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Resultado del fallo
político-judicial
Cinco años de
cárcel para lonkos
Por Diario
El Gong |
28 de
septiembre de 2003
Por más de dos horas se prolongó la lectura del fallo realizado por
el Tribunal de Juicio Oral de Angol, integrado por los magistrados
Jorge González, Cristian Alfaro y Erasmo Sepúlveda, que condenó por
“amenaza terrorista a los lonkos, Pascual Pichún y Aniceto Norín a
la pena aflictiva de cinco año y un día. Fue lo primero que se
informó tras una prolongada espera durante la jornada del sábado, en
medio de la expectación periodística, judicial, política y,
principalmente de las organizaciones mapuches más vinculadas al
movimiento autónomo.
Si bien los lonkos Pichún y Norín,
las más conocidas autoridades indígenas de esta región a nivel
nacional e internacional, habían sido absueltos del grave cargo de
incendio terrorista, no escapaban a esta nueva figura
jurídica-penal, tipificada en el marco de la nueva Ley
Antiterrorista. El Tribunal estuvo integrado ayer por los jueces
Jorge González, quien presidió la audiencia; Christian Alfaro y
Erasmo Sepúlveda, este último, redactor de la sentencia.
El
mismo sábado, comenzaron las reacciones al fallo condenatorio,
principalmente por dos vías, en principio, la interpelación
jurídica, por un lado y la política, por otro, mientras los propios
lonkos encabezaban las declaraciones de rechazo a la resolución que
les privaría de libertad. A la salida del tribunal, Aniceto Norín
insistió en su inocencia, señalando que "existe una discriminación
contra el pueblo mapuche. No tenemos arte ni parte en esto, pero han
buscado formas de acusarnos, han pagado testigos". Por su parte,
Pascual Pichún ratificó lo anterior señalando que jamás han tenido
participación en los hechos imputados. "Pero hemos dado la cara y
enfrentado la situación. Estamos tranquilos, porque quedan muchas
cosas por hacer".
El jefe de estudios de la Defensoría Penal Pública, José Martínez,
dijo que la pena le parecía excesiva y que no se ajusta a derecho,
pues aún existen recursos que se pueden interponer. Sin embargo,
también se mostró satisfecho debido a que en el caso de sus
representados, Patricia Troncoso y Pascual Pichún, el Ministerio
Público había formulado un total de cinco cargos de los cuales tres
afectaban a Troncoso y dos al lonko, en cuatro de los cuales se
dictó sentencia absolutoria, aplicándose una condena que sólo afectó
al lonko Pichún.
Respecto de la condena, la defensa ya se encuentra estudiando la
factibilidad de recurrir de nulidad en lo que respecta al juicio, en
relación a la condena o bien se anule solamente la sentencia
respecto al cargo señalado. Cabe recordar que los lonkos se
encuentran en libertad, sin medidas cautelares, esto mientras la
sentencia no quede ejecutoriada. El abogado defensor defensor y jefe
de estudios, José Martínez, aclaró que la causa no está cerrada.
Respecto de la pena, dijo que le parecía demasiado elevada y estima
que no se ajusta a derecho, pues aún existen recursos que se pueden
interponer.
Juicio político a Figueroa
Por su parte, el diputado por la
Octava Región, Alejandro Navarro, permanente defensor de la causa
mapuche, quien estuvo presente en la lectura del fallo, tuvo
críticas palabras para la sentencia y el proceder de la justicia,
especialmente porque consideró testigos y hechos, virtualmente
inválidos para probar la culpabilidad de los lonkos. Junto con
rechazar el veredicto, arremetió crudamente en contra del ex
ministro de Agricultura del gobierno de Patricio Aylwin, miembro del
Tribunal Constitucional y presidente de la Fundación Neruda,
Juan
Agustín Figueroa, quien, dijo, “hizo uso y abuso de resquicios
legales y políticos” y que, por tales razones y otras, así como su
condición de principal y más connotado demandante en las causas en
contra de mapuches, le parecía que “es una vergüenza que pertenezca
a la Concertación”, el conglomerado oficialista.
Tan expresivo como Navarro, se mostró el diputado socialista por la
Séptima Región, Jaime Naranjo, quien criticó el proceder y
conclusiones de la Justicia en contra de los lonkos, haciendo
apreciaciones respecto a la participación del Gobierno y a la
aplicación de la Ley Antiterrorista. En las últimas horas, no se ha
tenido ningún pronunciamiento oficial de parlamentarios de la Novena
Región, epicentro de este escenario judicial y controversia.
Por otro lado, el alcalde mapuche de
Tirúa Adolfo Millabur, señaló que era una decisión que se preveía y
aunque desconocía oficialmente la sentencia del tribunal al ser
consultado, dijo que “no se esperaba otra cosa”. A la vez, manifestó
su completo repudio a la resolución judicial. “Es patético, porque
la versión del tribunal es completamente diferente a la que
observaron los testigos, esto no hace otra cosa que demostrar el
tráfico de influencias que hubo en el caso, considerando que uno de
los fundos siniestrados es propiedad de un ex ministro de Estado, el
señor Juan Agustín Figueroa”, advirtió. Según Millabur éste no es un
acto de discriminación, sino de intereses que se mueven hacia un
sector determinado, pues en primera instancia fueron declarados
inocentes por la Justicia. Agregó que ahora habrá que evaluar la
situación, pues ni siquiera los condenados podrán optar a beneficios
carcelarios una vez que sean detenidos, pues se trata de un delito
subversivo, que impide acceder a ciertos beneficios.
