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"WÜNOL GÑETUANIAN HINCHIN TAIÑ MAPU CHEO MEGLE KEBOY TAIN KUIBY KECHE BENTEN WARRANKA TRIPANTU AMULEY AHKETULAY CHI GNENELO BÜY PUKECHES MUGÜELEY"

 

 

"POR LA RECUPERACION DE NUESTRA TIERRA DONDE VIVIAN NUESTROS ANTEPASADOS, QUE HAN PASADO MILES DE AÑOS SIN RECONOCERNOS QUIENES GOBIERNA, SOMOS UN PUEBLO VIVO"

 

Resultado del fallo político-judicial
Cinco años de cárcel para lonkos

Por Diario El Gong

 28 de septiembre de 2003

Por más de dos horas se prolongó la lectura del fallo realizado por el Tribunal de Juicio Oral de Angol, integrado por los magistrados Jorge González, Cristian Alfaro y Erasmo Sepúlveda, que condenó por “amenaza terrorista a los lonkos, Pascual Pichún y Aniceto Norín a la pena aflictiva de cinco año y un día. Fue lo primero que se informó tras una prolongada espera durante la jornada del sábado, en medio de la expectación periodística, judicial, política y, principalmente de las organizaciones mapuches más vinculadas al movimiento autónomo.

Si bien los lonkos Pichún y Norín, las más conocidas autoridades indígenas de esta región a nivel nacional e internacional, habían sido absueltos del grave cargo de incendio terrorista, no escapaban a esta nueva figura jurídica-penal, tipificada en el marco de la nueva Ley Antiterrorista. El Tribunal estuvo integrado ayer por los jueces Jorge González, quien presidió la audiencia; Christian Alfaro y Erasmo Sepúlveda, este último, redactor de la sentencia.

El mismo sábado, comenzaron las reacciones al fallo condenatorio, principalmente por dos vías, en principio, la interpelación jurídica, por un lado y la política, por otro, mientras los propios lonkos encabezaban las declaraciones de rechazo a la resolución que les privaría de libertad. A la salida del tribunal, Aniceto Norín insistió en su inocencia, señalando que "existe una discriminación contra el pueblo mapuche. No tenemos arte ni parte en esto, pero han buscado formas de acusarnos, han pagado testigos". Por su parte, Pascual Pichún ratificó lo anterior señalando que jamás han tenido participación en los hechos imputados. "Pero hemos dado la cara y enfrentado la situación. Estamos tranquilos, porque quedan muchas cosas por hacer".

El jefe de estudios de la Defensoría Penal Pública, José Martínez, dijo que la pena le parecía excesiva y que no se ajusta a derecho, pues aún existen recursos que se pueden interponer. Sin embargo, también se mostró satisfecho debido a que en el caso de sus representados, Patricia Troncoso y Pascual Pichún, el Ministerio Público había formulado un total de cinco cargos de los cuales tres afectaban a Troncoso y dos al lonko, en cuatro de los cuales se dictó sentencia absolutoria, aplicándose una condena que sólo afectó al lonko Pichún.

Respecto de la condena, la defensa ya se encuentra estudiando la factibilidad de recurrir de nulidad en lo que respecta al juicio, en relación a la condena o bien se anule solamente la sentencia respecto al cargo señalado. Cabe recordar que los lonkos se encuentran en libertad, sin medidas cautelares, esto mientras la sentencia no quede ejecutoriada. El abogado defensor defensor y jefe de estudios, José Martínez, aclaró que la causa no está cerrada. Respecto de la pena, dijo que le parecía demasiado elevada y estima que no se ajusta a derecho, pues aún existen recursos que se pueden interponer.

Juicio político a Figueroa

Por su parte, el diputado por la Octava Región, Alejandro Navarro, permanente defensor de la causa mapuche, quien estuvo presente en la lectura del fallo, tuvo críticas palabras para la sentencia y el proceder de la justicia, especialmente porque consideró testigos y hechos, virtualmente inválidos para probar la culpabilidad de los lonkos. Junto con rechazar el veredicto, arremetió crudamente en contra del ex ministro de Agricultura del gobierno de Patricio Aylwin, miembro del Tribunal Constitucional y presidente de la Fundación Neruda, Juan Agustín Figueroa, quien, dijo, “hizo uso y abuso de resquicios legales y políticos” y que, por tales razones y otras, así como su condición de principal y más connotado demandante en las causas en contra de mapuches, le parecía que “es una vergüenza que pertenezca a la Concertación”, el conglomerado oficialista.

Tan expresivo como Navarro, se mostró el diputado socialista por la Séptima Región, Jaime Naranjo, quien criticó el proceder y conclusiones de la Justicia en contra de los lonkos, haciendo apreciaciones respecto a la participación del Gobierno y a la aplicación de la Ley Antiterrorista. En las últimas horas, no se ha tenido ningún pronunciamiento oficial de parlamentarios de la Novena Región, epicentro de este escenario judicial y controversia.

