Sábado, 26 de Abril de 2003


EL PERIÓDICO DE ARAGÓN.- Economía.

ACOSO EN EL LUGAR DE TRABAJO
EL PERIODICO entrega un libro sobre ´mobbing´
El texto describe casos reales y la sintomatología que produce

EL PERIODICO entrega gratuitamente con la edición de mañana un libro sobre el acoso psicológico y moral que sufren algunos trabajadores en su puesto de trabajo, lo que se conoce como
mobbing . Escrito por César Rodríguez Martín, doctor en Psicología y profesor de Sociología en la Universidad de Zaragoza está editado por UGT y el Gobierno de Aragón. El libro, de 64 páginas, explica qué es el mobbing , las situaciones que produce, cómo se llega a sufrirlo así como los distintos grados de este acoso que al ser un fenómeno nuevo en las relaciones laborales tiene una difícil calificación. En el libro se describen distintos casos

reales, se dan orientaciones para detectarlo y para buscar ayuda especializada. De hecho, desde enero, para dar respuesta al creciente número de denuncias de violencia psicológica en el trabajo, el Servicio de Salud Laboral de UGT ha abierto un gabinete de psicología para tratar los casos de acoso laboral.
SECTORES Aunque el
mobbing se da en todos los sectores productivos, suele ser bastante habitual en organizaciones sanitarias y educativas, en distintos grados. Se han llegado a identificar cinco síntomas en personas que han sufrido este tipo de acosos: efectos cognitivos, que afectan a la memoria, concentración, estado de ánimo y sentimientos de inseguridad; de tipo psicosomático, con pesadillas, dolor abdominal, vómitos, pérdida de apetito o llanto espontáneo; un tercer tipo afecta a la actividad del sistema nervioso, con dolor torácico, sudoración o sequedad de boca; el cuarto describe síntomas relacionados con la tensión muscular y el último se relaciona con trastornos del sueño.
El efecto del
mobbing sobre los trabajadores es devastador. En Suecia se estima que el hostigamiento psicológico es un factor relevante en el 10% de los suicidios.

EL PERIÓDICO DE GIJÓN.- Local.

ES LA CUARTA SENTENCIA EN SU CONTRA
El dueño del bingo vuelve a ser condenado por acoso moral

Deberá indemnizar con 20.500 euros a una mujer que trabajó para él 13 años


LAURA F. MAYORDOMO


El último de los cuatro juicios a los que se ha sometido el propietario del bingo Sporting, Alberto M.R., por otros tantos casos de acoso moral y sexual en el trabajo se ha resuelto con una nueva sentencia condenatoria para el empresario gijonés. El titular del Juzgado número 2 de lo Social de Gijón, Francisco José de Prado, ha considerado la demanda presentada por Ana Belén González, que trabajó en el bingo durante más de trece años.
Su fallo declara extinguido el contrato laboral y, además, reconoce que la mujer --que tenía reconocida la categoría de locutora-vendedora-- debe ser indemnizada con 20.500 euros (cerca de tres millones y medio de pesetas), es decir, la misma cantidad que le habría correspondido en caso de tratarse de un despido improcedente.
El juez estima que las declaraciones efectuada por Ana Belén González el pasado 3 de abril durante la vista oral --a la que no asistió el empresario-- son "firmes y contundentes". En ellas, la mujer relató cómo fue objeto de todo tipo de vejaciones durante todo el tiempo que duró su relación laboral.
Dichos insultos se produjeron, según se da por probado en la sentencia, "de manera continuada". Alberto M.R. "reiteradamente, le ha hecho destinataria de desconsideradas alusiones a su físico y de descalificaciones públicas hacia su persona, feminidad y trabajo".
Eso llevó a Ana Belén González a solicitar la baja médica en julio del año pasado, después de que se le diagnosticara un cuadro ansioso-depresivo cuyos síntomas habían comenzado meses atrás debido a "importantes conflictos laborales", lo que, en términos médicos y jurídicos viene denominándose
mobing .
El juez Francisco José de Prado entiende que el titular del bingo Sporting "ha incurrido de manera grave, culpable y reiterada" en conductas que vulneran "abiertamente" el derecho básico de los trabajadores del respeto a su intimidad y dignidad.
Para el titular del Juzgado número 2 de lo Social, no existe ninguna duda de la veracidad de los hechos denunciado por la "abundancia y reiteración de las reprobables conductas desarrolladas" y por "el desequilibrio psicológico producido".
Alberto M.R. ya había sido condenado en tres ocasiones anteriores por los mismos hechos.

LA VOZ DE ASTURIAS.- Gijón.-

ES LA CUARTA SENTENCIA EN SU CONTRA

El dueño del bingo vuelve a ser condenado por acoso moral

Deberá pagar 20.500 euros a una mujer que trabajó para él 13 años
LAURA F. MAYORDOMO
El último de los cuatro juicios a los que se ha sometido el propietario del bingo Sporting, Alberto M.R., por otros tantos casos de acoso moral y sexual en el trabajo se ha resuelto con una nueva sentencia condenatoria para el empresario gijonés. El titular del Juzgado número 2 de lo Social de Gijón, Francisco José de Prado, ha considerado la demanda presentada por Ana Belén González, que trabajó en el bingo durante más de trece años.
Su fallo declara extinguido el contrato laboral y, además, reconoce que la mujer debe ser indemnizada con 20.500 euros, es decir, la misma cantidad que le habría correspondido de ser un despido improcedente.
El juez estima que las declaraciones efectuada por Ana Belén González el pasado 3 de abril durante la vista oral son "firmes y contundentes". En ellas, la mujer relató cómo fue objeto de todo tipo de vejaciones durante todo el tiempo que duró su relación laboral.
Dichos insultos se produjeron, según se da por probado en la sentencia, "de manera continuada". Alberto M.R. "reiteradamente, le ha hecho destinataria de desconsideradas alusiones a su físico y de descalificaciones públicas hacia su persona, feminidad y trabajo".
Eso llevó a Ana Belén González a solicitar la baja médica en julio del año pasado, después de que se le diagnosticara un cuadro ansioso-depresivo cuyos síntomas habían comenzado meses atrás debido a "importantes conflictos laborales", lo que, en términos médicos y jurídicos viene denominándose
mobing .
REINCIDENTE El juez Francisco José de Prado entiende que el titular del bingo Sporting "ha incurrido de manera grave, culpable y reiterada" en conductas que vulneran el derecho básico de los trabajadores del respeto a su intimidad y dignidad.
Para el titular del Juzgado número 2 de lo Social, no existe ninguna duda de la veracidad de los hechos denunciado por la "abundancia y reiteración de las reprobables conductas desarrolladas" y por "el desequilibrio psicológico producido".

EL PERIÓDICO DE EXTREMADURA.- Local.


