CAPÍTULO I 1.1 Administración
Según Fernández, citado por Arias
(1996), la administración es “La disciplina que persigue la satisfacción de
objetivos organizacionales contando para ello con una estructura y a través del
esfuerzo humano coordinado” (p. 23), de esta manera, el esfuerzo humano es de
vital importancia en cualquier organización, en consecuencia, si el elemento
humano se encuentra dispuesto a proporcionar su máximo potencial así mismo
marchará la organización, en caso contrario se detendrá.
Así, Melinkoff (1995), la define como:
“La organización y dirección de recursos humanos y materiales para lograr los
fines propuestos, tanto del sector público como del sector privado, mediante la
utilización de un conjunto de procesos”. (p.7)
Por su parte, Jiménez, citado por
Arias (1996), establece el concepto de administración como: “...Una ciencia
social compuesta de principios, técnicas y prácticas y cuya aplicación a
conjuntos humanos permite establecer sistemas racionales de esfuerzo
cooperativo, a través de los cuales se pueden alcanzar propósitos comunes, que
individuales no es factible lograr”. (p. 20)
Por consiguiente, la administración se
puede resumir como una ciencia social cuya finalidad es el logro de los
objetivos de una determinada organización pública o privada, a través de un
conjunto planificado y ordenado de procesos, procedimientos y técnicas, así
como, del esfuerzo y conocimiento humano, de modo que, se puedan alcanzar los
propósitos comunes.
En consecuencia, los fines de la
administración son la efectividad y la eficiencia. La efectividad es realizar
un objetivo, cuyos efectos están en armonía con las intenciones que los
planificadores o realizadores tenían en mente. La eficiencia es la consecución
de los fines deseados, los cuales son logrados con el menor recurso posible, o
bien, con unos recursos dados el más alto efecto posible obtenido.
6
De aquí que, una buena administración
será aquella que sea efectiva y eficiente, es decir, aquella que alcance sus
objetivos previstos, enmarcada dentro de unos recursos dados o bien con la
utilización racional de los mismos. Por consiguiente, la eficiencia y la
efectividad no son complementarias, ya que pueden existir administraciones
efectivas, pero, que desde todo punto de vista no son eficientes.
No obstante, estos conceptos aplicados
a la actividad administrativa, descubren la calidad de la misma y la evalúan
adecuadamente y ponen al descubierto la falacia sostenida por los interesados
de presentar a la administración separándola de sus fines. En todo caso, administrar es hacer las cosas bien; liderar
es hacer las cosas correctas, de tal manera que, la administración busca la
eficiencia en el ascenso por la escalera del éxito; y el liderazgo determina si
la escalera está o no apoyada en el lugar correcto.
La efectividad y a menudo incluso la
supervivencia no depende sólo del esfuerzo realizado, sino también de que se
realice en el terreno correcto. Y la metamorfosis que tiene lugar en casi todas
las empresas y profesiones requiere liderazgo primero y administración después.
El liderazgo proactivo y enérgico debe
controlar constantemente el cambio ambiental, en particular los hábitos y
motivos del cliente, y proporcionar la fuerza necesaria para organizar los
recursos en la dirección correcta. Si las organizaciones no controlan el ambiente,
sus propios equipos de trabajo y el ejercicio del liderazgo creativo para
seguir avanzando en la dirección correcta, ningún tipo de administración
experta podrá impedir que fracasen.
1.2.
Administración Pública
Según Ossorio (s.f.), la
administración pública es “La actividad administrativa de los órganos del
Estado en todas sus escalas o jerarquías” (p. 37), esta función la ejerce a
través de las entidades que trabajan para el Estado y que están dirigidos por
los funcionarios públicos, que son designados
para ejecutar tales funciones.
La administración pública en la
actualidad, se encuentra en una encrucijada, por una parte, las nuevas
tendencias obligan al Estado a disminuir su participación en las economías
nacionales (Estado Mínimo), por el otro; aumentar su eficacia y responsabilidad
que le encomiendan las demandas ciudadanas, específicamente, la atención a las
políticas sociales. Es decir, se parte
de la premisa que un Estado
7
mínimo es un
imperativo en estos tiempos (entendiéndose a éste como poco interventor en la
economía), el cual debe de ser lo suficientemente funcional y legítimo en las
actividades que realiza.
