Condiciones de vida en las cárceles
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Primer Curso Internacional de Capacitación sobre las Condiciones de Vida en las Cárceles y sus Programas / ILANUD / JICA

- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:

ILANUD como Instituto técnico regional, desde su creación en 1975, ha desarrollada diversos programas y proyectos en el campo de la prevención del delito y el tratamiento del delincuente, promoviendo un mejor balance en el desarrollo económico y social de los países de América Latina y el Caribe, dentro de un marco de absoluto respeto por los Derechos Humanos.

El caso de los sistemas penitenciarios de América Latina, es uno de los más grandes retos para los Estados del área. La sobrepoblación penitenciaria y el hacinamiento en las cárceles impiden un desarrollo adecuado de cualquier programa penitenciario, constituyéndose en la principal causa de una larga cadena de violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de libertad.

- INFORMACIÓN GENERAL:

El proyecto "Primer Curso Internacional de Capacitación sobre las Condiciones de Vida en las Cárceles y sus Programas / ILANUD / JICA", se realizó en San José de Costa Rica del 9 al 19 de agosto pasado, en las instalaciones de la Escuela de Capacitación Penitenciaria, Dirección de Adaptación Social,, y se obtuvieron por medio de talleres de análisis y discusión después de escuchar las charlas de los profesores invitados e interactuar, posteriormente, con las presentaciones individuales de cada país. Las mismas responden al eje central y común de la sobrepoblación penitenciaria que deben enfrentar diariamente todos los sistemas penitenciarios de la región. Adicionalmente se comparten los siguientes cinco problemas generales y posteriormente se proponen las posibles líneas de acción de este Curso:

1. En la mayoría de los países existe un alto número de presos sin condena. En promedio podríamos afirmar que cerca de un sesenta por ciento de la población penitenciaria, aún no ha sido condenada por medio de una sentencia firme. Ello implica un retraso excesivo de la Administración de Justicia Penal, quien mantiene privada de libertad, a personas que pudieran resultar inocentes posteriormente. En algunos casos, estas personas permanecen más tiempo privadas de su libertad que si hubiera sido condenadas por una sentencia firme.

Ante ello, se propone la aplicación expedita de los instrumentos normativos existentes, la definición de una política criminal, y la posibilidad de llevar jueces a las cárceles para que allí mismo se realicen los juicios y se evite el retraso de tener que trasladar prisioneros hasta los lugares de enjuiciamiento.

Por ello, se ha pensado como estrategia impulsar o crear espacios permanentes de encuentro entre las instancias judiciales, legislativas, municipales, eclesiásticas y las de los sistemas penitenciarios, a fin de actuar coordinada e interinstitucionalemente. Además se consideró importante realizar convocatorias sistemáticas de amplia participación nacional y regional para concientizar a la población civil sobre las condiciones tan adversas de vida en las cárceles.

2. Uso y abuso de la prisión para toda conducta delictiva. Los sistemas de Administración de Justicia aplican como regla la privación de libertad como sanción, cuando en realidad debería ser el último método previsto. A esto se le ha llamado "una cultura del encierro" que existe en la región y con la cual se pretende falsamente darle solución a una dinámica social muy compleja. Por ello, la respuesta estatal que encuentran aquellas conductas transgresoras, es la cárcel.

Ante ello, se propone crear institutos jurídicos sustitutos de la prisión y de aplicación previa a la privación de libertad. Además se consideró importante para aquellos casos que ya están dentro del sistema, fortalecer los procesos de desinstitucionalización del cumplimiento de la pena en forma distinta a la privación de libertad. 

3. La clasificación de las personas privadas de libertad con frecuencia resulta difícil de llevar a cabo con relación a la atención requerida. Es decir que la ubicación institucional de los privados de libertad debería responder a perfiles preestablecidos tales como: sentenciados, indiciados, niños, mujeres, delito, comportamiento interno, etc.

Por ello, se propuso consolidar grupos interdisciplinarios que permitan clasificar los internos acorde con estudios sociodemográfico, jurídicos y de desenvolvimiento institucional, para poder posteriormente organizar los centros diferenciados acorde con los perfiles básicos enunciados

4. La sobrepoblación penitenciaria implica violación a Derechos Humanos fundamentales de las personas privadas de liberta y graves condiciones laborales para el personal penitenciario. 