SINIESTRALIDAD EN EL TRABAJO
Los accidentes laborales bajan un 23% en el primer trimestre
CCOO exige a la Junta que se persone como acusación particular ante la fiscalía
En enero, febrero y marzo hubo 842 casos menos que en ese período del 2002
PEDRO CABECERA MERIDA
Los accidentes en el lugar de trabajo han caído casi un 23% durante el primer trimestre de este año, respecto al mismo período del 2002, al pasar de un total de 3.698 sucesos a los 2.856 hasta abril. Según los datos facilitados ayer por el sindicato Comisiones Obreras, del total de siniestros registrados en los primeros tres meses del año, dos fueron mortales --8 en el 2002--, 63 graves --49 el pasado año-- y 2.791 de carácter leve, frente a los 3.641 casos contabilizados hace un año.
Además de estos siniestros, se registraron 147
in itinere , es decir, los que se producen de camino o regreso del centro de trabajo, y 62 enfermedades profesionales.
Sin embargo, pese a estos resultados más positivos, el secretario general de CCOO en Extremadura, Valentín García, reiteró la necesidad de contar con más inspectores de trabajo, ya que actualmente hay en la región uno por cada 27.044 trabajadores, frente a la media europea, que es de un inspector por cada siete mil empleados. Esta falta de control en la inspección, junto al incumplimiento de las empresas en materia de seguridad laboral es, a su juicio, la causa fundamental para que la siniestralidad laboral creciera en Extremadura un 5,7% el pasado año respecto al 2001.
En este sentido, el pasado año se produjeron 16.067 accidentes laborales con baja en centros de trabajo, de los que 31 fueron mortales, lo que supone un 55% más que en el año anterior.
DENUNCIAS POR ACOSO MORAL
Por otro lado, Valentín García aseguró que cada año son más las personas que denuncian en Extremadura acoso moral y psicológico en el trabajo, que "si cabe, son más graves que los físicos, porque no se curan con medicamentos", señaló, aunque "estos casos son especialmente difíciles de defender, porque no se pueden demostrar a simple vista".
El acoso psicológico y sexual serán algunos de los aspectos que se analizarán en una jornada que ha organizado el sindicato con motivo del Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo, que se celebra el lunes.
Para hacer frente a la siniestralidad laboral en la región, CCOO propone una serie de medidas, entre las que destaca el incremento de la plantilla de inspectores de trabajo --de 13 actuales a 60--, para controlar el fraude en la contratación y las empresas con mayores índices de siniestrabilidad, y exigir a la Junta de Extremadura que se persone como acusación popular en los procedimientos penales, como en los casos de violencia doméstica.
Además, pide la dinamización de la actividad de la Fiscalía en casos de grave incumplimiento de las medidas de seguridad y la creación del Instituto Extremeño de Salud Laboral.

HOY.- Regional.

El 'mobbing', un acoso difícil de demostrar
J. L. A./MÉRIDA

Primero el acoso sexual, ahora el psicológico y moral. Las sutilezas de las presiones del jefe contra el subordinado díscolo, normalmente, o de empleado contra empleado, han encontrado un nombre de fortuna con el anglosajón 'mobbing', problema que Comisiones Obreras aborda bajo el concepto de factores de riesgo psicosocial.
El próximo lunes 28, de 9.30 a 14.30 en el hotel Zurbarán, el sindicato celebrará una jornada sobre esa cuestión, definida extensamente como «aquellas condiciones que se encuentran presentes en una situación laboral y que están directamente relacionadas con la organización, el contenido del trabajo y la realización de la tarea, y que se presentan con capacidad para afectar tanto al desarrollo del trabajo como a la salud (física, psíquica o social)».
Cada vez hay más denuncias de 'mobbing', pero por su carácter psicológico «son difíciles de demostrar y por eso los sindicatos encontramos dificultades para poder defender a los trabajadores», afirma Valentín García, secretario de CC. OO.


LA VOZ DE ASTURIAS.- Economía.

SECTORES
La sección sindical de UGT denuncia acoso en Feve
J.C.V
La sección sindical de UGT en la empresa Feve ha denunciado prácticas de acoso contra los sindicatos por parte de la dirección de la empresa. Así lo denunció ayer Luis Blanco, el cabeza de lista para las elecciones sindicales que se celebrarán el próximo 29 de abril, durante una asamblea celebrada en los talleres de El Berrón a la que asistió el secretario general, Cándido Méndez.
Blanco advirtió a Feve que las decisiones que adopte la sección sindical estarán apoyadas por la dirección confederal del sindicato y denunció que en la empresa ferroviaria existe "odio" hace esta organización. El cabeza de lista de UGT añadió que la negociación del convenio colectivo sigue bloqueada a pesar de los intentos de mediación y desveló que los sindicatos "bloquearon" recientemente cinco despidos de trabajadores de los talleres de El Berrón.
"No estamos dispuestos a negociar recortes en las condiciones de trabajadores, sí a mejorar su situación y a hablar de mejoras en un servicio público como el de Feve", concluyó.

