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TEMA 1

                        PÉRDIDA DE CONFIANZA Y REDUCCIÓN DE LA REMUNERACIÓN

                     Formulación del Problema


                     ¿El trabajador de confianza que retorna a su puesto ordinario de labores tiene
                     derecho a continuar percibiendo su remuneración habitual?


                     Primera Ponencia
                     El  trabajador de confianza que  retorna  a su  puesto ordinario,  tiene  derecho a
                     continuar percibiendo la remuneración habitual del cargo de confianza.

                     Segunda Ponencia
                     El trabajador de confianza que retorna a su puesto ordinario, no tiene derecho a
                     seguir percibiendo la remuneración habitual del cargo de confianza sino de su
                     puesto ordinario.

                     Fundamentos
                     Primera Ponencia
                     El quantum remunerativo que un trabajador de confianza ha mantenido por varios
                     años, adquiere una importancia sustantiva para lograr los fines queridos por la
                     norma constitucional, esto  es  una remuneración equitativa y suficiente para
                     lograr el bienestar material  y espiritual del  trabajador. Al haber  gozado por
                     dilatado  tiempo el  estatus de  trabajador  de confianza y la  correspondiente
                     remuneración, el trabajador ha adquirido una calidad de vida y un estatus social
                     que no puede ser quebrado inopinada e inconstitucionalmente por el empleador
                     sin utilizar los mecanismos legalmente previstos, pues todos los aspectos de la
                     vida social, laboral y familiar del trabajador se verían seriamente afectados con
                     una rebaja radical de las remuneraciones.

                     Y si  bien, desde el  punto de  vista  contra prestacional,  parecería  lógico que  el
                     quantum remunerativo del nuevo cargo –en el puesto ordinario- es congruente con
                     las nuevas funciones asignadas, ello deja de lado la naturaleza social del salario
                     y su directa relación  con la  dignidad  del  trabajador, que  es  protegida por la
                     Constitución  frente  a las  decisiones corporativas carentes  de motivación  o
                     razonabilidad que  afecten los derechos legales y constitucionales laborales. En
                     ese sentido,  no se puede admitir  el  razonamiento que  versa en que  la  menor
                     asunción de responsabilidades constituiría razón justificante para el pago de una
                     remuneración menor a la alcanzada por el trabajador cuando ejercía el cargo de
                     confianza,  toda  vez que, deja  de  lado la  necesidad de  ponderar  la
                     proporcionalidad del esfuerzo  desplegado en un cargo  de menor  nivel  y
                     responsabilidad, frente al  quantum remunerativo  adquirido en  el cargo  de
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