Al respecto Ospina (1999), expresa que
la primera cuestión tiene una relación directa con el rumbo económico de un
país, es decir, los Estados históricamente han asumido el papel de responsables
del desarrollo, las nuevas tendencias apuntalan a una rectoría o
direccionalidad del mismo, más que a una responsabilidad del propio desarrollo,
ya que éste es generado a través del sector productivo.
Precisamente, la funcionalidad del Estado es lo que está en debate en este
primer punto. En otras palabras, el carácter estructural-funcionalista permite
determinar el llamado perfil del Estado en su actividad administrativa. El
segundo nivel de análisis, se refiere al carácter adjetivo de la administración
pública: eficiencia, eficacia, responsabilidad, disciplina y realismo. Estos
valores son compartidos ampliamente por la cultura occidental, permitiendo
darle validez y sustento ideológico al liberalismo económico. Muchas de estas
categorías fueron terreno de la administración privada, sin embargo, éstas
pasan a ser parte integral de las gestiones públicas. El estudio de las
políticas públicas, tienen mucho que contribuir en la solución de esta
encrucijada, ya que éstas son por definición dinámicas.
1.3.
Administración Pública en Venezuela
La Administración Pública en Venezuela
tendrá como principal objetivo, ofrecer eficacia a los principios, valores y
normas consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
(1999), organizándose de conformidad con el principio de legalidad, por la cual
la asignación, distribución y ejercicio de
sus competencias se sujeta a la Constitución, a las leyes y a los actos
administrativos de carácter normativo, dictados formal y previamente conforme a
la ley.
De tal manera, que todos los
funcionarios públicos del Estado Venezolano están en la obligación de cumplir y
hacer cumplir la Constitución Nacional, ya que pueden incurrir en
responsabilidad civil, penal,
administrativa y funcionarial, según sea el caso, por los actos del
Poder Publico que ordenen o ejecuten, que violen o menoscaben los derechos
garantizados por la Constitución y las leyes, sin que les sirva de excusa las
órdenes superiores.
8
Ahora bien, la actividad de la
Administración Pública venezolana se desarrollará con base a los principios de
economía, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad,
imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza. Asimismo, se
efectuará dentro de los parámetros de racionalidad, técnica y jurídica. Siendo
responsable ante los particulares por la gestión de sus respectivos órganos de
conformidad con la Constitución y la ley, sin perjuicio de la responsabilidad
que corresponda a los funcionarios por su actuación.
Por último, es importante destacar que
el funcionamiento de los órganos y entes de la Administración Publica se
sujetarán a las políticas, estrategias, metas y objetivos que se establezcan en
los respectivos planes estratégicos y compromisos de gestión. Igualmente,
comprenderán el seguimiento de las actividades, así como la evaluación y
control de desempeño institucional y de los resultados alcanzados. Buscando de
este modo, el cumplimiento eficaz de los objetivos y las metas, fijados en las
normas, planes y compromisos de gestión, bajo la orientación de las políticas y
estrategias establecidas por la autoridad que le competa en el respectivo
órgano o esencia. A su vez se corresponderá y ceñirá a su misión, visión, la
actividad desarrollada por las unidades administrativas de apoyo técnico y
logístico se adaptará a la de aquellas.
1.4.
El Presupuesto Público
Según
Lagos (2000), el presupuesto es: “La
presentación ordenada de los resultados previstos de un plan, un proyecto o una
estrategia.” (p. 2), por lo que
están orientados hacia el futuro y no hacia el pasado, aún cuando en su
función de control, el presupuesto para un período anterior pueda compararse
con los resultados reales (pasados). Visto así, el presupuesto viene a
constituir un plan de acción mancomunado a realizar por todas las dependencias
de la organización, en determinadas condiciones y en cierto tiempo o período.
En otras palabras, el presupuesto es una representación de términos
contabilísticos de las actividades a realizar por una organización, para
alcanzar determinadas metas, y que sirve como instrumento de
planificación, coordinación y control de
funciones. Ahora bien, existen dos clases de presupuestos: público y privado.
