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LA TENENCIA Y EL RÉGIMEN DE VISITAS DE LOS HIJOS...                   Liliana Bertha Castillo Regalado
                   13. JUSTICIA ESPECIALIZADA DE                   Es norma universal el derecho de niños y
               FAMILIA  EN LA DETERMINACION DE LOS             adolescentes de mantener relaciones personales
               ROLES DE CRIANZA DE LOS HIJOS                   con ambos padres, aun cuando los padres no vivan
                                                               juntos.  La legislación europea y especialmente
                   A tenor del artículo 84º inciso c) del Código   la comunitaria ha puesto énfasis en el derecho
               de los Niños y Adolescentes, surge la necesidad   de todos los miembros de la familia de tener
               GH ¿MDU HO UpJLPHQ GH YLVLWDV SDUD HO SDGUH TXH QR   relaciones familiares respetadas por la ley, así
               ejerza la tenencia o custodia del niño o adolescente.  como en el derecho de niños y adolescentes a
                                                               protección en caso de disolución del matrimonio
                   El trámite judicial de tenencia se inicia con la   de los padres.
               petición por el padre / madre del niño / adolescente.
                                                                   15. OTORGAMIENTO DE LA TENENCIA DE
                   El funcionamiento de estos órganos          LOS HIJOS
               jurisdiccionales supone la existencia de procesos
               especiales y diferentes de los implementados para la   En orden prioritario la tenencia de un hijo
               VROXFLyQ GH FRQÀLFWRV SXUDPHQWH SDWULPRQLDOHV  /RV   VH ¿MD HQ IXQFLyQ GHO FRQYHQLR FHOHEUDGR HQWUH
               tribunales de familia modernos son diseñados como   los padres determinando quién va a detentar su
               RUJDQLVPRV LGyQHRV SDUD OD VROXFLyQ GH FRQÀLFWRV   ejercicio. Ello ha de ser resultado de un acuerdo
               familiares. Estos tribunales especializados y   de los progenitores, quienes habrán tenido en
               técnicamente asesorados contribuyen a garantizar   cuenta la experiencia previa en la convivencia
               y consolidar la convivencia, y resolver con mayor   y el interés del menor o menores.
               MXVWLFLD \ H¿FDFLD ORV FRQÀLFWRV IDPLOLDUHV
                                                                   El consenso se presenta así como la mejor
                   Dichos tribunales especiales que funcionan en   de las soluciones, pero no exime al tribunal de
               nuestro país, son auxiliados por equipos técnicos,   revisar lo acordado antes de su homologación
               estructurados con similares características, e   D ¿Q GH YHUL¿FDU VL FRQVXOWD DGHFXDGDPHQWH HO
               integrados por profesionales médicos, psicólogos,   interés de los menores.
               psiquiatras y asistentes sociales. Se trata, entonces,
               de un nuevo modelo de justicia, en el que se        La solución contenciosa en sede judicial se
               privilegia la protección concreta del interés superior   presenta como subsidiaria y sólo debe acudirse
               GH OD IDPLOLD  D WUDYpV GH HVTXHPDV ÀH[LEOHV TXH   a ella cuando existe discrepancia entre los
               favorecen la actuación de un juez comprometido   progenitores.  Siendo en este caso el órgano
               con los resultados  Siendo su característica    judicial el que decidirá a quién atribuir la guarda
                                18.
               principal la exclusividad en su competencia, su   SURYLVRULD R GH¿QLWLYD
               extra patrimonialidad y la necesidad de imponer
               la especialización de sus operadores 19.            Igual situación se presenta en el caso
                                                               de existencia de hijos extramatrimoniales
                   Otros, solicitan además que el otro padre   reconocidos por ambos progenitores. El ejercicio
               tenga un régimen de visitas limitado, recortado,   de la patria potestad corresponderá a ambos
               ya sea dentro del hogar donde el hijo habita o   padres en forma compartida si conviven, pero si
               la aproximación sea supervisada por un familiar   se interrumpió la cohabitación, debe resolverse
               directo.                                        quién ejercerá la tenencia con similares pautas
                                                               que si se tratara de hijos matrimoniales, aunque
                   14. RELACIONES DEL HIJO CON AMBOS           en esta alternativa la reclamación de la guarda
               PADRES                                          será siempre acción principal.

                   Distinta también es la petición de la tenencia   Es habitual que ante la separación de
               exclusiva de sus hijos, solicitando que el otro   los padres, los hijos menores permanezcan
               padre no tenga oportunidad de interrelacionarse   conviviendo con la madre, quien generalmente
               FRQ HOORV  HQ RWUDV SDODEUDV TXH QR VH OH ¿MH XQ   ejerce una guarda de hecho desde la ruptura
               régimen de visitas.                             de la pareja.



                    %(5,=21&(  5REHUWR  %(50(-2  3DWULFLD \ $0(1'2/$5$  =XOHPD  7ULEXQDOHV \ SURFHVR GH IDPLOLD  OH\        PRGL¿FDGD SRU
                   ley 12.318), La Plata, Buenos Aires, 2001, p. 18.
               19   BERTOLDI DE FOURCADE, María V. y FERREYRA DE LA RÚA, Angelina, Régimen procesal del fuero de familia, Depalma, Buenos
                   Aires, 1999, p. 5.


                       IPEF,  Revista Jurídica del Instituto Peruano de Estudios Forenses. Año XIII Nº 75, Setiembre 2017
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