Cabe recordar que este es el segundo juicio que se realiza en contra
de la auxiliar de párvulos, simpatizante de la causa mapuche,
Patricia Troncoso y los lonkos ya mencionados. La mujer fue acusada
de amenaza de incendio, siendo absuelta de los cargos de incendio y
amenaza terrorista, por lo que se exponía a condena de más de 25
años de prisión, mientras que Pichún fue condenado por el Tribunal
por amenaza terrorista al fundo Nancahue y tenía cargos por amenaza
y dos incendios, para quien los acusadores habían solicitado 15 años
de cárcel. Norín, en tanto, fue acusado por amenaza terrorista al
fundo San Gregorio, teniendo dos acusaciones en su contra, una por
amenaza y otra por incendio, con lo que pudo haber enfrentado una
pena que superaba los 18 años de prisión.
El defensor regional de “La Araucanía”, Claudio Pavlic, manifestó su
satisfacción por las absoluciones, sin embargo se expresó preocupado
por la situación que afecta a Pascual Pichún. Pavlic fue enfático en
señalar que como Defensoría Penal Pública se encuentra muy
satisfecho por la labor desarrollada por los abogados defensores y
por la absolución dictada por el Tribunal respecto a Patricia
Troncoso, quien ha enfrentado dos juicios, con el mismo resultado.
Agregó que la Defensoría estudiará la redacción del fallo, pues no
comparten la decisión del Tribunal en cuanto a la condena que afecta
a los lonkos, reiterando que no se descarta un recurso de nulidad.
Cabe precisar que el recurso de nulidad, dependiendo de la causal,
podrá ser conocido por la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema,
teniendo 10 días como plazo para su presentación, a contar de la
lectura.
Condena Excesiva
"Creemos que hay un error en la
aplicación del derecho al dictarse la sentencia, porque la pena
asignada al delito no puede pasar de tres años, aun cuando estemos
en el marco de la ley antiterrorista”, señaló el abogado de la
Corporación NorAlinea, Jaime Madariaga. Agregó que “hay una cuestión
técnica, compleja, pero consiste básicamente en que las amenazas
llegan como delito de tentativa de incendio. La pena correspondiente
a ese delito es de 541 días a tres años. Por eso, no se ve cómo se
puede hacer una interpretación para llegar a los 5 años y 1 día,
particularmente porque en el concepto del tribunal no existen
agravantes para este caso". Reiteró que "aun cuando estemos en la
Ley Antiterrorista, no supera los tres años". Dijo a continuación
que ello los motiva a presentar un recurso de nulidad ante la Corte
de Apelaciones o ante la Suprema.
Tribunal culpó a lonkos
de amenazas
22 de
Septiembre del 2003
Sin embargo, Pascual Pichun
y Aniceto Norin fueron absueltos del delito de atentados
terroristas. Asimismo, eximió de toda responsabilidad a la
simpatizante de la causa Patricia Troncoso.
El Tribunal Oral en Lo Penal de Angol encontró finalmente culpables
a los lonkos mapuches Pascual Pichun Paillalao y Segundo Aniceto
Norin Catriman del delito de amenazas terroristas, en el marco del
segundo juicio realizado en contra de ambos imputados. Los jueces
del tribunal imputaron ambos lonkos su responsabilidad en las
amenazas de incendios terroristas en contra de los propietarios del
fundo Nancahue y del predio Forestal San Gregorio. Sin embargo, en
el fallo emitido hoy que no es apelable, el tribunal los absolvió
absolutamente de los delitos de atentados terroristas esgrimidos en
su contra por la Fiscalía del Ministerio Público. Aunque consideró
que se había configurado la existencia del delito, el tribunal no
pudo establecer la participación de los dirigentes en los hechos
investigados.

En tanto la tercera imputada en el caso, la simpatizante de la causa
mapuche Patricia Troncoso Robles fue absuelta de ambos delitos. La
sentencia en contra de Pichun y Norin, que tras el fallo quedaron en
libertad regresando a sus comunidades, se dará a conocer el próximo
27 de septiembre. Sin embargo, por el delito arriesgan una pena de
presidio que va desde los cinco a los diez años. Tras ser suspendido
durante las fiestas patrias, el juicio se reinició hoy con los
alegatos de la defensa de los tres imputados y de los querellantes:
el Ministerio Público y el ex ministro de Agricultura Juan Agustín
Figueroa.
Los hechos que dieron origen a la investigación se iniciaron el 12
de diciembre del año 2001 tras el incendio que afectó la casa del
administrador del Fundo Nancahue, de propiedad del ex ministro Juan
Agustín Figueroa, además de cuatro focos de incendio ocurrido en la
comuna de Traiguén, al interior del predio Forestal San Gregorio
ocurrido cuatro días más tarde. Este fue el segundo juicio en
contra de los lonkos y Troncoso Robles, ya que luego de ser
absueltos de los cargos que se les imputaban, esta resolución que
fue revocada por la Corte Suprema por considerar que la sentencia no
dio cuenta precisa y detallada de por qué las pruebas presentadas
por la parte acusadora no sirvieron para acreditar la participación
de los acusados.