Las diferencias fundamentales entre ellos se pueden resumir de la siguiente
manera:
9
Cuadro 1
Diferencias entre Presupuesto Público y
Privado
|
Presupuesto Privado |
Presupuesto Publico |
|
Tiene fines de lucro, siempre su objetivo será optimizar
las ganancias |
Es privativo del estado, siempre persigue objetivos
socio-económicos. |
|
Es flexible y dinámico, a medida que
se van efectuando las comparaciones de lo presupuestado con lo real y se
aprecian desviaciones se efectúan los ajustes necesarios |
Es rígido, en una Ley; la cual para
modificarse requiere de un proceso tan complicado como su elaboración. Si se
hace necesario aumentar alguna partida se acude al crédito Adicional. |
|
Los ingresos son netamente
voluntarios |
Los ingresos se perciben de recursos
ordinarios, impuestos, tasas y contribuciones |
|
Es determinado en base a las operaciones del pasado, las
empresas hacen una estimación de los ingresos
futuros y planifican la distribución de esos ingresos. |
Se determinan los gastos para un periodo y se computan por
anticipado los ingresos necesarios para cubrir esos gastos |
Fuente: La Autora.
No obstante es importante considerar que ambos presupuestos,
públicos y privados, consisten en un programa financiero para las actividades
del futuro, determinado con base a las operaciones del pasado. En general el
presupuesto puede ser considerado como la expresión de un objetivo a alcanzar,
por lo tanto se hace necesario cuidar celosamente su ejecución, así como
contrastar las discrepancias entre lo presupuestado y la realidad, estas
variaciones indicaran la necesidad de la acción correctiva pertinente.
Por otra parte, el presupuesto público es una estimación
financiera anticipada, generalmente anual, de los egresos e ingresos del
gobierno, necesarios para cumplir con los propósitos de un programa
determinado. Asimismo, constituye el instrumento operativo básico para la
ejecución de las decisiones de política económica y de planeación. En otras
palabras, el presupuesto público es un instrumento fundamental de la política
económica, que resume las fuentes y usos del gasto público; es decir, de dónde
se obtiene el dinero y en qué se gasta.
De tal manera que, tanto la estructura
tributaria como la composición del gasto, se revelan en el presupuesto. Aunque
este tiene un fuerte componente inercial, las prioridades, planes y decisiones
del Gobierno de cualquier país se deben materializar
10
en el presupuesto. En suma, el presupuesto traduce la
actividad del Estado a unidades monetarias. Bajo este enfoque, el presupuesto
público implica:
- Fijar metas
específicas;
- Ejecutar planes
para alcanzar las metas; y
- Comparar en forma
periódica los resultados reales de las metas.
Estas metas incluyen
tanto los objetivos a nivel global del Estado como las metas específicas de las unidades individuales que
lo conforman, además el presupuesto presupone igualmente una planificación,
organización, coordinación y control. Asimismo, el presupuesto público proporciona
estándares cuantitativos con
respecto a los cuales se puede medir y comparar los recursos del Estado, así
como señala las desviaciones entre el consumo estándar y el real,
convirtiéndose en un dispositivo de
control.
En virtud de lo anterior, se puede describir el presupuesto público como
un conjunto de ingresos y gastos que reflejan aquello que el gobierno espera
realizar en un determinado periodo (año fiscal), así como lo que se le autoriza
a realizar. En consecuencia, el
presupuesto se ha definido como un instrumento de la política económica que
abre el camino para alcanzar las metas y objetivos económicos y sociales del
país. Es importante especificar además, que el presupuesto público generalmente
presenta un resumen de los gastos programados y del nivel previsto de ingresos
para un determinado ejercicio fiscal. Éste comprende la totalidad de las
actividades gubernamentales en sus diferentes clasificaciones: administrativa,
económica, funcional, y los montos asignados para financiarlas. También,
establece un medio para informar el grado en que se han realizado dichas
actividades y para controlar las erogaciones.
En su concepción
moderna, el presupuesto adquiere un carácter integral; no sólo porque se lo
concibe como la expresión financiera del programa del gobierno, sino como un
instrumento útil para la programación económica y social, al reflejar una
política presupuestaria única para todo el sector público. Tal es así que cada jurisdicción
o entidad debe cumplir su rol básico de productor de aquellos bienes o
servicios con los que, en última instancia, se posibilita cumplir los objetivos
de la precitada política presupuestaria.