Domingo, 27 de Abril de 2003


LA TRIBUNA DE SALAMANCA.- Economía

Consejos europeos sobre siniestralidad
José Luis Sevillano
La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo recoge en uno de sus informes cinco elementos para obtener un sistema ideal de gestión en este ámbito. Estos cinco puntos, a grandes rasgos, son el inicio (en cuanto a recursos previos), el proceso (formulación y puesta en práctica de los objetivos), los efectos conseguidos o resultados obtenidos, la evaluación de los resultados y la integración continua de los resultados positivos dentro de un sistema abierto. Leyendo con detenimiento los cinco puntos, no puede decirse que sean muy originales. A estas alturas del siglo nadie duda que esos aspectos sean esenciales para conseguir un ambiente de trabajo saludable para el trabajador y rentable para la empresa. Lo que hace que los mismos sean originales es su notificación a los gobiernos de la Unión para que promulguen actuaciones que favorezcan su implantación en los sistemas de gestión de las empresas, empezando por las entidades públicas y dejando una posibilidad de adaptación a los diferentes entornos. Si nos referimos a España, los últimos 15 años han sido y son la antítesis de la eficacia y de la eficiencia en lo que a gestión pública se refiere. La creación de un nutrido número de jefaturas, cuya titularidad en muchos casos es más que cuestionable, ha servido más para el autobombo que para una gestión eficaz, recordando a veces la figura del comisario político y no la de un gestor ejemplar.
No es de extrañar que en un ambiente de trabajo tan enrarecido, el 'mobbing' (fenómeno por el cual a un trabajador se le tiene 'castigado' sin trabajo), el chivateo y el peloteo estén a la orden del día. Así, es fácil comprender la quiebra de la salud mental de muchos trabajadores y, como consecuencia de ello, la dificultad de alcanzar muchos de los objetivos definidos por los distintos departamentos... En este ambiente de competencias, pretender una implantación de objetivos en temas de seguridad y salud laboral, es algo así como pedir un imposible categórico; incluso en un esfuerzo de imaginación, pensar en la posibilidad de establecer vías de comunicación eficaces en la organización, necesarias e imprescindibles si se desean integrar las buenas prácticas en temas de seguridad y salud laboral, sería entendido como una intromisión o, algo peor, una cuestión personal. Todo esto en la empresa privada sería impensable, no hay capital que lo resista. Por esa razón es posible la implantación. Sólo se requiere negociación y formación. La negociación tiene que fundamentarse en la información y la participación responsable. El problema estaría en la formación del mercado laboral, en especial en todo lo relacionado a un cambio de mentalidad o actitud ante el empleo en la empresa pequeña, donde los contratos a tiempo parcial tienen sentido en la precariedad de la propia empresa, pero no debe suponer por ello una merma de los derechos de los trabajadores en temas de seguridad y salud laboral. Otra cosa es la empresa mediana y grande; aquí la precariedad pierde todo sentido. Si en algo están de acuerdo los sistemas actuales de gestión es en el valor inestimable de los recursos humanos para una empresa. La forma de conseguir la estabilidad de esos recursos y, al tiempo, el rendimiento y satisfacción de los mismos dentro de la empresa, es a través de la consideración de siete puntos vitales en la organización: Promover la responsabilidad del trabajador. Darles futuro personal y profesional a sus posibilidades. Mejorar la participación de los trabajadores y sus representantes. Motivar a los altos directivos y a los trabajadores (efecto en cascada). Mejorar la calidad de los productos y servicios, así como la del entorno de trabajo. Reducir los costes operativos. Explotar las posibles sinergias con otros sistemas de gestión e incrementar la transparencia de la organización. Desde el primero al último punto, hoy por hoy es impensable su implantación en la función pública, por lo que le corresponde tomar el relevo a la empresa privada, marcando el camino de lo más razonable y sensato, por aquello de que 'invertir en seguridad y salud laboral es rentable para todos'.

EXPANSIÓN.- Economía

La sociedad limitada de nueva empresa
La nueva regulación permite crear una compañía en apenas 48 horas

Quisiera saber cuales son las diferencias que presenta la creación de una empresa bajo la nueva forma de sociedad limitada Nueva Empresa
Recientemente, en febrero de 2002, la Conferencia de Ministros Europeos de PYME, celebrada en Aranjuez, insistió en la necesidad de establecer fórmulas societarias sencillas y mejor adaptadas a la realidad de las empresas más pequeñas. Finalmente, el Consejo Europeo de Barcelona renovó y reforzó estos compromisos.
Se introducen modificaciones en el Código Civil vigente en tres aspectos puntuales en los que se ordenan las relaciones entre los miembros de una familia y la sucesión productiva, para dotarla de instrumentos que permitan diseñar, en vida del emprendedor, la sucesión más adecuada de la empresa en todas sus posibles configuraciones. Se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada par poder crear el proyecto Nueva Empresa. La base legal de este proyecto permitirá la constitución de empresas de pequeña dimensión de forma rápida y sencilla, con ahorro de costes y tiempo. Además los emprendedores que elijan esta nueva opción mercantil dispondrán de aplazamiento de impuestos, los primeros años, y de asesoramiento.
El proyecto Nueva Empresa es una iniciativa del Gobierno que tiene por objeto estimular la creación de empresas, especialmente las de pequeña dimensión que constituyen la columna vertebral de la economía española y son claves en la creación de puestos de trabajo, dando una respuesta adaptada a la realidad de nuestro tejido empresarial. También se pretende dar un paso adelante en la simplificación administrativa en tiempos de respuesta y formularios gracias al uso intensivo de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC), lo que va a permitir la constitución telemática de estas SL en un plazo de 48 horas, frente a los 60 días requeridos actualmente.
Desde una perspectiva jurídica, el proyecto pretende introducir a las empresas y emprendedores de menor dimensión (microempresas y autónomos) en un régimen jurídico societario muy sencillo que les ayude a crecer en el marco del Derecho de Sociedades.
La Ley aprobada toma como base la sociedad de responsabilidad limitada porque las estadísticas revelan que es el tipo societario más sencillo y más utilizado por nuestros emprendedores. En sentido, Sociedad Limitada Nueva Empresa se configura como una especialidad de la SL.
Entre los elementos más innovadores del Estatuto destaca que permite un objeto social amplio que elimina las rigideces actuales y facilita el cambio de actividad de los emprendedores sin tener que acudir a modificaciones estatutarias, lo que supone un ahorro en torno a los 480 euros. El gobierno de estas empresas está adaptado a las más pequeñas y sus órganos sociales podrán convocarse vía e-mail.
Además, contempla la creación de secciones especiales en los registros mercantiles, tanto en denominaciones como en inscripciones para facilitar una inscripción más rápida. Por último, tendrán unos estatutos sociales orientativos, elaborados por el Ministerio de Justicia, lo que permitirá el ahorro de costes.

La notificación de datos
¿Es suficiente con notificar a la Agencia de Protección de Datos los ficheros que contengan datos personales, para que ante una eventual inspección por parte de la misma no se le imponga a mi empresa una sanción?
Bien es cierto que a tenor de la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal, desde el mes de enero del año 2000, tratándose de ficheros de datos de nueva creación, y como límite, hasta enero del año 2003, tratándose de preexistentes, el notificar los ficheros que contengan datos de carácter personal a la Agencia de Protección de Datos es una de las obligaciones a cumplir tanto por los particulares y empresas privadas, como por las Administraciones Públicas que los manejen.
No debe olvidarse que junto a esta obligación, la Ley también contempla, la necesidad de recabar el consentimiento del afectado para proceder al tratamiento de los datos y la de informarle de la existencia del fichero así como de la finalidad el tratamiento de los datos.
Asimismo, están obligados a la creación y notificación a la Agencia de la figura del Responsable del Fichero, y a informar al titular de los datos de la posibilidad de ejercitar frente al mismo los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación de los mismos.
En caso de incumplimiento, la Agencia de Protección de Datos puede abrir expedientes sancionadores que conlleven sanciones económicas. No obstante, debe tenerse en cuenta que, para ficheros de datos y tratamientos no automatizados, esto es, en soporte papel, las obligaciones no serán exigibles hasta el año 2007.
El 'mobbing' en el trabajo
Después de diez años en mi empresa en los que he ido ascendiendo posiciones, tras un cambio accionarial, me han ido relegando a funciones intranscendentes, limitándome el margen de movimientos en el centro de trabajo, con presiones y amenazas continuas de sanciones por baja productividad a la que me veo abocado. Todo ello me provoca un cuadro de ansiedad y depresión. ¿De qué opciones legales dispongo?
La descripción de su situación es un claro ejemplo de acoso moral que viene denominándose mobbing y que de forma muy reciente está encontrando amparo en nuestros Tribunales.
Se puede definir el acoso como aquélla situación en que se ejerce en el lugar de trabajo una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado, sobre una persona respecto de la que se mantiene una relación asimétrica de poder, con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que la misma acabe abandonando el lugar de trabajo.
En su caso nos encontramos con un cuadro claro de acoso moral vertical por provenir la conducta hostigadota de su jefe o superior.
Ante tal circunstancia, y sabiendo que el objetivo es obtener su baja voluntaria y al vulnerarse sus derechos constitucionales al honor personal y profesional y a su integridad física y moral, puede plantear una acción judicial en la que pida el cese de la relación laboral como consecuencia del incumplimiento del empresario

EL COMERCIO.-Opinión.