Justicia consideró
"falta de pruebas" en juicio que absolvió a lonkos
Suprema ordena realización de nuevo
juicio
SANTIAGO. En una decisión para nada sorpresiva, el pleno de la
Corte Suprema de Justicia decidió el día de ayer ordenar la realización de un
nuevo juicio oral en contra de los destacados lonkos mapuches Pascual Pichún y
Aniceto Norín, quienes junto a la colaboradora Patricia Troncoso fueron
absueltos de los delitos de amenaza e incendio terrorista contra los
propietarios de los fundos Nancahue y San Gregorio de la comuna de Traiguén, el
9 de abril del presente año.
El fallo sobre el recurso de nulidad, que
buscaba dejar sin efecto el juicio que absolvió de los cargos a los dirigentes
mapuches, fue leído en audiencia pública al mediodía de ayer miércoles por el
ministro Enrique Cury. En la resolución, que contó con el voto en contra del
ministro Milton Juica, los magistrados del máximo tribunal capitalino
consideraron que en la sentencia del tribunal oral de Angol no se indicaron
todos y cada uno de los medios de prueba que se utilizaron a lo largo del
juicio.
Los ministros recordaron que el nuevo sistema
procesal penal obliga a los jueces en su sentencia a informar todos los medios
que se utilizaron durante el juicio a fin de apreciar el razonamiento que se
aplicó en la sentencia. En el fallo, redactado por el ministro Nibaldo Segura,
se hizo notar que ya en la resolución del 12 de mayo pasado, que anuló el
proceso por la muerte de la religiosa peruana Lita Castillo en La Serena, se
había hecho hincapié en la necesidad de plasmar en la sentencia todos y cada uno
de los medios de prueba.
El recurso de nulidad, que buscaba dejar sin
efecto el juicio que absolvió a los lonkos, fue presentada por el Ministerio
Público y por la víctima del incendio, el ex ministro de agricultura y actual
miembro del Tribunal Constitucional de la República Juan Agustín Figueroa, por
considerar que los jueces del tribunal Oral de Angol aplicaron en forma
incorrecta la normativa vigente, argumento que fue rechazado desde un comienzo
tanto por los abogados defensores particulares de los dirigentes, como por el
equipo de la Defensoria Penal Mapuche a a cargo del caso.
Defensores rechazan
veredicto
Como un "error" de la Corte Suprema
calificaron los abogados de la Corporación de Derechos Humanos NorAlinea de
Temuco y encargados particulares de la defensa de ambos lonkos mapuches, el
falló dictado el día de ayer por los ministros. "Esto es burdo y un error de la
Corte Suprema por cuanto luego de 12 días de juicio oral, el Ministerio Público,
el particular Juan Agustín Figueroa y el gobierno no entregaron pruebas
relevantes sobre la responsabilidad de los mapuches. Ahora la Corte Suprema, en
solo 6 horas de escuchar a los abogados de las partes considera que sí hay
mérito para condenar", señalan a través de un comunicado emitido por su oficina
de comunicaciones.
Para los profesionales de NorAlinea,
entre ellos los abogados Jaime Madariaga y Rodrigo Lillo, el falló sentaría un
negativo precedente judicial en el marco del conflicto mapuche. "Lamentablemente
el fallo es una señal que presionará a los jueces en futuros juicios contra
mapuches acusados por conflictos territoriales y de tierras que se dan en la
zona sur del país. Aunque no se refiere a estos temas, el fallo de la Corte
Suprema legitima la aplicación de la legislación antiterrorista y la utilización
de recursos como los testigos protegidos "sin rostro". Con este fallo el máximo
tribunal del país se suma a la estrategia de criminalizar a los mapuches y sus
demandas", denuncian los defensores.
Si bien Claudio Pavlic, Defensor
Regional Público, coincidió por su parte con NorAlinea en no compartir el fallo
de la Corte Suprema, se manifestó sin embargo tranquilo respecto del desenlace
final del proceso, ello explicó porque el fallo de los ministros se referiría a
aspectos más bien formales y no de fondo de la sentencia que absolvió a los
dirigentes en abril pasado.
"El fallo de la Suprema se refiere a
aspectos formales de la fundamentación de la sentencia que determinó el Tribunal
Oral. No hay juicio de valor alguno acerca del fondo del asunto, o sea acerca de
la convicción de absolución que se formó el Tribunal Oral y eso lógicamente nos
tiene tranquilos. Por lo tanto el reproche de que esa sentencia del Tribunal
Oral no evaluó toda la prueba, no afecta a nuestro juicio ni la decisión que
tomo el tribunal de Angol ni lógicamente lo que pueda venir a futuro en atención
a que ya conocemos la prueba con la que cuenta la parte acusadora”,
indico.
Juan Pichún: "Aquí hubieron
presiones políticas"
Tras conocer el fallo el hijo del lonko
Pascual Pichún se mostró para nada sorprendido con la resolución. Para Juan
Pichún, la decisión de los ministros sólo dejaría en evidencia las motivaciones
políticas que desde siempre marcaron el emblemático procesamiento de su padre y
los demás dirigentes inculpados por el Ministerio Público de La Araucanía.