Por otro lado, el alcalde mapuche de Tirúa Adolfo Millabur, señaló que era una decisión que se preveía y aunque desconocía oficialmente la sentencia del tribunal al ser consultado, dijo que “no se esperaba otra cosa”. A la vez, manifestó su completo repudio a la resolución judicial. “Es patético, porque la versión del tribunal es completamente diferente a la que observaron los testigos, esto no hace otra cosa que demostrar el tráfico de influencias que hubo en el caso, considerando que uno de los fundos siniestrados es propiedad de un ex ministro de Estado, el señor Juan Agustín Figueroa”, advirtió. Según Millabur éste no es un acto de discriminación, sino de intereses que se mueven hacia un sector determinado, pues en primera instancia fueron declarados inocentes por la Justicia. Agregó que ahora habrá que evaluar la situación, pues ni siquiera los condenados podrán optar a beneficios carcelarios una vez que sean detenidos, pues se trata de un delito subversivo, que impide acceder a ciertos beneficios.

Cabe recordar que este es el segundo juicio que se realiza en contra de la auxiliar de párvulos, simpatizante de la causa mapuche, Patricia Troncoso y los lonkos ya mencionados. La mujer fue acusada de amenaza de incendio, siendo absuelta de los cargos de incendio y amenaza terrorista, por lo que se exponía a condena de más de 25 años de prisión, mientras que Pichún fue condenado por el Tribunal por amenaza terrorista al fundo Nancahue y tenía cargos por amenaza y dos incendios, para quien los acusadores habían solicitado 15 años de cárcel. Norín, en tanto, fue acusado por amenaza terrorista al fundo San Gregorio, teniendo dos acusaciones en su contra, una por amenaza y otra por incendio, con lo que pudo haber enfrentado una pena que superaba los 18 años de prisión.

El defensor regional de “La Araucanía”, Claudio Pavlic, manifestó su satisfacción por las absoluciones, sin embargo se expresó preocupado por la situación que afecta a Pascual Pichún. Pavlic fue enfático en señalar que como Defensoría Penal Pública se encuentra muy satisfecho por la labor desarrollada por los abogados defensores y por la absolución dictada por el Tribunal respecto a Patricia Troncoso, quien ha enfrentado dos juicios, con el mismo resultado. Agregó que la Defensoría estudiará la redacción del fallo, pues no comparten la decisión del Tribunal en cuanto a la condena que afecta a los lonkos, reiterando que no se descarta un recurso de nulidad. Cabe precisar que el recurso de nulidad, dependiendo de la causal, podrá ser conocido por la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema, teniendo 10 días como plazo para su presentación, a contar de la lectura.

Condena Excesiva

"Creemos que hay un error en la aplicación del derecho al dictarse la sentencia, porque la pena asignada al delito no puede pasar de tres años, aun cuando estemos en el marco de la ley antiterrorista”, señaló el abogado de la Corporación NorAlinea, Jaime Madariaga. Agregó que “hay una cuestión técnica, compleja, pero consiste básicamente en que las amenazas llegan como delito de tentativa de incendio. La pena correspondiente a ese delito es de 541 días a tres años. Por eso, no se ve cómo se puede hacer una interpretación para llegar a los 5 años y 1 día, particularmente porque en el concepto del tribunal no existen agravantes para este caso". Reiteró que "aun cuando estemos en la Ley Antiterrorista, no supera los tres años". Dijo a continuación que ello los motiva a presentar un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones o ante la Suprema.


 

Tribunal culpó a lonkos de amenazas

 22 de Septiembre del 2003

Sin embargo, Pascual Pichun y Aniceto Norin fueron absueltos del delito de atentados terroristas. Asimismo, eximió de toda responsabilidad a la simpatizante de la causa Patricia Troncoso.

El Tribunal Oral en Lo Penal de Angol encontró finalmente culpables a los lonkos mapuches Pascual Pichun Paillalao y Segundo Aniceto Norin Catriman del delito de amenazas terroristas, en el marco del segundo juicio realizado en contra de ambos imputados. Los jueces del tribunal imputaron ambos lonkos su responsabilidad en las amenazas de incendios terroristas en contra de los propietarios del fundo Nancahue y del predio Forestal San Gregorio. Sin embargo, en el fallo emitido hoy que no es apelable, el tribunal los absolvió absolutamente de los delitos de atentados terroristas esgrimidos en su contra por la Fiscalía del Ministerio Público. Aunque consideró que se había configurado la existencia del delito, el tribunal no pudo establecer la participación de los dirigentes en los hechos investigados.

En tanto la tercera imputada en el caso, la simpatizante de la causa mapuche Patricia Troncoso Robles fue absuelta de ambos delitos. La sentencia en contra de Pichun y Norin, que tras el fallo quedaron en libertad regresando a sus comunidades, se dará a conocer el próximo 27 de septiembre. Sin embargo, por el delito arriesgan una pena de presidio que va desde los cinco a los diez años. Tras ser suspendido durante las fiestas patrias, el juicio se reinició hoy con los alegatos de la defensa de los tres imputados y de los querellantes: el Ministerio Público y el ex ministro de Agricultura Juan Agustín Figueroa.

