Page 802 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil Familia
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El principio del interés superior del niño en las situaciones de crisis familiar 107
vías previas. Todo ello con el objetivo de promover la toma de conciencia por los
progenitores sobre la continuidad de la coparentalidad a pesar de la ruptura de la pareja, y
de fomentar, en última instancia, un cambio en la cultura del conflicto y en las actitudes y
comportamientos de los ciudadanos ante estas situaciones.
Por último, debería prestarse atención a las fórmulas que permiten a los niños, a las
niñas y a los adolescentes ejercer los derechos referidos: derecho a expresar su opinión
libremente y conforme a sus capacidades en los asuntos que les afectan; derecho a recibir
apoyo y asistencia de ambos progenitores; y derecho a mantener el contacto con parientes
y allegados. Las medidas podrían situarse en dos planos: uno más general, referido a la
necesidad de implementar políticas integrales de infancia y familia que fomenten la escucha
de los niños en el ámbito familiar, así como la coparentalidad y el diálogo durante todo el
proceso de crisis y ruptura, así como una vez reorganizada la familia; y otro más específico,
relativo a la práctica del derecho de audiencia y a la toma de decisiones sobre custodia y
régimen de visitas.
Se trata, en definitiva, de que la conjunción de ambos niveles de intervención
consiga crear las condiciones adecuadas para que los más jóvenes puedan ejercer sus
derechos sin que de ello se derive ningún perjuicio para su bienestar. De este modo, además
de hacer efectivo lo consagrado por los textos legales nacionales e internacionales, estaremos
ayudando a que quiénes algún día también serán padres y madres, interioricen un modelo de
resolución de conflictos de pareja que satisfaga mejor el interés de los niños, las niñas y los
adolescentes del mañana.
Referencias
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