"Esta resolución no es nada nuevo. Creo que la gente que
votó a favor del recurso de nulidad, demuestran una cobardía de no poder decidir
en contra de Figueroa y en ese sentido creo que la decisión fue más política que
judicial... Aquí sólo ha quedado una vez más en evidencia el poder infinito de
este señor para presionar y revertir un fallo que los tribunales habían tomado
responsablemente en la zona sur. Los fiscales tuvieron más de un año
encarcelados a los lonkos y con tiempo suficiente para investigar y presentar
pruebas... No entiendo como pueden ahora alegar que el proceso fue irregular",
señaló el dirigente.
Cabe destacar que antes de la audiencia
pública de hoy, una treintena de manifestantes mapuches, en su mayoría
dirigentes de la Coordinación de Organizaciones e Identidades Territoriales
Mapuche venidos desde la zona sur realizaron una manifestación en las afueras
del palacio de tribunales, donde con pancartas y altavoces apoyaban a sus
dirigentes imputados y rechazaban el "racista" accionar de los magistrados a
cargo de dictar el veredicto. La movilización se tornó más intensa una vez
conocido el fallo, más aun considerando la presencia en el lugar del propio Juan
Agustín Figueroa quién de manera desafiante se paseaba por el edificio rodeado
de abogados y personal encargado de su seguridad personal.
Según declararon los dirigentes de la
Coordinación Mapuche, el falló sólo ayudaría a ahondar las desconfianzas
existentes en el sistema judicial chileno, no descartando el inicio de
movilizaciones en la zona sur como medida de rechazo. "Esto sólo ayuda a abrir
más las heridas que están frescas también ante el caso de Alto Bio-Bio, de los
estudiantes sin hogares, de los cientos de procesados y presos políticos
mapuche, como Víctor Ancalaf. Por lo cual no renunciamos, aun en el más crudo
momento de represión que se desata contra el pueblo mapuche, a movilizarnos
contra los responsables de estas persecuciones, así como a recurrir a instancias
de Derecho internacional para restablecer nuestros legítimo Derechos y
querellarnos ante los responsables", señalaron en un comunicado.
Jueces inhabilitados
La Sala Penal de la Corte Suprema,
integrada por los ministros Alberto Chaigneau, Enrique Cury, José Luis Pérez,
Milton Juica y Nibaldo Segura, escuchó los días 11 y 12 de junio pasado los
alegatos de las partes involucradas en el juicio. En esa oportunidad expusieron
el propio Juan Agustín Figueroa, los abogados Andrés Rieutord y José Martínez en
representación de Pichún y Troncoso, el abogado Hugo Gutiérrez por Aniceto
Norín; Xavier Armendáriz por el Ministerio Público, y Jorge Morales por el
Ministerio del Interior. Todos ellos estuvieron también presentes el día de
ayer.
Cabe recordar que Pichún, Norín y Troncoso fueron absueltos de los
cargos que se les imputaban en un sorpresivo fallo de los magistrados del
Tribunal Oral en lo Penal de Angol, Georgina Solis, Luis Sarmiento y Waldemar
Kosh, quienes consideraron que no se podía comprobar la participación de los
acusados en los actos delictivos, por lo que ordenaron ponerlos de inmediato en
libertad. En el extenso juicio oral que se prolongó por 12 días, declararon 35
de los 69 testigos presentados, dos de ellos en la modalidad de "testigos sin
rostro", situación que fue duramente criticada por los abogados defensores e
importantes organismos internacionales de derechos humanos, tales como Amnistía
Internacional (AI) y la Federación Internacional de Ligas de Derechos Humanos
(FIDH) con sede en Paris.
Sin embargo, a raíz de la reciente resolución de la
Corte Suprema, los tres magistrados antes mencionados quedan inhabilitados para
tomar conocimiento y resolver nuevamente el emblemático caso, debiendo nuevos
jueces integrar la sala que vera esta reiteración del juicio en contra de los
loncos y que debiera concretarse dentro de los próximos diez días.
Septiembre
29 2003
Controvertida condena a “Caso Lonkos”
De
la Sentencia Judicial A la “Sentencia” Política
Por más de dos horas se prolongó la lectura del fallo realizado
por el Tribunal de Juicio Oral de Angol, integrado por los magistrados
Jorge González, Cristian Alfaro y Erasmo Sepúlveda, que
condenó por “amenaza terrorista a los lonkos, Pascual Pichún
y Aniceto Norín a la pena aflictiva de cinco año y un día.
Fue lo primero que se informó tras una prolongada espera durante
la jornada del sábado, en medio de la expectación periodística,
judicial, política y, principalmente de las organizaciones mapuches
más vinculadas al movimiento reivindicacionista étnico.
Si bien los lonkos Pichún y Norín, las más conocidas
autoridades indígenas de esta región a nivel nacional e
internacional, habían sido absueltos del grave cargo de incendio
terrorista, no escapaban a esta nueva figura jurídica-penal, tipificada
en el marco de la nueva Ley Antiterrorista.
