Page 287 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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familiar, se evita la doble victimización de las personas agraviadas a través
de declaraciones reiterativas 12 .Por tanto, si es que el Juez de Familia o el
Juez Penal reiteran preguntas que se supone que ya han sido realizadas a la
mujer víctima de violencia física cuando interpuso la denuncia y cuando se llenó la
FVR, se estaría vulnerando dicho artículo y por ende no se estaría cumpliendo con
el fin último de la mencionada Ley N° 30364,cual es el de salvaguardar la
integridad física y psicológica de la víctima.
Por otro lado, para efectos de continuar con el presente análisis, debemos tener
en cuenta lo que señala el Decreto Legislativo N° 1386, que modificó la Ley N°
30364:
Artículo 19. Declaración de la víctima y entrevista única-
Cuando la víctima sea niña, niño y adolescente o mujer, su declaración
debe practicarse bajo la técnica de entrevista única y se tramita como
prueba anticipada. La declaración de la víctima mayor de edad a criterio
del fiscal puede realizarse bajo la misma técnica. El juez solo puede
practicar una diligencia de declaración ampliatoria de la víctima, en
los casos que requiera aclarar, complementar o precisar algún punto sobre
su declaración 1314
Del artículo citado, entendemos que el juez no podría volver a valorar el riesgo de
la víctima realizándole preguntas similares a las que respondió al momento del
llenado de la FVR. El juez solo está permitido de practicar una diligencia de
declaración ampliatoria de la víctima mas no volver a realizar la mencionada
valoración del riesgo ya que justamente es de esa manera como los operadores
del sistema de justicia revictimizarían a la agraviada. La FVR debería valorar el
real riesgo al que la mujer agraviada está siendo expuesta y por tanto dicho
instrumento debería ser suficiente para que el Juez de Familia expida las medidas
de protección correspondientes, por ello la importancia de insistir en que su
elaboración sea la más idónea. Sin embargo; no ocurre así, porque los mismos
funcionarios judiciales no confían en que dicha FVR haya sido correctamente
elaborada, razón por la cual incurren en un daño irreversible a la víctima al verse
obligados a volver a cuestionarla para poder valorar el real riesgo al que está
expuesta.
Según la Guía de Procedimiento de Entrevista Única a víctimas en el marco de la
Ley N° 30364 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y
los integrantes del grupo familiar; y a niños y adolescentes varones víctimas de
12
El resaltado es nuestro.
13
Ver: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-n-30364-ley-
para-p-decreto-legislativo-n-1386-1687393-4/
14
El resaltado es nuestro.

