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LA TENENCIA Y EL RÉGIMEN DE VISITAS DE LOS HIJOS... Liliana Bertha Castillo Regalado
22. SÍNDROME DE ALEJAMIENTO 4. Perder a cualquiera de sus progenitores es
PARENTAL algo muy pesado para cualquier niño y cuando sólo
se debe a la mala voluntad de uno o de ambos
El alejamiento de alguno de los padres del padres, la situación en que queda el chico es por
seno familiar provoca en el hijo lo que se conoce demás precaria y dolorosa. Su autoestima queda
como Síndrome de Alejamiento Parental. Que es DYHULDGD GH SRU YLGD /D IDOWD GH FRQ¿DQ]D HQ Vt
un desorden que se origina primordialmente en el mismo por el desafecto que ha sufrido, lo deja
contexto de disputas de la custodia de menores. en una situación de desamparo interno y externo
Es un trastorno cuya principal manifestación es que lógicamente intentará compensar de una
OD FDPSDxD LQMXVWL¿FDGD GH GHQLJUDFLyQ GHO QLxR manera u otra. Esto suele generar actitudes muy
hacía el padre, o el rechazo al mismo, debido individualistas, de aislamiento, de agresión, de
D OD LQÀXHQFLD GHO RWUR FRPELQDGD FRQ OD SURSLD inestabilidad y de celos atroces.
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contribución del niño .
5. Las funciones de padres no se pueden
La alienación parental, según Gardner, es el cumplir desde la eterna distancia. En los casos de
proceso de “programar” a los hijos para que “odien” los padres con régimen de visitas, cuando van a
al padre ausente (aquel que no tiene la custodia buscar a su hijo, es muy posible el surgimiento de
legal), sin que exista motivo para que esto suceda. bloqueos y negaciones perdurables y corrosivas.
Surge una sugestión maliciosa en contra del 6. La tenencia y el régimen de visitas son
progenitor ausente con elaboraciones propias de instituciones del Derecho de Familia encaminadas
manera automática . a la protección del hijo menor y a su educación
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y tienden al logro de su desarrollo físico y
CONCLUSIONES: psicológico de forma tal que puedan desenvolverse
en la vida adulta. La necesidad de otorgar la
1. La realidad actual nos muestra tenencia de los hijos menores a uno de sus padres
conglomerados familiares con organizaciones y la correlativa determinación de un régimen de
diferentes, dejando de lado el modelo surgido en visitas surge ante la necesidad insoslayable que se
las sociedades industriales, donde su organización genera por el desmembramiento de la convivencia
ha correspondido a la estructura de la denominada de los progenitores (divorcio, separación, estado no
“familia nuclear”, compuesta por la pareja y sus convivencial del padre/madre.
descendientes inmediatos.
7. En el caso de que uno de los padres demuestre
+R\ OD IDPLOLD VH PDQL¿HVWD D WUDYpV GH conductas incorrectas o delictivas, será un juez el que
múltiples formas como: matrimonio heterosexual, determine entregar la patria potestad solo a uno de
matrimonio homosexual, parejas registradas o que los progenitores para así garantizar las condiciones de
formalizan su unión, las parejas no registradas desarrollo y bienestar del menor.
o no formalizadas, las familias monoparentales,
compuestas por un solo progenitor que convive 8. El régimen de visitas podrá, al igual que el de
con sus hijos, las familias conformadas por dos tenencia, ser acordado entre los padres. Sólo ante la
madres y sus hijos o las familias reconstituidas o falta de acuerdo procede su determinación por vía judicial.
recompuestas.
9. Este “derecho de comunicación” no se limita
3. Los problemas de los padres y de los a padres e hijos sino que tiene mayor amplitud y es
adultos no deben afectar al niño. Quien tiene el comprensivo también del contacto del menor con
derecho a gozar del cariño, del afecto y del tiempo otros parientes, tales como los abuelos y demás
del padre y de la madre. El amor de los padres a ascendientes, descendientes, hermanos.
los hijos debe permanecer intacto. El niño debe
percibir de que si bien se han quebrado los vínculos &XDQGR VH SODQWHDQ GL¿FXOWDGHV HQ HO
conyugales, esto no debe de afectar el desarrollo régimen de comunicación es conveniente que las
QRUPDO GH OD UHODFLyQ SDWHUQR ±¿OLDO QL LPSHGLU HO partes acepten sugerencias de los consejeros de
desenvolvimiento de los vínculos parentales. familia o del órgano jurisdiccional.
38 American Juornal of Forensic Psychology, Volumen 19, Tema 23, Año 2001. pág. 32.
39 ZICAVO MARTÍNEZ, Nelson; La sugestión maliciosa y la padrectomía, [email protected]
IPEF, Revista Jurídica del Instituto Peruano de Estudios Forenses. Año XIII Nº 75, Setiembre 2017
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