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LA TENENCIA Y EL RÉGIMEN DE VISITAS DE LOS HIJOS... Liliana Bertha Castillo Regalado
suspenderse o privársele del ejercicio de la patria deberes y responsabilidades, obligaciones mutuas
potestad, lo que sucede en casos extremos. para alimentar, educar y dar seguridad a los hijos.
Dicha sentencia que resuelva sobre la custodia Está conformada además de los padres y por
\ ODV YLVLWDV SXHGH VHU PRGL¿FDGD SRVWHULRUPHQWH los hijos. Quienes tienen el deber de respetar y
por el juzgado que conoció de la demanda inicial, asistir a sus padres.
previa petición de uno de los padres, cuando varíe
la situación de hecho con base en la cual se tomó La Constitución peruana de 1993 (art. 4)
la decisión. establece: “La comunidad y el Estado protegen a
la familia y promueven el matrimonio. Reconocen
La tenencia compartida de los hijos es una a estos últimos como institutos naturales y
institución legal novísima en nuestro sistema fundamentales de la sociedad.”
jurídico, se viene implementando con éxito a nivel
PXQGLDO WHQLHQGR HQWUH VXV EHQH¿FLRV HO SHUPLWLU La familia desempeña un rol fundamental para
garantizar el equilibrio emocional y psicológico de la cohesión social; ya que es el primer lugar de
los menores que sufren la amarga experiencia de socialización de las personas desde que nacen. Es
la separación de sus padres. Claro que para que en ella donde se construye a través de la educación
sea dictaminada debe de surgir de un ambiente el capital humano, la persona humana. Es donde se
especial propio de una conducta madura y suministran a las personas los valores que serán
responsable de los padres, propia de ciudadanos trasladados luego a la sociedad, convirtiéndose
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serios y cumplidores de derechos y obligaciones, luego en normas y valores morales.
sin ningún resquicio de violencia física o verbal,
que predisponga el buen trato para con el menor 2. MULTIPLICIDAD DE FORMAS DE VIDA
\ SDUD FRQ OD FRQWUDSDUWH ¿OLDO EN FAMILIA
El objetivo de la Crianza Compartida es que En las sociedades postmodernas el
el hijo no pierda a ninguno de sus padres cuando matrimonio ha dejado de ser el centro del Derecho
estos se separan o divorcian. Nace del dolor y del de familia. Pasado de un modelo familiar de corte
vacío de millones de niños, que por una causa u otra rígido y monolítico a una pluralidad de modelos con
han sido privados de alguno de sus progenitores diversas formas de organización de las familias
(en la mayoría de los casos del padre). Surge dicha contemporáneas. Tal es el caso del matrimonio
situación como la mejor solución al inconveniente heterosexual, el matrimonio homosexual, las
de no privar al menor de la presencia permanente parejas registradas o que formalizan su unión,
y constante de ninguno de los progenitores, en las parejas no registradas o no formalizadas, las
circunstancia particular de niños cuyos padres no familias monoparentales, compuestas por un solo
viven juntos. progenitor que convive con sus hijos, las familias
conformadas por dos madres y sus hijos o las
Así lo establece la Declaración de los Derechos familias reconstituidas o recompuestas.
del Niño, promulgada en 1959 por la Asamblea
General de las Naciones Unidas, cuyo mandato Es un hecho que se va dando un número
es que los niños tienen derecho a preservar sus importante de hogares en los que los niños no tienen
relaciones familiares y a no ser separados de sus lazos biológicos (ni adoptivos) con al menos uno de
padres contra la voluntad de éstos; pero, si hay los padres / madres sociales.
alguna separación, tienen derecho a “mantener
relaciones personales y contacto directo con ambos Surgiendo familias basadas en relaciones
padres de modo regular”. SDWHUQR ¿OLDOHV GH KHFKR ELHQ SRUTXH VH VXVWHQWDQ
en relaciones de este tipo con los hijos de su pareja,
1. DEFINICIÓN LEGAL DE LA FAMILIA bien porque se trata de situaciones en la que un hijo
cree de buena fe que era el hijo biológico o adoptivo
La familia, es un instituto natural y fundamental de una pareja o de una persona y descubre que no
de la sociedad, que tiene su origen en el OR HUD ¿OLDFLyQ SXWDWLYD). Situaciones que en muchos
matrimonio, en la unión de hecho reconocida o casos no están protegidas por el derecho. Tal podría
no de un varón y una mujer quienes tienen en ser el caso de un padrastro que crio a la hija de su
el hogar autoridad, consideraciones, derechos, conviviente y luego de muchos años se separa, no
2 ZICAVO MARTÍNEZ, Nelson; Vida familiar, vida laboral y políticas públicas: ¿conciliación posible? [email protected]
IPEF, Revista Jurídica del Instituto Peruano de Estudios Forenses. Año XIII Nº 75, Setiembre 2017
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