Los hechos que dieron origen a la investigación se iniciaron el 12 de diciembre del año 2001 tras el incendio que afectó la casa del administrador del Fundo Nancahue, de propiedad del ex ministro Juan Agustín Figueroa, además de cuatro focos de incendio ocurrido en la comuna de Traiguén, al interior del predio Forestal San Gregorio ocurrido cuatro días más tarde.  Este fue el segundo juicio en contra de los lonkos y Troncoso Robles, ya que luego de ser absueltos de los cargos que se les imputaban, esta resolución que fue revocada por la Corte Suprema por considerar que la sentencia no dio cuenta precisa y detallada de por qué las pruebas presentadas por la parte acusadora no sirvieron para acreditar la participación de los acusados.

 


 

Justicia consideró "falta de pruebas" en juicio que absolvió a lonkos

Suprema ordena realización de nuevo juicio

 
 

SANTIAGO. En una decisión para nada sorpresiva, el pleno de la Corte Suprema de Justicia decidió el día de ayer ordenar la realización de un nuevo juicio oral en contra de los destacados lonkos mapuches Pascual Pichún y Aniceto Norín, quienes junto a la colaboradora Patricia Troncoso fueron absueltos de los delitos de amenaza e incendio terrorista contra los propietarios de los fundos Nancahue y San Gregorio de la comuna de Traiguén, el 9 de abril del presente año.

El fallo sobre el recurso de nulidad, que buscaba dejar sin efecto el juicio que absolvió de los cargos a los dirigentes mapuches, fue leído en audiencia pública al mediodía de ayer miércoles por el ministro Enrique Cury. En la resolución, que contó con el voto en contra del ministro Milton Juica, los magistrados del máximo tribunal capitalino consideraron que en la sentencia del tribunal oral de Angol no se indicaron todos y cada uno de los medios de prueba que se utilizaron a lo largo del juicio.

Los ministros recordaron que el nuevo sistema procesal penal obliga a los jueces en su sentencia a informar todos los medios que se utilizaron durante el juicio a fin de apreciar el razonamiento que se aplicó en la sentencia. En el fallo, redactado por el ministro Nibaldo Segura, se hizo notar que ya en la resolución del 12 de mayo pasado, que anuló el proceso por la muerte de la religiosa peruana Lita Castillo en La Serena, se había hecho hincapié en la necesidad de plasmar en la sentencia todos y cada uno de los medios de prueba.

El recurso de nulidad, que buscaba dejar sin efecto el juicio que absolvió a los lonkos, fue presentada por el Ministerio Público y por la víctima del incendio, el ex ministro de agricultura y actual miembro del Tribunal Constitucional de la República Juan Agustín Figueroa, por considerar que los jueces del tribunal Oral de Angol aplicaron en forma incorrecta la normativa vigente, argumento que fue rechazado desde un comienzo tanto por los abogados defensores particulares de los dirigentes, como por el equipo de la Defensoria Penal Mapuche a a cargo del caso.

Defensores rechazan veredicto

Como un "error" de la Corte Suprema calificaron los abogados de la Corporación de Derechos Humanos NorAlinea de Temuco y encargados particulares de la defensa de ambos lonkos mapuches, el falló dictado el día de ayer por los ministros. "Esto es burdo y un error de la Corte Suprema por cuanto luego de 12 días de juicio oral, el Ministerio Público, el particular Juan Agustín Figueroa y el gobierno no entregaron pruebas relevantes sobre la responsabilidad de los mapuches. Ahora la Corte Suprema, en solo 6 horas de escuchar a los abogados de las partes considera que sí hay mérito para condenar", señalan a través de un comunicado emitido por su oficina de comunicaciones.

Para los profesionales de NorAlinea, entre ellos los abogados Jaime Madariaga y Rodrigo Lillo, el falló sentaría un negativo precedente judicial en el marco del conflicto mapuche. "Lamentablemente el fallo es una señal que presionará a los jueces en futuros juicios contra mapuches acusados por conflictos territoriales y de tierras que se dan en la zona sur del país. Aunque no se refiere a estos temas, el fallo de la Corte Suprema legitima la aplicación de la legislación antiterrorista y la utilización de recursos como los testigos protegidos "sin rostro". Con este fallo el máximo tribunal del país se suma a la estrategia de criminalizar a los mapuches y sus demandas", denuncian los defensores.

Si bien Claudio Pavlic, Defensor Regional Público, coincidió por su parte con NorAlinea en no compartir el fallo de la Corte Suprema, se manifestó sin embargo tranquilo respecto del desenlace final del proceso, ello explicó porque el fallo de los ministros se referiría a aspectos más bien formales y no de fondo de la sentencia que absolvió a los dirigentes en abril pasado.

"El fallo de la Suprema se refiere a aspectos formales de la fundamentación de la sentencia que determinó el Tribunal Oral. No hay juicio de valor alguno acerca del fondo del asunto, o sea acerca de la convicción de absolución que se formó el Tribunal Oral y eso lógicamente nos tiene tranquilos. Por lo tanto el reproche de que esa sentencia del Tribunal Oral no evaluó toda la prueba, no afecta a nuestro juicio ni la decisión que tomo el tribunal de Angol ni lógicamente lo que pueda venir a futuro en atención a que ya conocemos la prueba con la que cuenta la parte acusadora”, indico.

