Page 442 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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despojada de la interrelación de todas sus normas y de estas con el resto del plexo
normativo y despojada también de las necesidades de las víctimas o del hecho concreto
que se estaba juzgado. Por estos mismos motivos, la solución adoptada en Góngora no
puede ser, bajo ninguna circunstancia, una solución aplicable irreflexiva y
antipáticamente en todos los casos de violencia contra la mujer, donde las variaciones
pueden ir desde el tipo de delito en cuestión y su gravedad social y concreta −como
dijimos al comienzo de este trabajo, podemos coincidir en que no es lo mismo un abuso
sexual que una violencia de tipo simbólica, sin desconocer, por supuesto, la seriedad
intrínseca de ambas cuestiones−, hasta las diferentes necesidades de las víctimas
particulares y las alternativas posibles para el caso en cuestión.
La postura aquí sostenida, busca romper con la “producción en serie” de sentencias
iguales para casos aparentemente análogos, dado que ninguna voluntad estatal puede
determinar, de manera previa y generalizada, qué es lo mejor para un caso particular. La
intención es ampliar los márgenes para que las y los juzgadores puedan dar una solución
adecuada al caso concreto, aplicando una perspectiva de género y haciendo uso de todas
las herramientas disponibles (procesales, normativas, doctrinarias, jurisprudenciales,
fácticas, interdisciplinarias, etc.). Sólo así, podemos devolverle a la mujer su calidad de
sujeta de derecho, con un Estado que se ubique a su lado y no por encima de ella.
Ante la adopción de criterios absolutos, donde la suspensión del proceso a prueba
esté prohibida en todos los casos de violencia de género, y teniendo en cuenta los
extensos plazos que demanda la sustanciación de juicios en nuestro país, el desafío
judicial será evitar lo que Góngora nos dejó: la prescripción impune y la ausencia de
respuesta estatal: ni suspensión del juicio a prueba, ni condena penal.
Bibliografía
Bibliografía
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Revista Electrónica. Instituto de Investigaciones Ambrosio L. Gioja
Número 25, diciembre 2020-mayo 2021, Buenos Aires, Argentina, ISSN 1851-3069, pp. 100-126