11
Así, el presupuesto público, hace posible materializar a
corto plazo el cumplimiento de las políticas, a la vez permite su compatibilización con las
restantes. Le otorga, por lo tanto, un
carácter operativo a las orientaciones de la programación económica y social.
Además, es uno de los instrumentos más importantes y apropiado para cumplir
eficientemente la función de gobierno, considerando que la mayor parte de las
decisiones del gobierno conducen a acciones que se manifiestan en el
presupuesto.
1.5. Reformas Presupuestarias Aplicadas
en Venezuela desde 1960 hasta 1995
Buscando
que el presupuesto moderno hiciese énfasis en los resultados en términos de
objetivos por alcanzar, se inició en Venezuela el proceso de reforma
presupuestaria cuyas características fundamentales se detallan a continuación:
-
1960-1961: se elaboró un anexo
explicativo a la Ley de Presupuesto, en la cual se reseñaban las acciones a
desarrollar en las diferentes actividades y las metas que se percibían.
-
1962-1970: se elaboró un presupuesto
por programa como un documento anexo a la Ley de Presupuesto. En éste se
encontraba un presupuesto de ingreso, que permitía mostrar de manera objetiva
la composición de la renta ya fuera de empresas petroleras, empresas mineras o
de personas naturales y empresas nacionales, y un presupuesto de gasto, que
puso en vigencia un nuevo sistema de contabilidad mediante la cual se cargan
los gastos de las dependencias del estado en el momento en que se causan y no
cómo se utilizó hasta 1961, cuando se pagan.
-
1971-1975: durante este período el
Ejecutivo Nacional introdujo muchas modificaciones tratando de que el
presupuesto se transformara en un verdadero instrumento de planificación y
administración a corto plazo sin embargo sólo se pudo implementar totalmente en
el Ministerio de Educación y parcialmente en el Ministerio de Agricultura, de
Sanidad y Asistencia Social por cuanto se careció de apoyo de las máximas
autoridades de estas instituciones.
- 1976-1995:
en donde la promulgación de la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario, en
1976, obligó de manera inmediata a poner en marcha la reforma presupuestaria y
contable, cuyos aspectos más importantes fueron: la modificación del
clasificador de partidas en donde se deja de hablar de objetos y sub-objetos
para hablar de partidas y sub-partidas, cambio en la Estructura del Proyecto
Ley de
12
Presupuesto
obligando al organismo a describir y justificar la producción de los bienes y
servicios, detallar la unidad ejecutora responsable, presentar cuadro de metas
a alcanzar en el ejercicio presupuestario, indicación de los recursos reales
(humanos, materiales y de servicio) y valoración de los mismos para el
otorgamiento de los créditos presupuestarios, establecimiento de un sistema de
programación de la Ejecución del Presupuesto de Gastos, se incorporo un nuevo
sistema contable
1.6.
Presupuesto Público Municipal en Venezuela
González (1993) expresa que para el
año 1980 la técnica presupuestaria utilizada en el ámbito municipal era del
tipo tradicional u ordinario. Es decir, el procedimiento asociado con esta
técnica era dada cuando cada unidad administrativa del concejo proyectaba sus
necesidades de recursos para el pago de personal y la adquisición de bienes,
servicios y equipos; paralelamente, las dependencias competentes estimaban los ingresos que
probablemente podrían ser recaudados por cada concepto durante el ejercicio
correspondiente.
Finalmente, se entraba en un proceso
de ajuste (para conciliar ingresos y gastos) en el cual se hacían los conocidos
recortes presupuestarios; éstos no eran otra cosa que asignar a cada unidad un
poco menos de lo que pedía para poder cuadrar las cuentas. Este tipo de técnica
tuvo siempre muchos adversarios, por cuanto el argumento utilizado comúnmente para
rechazarla era que, si bien un presupuesto elaborado en esos términos expresaba claramente quién y
cuánto se iba a gastar, no quedaba claro con qué propósito. En tales
circunstancias, era imposible evaluar el rendimiento de los recursos, es decir,
la relación entre el costo del servicio y el beneficio que éste aportaría.