El mismo sábado, comenzaron las reacciones al fallo condenatorio,
principalmente por dos vías, en principio, la interpelación
jurídica, por un lado y la política, por otro, mientras
los propios lonkos encabezaban las declaraciones de rechazo a la resolución
que les privaría de libertad, los encuentra culpables y genera
un escenario, propicio para la prolongación de la polémica,
las interpretaciones y una probable reorientación de la lucha mapuche,
en el marco del conflicto, como ya comienza a anunciarse.
No hay razones...
Por de pronto, el lonko Pichún, visiblemente afectado, manifestó
a la prensa que la pena le parecía injusta, pues jamás han
[con Norín] tenido participación en los hechos por los cuales
fue acusado, agregando que, pese a ello, confiaba en la justicia chilena,
pero que en este caso, no entiende lo ocurrido, pues no había razones
para esta condena.
Al respecto el abogado de la Defensoría Penal Pública, Jorge
Martínez, señaló que en el caso de los representados,
Patricia Troncoso y Pascual Pichún, el Ministerio Público
había formulado un total de cinco cargos de los cuales tres afectaban
a Patricia Troncoso y dos al lonko, en cuatro de los cuales se dictó
sentencia absolutoria, aplicándose una condena que sólo
afectó al lonko Pichún.
Respecto de la condena, la defensa ya se encuentra estudiando la factibilidad
de recurrir de nulidad en lo que respecta al juicio, en relación
a la condena o bien se anule solamente la sentencia respecto al cargo
señalado.
Cabe recordar que los lonkos se encuentran en libertad, sin medidas cautelares,
esto mientras la sentencia no quede ejecutoriada.
El abogado defensor defensor y jefe de estudios, José Martínez,
aclaró que la causa no está cerrada. Respecto de la pena,
dijo que le parecía demasiado elevada y estima que no se ajusta
a derecho, pues aún existen recursos que se pueden interponer.
Juicio político a Figueroa
Por su parte, el diputado por la Octava Región, Alejandro Navarro,
permanente defensor de la causa mapuche, quien estuvo presente en la lectura
del fallo, tuvo críticas palabras para la sentencia y el proceder
de la justicia, especialmente porque consideró testigos y hechos,
virtualmente inválidos para probar la culpabilidad de los lonkos.
Junto con rechazar el veredicto, arremetió crudamente en contra
del ex ministro de Agricultura del gobierno de Patricio Aylwin, miembro
del Tribunal Constitucional y presidente de la Fundación Neruda,
Juan Agustín Figueroa, quien, dijo, “hizo uso y abuso de
resquicios legales y políticos” y que, por tales razones
y otras, así como su condición de principal y más
connotado demandante en las causas en contra de mapuches, le parecía
que “es una vergüenza que pertenezca a la Concertación”,
el conglomerado oficialista.
Tan expresivo como Navarro, se mostró el diputado socialista por
la Séptima Región, Jaime Naranjo, quien criticó el
proceder y conclusiones de la Justicia en contra de los lonkos, haciendo
apreciaciones respecto a la participación del Gobierno y a la aplicación
de la Ley Antiterrorista.
En las últimas horas, no se ha tenido ningún pronunciamiento
oficial de parlamentarios de la Novena Región, epicentro de este
escenario judicial y controversia.
La mano venía dura
Cabe recordar que este es el segundo juicio que se realiza en contra de
la auxiliar de párvulos, simpatizante de la causa mapuche, Patricia
Troncoso y los lonkos ya mencionados. La mujer fue acusada de amenaza
de incendio, siendo absuelta de los cargos de incendio y amenaza terrorista,
por lo que se exponía a condena de más de 25 años
de prisión, mientras que Pichún fue condenado por el Tribunal
por amenaza terrorista al fundo Nancahue y tenía cargos por amenaza
y dos incendios, para quien los acusadores habían solicitado 15
años de cárcel. Norín, en tanto, fue acusado por
amenaza terrorista al fundo San Gregorio, teniendo dos acusaciones en
su contra, una por amenaza y otra por incendio, con lo que pudo haber
enfrentado una pena que superaba los 18 años de prisión.
El defensor regional de “La Araucanía”, Claudio Pavlic,
manifestó su satisfacción por las absoluciones, sin embargo
se expresó preocupado por la situación que afecta a Pascual
Pichún.
Pavlic fue enfático en señalar que como Defensoría
Penal Pública se encuentra muy satisfecho por la labor desarrollada
por los abogados defensores y por la absolución dictada por el
Tribunal respecto a Patricia Troncoso, quien ha enfrentado dos juicios,
con el mismo resultado.
Agregó que la Defensoría estudiará la redacción
del fallo, pues no comparten la decisión del Tribunal en cuanto
a la condena que afecta a los lonkos, reiterando que no se descarta un
recurso de nulidad.
Cabe precisar que el recurso de nulidad, dependiendo de la causal, podrá
ser conocido por la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema, teniendo
10 días como plazo para su presentación, a contar de la
lectura.