Por ello se propuso reforzar los sistemas de defensa pública de la región a fin de que las personas que por cualquier circunstancia se vean privadas de su libertad, cuenten con un abogado que lo represente desde los primeros actos de su detención. Además impulsar la implementación y aplicación de sanciones alternativas a la privación de la libertad. Asimismo se requiere impulsar la despenalización de algunas figuras jurídicas que no ocasionan mayor reacción social.

Se estableció como estrategia la necesidad de concientizar a políticos, medios de comunicación colectivas y otros sectores de la sociedad civil sobre las condiciones adversas de vida en las cárceles. Además se analizó la necesidad de abrir las cárceles a la sociedad civil en general.

Ante ello se vio la necesidad de propiciar una participación significativa de la sociedad en la vida cotidiana de los centros penitenciarios, judicializar la ejecución de la pena y crear criterios técnicos que determinen la capacidad máxima de las cárceles y su imposibilidad de recepción de más personas a este límite establecido.

5.La calidad del servicio brindado a la población privada de libertad se ve seriamente disminuida, entre otros, por la relación inconveniente entre la cantidad de población y el recurso humano con el que cuenta la institución.

Para ello se propuso crear criterios objetivos para el establecimiento y planificación tendiente a mantener una relación proporcional entre el recurso humano y la población a atender.

Es necesario además el establecimiento de la carrera penitenciaria que dignifique y brinde reconocimiento al quehacer penitenciario.

Por otra parte se hace necesario crear programas para que los internos puedan trabajar y capacitarse efectivamente, disminuyendo el efecto deteriorante de la privación de libertad.

Y estratégicamente se consideró fundamental impulsar la creación de escuelas regionales de estudios penitenciarios que permitan el intercambio de experiencias a nivel regional.


- ALGUNAS RESPUESTAS TENDIENTES A DISMINUIR EL IMPACTO DE LA SOBREPOBLACIÓN PENITENCIARIA DESDE LA INSTANCIA JUDICIAL.

Algunos mecanismos que podrían implementarse desde la instancia judicial y que se presentan en tres ámbitos que han de ser entendidas como de carácter general y respetando la singularidad de las naciones representadas.

- AMBITO PROCESAL:

1. Acelerar el proceso de sustitución de los sistemas inquisitivos en los países de la región que no los posean por procesos garantistas, procesales, acusatorios, orales y públicos.
2. Introducir mecanismos no penales de resolución tal como el establecimiento de Centros de Conciliación y Resolución Alternativa de Conflictos.
3. Introducir el juzgamiento sin prisión preventiva y formas de excarcelación sin garantía económica.
4. Promover todas las formas de excarcelación para reducir al máximo el número de presos preventivos, especialmente las formas sin garantía económica.
5. Introducir mecanismos tales como: a) Conciliación, b) Negociación, c)Introducción del Principio de Oportunidad, d) Suspensión del Proceso a Prueba.


- AMBITO DEL DERECHO PENAL DE FONDO:

1. Hacer uso de la gama amplia de sanciones no privativas de libertad en aquellas legislaciones que las contemplen.
2. En los casos en que tales legislaciones nacionales no contemplen dichas sanciones, promover su sanción en los Parlamentos y Asambleas Legislativas de los países de la región.
3. Introducir mecanismos como: a) Perdón Judicial, b) Suspensión Condicional de la Penal, c) Eliminación de las penas perpetuas y la pena de muerte.

- MEDIDAS PRACTICAS PARA ACELERAR EL PROCESO:

1. Implementar juzgados que atiendan exclusivamente causas a personas en prisión preventiva en las prisiones.
2. Que se contemple en el diseño arquitectónico, la habitación de espacios destinados para la administración de Justicia, entiéndase Cortes y Juzgados anexos a los establecimientos penitenciarios.


- SOLUCIONES JUDICIALES:

- Despenalizar algunas figuras jurídicas que actualmente no tienen mayor trascendencia.
- Utilizar las medidas alternativas al uso de la prisión.
- Reducir las penas.
- Aplicación de los beneficios con criterios de uniformidad (antes, durante y después).
- Delimitar y definir el tiempo de la prisión preventiva.
- Limitar el uso de la prisión para casos graves y extremadamente graves.
- Impulsar programas emergentes (específicos) para reducir la sobrepoblación penitenciaria.
- Capacitar a la defensa Pública para que realice un trabajo mucho más eficiente.
- Impulsar campañas vigorosas tendientes a la prevención del delito.
- Revisar los criterios para el otorgamiento de la ejecución condicional de la pena.
- Otorgar excarcelación o indulto a aquellas personas adultas mayores o que se encuentren en fase terminal de una enfermedad.