Juan Pichún: "Aquí hubieron presiones políticas"

Tras conocer el fallo el hijo del lonko Pascual Pichún se mostró para nada sorprendido con la resolución. Para Juan Pichún, la decisión de los ministros sólo dejaría en evidencia las motivaciones políticas que desde siempre marcaron el emblemático procesamiento de su padre y los demás dirigentes inculpados por el Ministerio Público de La Araucanía.

"Esta resolución no es nada nuevo. Creo que la gente que votó a favor del recurso de nulidad, demuestran una cobardía de no poder decidir en contra de Figueroa y en ese sentido creo que la decisión fue más política que judicial... Aquí sólo ha quedado una vez más en evidencia el poder infinito de este señor para presionar y revertir un fallo que los tribunales habían tomado responsablemente en la zona sur. Los fiscales tuvieron  más de un año encarcelados a los lonkos y con tiempo suficiente para investigar y presentar pruebas... No entiendo como pueden ahora alegar que el proceso fue irregular", señaló el dirigente.

Cabe destacar que antes de la audiencia pública de hoy, una treintena de manifestantes mapuches, en su mayoría dirigentes de la Coordinación de Organizaciones e Identidades Territoriales Mapuche venidos desde la zona sur realizaron una manifestación en las afueras del palacio de tribunales, donde con pancartas y altavoces apoyaban a sus dirigentes imputados y rechazaban el "racista" accionar de los magistrados a cargo de dictar el veredicto. La movilización se tornó más intensa una vez conocido el fallo, más aun considerando la presencia en el lugar del propio Juan Agustín Figueroa quién de manera desafiante se paseaba por el edificio rodeado de abogados y personal encargado de su seguridad personal.

Según declararon los dirigentes de la Coordinación Mapuche, el falló sólo ayudaría a ahondar las desconfianzas existentes en el sistema judicial chileno, no descartando el inicio de movilizaciones en la zona sur como medida de rechazo. "Esto sólo ayuda a abrir más las heridas que están frescas también ante el caso de Alto Bio-Bio, de los estudiantes sin hogares, de los cientos de procesados y presos políticos mapuche, como Víctor Ancalaf. Por lo cual no renunciamos, aun en el más crudo momento de represión que se desata contra el pueblo mapuche, a movilizarnos contra los responsables de estas persecuciones, así como a recurrir a instancias de Derecho internacional para restablecer nuestros legítimo Derechos y querellarnos ante los responsables", señalaron en un comunicado.

Jueces inhabilitados

La Sala Penal de la Corte Suprema, integrada por los ministros Alberto Chaigneau, Enrique Cury, José Luis Pérez, Milton Juica y Nibaldo Segura, escuchó los días 11 y 12 de junio pasado los alegatos de las partes involucradas en el juicio. En esa oportunidad expusieron el propio Juan Agustín Figueroa, los abogados Andrés Rieutord y José Martínez en representación de Pichún y Troncoso, el abogado Hugo Gutiérrez por Aniceto Norín; Xavier Armendáriz por el Ministerio Público, y Jorge Morales por el Ministerio del Interior. Todos ellos estuvieron también presentes el día de ayer.

Cabe recordar que Pichún, Norín y Troncoso fueron absueltos de los cargos que se les imputaban en un sorpresivo fallo de los magistrados del Tribunal Oral en lo Penal de Angol, Georgina Solis, Luis Sarmiento y Waldemar Kosh, quienes consideraron que no se podía comprobar la participación de los acusados en los actos delictivos, por lo que ordenaron ponerlos de inmediato en libertad. En el extenso juicio oral que se prolongó por 12 días, declararon 35 de los 69 testigos presentados, dos de ellos en la modalidad de "testigos sin rostro", situación que fue duramente criticada por los abogados defensores e importantes organismos internacionales de derechos humanos, tales como Amnistía Internacional (AI) y la Federación Internacional de Ligas de Derechos Humanos (FIDH) con sede en Paris.

Sin embargo, a raíz de la reciente resolución de la Corte Suprema, los tres magistrados antes mencionados quedan inhabilitados para tomar conocimiento y resolver nuevamente el emblemático caso, debiendo nuevos jueces integrar la sala que vera esta reiteración del juicio en contra de los loncos y que debiera concretarse dentro de los próximos diez días.


Septiembre 29 2003

Controvertida condena a “Caso Lonkos”
De la Sentencia Judicial A la “Sentencia” Política

Por más de dos horas se prolongó la lectura del fallo realizado por el Tribunal de Juicio Oral de Angol, integrado por los magistrados Jorge González, Cristian Alfaro y Erasmo Sepúlveda, que condenó por “amenaza terrorista a los lonkos, Pascual Pichún y Aniceto Norín a la pena aflictiva de cinco año y un día.

Fue lo primero que se informó tras una prolongada espera durante la jornada del sábado, en medio de la expectación periodística, judicial, política y, principalmente de las organizaciones mapuches más vinculadas al movimiento reivindicacionista étnico. Si bien los lonkos Pichún y Norín, las más conocidas autoridades indígenas de esta región a nivel nacional e internacional, habían sido absueltos del grave cargo de incendio terrorista, no escapaban a esta nueva figura jurídica-penal, tipificada en el marco de la nueva Ley Antiterrorista.

