Page 569 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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Revista
JURIDICA
demanda interpuesta por un médico intervención que debiera encaminar-
especialista en técnicas de insemina- se por sobre todas las cosas a garan-
ción artificial a los efectos de que se tizar la efectiva protección del interés
permitiera llevar a cabo dichas técni- superior del niño.
cas sobre una de sus pacientes -les-
biana y soltera-, a pesar de la restric- El debate sobre la fertilización asistida
ción que por entonces imponía la Ley de las mujeres solas no ha sido ajeno
de Fecundación Asistida. a los preconceptos expuestos en materia
de paternidad homosexual. Frente a la
La Corte, tras señalar que la legisla- ausencia de regulación estatal, la mayor
ción referenciada resultaba contraria parte de la doctrina argentina se inclina
a la “Ley contra la Discriminación” de por la inconveniencia de admitir la posi-
Australia resolvió que no era necesario bilidad de que las mujeres solas se some-
que las mujeres estuvieran casadas o tan a técnicas de fertilización asistida ,
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en pareja heterosexual para acceder en especial como método alternativo a la
a las técnicas de fecundación asistida fecundación natural. Para citar una auto-
y que, en consecuencia, la peticionan- ra reciente, la rosarina Adriana Krasnow
te podía realizar legalmente el trata- expresa que en una futura legislación
miento solicitado. debería “Fijarse claramente los procedi-
mientos permitidos y los procedimientos
La homoparentalidad se está convir- prohibidos”, siendo estos últimos la “ma-
tiendo -especialmente en Europa y en ternidad disociada; la inseminación arti-
Estados Unidos- en un hecho social ficial o fecundación ‘in vitro’ post mortem
que nuestra realidad postula como con material genético crioconservado
una de las diversas alternativas de vi- del marido o del concubino fallecido;
vir en familia. Frente a este contexto, inseminación artificial o fecundación ‘in
la ley no puede bajar la mirada. En la vitro’ en mujeres solas” .
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Argentina la falta de regulación legal
en torno de las técnicas de fertiliza- Desde el punto de vista de la legisla-
ción asistida permite un margen de ción proyectada con estado parla-
libertad absoluta y una ausencia total mentario, podemos observar una pers-
de intervención por parte del estado; pectiva diferente y menos radical a la
43 Ver en este sentido, Bossert, Gustavo A., “Fecundación asistida”, JA, 1988-IV-871; Iñigo, Delia,
“Técnicas de reproducción asistida: consideraciones sobre su aplicación a mujeres solas”, en RDF
N° 2, Abeledo-Perrot-LexisNexis, Bs. As., 1989; Medina, Graciela, “¿Existe un derecho subjetivo
a la procreación?”, JA, 17 de julio de 1996; Zannoni, Eduardo A., Inseminación artificial y fecun-
dación extrauterina. Proyecciones jurídicas, Astrea, Bs. As., 1978 y del mismo autor Derecho civil.
Derecho de familia..., cit.; Hooft, Pedro F., Bioética y derechos humanos, Depalma, Bs. As., 1999;
Mazzinghi, Jorge Adolfo, “La interrupción del embarazo: el aborto”, en Guillermo A. Borda, La
persona humana, Fondo Editorial La Ley, Bs. As., 2001; etc.
44 Krasnow, Adriana N., Filiación. Determinación de la maternidad y paternidad. Acciones de
filiación. Procreación asistida, La Ley, Buenos Aires, 2006, p. 317.
66 DERECHO PRIVADO