OPINIÓN ARTICULOS
Ni una muerte más en el trabajo
ANA ISABEL ÁLVAREZ ANTÓN/SECRETARIA EJECUTIVA DE SALUD LABORAL, MEDIO AMBIENTE Y CONSUMO DE UGT-ASTURIAS

TRANSCURRIDOS casi ocho años desde la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) no son muchos los avances que se han conseguido hasta ahora, como pone de manifiesto el hecho de que durante el año 2002 murieran en nuestra comunidad nada más y nada menos que 42 trabajadores y 22 en el año 2001.
El día 23 de abril de 2003 UGT conmemoró el día de la seguridad y salud en el trabajo celebrando la primera jornada nacional sobre prevención de riesgos laborales por factores psicosociales, uno de los grandes aspectos olvidados dentro de la prevención, en la que se llegaron a conclusiones de gran relevancia, y de todas ellas quiero destacar una que se repitió en reiteradas ocasiones: que las evaluaciones se están convirtiendo en algo meramente formal, que se guardan en un cajón, sin llevar a cabo las medidas correctoras pertinentes.
Desde nuestro sindicato estamos realizando diversas actividades que nos ayuden a conseguir que todo lo que se recoge en la LPRL no sea más que una evaluación plasmada en un montón de folios por un técnico, realizada con el único objetivo de evitar sanciones; pretendemos que el cumplimiento de la LPRL sea una realidad y que dé su fruto: disminuir accidentes y eliminar muertes.
Desde luego, todo esto no lo podemos separar del momento social, económico e histórico en el que nos encontramos. Asturias está atravesando una época de crisis, y la mayoría de las condiciones laborales son totalmente precarias, y en algunos casos ni siquiera se encuentran amparadas por un contrato de trabajo que le procure seguridad jurídica al trabajador.
La sociedad de la que formamos parte es sumamente compleja; en la vida del hombre no podemos olvidar algo tan esencial como son las emociones, tan íntimamente relacionadas a su vez con los 'valores personales'. En nuestro intento por vivir una vida saludable, queremos ver satisfechos dichos valores (vivir con nuestra pareja, disfrutar de nuestro tiempo libre, pasar tiempo con nuestros hijos...), y en el momento actual el trabajo se ha convertido en una 'herramienta' indispensable para poder acercarnos a dichos valores (personales). Pero la herramienta que se nos está ofreciendo está defectuosa y esta produciendo 'heridas'... y hasta muertes. Pero en ocasiones al trabajador no le queda más remedio que aferrarse a lo que tiene en esa lucha constante por sobrevivir. Está claro que tolerar este tipo de situaciones trae una serie de beneficios a corto plazo (dinero para comer, para vivir con la persona a la que quieres...), pero también está claro que la experiencia nos está diciendo, que los 'intereses' que esto nos está dando a largo plazo no merecen la pena: trabajamos con desgana y no nos ponemos el arnés, estamos pagando una hipoteca y 'aguantamos' el acoso en el trabajo...
Y está claro que no todos tenemos los mismos valores. Muchos de los objetivos que queremos conseguir se ven truncados por aquellos empresarios cuya meta en la vida es conseguir dinero rápidamente, olvidándose de lo más importante dentro una empresa u organización: la persona, como alguien que siente y que sufre, como en el 'mobbing'. Y no sólo se olvidan de la persona trabajadora, sino que también se olvidan del gran dolor que para una familia supone la pérdida de un ser querido, en una circunstancia que, en la prácticamente totalidad de los casos, se podría haber evitado si en un momento determinado se hubiese invertido en formación, en un arnés, en un equipo de protección individual... en definitiva, en prevención.
Según muestran todas las estadísticas es clara la relación que existe entre los accidentes y determinadas variables, como la precariedad de los contratos, la falta de seguridad, la inestabilidad en el empleo, la subcontratación, las malas condiciones de trabajo, la inadecuada organización, y un sinfín de causas más que deberían erradicarse para llegar al objetivo que pretendemos... Ni una muerte más en el trabajo.

Por estos motivos y con esta finalidad vital, desde UGT denunciamos:

El incumplimiento reiterado de la ley de prevención de riesgos laborales por parte de muchos empresarios. La pasividad de algunos empresarios en la adopción de medidas correctoras, una vez realizada la evaluación de los riesgos laborales detectados en su empresa. La escasez o la inexistencia de formación e información adecuadas, en cumplimiento de la legalidad vigente, como único camino de promoción de la salud y la seguridad en el trabajo. Que nadie tiene derecho a romper la línea trabajo/vida privada, llegando a situaciones de acoso moral, consiguiendo que su víctima desarrolle un problema psicológico de impredecibles consecuencias. La no actualización de la anticuada relación de enfermedades profesionales. La no asunción de las enfermedades de tipo psicofísicas como enfermedades del trabajo cuando se han producido por un riesgo psicosocial.
En definitiva, no debemos olvidar, no podemos olvidar, que por encima de los tecnicismos, de los legalismos, y de los criterios economicistas, estamos hablando de la vida de las personas, de sus sentimientos, del futuro de sus familias y del suyo propio, truncado demasiadas veces sencillamente por trabajar.

EL DIARIO VASCO.-Economía.

UGT-BANCA
Pide que el estrés sea enfermedad laboral

La Federación de Servicios de UGT denunció que el 15% de los empleados de Banca padece estrés crónico, y anunció que pedirá la elaboración de un catálogo de enfermedades laborales características de este sector durante la negociación del convenio colectivo y en el que pretende incluir el estrés, el acoso psicológico, las dolencias dorsolumbares y el síndrome del quemado. EFE

Lunes, 28 de Abril de 2003


LA OPINIÓN DE MÁLAGA.-Local.

Expertos anlizarán el acoso moral en el trabajo y sus efectos
Primer encuentro de asociaciones contra el 'mobbing´
.V. M. Marbella.
La residencia Tiempo Libre de Marbella acogerá del 9 al 11 de mayo el primer encuentro nacional de Asociaciones Contra el Acoso Moral en el Trabajo (AMT), también llamado 'mobbing´.
Las jornadas comenzarán el 9 de mayo con el análisis del papel que juegan las asociaciones contra el AMT en España y Francia, y concluirá con la presentación del informe Cisneros, un estudio realizado por el profesor y psicólogo Iñaki Piñuel, que arroja datos sobre las últimas estadísticas de acoso moral en el trabajo, y el perfil de la víctimas y los agresores.
El sábado 10 de mayo, se abordará el papel de los medios ante el AMT, las consecuencias en las personas y la sociedad, la salud de los acosados y su prevención clínica, y las vías de defensa de las víctimas.
Las jornadas finalizarán el domingo día 11, con el estudio de las entidades públicas ante los casos de acoso en el que participarán políticos, representantes sindicales y de la Administración.