El mismo sábado, comenzaron las reacciones al fallo condenatorio, principalmente por dos vías, en principio, la interpelación jurídica, por un lado y la política, por otro, mientras los propios lonkos encabezaban las declaraciones de rechazo a la resolución que les privaría de libertad, los encuentra culpables y genera un escenario, propicio para la prolongación de la polémica, las interpretaciones y una probable reorientación de la lucha mapuche, en el marco del conflicto, como ya comienza a anunciarse.

No hay razones...
Por de pronto, el lonko Pichún, visiblemente afectado, manifestó a la prensa que la pena le parecía injusta, pues jamás han [con Norín] tenido participación en los hechos por los cuales fue acusado, agregando que, pese a ello, confiaba en la justicia chilena, pero que en este caso, no entiende lo ocurrido, pues no había razones para esta condena.

Al respecto el abogado de la Defensoría Penal Pública, Jorge Martínez, señaló que en el caso de los representados, Patricia Troncoso y Pascual Pichún, el Ministerio Público había formulado un total de cinco cargos de los cuales tres afectaban a Patricia Troncoso y dos al lonko, en cuatro de los cuales se dictó sentencia absolutoria, aplicándose una condena que sólo afectó al lonko Pichún.

Respecto de la condena, la defensa ya se encuentra estudiando la factibilidad de recurrir de nulidad en lo que respecta al juicio, en relación a la condena o bien se anule solamente la sentencia respecto al cargo señalado.

Cabe recordar que los lonkos se encuentran en libertad, sin medidas cautelares, esto mientras la sentencia no quede ejecutoriada.

El abogado defensor defensor y jefe de estudios, José Martínez, aclaró que la causa no está cerrada. Respecto de la pena, dijo que le parecía demasiado elevada y estima que no se ajusta a derecho, pues aún existen recursos que se pueden interponer.

Juicio político a Figueroa
Por su parte, el diputado por la Octava Región, Alejandro Navarro, permanente defensor de la causa mapuche, quien estuvo presente en la lectura del fallo, tuvo críticas palabras para la sentencia y el proceder de la justicia, especialmente porque consideró testigos y hechos, virtualmente inválidos para probar la culpabilidad de los lonkos. Junto con rechazar el veredicto, arremetió crudamente en contra del ex ministro de Agricultura del gobierno de Patricio Aylwin, miembro del Tribunal Constitucional y presidente de la Fundación Neruda, Juan Agustín Figueroa, quien, dijo, “hizo uso y abuso de resquicios legales y políticos” y que, por tales razones y otras, así como su condición de principal y más connotado demandante en las causas en contra de mapuches, le parecía que “es una vergüenza que pertenezca a la Concertación”, el conglomerado oficialista.

Tan expresivo como Navarro, se mostró el diputado socialista por la Séptima Región, Jaime Naranjo, quien criticó el proceder y conclusiones de la Justicia en contra de los lonkos, haciendo apreciaciones respecto a la participación del Gobierno y a la aplicación de la Ley Antiterrorista.

En las últimas horas, no se ha tenido ningún pronunciamiento oficial de parlamentarios de la Novena Región, epicentro de este escenario judicial y controversia.

La mano venía dura
Cabe recordar que este es el segundo juicio que se realiza en contra de la auxiliar de párvulos, simpatizante de la causa mapuche, Patricia Troncoso y los lonkos ya mencionados. La mujer fue acusada de amenaza de incendio, siendo absuelta de los cargos de incendio y amenaza terrorista, por lo que se exponía a condena de más de 25 años de prisión, mientras que Pichún fue condenado por el Tribunal por amenaza terrorista al fundo Nancahue y tenía cargos por amenaza y dos incendios, para quien los acusadores habían solicitado 15 años de cárcel. Norín, en tanto, fue acusado por amenaza terrorista al fundo San Gregorio, teniendo dos acusaciones en su contra, una por amenaza y otra por incendio, con lo que pudo haber enfrentado una pena que superaba los 18 años de prisión.

El defensor regional de “La Araucanía”, Claudio Pavlic, manifestó su satisfacción por las absoluciones, sin embargo se expresó preocupado por la situación que afecta a Pascual Pichún.

Pavlic fue enfático en señalar que como Defensoría Penal Pública se encuentra muy satisfecho por la labor desarrollada por los abogados defensores y por la absolución dictada por el Tribunal respecto a Patricia Troncoso, quien ha enfrentado dos juicios, con el mismo resultado.

Agregó que la Defensoría estudiará la redacción del fallo, pues no comparten la decisión del Tribunal en cuanto a la condena que afecta a los lonkos, reiterando que no se descarta un recurso de nulidad.

Cabe precisar que el recurso de nulidad, dependiendo de la causal, podrá ser conocido por la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema, teniendo 10 días como plazo para su presentación, a contar de la lectura.