Con la puesta en vigencia de la Ley
Orgánica de Régimen Presupuestario (1978), se obliga a los municipios a aplicar
las normas que en materia de presupuesto adoptara el nivel nacional a través de
la Oficina Central de Presupuesto (Ocepre); implantándose en el ámbito
municipal la técnica del presupuesto por programas. Esta técnica partía de una
definición previa de los objetivos y metas de la actuación del gobierno local
durante un determinado lapso. Luego se diseña el programa, es decir, las
acciones concretas que habrían de realizarse para alcanzar los objetivos. Por
último, la asignación de los recursos se realizaba en función de los costos
de cada programa.
13
La adopción de esta nueva técnica
presupuestaria persiguió varios propósitos: obligar al municipio a planificar
sus actividades, determinar prioridades y etapas de ejecución de acuerdo con
los recursos disponibles, facilitar la evaluación de eficiencia y productividad
del gasto, y lo más importante, mediante una toma de conciencia respecto al
costo de cada programa, induciendo a la
racionalización del gasto mediante una toma de
conciencia en relación con el costo de cada programa.
En este sentido, el proceso de
implantación de la técnica del presupuesto por programa estuvo comandado por la
OCEPRE quien optó por la elaboración de una serie de manuales, instructivos y
formularios adaptados a los nuevos requerimientos. Por otra parte, los
presupuestos municipales están reglamentados según la Resolución del Ministerio de Hacienda N° 2.152 del 01
de marzo de 1993 y la Oficina Central de Presupuesto N° 69 del 01 de marzo de
1993 (182° y 184° respectivamente), a través de estos
instrumentos jurídicos se estableció un Plan Único de Cuentas en el marco del
sistema de información contable y presupuestaria para identificar los flujos de
origen y aplicación de los recursos que se generen por las operaciones
económicas y financieras de los órganos y entes sujetos a la derogada
Ley Orgánica de Régimen Presupuestarios con la aprobación y entrada en vigencia
de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, año 2000.
Ahora bien, en la actualidad el Organismo rector en materia
presupuestaria es la Oficina Nacional de Presupuesto ONAPRE (anterior Oficina
Central de Presupuesto – OCEPRE), esta oficina en enero 2003 publicó la
undécima versión del Plan Único de Cuentas,
que recoge las modificaciones en el Plan de Recursos y Egresos, que se
estructuró de la siguiente forma:
Cuadro
2
|
Codificación |
Cuenta |
|
1.00.00.00.0 |
Activos |
|
2.00.00.00.0 |
Pasivos |
|
3.00.00.00.0 |
Recursos |
|
4.00.00.00.0 |
Egresos |
|
5.00.00.00.0 |
Resultados |
|
6.00.00.00.0 |
Patrimonio-Capital |
14
|
Codificación |
Cuenta |
|
7.00.00.00.0 |
Cuentas de
Orden |
|
Descripción
de la Cuenta de Recursos |
|
|
3.00.00.00.009 |
Recursos |
|
3.01.00.00.00 |
Ingresos Ordinarios |
|
3.02.00.00.00 |
Ingresos Extraordinarios |
|
3.03.00.00.00 |
Ingresos de Operación |
|
3.04.00.00.00 |
Ingresos ajenos a la Operación |
|
3.05.00.00.00 |
Trasferencias |
|
3.06.00.00.00 |
Ingresos por recursos propios de capital |
|
3.07.00.00.00 |
Disminución de otros activos financieros |
|
3.08.00.00.00 |
Incremento de pasivos |
|
3.09.00.00.00 |
Incremento de patrimonio |
|
3.10.00.00.00 |
Devolución de Fondos |
|
Descripción
de la Cuenta de Egresos |
|
|
4.01.00.00.00 |
Gastos de personal |
|
4.02.00.00.00 |
Materiales y Suministros |
|
4.03.00.00.00 |
Servicios no Personales |
|
4.04.00.00.00 |
Activos reales |
|
4.05.00.00.00 |
Activos Financieros |
|
4.06.00.00.00 |
Servicios de la deuda publica y disminución de
otros pasivos |
|
4.07.00.00.00 |
Trasferencias |
|
4.08.00.00.00 |
Otros gastos de instituciones descentralizadas |
|
4.09.00.00.00 |
Disminución del patrimonio |
|
4.10.00.00.00 |
Gastos por indemnizaciones y sanciones pecuniarias |
|
4.12.00.00.00 |
Egresos sin afectación en Tesorería Nacional de la
Ley Especial de Endeudamiento |
|
4.51.00.00.00 |
Gastos de defensa y seguridad del Estado |
|
4.52.00.00.00 |
Asignaciones no distribuidas |
|
4.98.00.00.00 |
Rectificaciones al Presupuesto |
Fuente: ONAPRE (2003)
Esta Publicación estableció en detalle
como debían desagregarse cada una de
estas cuentas básicas. Cabe destacar, que hasta la fecha se ejecutan los
presupuestos municipales con esta clasificación de cuentas.