DIARIO MÉDICO.-

Diego Carrasco.
Acoso laboral: los jueces exigen pruebas detalladas

Ante la proliferación de demandas judiciales por presunto mobbing o acoso moral en el trabajo los tribunales exigen, para que se declare como accidente laboral, que se aporten pruebas pormenorizadas. Varios juzgados de lo social madrileños han estudiado recursos a los que han dado una respuesta positiva

El acoso moral en el trabajo o mobbing constituye un serio problema de salud laboral y el sector sanitario no está exento de ello, pues es uno de los más afectados. Es cierto que existe una proliferación de demandas por parte de trabajadores que argumentan que la patología que sufren está enmarcada dentro del mobbing, y en consecuencia su finalidad primordial es que se les declare en situación de incapacidad absoluta por accidente laboral.
DM ha publicado varias sentencias condenatorias que han reconocido a este síndrome el carácter de un accidente laboral, y por tanto constituye un daño moral indemnizable (ver DM del 29-X-2001).
Sin embargo, no todas las decisiones de los tribunales acaban concediendo la petición mencionada. Varias sentencias de juzgados de lo social de Madrid han coincidido en señalar que para que se declare el acoso moral en el trabajo se exige una prueba detallada y pormenorizada.
El Juzgado Social número 17 de Madrid estudió el recurso de un FEA diagnosticado de una depresión prolongada. El médico alegaba que dicha patología era consecuencia del trabajo. Por ejemplo, "tuvo que pedir traslados a otros hospitales, se le había apartado de la utilización de las nuevas técnicas y se le había obstaculizado de forma intencionada su promoción profesional con el único fin de apartarle de su trabajo".
El fallo afirma, respecto a este último punto, que "no se acreditó este extremo ni cuáles fueron esos obstáculos". En cuanto al traslado, el juez recuerda que "su participación fue voluntaria y no impuesta por nadie". Además, "es impensable que en dos meses una persona presente angustia e inhibición psicomotriz por presiones en el trabajo. Esto evidencia que dicho cuadro nada tenía que ver con la actividad laboral".

Falsa desigualdad
Otro juzgado social rechazó la demanda de un FEA que alegaba sufrir mobbing porque se sentía discriminado salarialmente respecto a sus colegas de servicio y alegaba que la gerencia ignoraba sus requerimientos para resolver la situación. Por ejemplo, el médico argumentaba que estaba discriminado respecto a otros compañeros a los que sí les pagaban las peonadas y el plus de productividad variable. La sentencia explica que "no es posible que se les hayan denegado las primeras porque nunca interesó su realización". En cuanto al plus variable, el fallo es rotundo al señalar que "el FEA no cumplió los objetivos asistenciales, de calidad y ausencia de absentismo o las quejas de usuarios de la sanidad pública".
El Juzgado Social número 4 de la capital también desestimó la demanda que interpuso una ATS por acoso moral. La sentencia considera que, tras acceder el gerente a las peticiones de cambio de servicio de la enfermera, su actitud ante las nuevas circunstancias le hizo que apreciase mobbing donde no lo había.

¿Puede ser común?
La baja laboral producida por la conflictividad en el trabajo debida a las irregularidades del servicio en la distribución de turnos de guardia y días de libranza es accidente laboral, según señaló un juez social de Madrid. Se trataba de una de las primeras sentencias condenatorias que afectaban al ámbito sanitario. El juez estudió la reclamación de una enfermera en la que resaltaba lo que, a su juicio, consideraba irregularidades en el servicio. En marzo de 2002 la trabajadora sufrió una crisis de ansiedad durante su jornada a raíz de solicitar tres días libres por compensación horaria y no poder hablar con la supervisora sobre ello. El fallo, que tuvo en cuenta el informe emitido por el Equipo de Valoración de Incapacidades, afirmó que "existe conexión entre la patología que la paciente presentó con su puesto de trabajo" (ver DM del 23-I-2003).

¿QUÉ ES Y QUÉ NO ES "MOBBING"?

Demandas de "mobbign" que no han prosperado en los tribunales

Juzgado Social nº17 de Madrid. Rechazó la demanda de un FEA por acoso moral en el trabajo porque no se probó que la patología que sufría estuviera relacionada con su entorno laboral.
Juzgado Social nº12 de Madrid. Desestimó el recurso de un FEA por mobbing porque el médico valoraba erróneamente las decisiones acordadas por la gerencia.
Juzgado Social nº4 de Madrid. Denegó la demanda de una ATS al apreciar que fue la aptitud personal de la enfermera ante las nuevas circunstancias lo que hizo considerarse como mobbing lo que no era
Fuente:Elaboración propia.

LA RIOJA.-REGIÓN

Cuando la fiera sucumbe ante la manada
El 25% de las rescisiones voluntarias de contratos son a causa del 'mobbing' o acoso moral, según CCOO
Es una escena típica, los amantes de los documentales la conocen perfectamente. Una fiera domina una manada, los más débiles del grupo se alían para hostigarle y, si la fuerza lo permite, le destruyen. Si esta situación la trasladamos al mundo laboral, nos encontramos ante un fenómeno relativamente nuevo conocido como 'mobbing' o acoso moral.
R.V./LOGROÑO

A pesar de que la salud laboral se identifica con el estado físico del trabajador, la nueva organización del trabajo ha generado una serie de trastornos que hacen que, según CCOO, en La Rioja, el 25 por ciento de las rescisiones voluntarias de contrato se deban al acoso moral. Concha Santo Tomás, presidenta del Colegio de Psicólogos de La Rioja, se muestra precavida a la hora de hacer un diagnóstico de la enfermedad ya que, «en ocasiones, se confunden depresiones o problemas derivados de la cualificación del personal con lo que es el acoso laboral». Para evitar confusiones, Santo Tomás cita alguno de los 'síntomas' del acoso moral: «La situación se produce de forma repetida, se alarga en el tiempo y busca desprestigiar a la persona».
Estos problemas son los que detectó una trabajadora de una empresa privada de una localidad riojalteña. María (nombre supuesto, no quiere revelar su identidad) cuenta que, hace seis años, empezó a sentirse mal en su lugar de trabajo. «Al principio, todo me parecía inexplicable, era incapaz de comprender lo que me ocurría. Mis compañeros de trabajo no me dejaban vivir en paz... Me hacían la vida imposible», señala María.
Esta trabajadora tenía a su cargo a un grupo de empleados que, por lo que fuera, «envidia o vete tú a saber el qué...», comenzaron a hostigarle. Con el paso de los meses, se derrumba y reconoce que su salud y la relación con sus familiares se resiente: «Mi marido sufría toda mi tensión». En ese momento, recibe ayuda psicológica y toma una decisión: «Comencé a ignorar a las personas me hacían daño y..., les vencí». María, actualmente, sigue en su puesto de trabajo y no duda en afirmar que «un buen apoyo es la mejor manera de vencer el acoso moral».