La defensa, cabe consignar, según la ley procesal, tiene el derecho de recurrir de nulidad, derecho que en esta oportunidad no tiene la parte acusadora. ARSI source;
http://www.diarioelgong.cl


Septiembre 29 2003

5 años y un día para lonkos

El tribunal determinó que Aniceto Norín y Pascual Pichún deben cumplir el total de la pena asignada sin ningún beneficio. El Tribunal Oral en lo Penal de Angol, integrado por los magistrados Jorge González, Erasmo Sepúlveda y Cristian Alfaro, condenó a los lonkos Pascual Pichún Paillalao, 49 años y Segundo Aniceto Norín (42) a cumplir la pena de 5 años y un día de prisión como autores del delito de amenazas terroristas, sin derecho a ningún beneficio carcelario que les permita rebajar la pena.

La misma sala absolvió a ambos dirigentes mapuches del cargo de incendio terroristas. En tanto, la simpatizante de la causa mapuche Patricia Troncoso Robles (34), más conocida como "La Chepa", quedó en libertad tras ser absuelta de todos los cargos que el Ministerio Público formuló en su contra.

El veredicto fue dado a conocer a las 11 horas de ayer en la audiencia de lectura de fallo realizada en el citado tribunal, los lonkos permanecerán en libertad por un lapso de 10 días, hasta que la sentencia quede ejecutoriada, plazo que tienen los defensores para presentar un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema.

La investigación del caso fue realizada por los fiscales Raúl Bustos, Alberto Chiffelle y Francisco Rojas, quienes tras realizar pesquisas presentaron las acusaciones correspondientes ante el Juzgado de Garantía de Traiguén.

A los lonkos se les acusaba de ser autores del atentado incendiario que en diciembre de 2001 destruyó la casa patronal del fundo Nancahue, propiedad del ex ministro de Agricultura, Juan Agustín Figueroa; del incendio que arrasó con varias hectáreas de bosque al interior del predio San Gregorio, y de haber amenazado a los propietarios de ambos terrenos.

La defensa, al igual que la vez anterior estuvo integrada por los abogados de la Defensoría Penal Pública, Sandra Jelves, Carmen Gloria Ormeño, Myriam Reyes, José Martínez, además de los abogados particulares Jaime Madariaga, Rodrigo Lillo y Pablo Ortega.

Al respecto el Defensor Regional de La Araucanía, Claudio Pávlic, señaló que en el caso de los representados Patricia Troncoso y Pascual Pichún, el Ministerio Publico había formulado un total de cinco cargos, de los cuales tres afectaban a Patricia Troncoso y dos a Pascual Pichún; en cuatro de los cuales se dictó sentencia absolutoria, aplicándose sólo una condena que afectó al lonko.

Respecto de la condena, el abogado defensor y jefe de estudios, José Martínez, sostuvo que la defensa ya se encuentra estudiando la factibilidad de recurrir de nulidad a fin de que se anule el juicio respecto a la condena o bien, se deje sin efecto solamente la sentencia respecto a ese cargo.

La repetición de este juicio oral se debió a que la Corte Suprema, el pasado 2 de julio acogió el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público, anulando el primer juicio que absolvió de los cargos a los dirigentes indígenas y ordenó realizar uno nuevo. source:
http://www.australtemuco.cl/


Septiembre 28 2003

Prisión de 5 años por amenaza terrorista
Condenan a loncos mapuches.

Adolfo Millabur, alcalde de Tirúa, dijo que hubo tráfico de influencia porque un ex ministro fue afectado.

Molesto por el fallo del tribunal oral de Angol, que sentenció a cinco años y un día a los loncos Pascual Pichún Paillalao y Aniceto Norín Catrimán por el delito de amenaza terrorista contra la propiedad de dos fundos de la Novena Región, se mostró el alcalde mapuche de Tirúa, Adolfo Millabur. Agregó que era una decisión que se preveía y aunque desconocía oficialmente la sentencia del tribunal al ser consultado, dijo que “no se esperaba otra cosa”. A la vez, manifestó su completo repudio a la resolución judicial. “Es patético, porque la versión del tribunal es completamente diferente a la que observaron los testigos, esto no hace otra cosa que demostrar el tráfico de influencias que hubo en el caso, considerando que uno de los fundos siniestrados es propiedad de un ex ministro de Estado, el señor Juan Agustín Figueroa[Leer]”, advirtió.

Según Millabur éste no es un acto de discriminación, sino de intereses que se mueven hacia un sector determinado, pues en primera instancia fueron declarados inocentes por la Justicia. Agregó que ahora habrá que evaluar la situación, pues ni siquiera los condenados podrán optar a beneficios carcelarios una vez que sean detenidos, pues se trata de un delito subversivo, que impide acceder a ciertos beneficios. source:
http://www.elsur.cl/


domingo 28 de septiembre de 2003


Juicio oral en Angol Condenan a cinco años de cárcel a dos loncos

ANGOL. A cinco años y un día de cárcel por el delito de amenaza terrorista fueron ayer condenados los loncos mapuches Aniceto Norín y Pascual Pichún, luego del juicio que realizó el tribunal oral en lo penal de Angol el pasado 22 de septiembre. Los dirigentes fueron condenados por el anuncio que realizaron de los incendios que afectaron al fundo Nancahue y al predio forestal San Gregorio en la Octava Región. Ayer pasadas las 13 horas concluyó la audiencia en que el juez del tribunal del Angol, Jorge González, quien notificó las condenas para los loncos. En el mismo juicio fueron absueltos por el delito de incendio terrorista. Una tercera acusada Patricia Troncoso Robles fue absuelta de todos los cargos que se le imputaban.