II. ESQUEMA RESUMEN DE LAS CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES:

"CUANDO SE PRIVA DE LIBERTAD EXISTE UN RIESGO DE QUE SE VIOLEN LOS DERECHOS HUMANOS"


EXIGIRIA MINIMIZAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DE LA PRISIONALIZACION

PROBLEMAS A ATENDER
1 ALTERNATIVAS (RESPUETAS)
2  ESTRATEGIAS A SEGUIR3

II.i SOBREPOBLACION PENITENCIARIA EN LOS PAISES DE LA REGION
Conclusiones y Recomendaciones Generales
(Cuadro esquemático resumen)

PROBLEMA SOLUICIONES ESTRATEGIAS
1. Alto número de presos sin condena *Aplicación expedita de los instrumentos normativos existentes*Definición de una política criminal*Llevar jueces a las cárceles. *Impulsar o crear espacios permanentes de encuentro entre las instancias judiciales, legislativas, municipales, eclesiásticas, y las de los sistemas penitenciarios.*Convocatorias sistemáticas de amplia participación nacional y regional para concientizar sobre las condiciones de vida en las cárceles.
2. Uso y abuso de la prisión para toda conducta delictiva. *Crear institutos sustitutos de la prisión y de aplicación previa a la privación de libertad. *Fortalecer procesos de desinstitucionalización del cumplimiento de la pena en forma distinta a la privación de libertad.
3. La clasificación de las personas privadas de libertad con frecuencia resulta difícil de llevar a cabo con relación a la atención requerida. * Aplicar y desarrollar los criterios mínimos de clasificación establecidos en los instrumentos internacionales. * Consolidar grupos interdisciplinarios que permitan clasificar los internos acorde con estudios sociodemográfico, jurídicos y de desenvolvimiento institucional, para poder posteriormente organizar los centros diferenciados acorde con los perfiles básicos enunciados.
4. La sobrepoblación penitenciaria implica violación a Derechos Humanos fundamentales de las personas privadas de liberta y graves condiciones laborales para el personal penitenciario. *Reforzar los sistemas de defensa pública de la región a fin de que las personas que por cualquier circunstancia se vean privadas de su libertad, cuenten con un abogado que lo represente desde los primeros actos de su detención.*Impulsar la implementación y aplicación de sanciones alternativas a la privación de la libertad.*Impulsar la despenalización de algunas figuras jurídicas que no ocasionan mayor reacción social. *Concientizar a políticos, medios de comunicación colectivas y otros sectores de la sociedad civil sobre las condiciones de vida en las cárceles.*Abrir las cárceles a la sociedad civil en general.*Propiciar una participación significativa de la sociedad en la vida cotidiana de los centros penitenciarios.*Judicializar la ejecución de la pena.*Crear criterios técnicos que determinen la capacidad máxima de las cárceles y su imposibilidad de recepción de más personas a este límite establecido.
5. La calidad del servicio brindado a la población privada de libertad se ve seriamente disminuida, entre otros, por la relación inconveniente entre la cantidad de población y el recurso humano con el que cuenta la institución. *Propiciar el establecimiento y planificación tendiente a mantener una relación proporcional entre el recurso humano y la población a atender.*Establecimiento de la carrera penitenciaria que dignifique y brinde reconocimiento al quehacer penitenciario.*Minimizar el efecto detriorante de la privación de libertad.*Crear programas para que los internos puedan trabajar y capacitarse efectivamente. *Impulsar la creación de escuelas regionales de estudios penitenciarios.*Intercambio de experiencias a nivel regional.
6.Presupuestos insuficientes para satisfacer las necesidades mínimas de la población privada de libertad. *Asignación de un presupuesto adecuado porcentual al crecimiento de la población penitenciaria.*Promover acciones encaminadas al autofinanciamiento de los sistemas penitenciarios.*Realizar estudios de impacto antes de la aprobación de una nueva ley (medir costos)*Campaña de concientización dirigidas a la opinión pública sobre las condiciones de vida en las cárceles.*Involucramiento de la sociedad civil. *Interesar a las autoridades en la tramitación de un impuesto especial a algunos bienes de consumo.*Apertura de las cárceles al escrutinio externo e independiente.