LA RIOJA.-Local.

ENRIQUE RAPOSO | SECRETARIO DE ACCIÓN SINDICAL DE UGT
«La normativa de riesgos laborales es insuficiente»
Con la intención de lograr un sistema preventivo que garantice la seguridad de los trabajadores, el secretario de acción sindical de UGT, Enrique Raposo, subraya la dignidad de las condiciones de trabajo como base para una correcta salud laboral.
R.V./LOGROÑO

- ¿Cómo se pueden reducir los datos de siniestralidad?

- El respeto a la salud del trabajador debe ser el criterio normal de actuación en la prevención de riesgos laborales. Los empresarios y la Administración deben tener conciencia de que el trabajo se hace 'en vida' y, por lo tanto, asumir sus responsabilidades. En nuestra Comunidad tiene que haber un compromiso que rompa la parálisis que vivimos en el ámbito de la seguridad laboral.

- ¿Qué sector debe tomar mayores precauciones?

- El sector más peligroso, sin duda, es el de la construcción. Después, se puede citar al segmento de manufacturas, el metal y la industria agroalimentaria. Con el desarrollo de nuevas ocupaciones, no se debe olvidar la proliferación de enfermedades con un matiz psicosocial. En este sentido, es preocupante el aumento del estrés y del 'mobbing' -acoso laboral-, en el sector servicios y en la propia Administración.

- ¿Cuáles son los grupos más propensos a sufrir un accidente la boral en nuestra Comunidad?

- Por segmentos, los jóvenes inmigrantes, debido a su escasa experiencia, y por la pobre formación en prevención que se les da en las empresas contratantes, son el grupo con más probabilidades de sufrir un accidente laboral. Por otro lado, se puede reseñar a la mujer como la principal afectada en los casos de acoso laboral.

- ¿Es suficiente la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

- Nunca una normativa es suficiente. Después de desarrollar los respectivos reglamentos sectoriales, la Ley se ha quedado corta. Necesita una renovación, puesto que no incorpora nada en relación con los nuevos métodos y sistemas de organización del trabajo.


CANARIAS 7.-Sociedad.

El juzgado admite una demanda por `mobbing' contra la ULPGC
Un técnico de Ingeniería Electrónica asegura que está siendo objeto de persecuciones, vejaciones y acoso por presentar una queja y demanda una indemnización de 16.000 euros y el cese de su minusvaloración
ANTONIO F. DE LA GÁNDARA
Las Palmas de Gran Canaria
Un Juzgado de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria ha admitido a trámite una demanda por acoso y maltrato laboral (mobbing) contra la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC). El técnico especialista del Departamento de Ingeniería Electrónica y Automática de la Universidad A.R.Q. asegura en su solicitud de auxilio judicial que desde que en junio de 1998 presentara una queja a sus superiores departamentales por supuesta marginación y menosprecio ha sido víctima de «una escalada de persecución, vejaciones y acoso laboral» injustificada.
A.R.Q. afirma que aunque la Gerencia de la ULPGC le aseguró en el pasado mes de marzo que desde enero se había solicitado «a la mayor brevedad» un informe sobre el supuesto acoso a la Dirección de la Secretaría Técnica de Organización al día de la presentación de la demanda no se le había informado de ningún resultado de tal investigación, y solicita al Juzgado que se le reestablezca «en la plenitud del ejercicio de las funcione propias de su categoría profesional» y se le reconozca el derecho a ser indemnizado por el «daño moral y profesional» que supuestamente le ha causado la situación con 18.000 euros (tres millones de pesetas).
Según detalla la demanda, A.R.Q. remitió en junio de 1998 a distintos responsables de Ingeniería -entre otros, al que luego sería su jefe de servicios- una queja en la que aseguraba ser víctima de una práctica de marginación y menosprecio laboral. El demandante fundamentaba su descontento en que, recapitula la demanda, «se le ignoraba absolutamente a la hora de adoptar distintas medidas e iniciativas en el laboratorio de electrónica digital», a pesar de que entre sus funciones se encontraba la de asegurar el cumplimiento de los fines de dicho laboratorio bajo la supervisión del responsable del servicio.
Reacción
El trabajador asegura que esta reclamación provocó en sus superiores una «reacción desmedida» que supuestamente comenzó con su descalificación como profesional competente para incidir en la coordinación y organización del laboratorio y que actualmente ha derivado en que no sólo no realiza las funciones propias de su condición profesional, sino que, detalla la demanda, «en dos de los laboratorios está limitado poco más que a funciones de apertura y en todo caso reducido a una situación humillante de ociocidad durante la mayor parte de su jornada».
A.R.Q asegura que el supuesto acoso no guarda relación alguna con una eventual impericial profesional, y recuerda que su anterior director de Departamento incluso le había recomendado para un cargo de dirección ante la Gerencia.


ABC.- Castilla y León 

Expertos creen que las carencias educativas favorecen la violencia

SEGOVIA. Las carencias educativas y la influencia de medios de comunicación llegan a hacer pensar en determinados sectores sociales que no hay límites a su conducta y les convierte en pasivos y tolerantes ante la violencia, eliminando las barreras entre el bien y el mal, así como entre la realidad y la ficción.
Ésta es una de las principales conclusiones del seminario «El fenómeno violencia: su análisis y prevención. El papel de la Educación sanitaria» que ha reunido el fin de semana en Segovia a medio centenar de educadores y sanitarios de distintas provincias españolas en un encuentro convocado por la Asociación Segoviana de Educación para la Salud «Alezeia».
La presidenta de «Alezeia», Isabel Serrano, explicó ayer a Efe que el objetivo de este encuentro es sensibilizar al sistema sanitario y educativo del papel que la educación tiene para la salud, facilitando la formación y la investigación en temas que no siempre se abordan con profundidad, como es el caso de la violencia y su relación con la educación y la salud.
Enfermedad social
En el seminario, los participantes han coincidido en destacar que la violencia «debe entenderse como una enfermedad social que está tan extendida que ha llevado a considerar sus manifestaciones cotidianas como situaciones normales y justificables», según explicó Serrano.
Otro de los factores que están en el origen de las actitudes violentas según las conclusiones de los expertos reunidos en Segovia, es la tendencia a «estigmatizar a un grupo o a aquellos que no actúan bajo un modelo, haciendo creer que son enemigos o que hay que destruirlos».
De cara al futuro, «Alezeia» aboga por integrar en los sistemas educativo y sanitario la construcción de instrumentos de detección precoz y la planificación de actuaciones preventivas de la violencia en el ámbito social, con el fin de poner los medios suficientes para conseguir una sociedad más tolerante y solidaria.