Así mismo, los presupuestos
municipales debían formularse en función de Objetivos y Metas que deben ser
señalados anticipadamente de acuerdo con las políticas establecidas por la máxima autoridad municipal. Ahora
bien, la ejecución Financiera del
Presupuesto de Gastos se divide por sectores, cada sector se le asigna
un monto. Por último, los sectores se clasifican en Programas de acuerdo
con el Organigrama Funcional del ente, cada programa tiene un responsable cuya
misión es alcanzar las metas y objetivos propuestas del respectivo programa.
15
Por otra parte, es importante destacar que el presupuesto
de gastos para las entidades municipales se fundamenta en criterios uniformes de obligatorio
cumplimiento, basados en el ordenamiento jurídico vigente y reglamentados por la Contraloría General de la
República, que provee un sistema de información sobre la ejecución
financiera del presupuesto,
facilitando el tipo y formato de
información a ser suministrada por los funcionarios de gobierno municipales,
regionales y nacionales. El sistema suministra además, la información necesaria
para efectuar los registros en la
contabilidad fiscal y permite la elaboración de las cuentas consolidadas del
sector público.
Igualmente es relevante explicar las etapas de la ejecución
de un gasto y sus momentos de registro:
1. Precompromiso: Etapa en donde se afecta preventivamente
el crédito presupuestario, a fin de
disponer de una reserva para aquellos gastos que requieren de un proceso
relativamente largo en la formalización del acto administrativo con terceros,
como por ejemplo: compras en el exterior, licitaciones, etc.
2. Compromisos: Es el registro del acto administrativo en
la contabilidad presupuestaria, de donde se dispone la ejecución de un gasto.
Su objeto es: asegurar, mediante la afectación preventiva del respectivo
crédito presupuestario, la oportuna imputación del gasto; y evaluar la ejecución preventiva con las
asignaciones presupuestarias acordadas, y su incidencia sobre el Tesoro en
función de las futuras obligaciones de pago que se generen al causarse o
recibirse los bienes servicios.
3.
Gasto Causado:
Debe entenderse como gasto causado aquella etapa de la ejecución del gasto en
que se hace exigible una obligación de pago con terceros, ya sea por haberse
recibido bienes o servicios, por exigencias de una disposición contractual o
por haberse cumplido con las condiciones para realizar un gasto sin
contraprestación. Cabe destacar, que la Ley Orgánica de Administración
Financiera del Sector Público, en el Articulo 57 establece que sólo podrán ser
cancelados con posterioridad al cierre del ejercicio fiscal con cargo a las
disponibilidades de tesorería aquellos gastos que fueron causados durante la
ejecución del presupuesto, los gastos comprometidos y no causados al treinta y
uno (31) de diciembre se imputaran
16
automáticamente al
ejercicio siguiente, afectando los mismos a los créditos disponibles para ese
ejercicio.
3.
Pago: Es la
etapa de la ejecución del gasto en que se extingue las obligaciones con
terceros a través de la cancelación de
la obligación en los términos en que fue pautada.
1.7. Presupuesto de Obras
En las Condiciones
Generales de Contratación para la ejecución de obras establecidas en Decreto
publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.096
(Extraordinaria) de fecha 16 de septiembre de 1996, se indica en el Artículo N°
2 como documento integrante del contrato el presupuesto original de la obra a
ejecutar, el cual deberá comprender la descripción de las partidas para la ejecución de la obra objeto del contrato y
para la conservación y mantenimiento de la misma durante el lapso de ejecución
y el de garantía, las unidades de medidas, las cantidades de obra por partidas,
los precios unitarios y los precios totales. La descripción de las partidas
debe respetar las indicadas en la Norma Venezolana COVENIN 2000, y la misma
debe iniciarse con su respectivo código según el tipo de obra, sea
Edificaciones, Carreteras o Hidráulica. A su vez la numeración de las partidas
debe ser continua.
17