Page 100 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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| Martín A. Sotero Garzón |
1 Cfr. MARINONI, Luiz Guilherme. El derecho fundamental a la Introducción al proceso civil. Bogotá, TEMIS, 1996, p. 245.
tutela jurisdiccional efectiva. Lima, Palestra Editores, 2007, 15 MONTERO AROCA, Juan. Introducción al Derecho
pp- 19 – 39. También MARINONI, Luiz Guilherme. Tutelas jurisdiccional peruano. Lima, Enmarce, 1999, p. 149.
urgentes y tutelas preventivas. Lima, Communitas, 2010, p. 16 A modo de ejemplo, puede apreciarse –aun con discrepancia
7 – 8. en el fallo y nociones complementarias- la STC No. 0023-
2 Por ejemplo CARNELUTTI iniciaba su sistema 2005-PI/TC.
conceptualizando que «así como las exigencias sociales 17 ALEXY, Robert. Teoría de los derechos fundamentales.
determinan el nacimiento del proceso, así también producen Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2°
el Derecho Procesal, entendido como conjunto de reglas que Edición, 2012, p. 67
establecen requisitos y los efectos de aquel. Y como, según 18 GONZALES PÉREZ, Jesús. El derecho a la tutela jurisdiccional.
veremos, esta reglamentación, tiene lugar, principalmente, Madrid, Civitas, Tercera Edición, 2001, p. 33.
por el lado de la forma, se le da también el nombre de Derecho 19 OLIVEIRA de, Carlos Alberto. Teoría y práctica de la tutela
formal». CARNELUTTI, Francesco. Sistema de Derecho jurisdiccional. Lima, Communitas, 2008, p. 142
Procesal Civil, Tomo I, traducción de Niceto Alcalá-Zamora y 20 PRIORI POSADA, Giovanni. Óp. Cit., p. 282
Santiago Sentís Melendo, Buenos Aires, UTEHA ARGENTINA, 21 GONZALES, Jesus. Óp. Cit. p. 57
1944, p. 81 - 82. 22 Cfr. GONZALES, Jesús, Ídem. pp. 33-60; PRIORI, Giovanni.
3 CHIOVENDA, José. Principios del Derecho Procesal, Tomo Óp. Cit. 289-292.; CHAMORRO BERNAL, Francisco. La tutela
I, Madrid, Editorial Reus, 1922, p. 82. Disponible en: http:// judicial efectiva. Barcelona, Bosch, 1994, p. 276 y ss.
23 Al respecto: PRIORI, Giovanni. Ídem, p. 276. También en ese
biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/627/6.pdf sentido: OLIVEIRA de, Carlos Alberto. Op. Cit. 41-136.
4 Ídem, p. 160. Disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mx/ 24 CAPPELLETTI, Mauro. La justicia social: el acceso a la justicia
libros/2/627/8.pdf y la responsabilidad del jurista de nuestra época. En: OBRAS,
5 BERLÍN, Isaíah. Dos conceptos de libertad. En: Cuatro ensayos la justicia constitucional – dimensiones de la justicia en el
sobre la libertad. Madrid, Alianza, 1988, pp. 133 y ss. mundo contemporáneo. México DF: Editorial Porrúa, 2007,
También FROHM, Erick. El miedo a la libertad. Barcelona, p. 433.
Paidos, 2006, pp. 121 y ss. 25 PRIORI, Giovanni. Óp. Cit., p. 290
6 DENTI, Vittorio. Il proceso di cognizione nella storia de la 26 STC No. 0763-2005-PA/TC, F.J. 8 y 9. 40
riforme. En: Rivista Trimestrale di Diritto y Procedura Civile. 27 PRIORI POSADA, Giovanni. El acceso a la justicia y el rechazo
1993, p. 808. Citado por MARINONI, Luiz Guilherme. Óp. Cit., liminar de la demanda. En: ¿Rechazando la justicia? El
p. 30. derecho de acceso a la justicia y el rechazo liminar de la
7 HÄBERLE, Peter. El Estado constitucional. Lima: Fondo demanda. Debate con la profesora Eugenia Ariano Deho.
Editorial de la PUCP – Instituto de Investigaciones Jurídicas En: THEMIS, No. 57, Lima, 2009, pp. 108-109.
de la UNAM, ed. 2003, p. 3 28 PICO I JUNOY, Joan. Las garantías constitucionales del
8 Ibídem. proceso, Barcelona, Bosch, 1997, p. 116
9 Ídem. p. 222 29 Ibídem.
10 PIETRO SANCHIS, Derechos fundamentales, 30 El profesor Joan Pico I Junoy refiere tales principios como Derecho & Sociedad
neoconstitucionalismo y ponderación judicial. Lima, inherentes al Estado de Derecho que, bajo nuestro desarrollo,
Palestra, 2007, p. 114 debe comprenderse como Estado Constitucional.