La defensa, cabe consignar, según la ley procesal, tiene el derecho
de recurrir de nulidad, derecho que en esta oportunidad no tiene la parte
acusadora. ARSI source;
http://www.diarioelgong.cl
Septiembre 29
2003
5
años y un día para lonkos
El tribunal determinó que Aniceto Norín y Pascual Pichún deben cumplir el
total de la pena asignada sin ningún beneficio. El Tribunal Oral en lo Penal
de Angol, integrado por los magistrados Jorge González, Erasmo Sepúlveda
y Cristian Alfaro, condenó a los lonkos Pascual Pichún Paillalao, 49 años
y Segundo Aniceto Norín (42) a cumplir la pena de 5 años y un día de prisión
como autores del delito de amenazas terroristas, sin derecho a ningún beneficio
carcelario que les permita rebajar la pena.
La misma sala absolvió a ambos dirigentes mapuches del cargo de incendio
terroristas. En tanto, la simpatizante de la causa mapuche Patricia Troncoso
Robles (34), más conocida como "La Chepa", quedó en libertad tras ser absuelta
de todos los cargos que el Ministerio Público formuló en su contra.
El veredicto fue dado a conocer a las 11 horas de ayer en la audiencia de
lectura de fallo realizada en el citado tribunal, los lonkos permanecerán
en libertad por un lapso de 10 días, hasta que la sentencia quede ejecutoriada,
plazo que tienen los defensores para presentar un recurso de nulidad ante
la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema.
La investigación del caso fue realizada por los fiscales Raúl Bustos, Alberto
Chiffelle y Francisco Rojas, quienes tras realizar pesquisas presentaron
las acusaciones correspondientes ante el Juzgado de Garantía de Traiguén.
A los lonkos se les acusaba de ser autores del atentado incendiario que
en diciembre de 2001 destruyó la casa patronal del fundo Nancahue, propiedad
del ex ministro de Agricultura, Juan Agustín Figueroa; del incendio que
arrasó con varias hectáreas de bosque al interior del predio San Gregorio,
y de haber amenazado a los propietarios de ambos terrenos.
La defensa, al igual que la vez anterior estuvo integrada por los abogados
de la Defensoría Penal Pública, Sandra Jelves, Carmen Gloria Ormeño, Myriam
Reyes, José Martínez, además de los abogados particulares Jaime Madariaga,
Rodrigo Lillo y Pablo Ortega.
Al respecto el Defensor Regional de La Araucanía, Claudio Pávlic, señaló
que en el caso de los representados Patricia Troncoso y Pascual Pichún,
el Ministerio Publico había formulado un total de cinco cargos, de los cuales
tres afectaban a Patricia Troncoso y dos a Pascual Pichún; en cuatro de
los cuales se dictó sentencia absolutoria, aplicándose sólo una condena
que afectó al lonko.
Respecto de la condena, el abogado defensor y jefe de estudios, José Martínez,
sostuvo que la defensa ya se encuentra estudiando la factibilidad de recurrir
de nulidad a fin de que se anule el juicio respecto a la condena o bien,
se deje sin efecto solamente la sentencia respecto a ese cargo.
La repetición de este juicio oral se debió a que la Corte Suprema, el pasado
2 de julio acogió el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público,
anulando el primer juicio que absolvió de los cargos a los dirigentes indígenas
y ordenó realizar uno nuevo. source:
http://www.australtemuco.cl/
Septiembre 28
2003
Prisión de 5 años por amenaza terrorista
Condenan
a loncos mapuches.
Adolfo Millabur, alcalde de Tirúa, dijo que hubo tráfico de influencia
porque un ex ministro fue afectado.
Molesto por el fallo del tribunal oral de Angol, que sentenció a cinco años
y un día a los loncos Pascual Pichún Paillalao y Aniceto Norín Catrimán
por el delito de amenaza terrorista contra la propiedad de dos fundos de
la Novena Región, se mostró el alcalde mapuche de Tirúa, Adolfo Millabur.
Agregó que era una decisión que se preveía y aunque desconocía oficialmente
la sentencia del tribunal al ser consultado, dijo que “no se esperaba otra
cosa”. A la vez, manifestó su completo repudio a la resolución judicial.
“Es patético, porque la versión del tribunal es completamente diferente
a la que observaron los testigos, esto no hace otra cosa que demostrar el
tráfico de influencias que hubo en el caso, considerando que uno de los
fundos siniestrados es propiedad de un ex ministro de Estado, el señor
Juan
Agustín Figueroa[Leer]”, advirtió.
Según Millabur éste no es un acto de discriminación, sino de intereses que
se mueven hacia un sector determinado, pues en primera instancia fueron
declarados inocentes por la Justicia. Agregó que ahora habrá que evaluar
la situación, pues ni siquiera los condenados podrán optar a beneficios
carcelarios una vez que sean detenidos, pues se trata de un delito subversivo,
que impide acceder a ciertos beneficios. source:
http://www.elsur.cl/
domingo 28 de septiembre de 2003
Juicio
oral en Angol Condenan a cinco años de cárcel a dos loncos
ANGOL. A cinco años y un día de cárcel por el delito de amenaza terrorista
fueron ayer condenados los loncos mapuches Aniceto Norín y Pascual Pichún,
luego del juicio que realizó el tribunal oral en lo penal de Angol el pasado
22 de septiembre. Los dirigentes fueron condenados por el anuncio que realizaron
de los incendios que afectaron al fundo Nancahue y al predio forestal San
Gregorio en la Octava Región. Ayer pasadas las 13 horas concluyó la audiencia
en que el juez del tribunal del Angol, Jorge González, quien notificó las
condenas para los loncos. En el mismo juicio fueron absueltos por el delito
de incendio terrorista. Una tercera acusada Patricia Troncoso Robles fue
absuelta de todos los cargos que se le imputaban.
