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FORMAS DE SALIRSE

A pesar de que los comerciales en el proceso de venta, aseguran que un socio, pasado un año, puede darse de baja cuando quiera, recuperar su dinero e incluso recibir intereses, los socios que lo han intentado, de momento, no lo han conseguido.

Como se puede ver en el contrato firmado, el dinero que se paga figura como cuota de afiliación, y en ningún lugar se contempla la posibilidad de que este dinero sea recuperado. Es importante darse cuenta que lo que se asegura de palabra no figura en el contrato.

Existen dos situaciones diferentes:

En el caso de que alguna persona que haya firmado el contrato de fidelizacion al Club de Viajes de ITN lo piense mejor en casa y decida rescindir el contrato esto son los pasos administrativos que hay que hacer segun las Oficinas de Consumo del Ayuntamiento de Madrid y de la Oficina de Consumo de la Comunidad de Madrid donde nos indicarán los siguientes trámites a seguir:

Si acabas de firmar el contrato:

Todo contrato firmado puede rescindinse de la siguiente manera: 

Enviando un BUROFAX CON ACUSE DE RECIBO Y CERTIFICACION DE TEXTO (se envían desde las oficinas de correos) a la oficina donde se produjo la venta.

En el burofax se debe solicitar la rescisión del contrato acogiéndose a las siguientes dos Leyes:

1. La Ley 7/1996, de 15 de Enero, de Ordenación del Comercio Minorista, que en su apartado 10 permite al comprador desistir del contrato en un plazo de 7 días, sin tener en ningún caso que indemnizar al vendedor.

2. La Ley Española de Tiempo Compartido, 42/1998, sobre el Derecho de Aprovechamiento por Turno de Bienes Inmuebles de Uso Turístico y Normas Tributarias, que permite al comprador un periodo de reflexión de 10 días, durante el cual puede cancelar el acuerdo. Este plazo puede extenderse hasta 3 meses si el contrato no contiene la información prescrita. Además, prohibe todo pago anticipado por parte del comprador, antes de expirar este tiempo de reflexión.

Es importante que figure en el burofax que el comprador se acoge a las dos Leyes. Se debe también solicitar expresamente la devolución de todos los documentos firmados en el establecimiento por el comprador, así como la devolución de la letra firmada, por el importe que figure en ella.

De este modo el comprador actúa acorde con la legislación vigente. En el caso que el vendedor se niegue a la rescisión del contrato y devolución de la letra, actúa de forma ilegal. Por mucho que insistan en que se rigen por leyes diferentes, ésto no es así. Siempre se deben cumplir estas Leyes Generales.

Para conocer más puedes leer la Legislación sobre el tema, y en la página web de la Asociación Europea de Tiempo Compartido www.ote-info.com .

Si ya llevas un tiempo como socio en ITN

En el caso en el que después de haber disfrutado de los servicios de ITN,éstos no hayan cumplido las expectativas esperadas y el socio quiera darse de baja, el tema es más complicado.

La vía administrativa más directa consiste en:

  1. Pedir la Hoja de Reclamaciones en la sucursal donde se produjo la venta.
  2. Redactar la reclamación, y la copia de color blanco se envía o se entrega en mano en la Dirección General de Turismo, situada, para los que viven en Madrid, en la calle Príncipe de Vergara 132, 28002. (Registro de la primera planta) Esta copia debe llevar el sello de la franquicia.
  3. Si se desea más información se puede subir luego a la Inspección de Agencias de Viajes, donde los funcionarios ya conocen el tema. Planta 6ª.

En cuanto a la vía judicial:

Hay que ponerla en manos de un abogado, aportando todas las pruebas posibles: Facturas, contrato, comparación de precios, etc. Es muy importante que a esta vía acudan el mayor número posible de socios juntos para que sea eficaz. Por ello los socios interesados pueden ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico.    [email protected]

 

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