Page 570 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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Revista
JURIDICA
doctrinaria, de mayor apertura hacia En sentido contrario -por ende, con
el reconocimiento de las mujeres solas una mayor apertura y aceptación
de alcanzar la maternidad mediante el hacia otras formas de familia-, la se-
uso de las técnicas de procreación asis- nadora Haidé Giri (expediente Nº
tida. En ese sentido, advertimos varios S-2733/06) prevé en el art. 4 de su
proyectos que vedan tal posibilidad, proyecto que “Las técnicas de repro-
como tantos otros que la habilitan. ducción humana asistida serán de
Por lo tanto, -y a nuestro entender de aplicación a toda mujer mayor de
manera satisfactoria-, aquella mirada edad y capaz que, luego de ser pre-
restrictiva que prima en la doctrina no via y debidamente informada sobre
se habría trasladado a la regulación ellas, las acepte libre y consciente-
proyectada. mente como principal metodología
contra la esterilidad, en las condicio-
En el primer grupo, a tono con la nes previstas en el artículo preceden-
postura doctrinaria sintetizada, se en- te”. O sea, en caso de infertilidad y
cuentra el proyecto perteneciente a la “cuando las otras prácticas de menor
senadora Fellner (expediente Nº S- complejidad, no estén indicadas o no
3443/06), que dispone en su art. 3: han resultado eficaces” (conf. art. 3).
“Serán usuarios de estas técnicas, los La senadora Adriana Bortolozzi de
matrimonios y aquellas parejas hete- Bogado (expediente N° S-759/06)
rosexuales que acrediten una relación establece en el art. 4 de su proyec-
estable de al menos de 3 años, sean to que podrá acceder a las técnicas
mayores de edad y se encuentren en “Toda persona mayor de edad que
edad reproductiva”. En esta misma acredite mediante historial clínico su
línea, el proyecto de los senadores imposibilidad o la de su pareja para
Negre de Alonso, Rodríguez Saa y engendrar o concebir o tener relacio-
Basualdo (expediente Nº S-351/06), nes sexuales naturalmente”, advirtién-
en el art. 3 referido a “Los sujetos”, dose de modo expreso en el art. 8 que
habilita sólo a “Las parejas hetero- las personas solas como todo tipo de
sexuales, unidas en matrimonio con- parejas pueden acudir a las técnicas
forme lo dispuesto por el Código Civil de reproducción asistida. Tal como lo
o con convivencia, que acrediten una advierte Kemelmajer de Carlucci en
relación estable de al menos 5 años un excelente informe elaborado acer-
y sean mayores de edad”. También ca del tema de la procreación asis-
en el art. 3 del proyecto cuya autoría tida en el Mercosur, refiere a que el
pertenece a la senadora Sapag (ex- proyecto presentado en el año 2005
pediente n° 3859/05), se afirma que por el senador Samer elaborado por
“Serán beneficiarios de estas técnicas la Sociedad Argentina de Medicina
los matrimonios y aquellas parejas Reproductiva, al igual que el de la
heterosexuales que acrediten una re- senadora Giri, dice en forma amplia
lación estable de al menos 2 años y que “La técnicas de reproducción hu-
sean mayores de edad”. mana asistida serán de aplicación a
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