El día 23 el abogado de la defensoría penal pública mapuche, José Martínez,
señaló que solicitará a la Corte Suprema la anulación del juicio. De ser
anulado, debería llevarse a cabo el tercer juicio, pues ya que luego de
ser absueltos de los cargos que se les imputaban, la resolución fue declarada
nula por la Corte Suprema tras una solicitud de los abogados querellantes.
Los hechos que dieron origen a la investigación se iniciaron el 12 de diciembre
del año 2001 tras el incendio que afectó la casa del administrador del fundo
Nancahue, de propiedad del ex ministro Figueroa, además de cuatro focos
de incendio ocurrido en la comuna de Traiguén, al interior del predio Forestal
San Gregorio ocurrido cuatro días más tarde.
Este fue el segundo juicio en contra de los loncos, ya que luego de ser
absueltos de los cargos que se les imputaban, esta resolución que fue revocada
por la Corte Suprema por considerar que la sentencia no dio cuenta precisa
y detallada de por qué las pruebas presentadas por la parte acusadora no
sirvieron para acreditar la participación de los acusados.
http://www.elsur.cl/
Jueves 10 de julio de 2003
A la cárcel condenan a mapuche
por incendio
A cinco años de presidio menor en su grado máximo y a una multa de 4 UTM
fue condenado el comunero Juan Luis Llanca Llanca, como autor del delito
de incendio, perpetrado durante enero del año pasado, en el fundo El Ulmo,
ubicado en el sector Púa, comuna de Victoria. La investigación y
acusación correspondieron a la fiscal Jorge Sandoval.
Los hechos que motivaron la investigación del representante del Ministerio
Público, ocurrieron el 11 de enero, a eso de las 16.30 horas, en
circunstancias que Carabineros cumplía una orden de protección para
resguardar el predio, cuando sorprendieron el comunero, en compañía de un
menor, prendiendo fuego a la siembra de avena y trigo, emplazada en el citado
predio, en momentos que se efectuaban faenas de cosecha de la que participaban
el propietario del predio junto a
sus trabajadores y operarios de maquinaria especializada.
GRUPO ORGANIZADO
Fuentes policiales informaron en su oportunidad que el acusado formaba parte
de un grupo organizado compuesto de aproximadamente 15 personas, los que
actuaron ingresando desde un predio vecino al Fundo el Ulmo. Una vez en
el interior del fundo, el comunero prendió fuego a la siembra, mientras
el resto de sus acompañantes apoyaba su actuar, impidiendo que el fuego
fuera extinguido, lanzando de piedras a los trabajadores y brigadistas que
intentaban combatir el incendio.
Pese al trabajo realizado por los operarios del predio para sofocar el fuego,
se logró establecer que el incendio arrasó con ocho hectáreas de avena y
diez de trigo, causando daños que fueron avaluados por su propietario en
una suma cercana a los 11 millones de pesos. source:
http://www.australtemuco.cl/
Julio
02 2003
Corte Suprema ordena realizar nuevo
juicio contra lonkos
mapuches Pichun y Norin, y a “la chepa”
La Corte Suprema ordenó realizar un nuevo juicio oral en lo penal en contra
de los dirigentes mapuches o lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín por el
ataque incendiario en contra del fundo Nancahue, Novena Región, propiedad
del presidente del Tribunal Constitucional [TC] Juan Agustín Figueroa. De
esta manera, quedó anulado el juicio realizado por el tribunal de Angol
que absolvió de cargos a los dirigentes indígenas.
Según el nuevo procedimiento penal que rige en parte del país, el recurso
de nulidad -presentado por el Ministerio Público y por la víctima- procede
en caso que durante el proceso se haya aplicado de forma incorrecta la normativa
vigente.
Pichún y Norín, fueron imputados por la fiscalía por asociación ilícita
terrorista en el marco de la investigación sobre las actividades de la Coordinadora
Arauco-Malleco de Comunidades en Conflicto y de ser responsables del incendio
del fundo Nancahue.
En abril de este año fueron absueltos de este último cargo.
Según el Ministerio Público, el 12 de diciembre de 2001 Pascual Pichún Collonao
y Segundo Aniceto Norin Catrimán causaron un incendio forestal de pino insigne
de 15 años de edad al interior del fundo Nancahue, que es reclamado por
la familia Pichún como parte de las recuperaciones de terrenos que desarrollan
comunidades indígenas en las regiones Octava y Novena.
Este es el segundo juicio de relevancia pública que es anulado por la Corte
Suprema, luego de que el 12 de mayo la segunda sala penal del máximo tribunal
anuló el proceso por la muerte de la religiosa peruana Lita Castillo, en
La Serena.
Esto por considerar que el tribunal de primera instancia no tomó en cuenta
todos los antecedentes disponibles en el proceso, entre ellos la condición
siquiátrica de los imputados. source:
http://www.diarioelgong.cl/
junio 24
2003
CORTE SUPREMA DECLARÓ ILEGAL DETENCIóN DE MAPUCHE
El máximo tribunal ratificó el fallo de la Corte de
Apelaciones de Temuco que
determinó que no procedía el arresto de los hermanos
Rafael y Pascual Pichún.