11 Mientras que el texto original del Código Procesal Civil fue 31 PRIORI, Giovanni. Óp. Cit. 290.
promulgado el 04 de marzo de 1992 para luego modificarse 32 RIVERA MORALES, Rodrigo. Presupuestos procesales y Asociación Civil
en diciembre de 1992, publicándose y entrando en vigencia condiciones de la acción en el proceso civil. Actualidad de dos
su Texto Único Ordenado en enero de 1993, la Constitución conceptos fundamentales. En: Derecho Procesal, XX Jornadas
Política se promulgó en abril de 1993 y entró en vigencia en Iberoamericanas. Lima, Fondo Editorial de la Universidad
diciembre de 1993, aproximadamente doce meses después. de Lima, 2008, p. 245. También puede consultarse nuestro 193
12 Así, habiéndose ya interiorizado el valor constitucional trabajo conjunto en: PRIORI POSADA, Giovanni y otros.
de la tutela jurisdiccional efectiva, los principales tópicos Comentarios a la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Lima, ARA,
son hasta ahora el derecho a la prueba y el derecho a la p. 59 y ss.
motivación de resoluciones judiciales. En tal sentido, junto 33 APOLÍN MEZA, Dante. El derecho a un proceso sin dilaciones
a la reivindicación de la tutela jurisdiccional efectiva como indebidas. En: Foro Jurídico, Año IV, número 7, Lima: 2007,
derecho fundamental en: PRIORI POSADA, Giovanni. La pp. 82-88.
efectiva tutela jurisdiccional de las situaciones jurídicas 34 Nos referimos al ejercicio de defensa en el proceso que
materiales: hacia una necesaria reivindicación de los fines puede realizar el sujeto de derecho sin patrocinio de
del proceso. En: Ius et Veritas. No. 26, pp. 273-292, se tiene: abogado, como por ejemplo nuestro ordenamiento
un importante desarrollo sobre el derecho fundamental a contempla para procesos en materia de alimentos y en
probar en: BUSTAMANTE ALARCÓN, Reynaldo. El derecho materia laboral en asuntos de menor cuantía.
a probar como elemento del proceso justo. Lima, ARA, 35 Al respecto véase: CAROCCA PÉREZ, Alex. Garantía
2001; sobre el derecho a la motivación de resoluciones Constitucional de la Defensa Procesal. Barcelona, BOSCH,
judiciales: ARRARTE ARISNABARRETA, Ana María. El 1998, pp. 187-345
deber de motivación de las resoluciones judiciales en el 36 CHAMORRO BERNAL, Francisco. Óp. Cit., 177-203
ordenamiento procesal civil peruano. En. Diálogo con la 37 Dichos elementos sostienen el principio de proporcionalidad
jurisprudencia, No. 63, Lima, 2003, pp. 102-130. como forma de interpretación de derechos fundamentales
13 Constitución Política de 1993. en tanto estos resultan ser mandatos de optimización. Al
«Artículo 139.- Son principios y derechos de la función respecto, véase: BERNAL PULIDO, Carlos. El principio de
jurisdiccional: proporcionalidad y los derechos fundamentales, Madrid,
(…) Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2003, pp.
3. La observancia del debido proceso y la tutela 686 – 797.
jurisdiccional. 38 Así PRIORI, Giovanni. Óp. Cit., p. 290. Bajo una perspectiva
Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción filosófica del Derecho, puede verse también: ASÍS de, Rafael.
predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento El juez y la motivación en el Derecho. Madrid, Dykinson,
distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por 2005.
órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones 39 PRIORI, Giovanni. Óp. Cit., p. 290 y 291.
especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación.» 40 Cfr. PROTO PISANI, Andrea. Chiovenda y la tutela cautelar.
14 Tal enfoque se encuentra, por ejemplo, en el profesor En: Revista de Derecho Procesal, Tomo IV, 2003, pp. 407-424
Monroy Gálvez quien afirmaba: «la jurisdicción tiene como 41 Cfr. MONROY GALVEZ, Juan y MONROY PALACIOS, Juan. Del
contrapartida el derecho a la tutela jurisdiccional. Se considera mito del proceso ordinario a la tutela diferenciada. Apuntes
que este es el que tiene todo sujeto de derechos –por el solo iniciales. En: Sentencia anticipada (despachos interinos de
hecho de serlo- y que lo titula para exigir al Estado haga fondo), Buenos Aires: Rubinzal-Culzoni Editores, 2000, p.
efectiva su función jurisdiccional». MONROY PALACIOS, Juan. 165-208.

