Page 302 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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2. DERECHOS HUMANOS
Con el fin de conceptualizar los derechos humanos, se debe tener
en cuenta por qué y para qué existen estos en una determinada rea-
lidad social. Respecto de la primera pregunta, esta se respondería
mediante una pretensión moral justificada. Respecto de la segunda,
esta se respondería mediante la incorporación de dicha pretensión
en el ordenamiento jurídico. Asimismo, estos fenómenos deben
asegurar la satisfacción práctica en la realidad social de los indivi-
duos. La comprensión de los derechos humanos implica, entonces,
la delimitación de tres planos: el moral, el jurídico y el de la eficacia.
En un plano moral, los derechos humanos son entendidos como
pretensiones éticas que satisfacen la idea de dignidad humana. El
ser humano, debido a su inherente condición humana, tiene de-
rechos que lo distinguen de los demás animales. Dichos privile-
gios se fundamentan en la idea de la dignidad humana, como se
puede evidenciar en el hecho de que las convenciones siempre
hacen referencia a esta para justificar lo estipulado en sus contenidos.
Sin embargo, la dignidad humana nunca se define por los docu-
mentos que la invocan. Esto debido a que, para cumplir con su rol
fundacional de derechos humanos, se necesitaba que el contenido
sea interpretado mediante la intuición. Caso contrario, no podría
adaptarse a las nuevas circunstancias en las cuales se invoca:
La dignidad se ha incorporado en los preámbulos de las principales
declaraciones de derechos humanos no para expresar algún signifi-
cado particular sino para operar como un tipo de «comodín» en cir-
cunstancias en que los redactores querían sonar filosóficos, pero no
pudieron ponerse de acuerdo en qué poner (Waldron, 2019, p. 198).
Mediante estos fenómenos morales los derechos serían dedu-
cidos. Al respecto, cabe resaltar que los razonamientos abstractos
referidos deben obedecer a ciertos principios acordes a los derechos
o
NAVA FLORES, JESÚS MARCELO (2021). La eterna pandemia. Análisis del Decreto Legislativo n. 1470. 337
Revista Oficial del Poder Judicial, 13(15), 333-355