G-III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES INDIVIDUALES:


1. BOLIVIA:

Realizado por: Marcelo Walter Rocabado Sánchez, Coordinador general del Régimen Penitenciario y Angel Aruquipa Chui, Juez de Vigilancia, Instancia Judicial.

- Régimen Penitenciario:

- Problema:

· Falta de Infraestructura
· Inadecuada asignación alimentaria
· Falta de Recursos Humanos
· Retardación o mora judicial
· Falta de Recursos Económicos

En primera instancia se debe asignar un presupuesto adecuado general para la Dirección General de Régimen Penitenciario, en las partidas presupuestarias como son:

· Construcción y mejoramiento de Bienes de dominio público
· Alimentos y Bebidas para personas (privados (as) de libertad).

Además se señaló:

· Falta de ítems para la contratación de personal técnico calificado.

· Necesidad de coordinación entre la Dirección del Régimen Penitenciario (Poder Ejecutivo) con el Poder Judicial, de tal manera que la mora judicial sea resuelta y controlada por esa instancia.

· Necesidad y conveniencia de proyectar y ejecutar una política criminal y penitenciaria integral que ocupe un lugar destacado en el conjunto de Políticas Públicas de Estado, cuyo objetivo sea la recuperación social del privado de libertad y condenado, a través de una humana y efectiva ejecución de penas privativas de libertad y del desarrollo de programas que faciliten la inserción social del penado.


- Instancia Judicial:

- Problemas:

· Retardación o mora judicial 
· Carencia de mecanismos apropiados de selección de acciones y delitos, que se traduce en una sobrecarga de trabajo de jueces y tribunales Penales.
· Ausencia de un verdadero juicio oral público y contradictorio 
· Falta de Recursos Económicos para incrementar el número de juzgados, por lo tanto (falta de Recursos Humanos).

- Soluciones:

Acelerar el proceso de substitución del Sistema Inquisitivo, que todavía se encuentra vigente en Bolivia, por el Sistema Acusatorio, más garantista de los derechos fundamentales del hombre, con cambio a los juicios orales públicos contradictorios, continuos con inmediación que darán una administración de justicia justa, transparente, accesible, rápida y eficiente.

Impulsar la aplicación de medidas alternativas, basados en los principios de oportunidad reglada, que permite al órgano acusador (Ministerio Público), prescindir de la persecución de cierta clase de delitos, sobre la base de parámetros universalmente admitidos, tales como la delincuencia de bagatela, pena natural, saturación de la pena, conciliación, suspensión condicional de proceso a prueba y extinción de la acción penal en los delitos de contenido patrimonial por resarcimiento de daño, así como la incorporación de la justicia comunitaria. Esta última como motivo de extinción de la acción penal en los Pueblos Indígenas que resuelven sus conflictos emergentes de delitos que afectan bienes jurídicos de las comunidades campesinas y de los propios Pueblos Indígenas, basados en su Derecho Consuetudinario (o Derecho Indígena).


2. COLOMBIA:

Realizado por Sara Cepeda de Nope, Jueza Primera de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y Luis Bernardo Maldonado Bernate, Subdirector del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).

Propuesta:

1. Acelerar el proceso de sustitución del Sistema Acusatorio existente, donde el fiscal es juez y parte, por un auténtico sistema acusatorio garantista.

2. Reducir la aplicación de detención preventiva solo a los delitos realmente graves.

3. Suplementar el sistema de "cárcel abierta" para ciertos delitos pero atendiendo realmente el perfil criminológico del delincuente o infractor.

4. Establecer la pena de prisión domicialiaria.

5- Establecer formas de excarcelación utilizando al mínimo las cauciones pecuniarias pero suplementando obligaciones de servicio a la comunidad.

6- Hacer jornadas de revisión de la situación jurídica de los internos para poder clasificarlos y ubicarlos en la institución que corresponda, atendiendo su situación de sindicado, condenado, o simple capturado.

7- Mejorar la infraestructura carcelaria haciéndola más dignificante. Para ello deben sustituirse y construirse cárceles atendiendo las recomendaciones mínimas de reclusos hechas por la ONU.

8- Ofrecer capacitación laboral, oportunidades de trabajo y estudio, incorporándolos al sistema productivo del país.

