumplen la   condición anterior, tendrán derecho a la máxima que  en ese momento este vigente. 

§         Los Desvinculados que tenían 55 años o mas, y son mutualistas (cotizaron a la Seguridad Social antes de 1 de Enero de 1967),  firmaran el convenio con la Tesorería y podrán cotizar a la máxima, si cumplen la condición ya expuesta en el caso anterior.

§         La cantidad que corresponda abonar a la Seguridad Social, Telefónica SAU, la ingresara todos los meses, sobre mediados de mes, una vez le presentemos el primer pago a la Seg. Social, pero tener muy presente que somos nosotros los únicos responsables del pago mensual a la Seguridad Social.

§         Todos los años, presentaremos a Telefónica el recibo justificando el incremento anual, para que haga efectiva la diferencia. 

§         Los compañeros que se marcharon o puedan marcharse con 55 años o mas, y NO  y cotizaron a la Seguridad Social DESPUÉS de 1967, el convenio con la Seguridad Social, lo suscribe directamente Telefónica SAU, a estos compañeros se les deniega la complementación a la base máxima ( no la revalorización anual).  Según este organismo la Orden TAS 3862/2004, del    22-11-2004, que modifica la Orden Tas 2865/2003 de 13-10-2003, que regula en su articulo 20, el convenio especial de empresarios y trabajadores sujetos a expedientes de regulación de empleo que incluyen a trabajadores con mas de 55 años de edad, en su modificación, del articulo 20 dice:

Uno. “Así mismo, la base de cotización aplicable se modifica en este convenio especial, respecto de los trabajadores menores de 61 años de edad podrá ser incrementada en cada ejercicio conforme a los establecido en los apartados 2.2.a 2.5 etc., dejando fuera el 2.1, que es el que obligaría a la cotización máxima de quienes cumpliendo los requisitos antes mencionados tendrían derecho.

     Siendo este colectivo los primero que padecen esta discriminación, y convencidos del trato, discriminatorio con respecto al resto de prejubilados y desvinculados y viéndose afectada, todavía mas la reducción de la prestación económicas de sus futuras pensiones, reivindicamos la modificación de este articulo,  desde la Asociación estamos trabajando para que esto se repare lo antes posible.

§         Después de finalizar el desempleo, un mes mas tarde, se podrán solicitar el subsidio para mayores de 52 años, todos los compañeros, sabemos que algunas oficinas del INEM no admiten esta solicitud, aun teniendo obligación, de cualquier manera podéis dirigiros a las oficinas centrales c/ Canillas, 104

§         El documento que  pueden solicitaros al hacer dicha la solicitud  es el “Certificado de la cuantía por indemnización y en el mes de su finalización” solicitarlo en el Master II, 2º plta.

§         Recomendamos solicitar  las cotizaciones a la Seguridad, mes a mes, de todos los años cotizados.

VARIOS:

 Los compañeros que hayan prestado el servicio militar y piense solicitar el certificado por el tiempo de permanencia al Gobierno Militar para ver si esto computa a efectos de cotización, llamarnos a la Asociación.

 Desde la Asociación estamos trabajando en los temas que nos afectan: la  recuperación de nuestro derecho al subsidio para mayores de 52 años y de una forma especial, conseguir la igualdad para nuestros compañeros de 55 a los que  no se les permite la cotización máxima a la Seg. Social  un derecho que nunca debieron perder

Estaremos  preferentemente los martes y jueves, pero podéis acudir o llamarnos de lunes a viernes de 10:00 a 13:30.

            ESPERAMOS CONTAR CON LA COLABORACIÓN DE TODOS, Y CONSEGUIR QUE NUESTRAS DEMANDAS SALGAN ADELANTE. “GRACIAS”

  TELÉFONOS DE INTERÉS:

  -  Convenios Especiales.-                   91 584 74 79 (MASTER II  - 6º plta.)      

 -  Certificado de Indemnización.-        91 584 63 38  (MASTER II - 2º plta.)

 -  Recursos Humanos.-                       91 584 75 16

NOTA.-

             Seguimos trabajando en las reclamaciones sobre el subsidio de desempleo y la demanda que afecta a los compañeros con mas de 55 años, NO mutualistas, que no pueden cotizar a la cuota máxima de la Seguridad Social.

 Para más información poneros en contacto con la Asociacion.

Principal ] Arriba ]

Envíe un mensaje al Administrador Web con preguntas o comentarios sobre este sitio Web.
 Copyright © 2000-2008 Asociación Independiente de Trabajadores Prejubilados, Jubilados y Desvinculados del Grupo Telefónica
Resolución mínima de 1024x768 Última modificación: 18 de agosto de 2008
  .
Hosted by www.Geocities.ws

1