El día 23 el abogado de la defensoría penal pública mapuche, José Martínez, señaló que solicitará a la Corte Suprema la anulación del juicio. De ser anulado, debería llevarse a cabo el tercer juicio, pues ya que luego de ser absueltos de los cargos que se les imputaban, la resolución fue declarada nula por la Corte Suprema tras una solicitud de los abogados querellantes.

Los hechos que dieron origen a la investigación se iniciaron el 12 de diciembre del año 2001 tras el incendio que afectó la casa del administrador del fundo Nancahue, de propiedad del ex ministro Figueroa, además de cuatro focos de incendio ocurrido en la comuna de Traiguén, al interior del predio Forestal San Gregorio ocurrido cuatro días más tarde.

Este fue el segundo juicio en contra de los loncos, ya que luego de ser absueltos de los cargos que se les imputaban, esta resolución que fue revocada por la Corte Suprema por considerar que la sentencia no dio cuenta precisa y detallada de por qué las pruebas presentadas por la parte acusadora no sirvieron para acreditar la participación de los acusados.
http://www.elsur.cl/


Jueves 10 de julio de 2003
 

A la cárcel condenan a mapuche por incendio

A cinco años de presidio menor en su grado máximo y a una multa de 4 UTM fue condenado el comunero Juan Luis Llanca Llanca, como autor del delito de incendio, perpetrado durante enero del año pasado, en el fundo El Ulmo, ubicado en el sector Púa, comuna de Victoria. La investigación y acusación correspondieron a la fiscal Jorge Sandoval.

Los hechos que motivaron la investigación del representante del Ministerio Público, ocurrieron el 11 de enero, a eso de las 16.30 horas, en circunstancias que Carabineros cumplía una orden de protección para resguardar el predio, cuando sorprendieron el comunero, en compañía de un menor, prendiendo fuego a la siembra de avena y trigo, emplazada en el citado predio, en momentos que se efectuaban faenas de cosecha de la que participaban el propietario del predio junto a sus trabajadores y operarios de maquinaria especializada.

GRUPO ORGANIZADO

Fuentes policiales informaron en su oportunidad que el acusado formaba parte de un grupo organizado compuesto de aproximadamente 15 personas, los que actuaron ingresando desde un predio vecino al Fundo el Ulmo. Una vez en el interior del fundo, el comunero prendió fuego a la siembra, mientras el resto de sus acompañantes apoyaba su actuar, impidiendo que el fuego fuera extinguido, lanzando de piedras a los trabajadores y brigadistas que intentaban combatir el incendio.

Pese al trabajo realizado por los operarios del predio para sofocar el fuego, se logró establecer que el incendio arrasó con ocho hectáreas de avena y diez de trigo, causando daños que fueron avaluados por su propietario en una suma cercana a los 11 millones de pesos. source:
http://www.australtemuco.cl/


Julio 02 2003

Corte Suprema ordena realizar nuevo juicio contra lonkos
mapuches Pichun y Norin, y a “la chepa”

La Corte Suprema ordenó realizar un nuevo juicio oral en lo penal en contra de los dirigentes mapuches o lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín por el ataque incendiario en contra del fundo Nancahue, Novena Región, propiedad del presidente del Tribunal Constitucional [TC] Juan Agustín Figueroa. De esta manera, quedó anulado el juicio realizado por el tribunal de Angol que absolvió de cargos a los dirigentes indígenas.

Según el nuevo procedimiento penal que rige en parte del país, el recurso de nulidad -presentado por el Ministerio Público y por la víctima- procede en caso que durante el proceso se haya aplicado de forma incorrecta la normativa vigente.

Pichún y Norín, fueron imputados por la fiscalía por asociación ilícita terrorista en el marco de la investigación sobre las actividades de la Coordinadora Arauco-Malleco de Comunidades en Conflicto y de ser responsables del incendio del fundo Nancahue.

En abril de este año fueron absueltos de este último cargo.

Según el Ministerio Público, el 12 de diciembre de 2001 Pascual Pichún Collonao y Segundo Aniceto Norin Catrimán causaron un incendio forestal de pino insigne de 15 años de edad al interior del fundo Nancahue, que es reclamado por la familia Pichún como parte de las recuperaciones de terrenos que desarrollan comunidades indígenas en las regiones Octava y Novena.

Este es el segundo juicio de relevancia pública que es anulado por la Corte Suprema, luego de que el 12 de mayo la segunda sala penal del máximo tribunal anuló el proceso por la muerte de la religiosa peruana Lita Castillo, en La Serena.