9- Dar efectivo tratamiento y asistencia a todos los internos, asignando recursos materiales y humanos suficientes.

10- Propiciar y fortalecer lazos de comunicación y coordinación entre el aparato judicial y sistema penitenciario.

- * Nota: Por lo demás reiteramos propuestas particulares plasmadas en el respectivo informe de país.


3. COSTA RICA:

Realizada por Roy Murillo, Juez de Ejecución de la Pena de Alajuela y Guillermo Arroyo, Director General de Adaptación Social.

- Problemas Prioritarios:

1- Uso excesivo (abusivo) del derecho penal (visto desde el punto de vista de la prisionalización) (Ver problema No.2 del cuadro resumen esquemático)

2- La sobrepoblación implica el quebranto de derechos fundamentales de la población privada de libertad y de las personas trabajadoras dentro del sistema penitenciario. (ver problema No. 4 del cuadro resumen esquemático).

3- Problemas de clasificación de los internos por medio de criterios objetivos y su posterior ubicación en centros especializados para tales fines. Población Penitenciaria ( ver problema No. 3 del cuadro resumen esquemático).

4- Problemas de Presupuesto acordes con la población penitenciaria y la capacidad máxima de cada centro institucional ( Problema No.6 del cuadro resumen esquemático).

5- Deficiente calidad de Servicio (Problema No. 5 del cuadro resumen esquemático).

- Propuesta específica:

a) Abordar el problema de la mujer y de sus hijos menores en la vida en prisión.

b) Problema de Costa Rica de no tener ningún programa post-ubicación que reduce la reincorporación social.

c) Urge la aprobación el Código Penal y su capítulo de penas alternativas, así como la ley de ejecución de la Pena.

d) Desarrollar un foro sobre la privatización de componentes del Sistema Penitenciario.

e) Creación de un organismo que integre y defina políticas para el logro de una doctrina y política a nivel nacional.

f) Fortalecimiento de los regímenes abierto, semi-institucionales, para una mayor ubicación de la población penitenciaria.


4. REPUBLICA DE CUBA:

Realizado por: Ricardo Pereira Díaz, Fiscal Jefe Dirección Control de la Legalidad en los Establecimientos Penitenciarios y Roberto Morales Tribunal Supremo Popular.

- Especificaciones de nuestras realidades en relación al texto en discusión:

· En nuestro país la aplicación de las reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre Tratamiento de Los Reclusos es una realidad diaria.

· El sistema de Justicia Penal Cubano se caracteriza por su contenido eminentemente humano y se adecua a las normativas internacionales sobre el tratamiento de personas privadas de libertad.

· En nuestro ordenamiento jurídico se establecen alternativas a la prisión antes del juicio, en el juicio y sentencia, y posterior a esta. La utilización de la prisión provisional se aplica exclusivamente a los casos en que resulta verdaderamente imprescindible.

Entendemos por provechos y útiles las discusiones de los temas debidos y las extenderemos a nuestro sistema de justicia en tanto se ajusten a nuestras realidades y las consideremos pertinentes.



5. EL SALVADOR:

Realizado por: Ruth Linares Mira, Subdirectora Técnica General de Centros Penales, y Edwin Oswaldo Amaya Espino, Juez primero de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena.

- Sobrepoblación del Sistema Penitenciario:

Básicamente todos los problemas planteados se adecuan a nuestra realidad, pero en orden de prioridades los podríamos clasificar así: 

1) Alto número de presos sin condena, 
2) Presupuesto insuficiente para satisfacer las necesidades mínimas de Capacitación privada de libertad, 
3) Riesgo que se violen los derechos humanos, 
4) La calidad del servicio brindado a la población privada de libertad, y 
5) La clasificación de las personas privadas de libertad. 

Es menester mencionar que en el caso de los presos sin condena, ya se ha comenzado a aplicar medidas alternas a la prisión y elementos entre las instancias judicial y penitenciaria. El resto de soluciones y estrategias ya se ha iniciado su aplicación, así como la posible reducción en la aplicación de la pena de prisión para los hechos punibles.

En el aspecto presupuestario se exigen las soluciones y estrategias planteadas.

En el caso del riesgo que se tienen los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, para evitar esos efectos, se ha creado la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria. Asimismo se considera la necesidad de crear una escuela de estudios penitenciario y es de mencionar que ya se inició el proceso de clasificación de los entes.