Miércoles, 30 de Abril de 2003


HERALDO DE ARAGÓN.- Nacional.

JUSTICIA

El Poder Judicial expulsa de la Audiencia Nacional a un juez que sólo iba al despacho dos días por semana
La sección que presidía tuvo que anular unos 20 señalamientos en dos años porque no avisaba a tiempo de los días que tomaba libres.

ALFONSO TORICES. Madrid | El pleno del Consejo General del Poder Judicial expulsó de la Audiencia Nacional al magistrado Emilio Martínez, presidente de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, por incumplir el deber de asistencia a su despacho, lo que supone una falta muy grave. La sanción, que obliga a participar a Martínez en el próximo concurso de traslados, se debe, entre otras infracciones, a que sólo acudía a su despacho dos días a la semana, jueves y miércoles, y este último sólo durante parte de la jornada. El único vocal que se mostró en contra de la sanción fue Alfons López Tena, propuesto por CiU.
Según el expediente elaborado por la Comisión Disciplinaria, Martínez Blanco "sólo acude al despacho dos días a la semana, los jueves y los miércoles, si bien el segundo día sólo parte de la jornada; asistencia que resulta insuficiente para la atención ordinaria del trámite y despacho de asuntos en lo que corresponde a las tareas propias de la presidencia de una sección de estas características".
El expedientado concentraba, según la inspección, los señalamientos para deliberación, votación y fallo de los asuntos que debía resolver la sección en un solo día a la semana (los jueves) y reservaba el resto de días laborables al estudio y preparación de las resoluciones a dictar.
La Inspección del CGPJ detectó que en la sección que preside el magistrado tuvieron que suspenderse entre los años 2001 y 2002 veinte señalamientos "por disfrute de permiso del ponente señor Martínez Blanco, quien no comunica siempre ni con la debida antelación al magistrado que deba sustituirle, ni tampoco a la secretaría, las fechas en las que hace uso de los permisos".
El sancionado mantuvo su inocencia durante el expediente y alegó que el origen del caso era el acoso laboral o "mobbing" al que le sometía el presidente de su sala, Eduardo Calvo. El CGPJ, sin embargo, rechazó estos argumentos. Martínez Blanco pedía el archivo de su expediente y culpaba al presidente de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional de haberle hostigado con fines difamatorios y de desprestigio, por lo que se reservaba emprender acciones civiles o penales contra él por "mobbing" o acoso psicológico o laboral.

LA TRIBUNA DE SALAMANCA.-Sociedad.

Una empresa deberá pagar 29.000 euros a un trabajador por 'mobbing'
Siendo diseñador gráfico le obligaba a cargar camiones y a hacer fotocopias
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a una empresa a indemnizar con 29.000 euros a un trabajador sometido a «acoso moral y vejación» tras solicitar un cambio de horario para poder atender mejor al niño pequeño que había adoptado.
Europa Press / Barcelona
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a una empresa a indemnizar a un trabajador que sufrió acoso moral en el trabajo o 'mobbing' por parte de la dirección con 29.000 euros. La empresa sometía al empleado a un férreo control y acabó despidiéndolo por «acumulación de faltas disciplinarias» después de obligarlo a realizar tareas inferiores a su categoría profesional. El trabajador, que tenía la categoría profesional de oficial en artes gráficas, tuvo que realizar tareas como cargar camiones o realizar fotocopias durante toda la jornada. El acoso se inició tras la incorporación del empleado a su puesto, después de haber solicitado una excedencia de cuatro meses para llevar a cabo la adopción de un niño. A partir de su reincorporación, la dirección de la empresa, Material de Edició Sociedad Limitada, de Terrassa (Barcelona), le sometió a un estrecho control. En una ocasión, el 17 de abril de 2002, el trabajador recibió una «comunicación», en la que se le ordenaba hacer un informe relatando o haciendo constar el trabajo realizado «hora a hora», durante toda esa jornada. Además de controlarlo férreamente y de someterlo a un trato completamente «particularizado» que no se aplicaba a ningún otro trabajador, la dirección le obligó en varias ocasiones a cargar camiones y se pasó siete días haciendo fotocopias, tareas muy por debajo de sus funciones profesionales.

EL PAIS.-Sociedad.

Indemnización para un hombre por acoso moral al adoptar un hijo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Terrassa que condenaba a una empresa a indemnizar con 28.851 euros a un trabajador que sufrió acoso moral y vejaciones cuando se reincorporó al trabajo tras un permiso para adoptar un hijo.
En concreto, la empresa de artes gráficas en la que trabajaba le denegó "sin motivo" un pequeño cambio de horario solicitado por el empleado exclusivamente para cuidar al menor, de tres años. Al reincorporarse al trabajo, la empresa modificó el horario del empleado, que pasó a ser de 9 a 14 horas y de 16 a 19 horas. El trabajador pidió poder entrar una hora antes para poder salir también una hora antes, pero la empresa se lo denegó. No sólo eso, sino que el empresario obligó al trabajador a entregar a diario un justificante de todas las tareas que hacía en la empresa hora a hora, lo que no debían hacer el resto de obreros. También le prohibió únicamente a él hablar por el teléfono móvil particular en horario laboral y le encargó tareas de fotocopias y de descarga de camiones, cuando su función era la de diseñador . Los jueces reconocen al trabajador la indemnización y la resolución del contrato y absuelve al Fondo de Garantía Salarial de costear estas cantidades.

LA NUEVA ESPAÑA.-Madrid

Archivado un expediente a Garzón por «sentencias socialistas y comunistas»
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Por otra parte, el Pleno del CGPJ acordó ayer, por 19 votos a favor y 1 en contra, imponer la sanción de traslado forzoso de destino al magistrado de la Audiencia Nacional Emilio Martínez Blanco, por incumplir el deber de asistencia a su despacho, ya que sólo acudía dos días a la semana, jueves y miércoles, y este último sólo parte de la jornada. El único vocal que se mostró en contra de la sanción fue Alfons López Tena, propuesto por CiU.
Martínez Blanco es presidente de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, destino del que ha sido despojado como consecuencia de la sanción. Ahora deberá concurrir al primer concurso de traslados que se convoque.
El afectado rechazaba la sanción y alegaba que el origen del expediente disciplinario que se le había abierto era el acoso laboral o «mobbing» al que le sometía el presidente de su Sala, Eduardo Calvo. El Consejo ha rechazado estos argumentos.

LA VOZ DE GALICIA.-España.