SANTIAGO
- (24 horas) - El l fallo del máximo triibunal del país confirma de esta manera
la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Temuco, que declaró ilegal
la detención decretada por la jueza del Juzgado Mixto de Traiguén contra los hermanos Pichún, por no haber acreditado el total
de la indemnización y multa a que fueron condenados.
Los mapuches, pertenecientes a la comunidad indígena de Temulemu, fueron
detenidos por no pagar la indemnización de 6 millones de pesos que el Tribunal
de Juicio Oral de Angol determinó en la sentencia por el delito de incendio
que afectó a un camión forestal, el que ambos fueron encontrados culpables.
Con esta decisión queda resuelta la controversia surgida en el sentido de
que no puede exigírsele a los condenados el pago previo de la indemnización
civil para poder entrar a gozar del beneficio de la libertad vigilada que
les fue concedida por la misma sentencia.
La abogada Jefe de la Defensoría Penal Mapuche, Sandra Jelves Mella, se
manifestó satisfecha con la resolución e indicó que lo ocurrido a los hermanos
Pichún fue arbitrario y se aparta de los principios de la Reforma Procesal
Penal, ya que fueron ingresados al Centro de Cumplimiento Penitenciario
de Traiguén sin que se realizara una audiencia.
Miércoles 11 de junio de 2003
Pascual Pichún y Aniceto Norín estuvieron presentes en los alegatos:
Corte Suprema inició revisión de juicio
a loncos mapuches con fuerte dispositivo de seguridad
El Ministerio Público, la Intendencia de la Novena Región y Juan Agustín
Figueroa, una de las víctimas de los incendios, solicitaron un nuevo juzgamiento
de los imputados.
Un fuerte dispositivo de seguridad en las afueras y en el interior de la
Corte Suprema desplegaron hoy Carabineros y Gendarmería para resguardar
la audiencia en que la Sala Penal de ese tribunal inició la revisión del
juicio oral que absolvió a dos loncos mapuches y a una asistente de párvulos
de las acusaciones levantadas en su contra por el Ministerio Público, como
supuestos responsables de los incendios y amenazas terroristas que sufrieron
los fundos Nancahue y San Gregorio, ubicados en la localidad de Traiguén,
Novena Región.
En abril pasado el Tribunal Oral de Angol escuchó los cargos planteados
en contra de Pascual Pichún Paillanao, Aniceto Norín Catrimal y Patricia
Troncoso Robles.
Los fiscales del Ministerio Público acusaron a los dos jefes indígenas y
a la mujer de ser autores de las amenazas e incendios perpetrados en contra
de los campos Nancahue y San Gregorio, los días 12 y 16 de diciembre de
2001. En esos hechos dos grupos de encapuchados quemaron una casa patronal
y parte del bosque de ambos predios, situación por la cual se pidió la aplicación
de la Ley Antiterrorista.
Sin embargo, los magistrados sostuvieron en su sentencia que los elementos
aportados durante las audiencias fueron insuficientes para convencerlos
de que los tres imputados hayan sido los responsables de los atentados y,
en consecuencia, los dejaron libres de esos cargos.
Tribunal revisa por segunda vez caso de impacto nacional
El Ministerio Público impugnó ese fallo, para lo cual presentó un recurso
de nulidad en la Corte Suprema. El mismo camino siguieron el abogado e integrante
del Tribunal Constitucional Juan Agustín Figueroa, propietario de uno de
los inmuebles afectados por los ataques, y la intendencia de la Novena Región.
Los fiscales, Figueroa y las autoridades de gobierno interior buscan que
el tribunal máximo revise la sentencia dictada en Angol, la anule por falta
de fundamentos y ordene un nuevo juicio que, en su opinión, permitiría demostrar
las responsabilidades de Pichún, Norín y Troncoso.
Esta es la segunda vez que el Tribunal Supremo entra a la revisión de un
caso que ha impactado en todo el país. A comienzos de mayo, los mismos jueces
acogieron los cuestionamientos hechos a un procedimiento celebrado en La
Serena y decretaron un nuevo enjuiciamiento para los dos hombres que aparecen
como supuestos atacantes de un convento, el que terminó con la muerte de
una religiosa.
A primera hora de hoy, Carabineros colocó rejas en el frontis del Palacio
de los Tribunales y aumentó la dotación que habitualmente resguarda el perímetro.
En el interior, Gendarmería también aumentó la vigilancia, pero sólo con
un leve aumento de la presencia de vigilantes.
Juan Agustín Figueroa, una de las víctimas de las agresiones a propiedades
privadas ocurridas en el sur, fue el único que alegó hoy ante la Sala Penal.
Según él, los jueces de Angol faltaron a sus deberes porque no ponderaron
adecuadamente las pruebas rendidas en el juicio oral. Además, descartó cualquier
influencia política en el juicio: "Yo soy víctima y no elijo, naturalmente,
quienes son mis victimarios", retrucó y recalcó que él sólo es un abogado
que está haciendo uso de sus derechos ante los tribunales. source:
http://www.lasegunda.com/
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