- Aspectos tendientes a minimizar el impacto de la sobrepoblación penitenciaria desde la instancia judicial.

I - Ambito Procesal:

Todas las medidas planteadas se están aplicando, a excepción de la negociación.

II - Ambito del Derecho procesal de fondo:

Ya se está aplicando tanto las sanciones no privativas de libertad en etapa procesal y en etapa de ejecución de la pena.

Los mecanismos del Perdón Judicial y la Suspensión de la ejecución de la Pena también.

- Medidas Prácticas para acelerar el proceso.

Las sugerencias planteadas las consideramos de mucho beneficio y serían una buena recomendación para aplicarlas en nuestro país.


6. GUATEMALA

Realizado por Gustavo Dubón Galvez, Juez Segundo de Ejecución Penal (el representante del sistema penitenciario no asistió a dicho Seminario).

Las recomendaciones que se hicieron dentro del desarrollo del Primer Curso
Internacional sobre las Condiciones de Vida en las Cárceles y sus Programas, mismo que se llevó a cabo del 9 al 19 de agosto de 1999 en San José, Costa Rica, se comparten en su totalidad por el ponente, debiendo resaltar lo siguiente:

* Se debe abolir la pena de muerte, ya que no cumple con los fines teleológicos (finalistas ) de la pena-

* Debe promulgarse cuanto antes la Ley Penitenciaria y Reglamentos respectivos, ya que de esa forma se estaría resolviendo en gran parte muchos de los problemas que a diario se presentan en los diferentes reclusorios del país.
.

7. HONDURAS:

Realizado por Bessy Villafranca Martínez, Fiscal Titular de La Ceiba y el Sub Comisionado de Policía Pedro Ojelandez Bautista, Sub Director General de la Dirección de Servicios Especiales Preventivos.

- Sobrepoblación del Sistema Penitenciario en Honduras


1. Uno de los principales problemas que consideramos indicar en nuestra experiencia es el exorbitante número de personas privadas de libertad que no han sido condenados.

2. Seguidamente consideramos como problema y a la vez como causa directa de lo apuntado anteriormente la inexistencia de un sistema procesal garantista como el Sistema acusatorio oral y público, ya que como es sabido a estas alturas del siglo y a las puertas de un nuevo milenio, contamos aún con un proceso inquisitivo, por lo tanto, carente hasta de las más mínimas garantías a favor de los procesados.

3. Como consecuencia de lo anterior apuntado, visualizamos como un tercer problema la inexistencia de alternativas a la prisión y de mecanismos no penales de resolución, por cuanto, no se establece en nuestro actual sistema inquisitivo ninguna de estas figuras.

4. Otro de los problemas fundamentales que detectamos es el hecho de que aunque exista una ley de rehabilitación del delincuente, esto no se aplica por carecer de un reglamento adecuado a la realidad actual.

5. Asimismo debemos identificar como uno de los principales problemas, la falta de voluntad y concientización de las autoridades gubernamentales, lo que conlleva como consecuencia lógica a la limitación de los recursos económicos para atender las demandas penitenciarias.

- Soluciones a la problemática planteada:

1. En cuanto al alto número de reo sin condena visualizamos como solución la correcta aplicación de la normativa existente para tal fin.

2. En lo que se refiere al actual sistema inquisitivo, creemos que se debe acelerar el proceso de sustitución de este por el sistema acusatorio.

3. En cuando a la inexistencia de alternativas a la prisión vendría a ser una solución la implementación del sistema acusatorio por cuanto este establece un sin número de alternativas a la prisión.

4. Referente a la falta de reglamentación a la Ley de Rehabilitación del Delincuente se recomienda una revisión a dicha ley adecuándola a los tiempos actuales.

5. Asimismo como solución es la falta de concientización de las autoridades gubernamentales proponemos realizar campañas de concientización para dar a conocer de la realidad penitenciaria.


8. NICARAGUA: 

Realizado por Rosario Gaitán, Subdirectora General del Sistema Penitenciario, Vanessa Chevez Juarez, Jueza Cuarto de distrito del Crimen de Managua.