Expulsado de la Audiencia Nacional un juez que sólo iba dos veces por semana
-La sección que presidía anuló 20 señalamientos en dos años por no avisar de los días libres a
El pleno del Consejo General del Poder Judicial expulsó ayer de la Audiencia Nacional al magistrado Emilio Martínez, presidente de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo, por incumplir el deber de asistencia a su despacho, lo que supone una falta muy grave. La sanción, que obliga a participar a Martínez en el próximo concurso de traslados, se debe, entre otras infracciones, a que sólo acudía a su despacho dos días a la semana.

El único vocal que se mostró en contra de la medida fue Alfonso López Tena, propuesto por CiU.

Según el expediente elaborado por la comisión disciplinaria, Martínez Blanco «sólo acude al despacho dos días a la semana, los jueves y los miércoles, si bien el segundo día sólo parte de la jornada; asistencia que resulta insuficiente para la atención ordinaria del trámite y despacho de asuntos en lo que corresponde a las tareas propias de la presidencia de una sección de estas características».

Concentración de casos

El expedientado concentraba, según la inspección, los señalamientos para deliberación, votación y fallo de los asuntos que debía resolver la sección en un solo día a la semana (los jueves) y reservaba el resto de días laborables al estudio y preparación de las resoluciones a dictar.

La inspección del CGPJ detectó que en la sección que preside el magistrado tuvieron que suspenderse entre los años 2001 y 2002 veinte señalamientos «por disfrute de permiso del ponente señor Martínez Blanco, quien no comunica siempre ni con la debida antelación al magistrado que deba sustituirle, ni tampoco a la secretaría, las fechas en las que hace uso de los permisos».

El sancionado mantuvo su inocencia durante el expediente y alegó que el origen del caso era el acoso laboral o
mobbing al que se consideraba sometido por parte del presidente de su sala, Eduardo Calvo. El Consejo General del Poder Judicial, sin embargo, rechazó estos argumentos.

Martínez Blanco pedía el archivo de su expediente y culpaba al presidente de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional de haberle hostigado con fines difamatorios y de desprestigio, por lo que se reservaba emprender acciones civiles o penales contra él.
ALFONSO TORICES (MADRID)

EL PROGRESO DE LUGO.- Sociedad

Una empresa debe pagar 29.000 euros por 'mobbing'

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a una empresa, Material de Edició, a indemnizar a un trabajador que sufrió acoso moral en el trabajo o mobbing por parte de la dirección. La empresa sometía al empleado a un férreo control y acabó despidiéndolo

EL DIARIO VASCO.-Sociedad.
Al Dia
Expulsan de la Audiencia Nacional a un juez que sólo iba al despacho dos días a la semana
La sección que presidía tuvo que anular una veintena de citaciones en dos años
TORICES./COLPISA. MADRID


El pleno del Consejo General del Poder Judicial expulsó ayer de la Audiencia Nacional al magistrado Emilio Martínez, presidente de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, por incumplir el deber de asistencia a su despacho, lo que supone una falta muy grave. La sanción, que obliga a participar a Martínez en el próximo concurso de traslados, se debe, entre otras infracciones, a que sólo acudía a su despacho dos días a la semana, jueves y miércoles, y este último sólo durante parte de la jornada. El único vocal que se mostró en contra de la sanción fue Alfons López Tena, propuesto por CiU.

El CGPJ detectó que en la sección que preside el magistrado tuvieron que suspenderse entre los años 2001 y 2002 veinte señalamientos «por disfrute de permiso del ponente señor Martínez Blanco, quien no comunica siempre ni con la debida antelación al magistrado que deba sustituirle, ni tampoco a la secretaría, las fechas en las que hace uso de los permisos».

El sancionado mantuvo su inocencia durante el expediente y alegó que el origen del caso era el acoso laboral o mobbing al que le sometía el presidente de su sala, Eduardo Calvo. El CGPJ, sin embargo, rechazó estos argumentos. Martínez Blanco culpaba al presidente de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional de haberle hostigado «con fines difamatorios».

EL CORREO.- Cultura


SENTENCIA
Sufrió acoso laboral tras adoptar un hijo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a una empresa a indemnizar con más de 28.000 euros a un trabajador sometido a «acoso moral» y «vejación» tras solicitar un cambio de horario que le fue denegado para poder atender mejor al niño pequeño que había adoptado. La empresa obligó al trabajador a entregar a diario un justificante de todas las tareas que hacía hora a hora.

EL CORREO.-General.

AUDIENCIA NACIONAL
Expulsan a un juez por faltar a su despacho

El pleno del Consejo General del Poder Judicial expulsó ayer de la Audiencia Nacional al magistrado Emilio Martínez, presidente de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo, por incumplir el deber de asistencia a su despacho, al que sólo acudía dos veces por semana. El sancionado alegó que el presidente de su Sala le sometía a acoso laboral, pero su argumento fue rechazado.

ABC.-Valencia

Valencia celebrará el primer juicio penal por «moobing» con resultado de muerte

GEMA ALONSO
VALENCIA. Un Juzgado de lo Penal de Valencia celebrará antes de tres meses el primer juicio por «moobing» con resultado de muerte de España, en el que se imputa un delito de acoso laboral y tortura psicológica en el trabajo a un joven que falleció en un accidente tras protagonizar una de las continuas situaciones de tensión y enfrentamiento con su susperior. Tras concluir la instrucción y dictarse auto de apertura de juicio, la tesis de la acusación particular ha sido respaldada por el mismo fiscal, que pide una condena de un año de prisión para el único acusado, pena que el abogado de la familia de la víctima eleva a dos años, además de la correspondiente indemnización.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Requena admitió a trámite el 5 de octubre de 2001 una querella contra dos responsables del balneario de Cofrentes, el «maitre» y el director, J. T. F. y M. I. H. por un presunto delito de tortura psicológica y amenazas, denunciado por la familia de un joven trabajador de 18 años, I. P. , camarero en el restaurante del complejo, que falleció en un accidente con su motocicleta tras mantener una discusión con su responsable directo en la que «le echó a empujones tras darle una bofetada».
En un auto el Juzgado decidió incoar diligencias previas para el esclarecimiento de los hechos y determinar las posibles personas responsables.
Ahora, el letrado de los querellantes, Ignacio Gargallo, se muestra satisfecho, al igual que sus clientes, contentos de que el «complicado» caso haya llegado a juicio. El abogado basa su acusación en el «abuso de poder desmedido e injustificado del «maitre» hacia un trabajador a su cargo que provocó una situación insostenible y desembocó en su trágica muerte».
La querella se inició tras fallecer el joven, vecino de Ayora, el 16 de septiembre de 2000, cuando circulaba por una carretera comarcal cercana a su municipio. Había conseguido meses antes el trabajo, el primero de su vida. Al poco tiempo comenzó a tener problemas con el «maitre», que le empezó a «molestar y presionar de forma continua desde febrero del año 2000, diariamente y en aumento», con «agresiones verbales de humillación absoluta».

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