Page 290 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
P. 290
denuncia frente al efectivo policial que está encargado del llenado de la FVR?.
Desde nuestra postura, consideramos que la respuesta es: afirmativa.
Entonces; ya que existen psicólogos(as) como parte del equipo multidisciplinario
de los CEM en las Comisarías, en lugar de que realicen su labor de manera
separada a la interposición de la denuncia, planteamos que ello no sea
necesariamente así. Sino, que los psicólogos(as) del CEM al estar dentro de las
dependencias policiales, realicen la labor del llenado de las FVR; y no solo ello,
sino que también el Informe Psicológico que elaboran, como parte de sus
funciones, acompañe a la FVR ya que este instrumento al ser sumamente
objetivo necesita obligatoriamente de dicho complemento.
Siendo ello así, no se necesitaría contratar otros psicólogos(as) solo para el
llenado de las mismas y con ello se contribuiría a que no sigan siendo los efectivos
policiales los encargados del llenado de dicho instrumento que resulta de suma
importancia para el futuro dictado de las medidas de protección; es decir, se
ahorraría tiempo para que las mismas sean otorgadas oportunamente a las
mujeres víctimas de violencia física.
Finalmente, tanto la denuncia como la FVR serían remitidas al Juzgado de Familia
correspondiente en menor plazo, por lo que solo estaría pendiente el examen del
médico legista (en casos de violencia familiar), el cual podría programarse en
menor tiempo ya que el Informe Psicológico podría ser el equivalente al examen
psicológico que los procesos de violencia familiar normalmente requieren. De ser
ello así, la medida que el Juez de Familia emita, no será solo oportuna sino que
también será eficaz puesto que al estar basada en una FVR más sólida, podrá
dictarse la medida más idónea para que surta los efectos que la ley disponga en
aras de proteger a la víctima.