- Algunas respuestas tendientes a minimizar el impacto de la sobrepoblacion penitenciaria desde la instancia judicial:

I- En el ámbito procesal incluir en el mismo numeral 6) del cuadro resumen esquemático en el caso de Nicaragua en los juicios penales con pena más que correccional, aún no existe reglamento pare que durante el proceso exista o pueda haber mediación entre las partes. Es decir reglamentar la mediación en los delitos de mayor gravedad. 
II- En el punto 6) del cuadro resumen esquemático la creación de un nuevo código penal vigente, puesto que el nuestro es totalmente obsoleto.

III) Medidas practicas para acelerar el proceso:

· Incluir en el punto 3) del cuadro resumen esquemático la creación de una oficina de Distribución de causas, ya que en mi país la recoge esta oficina la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que ya entró en vigencia, pero esta aún no ha sido creada lo que ha ocasionado que en muchos juzgados se concentra un mayor número de causas, en comparación de otros que llevan el mínimo, esto acarrea una retardación de justicia por el cumulo de trabajo.

· La creación de jueces de instrucción y de Ejecución de Pena.

· En el punto 5) del cuadro resumen esquemático la puesta en marcha de la Defensoría Pública que aún no han entrado a funcionar directamente.

- Sobrepoblacion en los sistemas penitenciarios de los países de la región:

En lo referente al Sistema Penitenciario en Nicaragua hay coincidencia con lo 
planteado en el documento, haciendo la observación que nuestras prioridades las ubicamos en las siguientes formas. 

1. Capacitación en estudio penitenciario al personal.

2. Completamiento del personal a fin de lograr una relación adecuada reo-funcionario.

3. Adecuación del presupuesto de acuerdo a la tasa poblacional de reos


9. REPÚBLICA DOMINICANA: 

Realizado por Joel Lantigua, Comisionado de Política Penitenciaria y de Apoyo a la Reforma de la Justicia y Fran E. Soto Sánchez, Procurador Fiscal del Distrito Nacional.

- Apoyamos en todas sus partes el documento de propuesta de conclusiones que ha resultado del seminario.

Algunos aspectos específicos para el caso de República Dominicana:

1 Incorporar a la legislación positiva vigente la Defensoría Pública

2 Incrementar la disponibilidad de espacios físicos para una mejor ubicación y clasificación de los privados de libertad

3 Crear un sistema de información confiable que nos permita disponer de datos oportunos sobre la situación de cada interno.

4 Aumento y capacitación del personal del servicio penitenciario.

5 Creación del cuerpo de vigilancia y Tratamiento Penitenciario.

6 Definición de una Política Penitenciaria.


10. PERU: 

Realizado por Saúl Peña Farfán, Juez Penal de Lima y Eduardo Antonio del Carpio Ortman, Ministerio de Justicia.

Los participantes del Perú, estamos de acuerdo con las conclusiones y recomendaciones presentadas en la sesión día 18 de agosto de 1999 y consideramos como especificas a ser atendidas en nuestro país las siguientes:

1. Que el estado peruano dote de un presupuesto suficiente para atender las necesidades de los privados de la libertad y el problema de la sobrepoblación por falta de infraestructura penitenciaria.

2. Se requiere la participación coordinada de todos los sectores de la comunidad: Poder Judicial, Poder Ejecutivo, Congreso de la República, Ministerio Público, Municipalidades e Instituciones no Gubernamentales para asumir el problema penitenciario.

3. Promover campañas de concientización dirigidas a la opinión pública sobre las condiciones adversas de vida en las cárceles.

4. Debe ponerse en vigencia un procedimiento penal acusatorio, dejando atrás el procedimiento inquisitivo vigente.

5. Deben implementarse la creación de juzgados de vigilancia penitenciaria

6. Se debe fortalecer el Ministerio de la Defensa (Defensa Pública) dotándolo del número de abogados suficiente para atender el caso de los detenidos desde la etapa policial. Ello será la base para la vigencia un procedimiento penal garantista o acusatorio.

7. Deben generalizarse en todos las jurisdicciones penales del poder judicial la subespecialidad para atender exclusivamente causas de reos procesados en cárcel y llevar las diligencias en los establecimientos penales siguiendo la experiencia del Distrito Judicial de Lima

8. Debe fomentarse entre los jueces, fiscales, abogados, policías y todo quienes intervienen en el sistema de persecución penal, la cultura no controversial o de solución alternativa de conflictos, fortaleciendo la aplicación del principio de oportunidad y la introducción de la conciliación y la negociación, así como otras formas de solución de conflictos penales.

 

 


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