Page 280 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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etapa denominada de sanción está a cargo de los órganos jurisdiccionales
en materia penal quienes en la etapa de investigación o juzgamiento
aplican según el caso las disposiciones sobre delitos y faltas establecidas
dem, 51-52).
Incluso; antes, el/la Juez de Familia no solo se encargaba de dictar las medidas de
protección; sino también: de sancionar al agresor, por lo cual el proceso de
expedición de medidas de protección era mucho más largo y tedioso.
Por otro lado, la Dra. Marianella Ledesma Narváez, señala que:
hacia la víctima, al margen que se logre demostrar o no la responsabilidad
través de estas medidas de protección.
permanencia se justificará en tanto no se haya agotado con éxito la
materialización de las medidas de tuición dictadas a favor de la persona
prevención, a diferencia de la tutela anticipada, que se requiere de una
alta intensidad de la prueba que conlleve a asumir la alta probabilidad o la
casi certeza de la existencia del derecho que alega la parte demandante.
tica propia de estas medidas
anticipadas, no se extiende a las medidas de protección, pues, su objeto
no es el derecho en litis, sino un bien jurídico colateral al debate, como es
la integridad de la persona humana en toda su dimensión, de ahí que
hemos dicho, no es una justificante para su dictado, la exigencia de
medios de prueba que demuestren el riesgo para su supervivencia sino
que la mera alegación es suficiente para materializar esa tutela 2017:
176-177).
Respecto a la naturaleza jurídica de las medidas de protección, el Dr. Carlos
Pizarro señala lo siguiente:
naturaleza jurídica cautelar, anticipada, genérica ni auto-satisfactiva, tan
solo posee algunas características propias de las mismas, siendo más
bien una forma general de tutela de las personas, garantizando de este
modo la integridad física, psicológica, moral y sexual de las personas
víctimas de violencia familiar, es decir, salvaguardando los derechos
humanos de manera individual. Las medidas de protección son
mecanismos procesales que forman parte del derecho humano a la tutela