Esto por considerar que el tribunal de primera instancia no tomó en cuenta todos los antecedentes disponibles en el proceso, entre ellos la condición siquiátrica de los imputados. source:
http://www.diarioelgong.cl/


junio 24 2003

CORTE SUPREMA DECLARÓ ILEGAL DETENCIóN DE MAPUCHE
El máximo tribunal ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que
determinó que no procedía el arresto de los hermanos Rafael y Pascual Pichún.

SANTIAGO - (24 horas) - El l fallo del máximo triibunal del país confirma de esta manera la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Temuco, que declaró ilegal la detención decretada por la jueza del Juzgado Mixto de Traiguén contra los hermanos Pichún, por no haber acreditado el total de la indemnización y multa a que fueron condenados.

Los mapuches, pertenecientes a la comunidad indígena de Temulemu, fueron detenidos por no pagar la indemnización de 6 millones de pesos que el Tribunal de Juicio Oral de Angol determinó en la sentencia por el delito de incendio que afectó a un camión forestal, el que ambos fueron encontrados culpables.

Con esta decisión queda resuelta la controversia surgida en el sentido de que no puede exigírsele a los condenados el pago previo de la indemnización civil para poder entrar a gozar del beneficio de la libertad vigilada que les fue concedida por la misma sentencia.

La abogada Jefe de la Defensoría Penal Mapuche, Sandra Jelves Mella, se manifestó satisfecha con la resolución e indicó que lo ocurrido a los hermanos Pichún fue arbitrario y se aparta de los principios de la Reforma Procesal Penal, ya que fueron ingresados al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Traiguén sin que se realizara una audiencia.
 


Miércoles 11 de junio de 2003

Pascual Pichún y Aniceto Norín estuvieron presentes en los alegatos:
Corte Suprema inició revisión de juicio a loncos mapuches con fuerte dispositivo de seguridad
 

El Ministerio Público, la Intendencia de la Novena Región y Juan Agustín Figueroa, una de las víctimas de los incendios, solicitaron un nuevo juzgamiento de los imputados.

Un fuerte dispositivo de seguridad en las afueras y en el interior de la Corte Suprema desplegaron hoy Carabineros y Gendarmería para resguardar la audiencia en que la Sala Penal de ese tribunal inició la revisión del juicio oral que absolvió a dos loncos mapuches y a una asistente de párvulos de las acusaciones levantadas en su contra por el Ministerio Público, como supuestos responsables de los incendios y amenazas terroristas que sufrieron los fundos Nancahue y San Gregorio, ubicados en la localidad de Traiguén, Novena Región.

En abril pasado el Tribunal Oral de Angol escuchó los cargos planteados en contra de Pascual Pichún Paillanao, Aniceto Norín Catrimal y Patricia Troncoso Robles.

Los fiscales del Ministerio Público acusaron a los dos jefes indígenas y a la mujer de ser autores de las amenazas e incendios perpetrados en contra de los campos Nancahue y San Gregorio, los días 12 y 16 de diciembre de 2001. En esos hechos dos grupos de encapuchados quemaron una casa patronal y parte del bosque de ambos predios, situación por la cual se pidió la aplicación de la Ley Antiterrorista.

Sin embargo, los magistrados sostuvieron en su sentencia que los elementos aportados durante las audiencias fueron insuficientes para convencerlos de que los tres imputados hayan sido los responsables de los atentados y, en consecuencia, los dejaron libres de esos cargos.

Tribunal revisa por segunda vez caso de impacto nacional

El Ministerio Público impugnó ese fallo, para lo cual presentó un recurso de nulidad en la Corte Suprema. El mismo camino siguieron el abogado e integrante del Tribunal Constitucional Juan Agustín Figueroa, propietario de uno de los inmuebles afectados por los ataques, y la intendencia de la Novena Región.

Los fiscales, Figueroa y las autoridades de gobierno interior buscan que el tribunal máximo revise la sentencia dictada en Angol, la anule por falta de fundamentos y ordene un nuevo juicio que, en su opinión, permitiría demostrar las responsabilidades de Pichún, Norín y Troncoso.

Esta es la segunda vez que el Tribunal Supremo entra a la revisión de un caso que ha impactado en todo el país. A comienzos de mayo, los mismos jueces acogieron los cuestionamientos hechos a un procedimiento celebrado en La Serena y decretaron un nuevo enjuiciamiento para los dos hombres que aparecen como supuestos atacantes de un convento, el que terminó con la muerte de una religiosa.

A primera hora de hoy, Carabineros colocó rejas en el frontis del Palacio de los Tribunales y aumentó la dotación que habitualmente resguarda el perímetro. En el interior, Gendarmería también aumentó la vigilancia, pero sólo con un leve aumento de la presencia de vigilantes.

Juan Agustín Figueroa, una de las víctimas de las agresiones a propiedades privadas ocurridas en el sur, fue el único que alegó hoy ante la Sala Penal. Según él, los jueces de Angol faltaron a sus deberes porque no ponderaron adecuadamente las pruebas rendidas en el juicio oral. Además, descartó cualquier influencia política en el juicio: "Yo soy víctima y no elijo, naturalmente, quienes son mis victimarios", retrucó y recalcó que él sólo es un abogado que está haciendo uso de sus derechos ante los tribunales. source:
http://www.lasegunda.com/

 

 
 
 

 

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