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Capítulo 9/La corrupción en tiempo de Chávez  

 

 

 

El ciudadano Miquilena

Luis Miquilena, dos veces ministro de Interiores de Chávez y luego severo crítico (foto: El Universal).

El 19 de noviembre de 1999 el CNE anunció que había recibido de la Asamblea el texto de la nueva Constitución Bolivariana, con la finalidad de que preparara la necesaria difusión del contenido, de cara al referéndum aprobatorio del 15 de diciembre.

El CNE tenía que ordenar la impresión de 8 millones de ejemplares del borrador constitucional, dijo el presidente del ente comicial, Andrés Caleca: "la producción y distribución de los folletos serán similares a las empleadas para hacer llegar a los electores la Gaceta Constituyente... Las tareas se encomendarán a varias empresas, a fin de que la difusión de la Carta Magna comience lo antes posible" (El Universal, 20/11/1999).

En verdadero tiempo récord los 8 millones de ejemplares de una versión popular de la Constitución ya habían sido distribuidos en todo el país "con lo cual se estima cubierto el universo de electores" explicaba el directivo del CNE, Eladio Hernández (El Universal, 06/12/1999).

Pero como recordaremos, entre las 46 denuncias públicas formuladas por el comandante Jesús Urdaneta Hernández, iba una en contra de Luis Miquilena, presidente para el momento de la Comisión Legislativa Nacional, según la cual participaba con 500 acciones en una sociedad empresarial denominada Impresores Micabú C.A., de la que además eran miembros el presidente de Multinacional de Seguros y financista de la campaña electoral de Chávez, Tobías Carrero; Manuel Quijada, ex constituyente y presidente de la Comisión de Reestructuración del Poder Judicial; y el empresario Carlos Bujanda.

Ante este hecho e investigaciones posteriores ordenadas por el fiscal Javier Elechiguerra, el Ministerio Público –como ya dijimos- había solicitado al Tribunal Supremo de Justicia que analizara la pertinencia de abrir un antejuicio de mérito contra Miquilena.

Para algunos de los miembros del llamado Congresillo no estaba claro si Miquilena gozaba de inmunidad plena como presidente de una organización legislativa no amparada suficientemente en la nueva Constitución, con el agravante de que sus 21 miembros tenían facultades legislativas pero no habían sido electos por sufragio popular sino a dedo. Este aspecto se fue aclarando y resultó que según el artículo 21 del reglamento de funcionamiento de la instancia, los miembros tenían inmunidad plena y sólo podían ser investigados por el Tribunal Supremo.

La otra duda que se debatía era si sería conveniente que Miquilena se retirara de la presidencia de la Comisión, mientras durara el proceso de investigación.

— ¿Está dispuesto a renunciar a la Comisión Legislativa? –fue increpado por los reporteros de la fuente parlamentaria.

Eso sería ridículo –respondió sobre la marcha.

— ¿Usted pediría al Congresillo que lo investigue?

— No, porque allí hay gente muy amiga mía.

—¿Qué es el puntofijismo para usted?

— Es esa línea de corrupción y de podredumbre. Hacer casas, tener una vida que no se corresponda con lo que el individuo gana, ser ladrón, inmoral, aprovecharse de la gente, tener ventajismo frente a los demás, no aplicar la ley, el tráfico de influencia.

Además de la impresión de las constituciones populares, el Fiscal también investigaba la sustitución de Seguros Capitolio por Multinacional de Seguros, mediante contrato firmado cuando Miquilena era ministro de Relaciones Interiores, en organismos como el Cuerpo Técnico de Policía Judicial. Funcionarios activos y jubilados habían elevado varias quejas al jefe del cuerpo, Carlos Fermín, donde aseguraban que sospechaban que no había ocurrido la licitación de rigor y que "los seguros fueron contratados sin autorización previa y desmejoran las coberturas contratadas en la póliza anterior" (El Universal, 190/02/1999).

Dos Tribunales, el 17 y el 24 de Control de Caracas, cuyos titulares eran Libia Bastidas y Zunilde Rodríguez, respectivamente, hicieron inspecciones en las empresas Multinacional de Seguros e Impresores Micabú al finalizar la segunda semana de febrero. Libros contables, registros, documentos y revisión de las instalaciones fueron analizadas a solicitud del Fiscal.

Posición accionaria en Impresores Micabú según copias certificadas del libro de accionistas

Total accionario de Luis Miquilena

500 acciones

Miquilena vende acciones el 07/07/1997 a la empresa Racana NV propiedad de Tobías Carrero

250 acciones

Miquilena traspasa acciones el 07/07/1997 a Manuel Quijada

75 acciones

Miquilena vende acciones el 20/01/1999 a Racana NV propiedad de Tobías Carrero

175 acciones

Quijada vende las 75 acciones traspasadas por Miquilena el 19/03/1999 a Racana NV propiedad de Tobías Carrero

75 acciones

Total accionario

500 acciones

Fuente: El Nacional y El Universal.

El secretario general de Patria para Todos, Pablo Medina, distanciado momentáneamente del presidente para la fecha, dejó caer su verbo ácido sobre las vicisitudes de Miquilena.

— ¿Ustedes coinciden con Arias en cuestionar la figura de Miquilena?

— Por supuesto. Miquilena ha sido un factor negativo en este proceso. Por ejemplo, en la Asamblea Nacional Constituyente él frenó el debate sobre la deuda externa. En tres ocasiones yo planteé a la directiva abrir ese debate. Miquilena se reunió con el Chase Manhattan Bank y frenó esto. ¡Cómo cambia el trato que le da Miquilena al PPT y a los comandantes cuando se reúne con la CTV y Fedepetrol! Con ellos sí se sienta a conversar...

El Presidente del Congresillo se sintió ofendido por Medina y le replicó en los siguientes términos (El Universal 28/03/2000):

— Es lamentable que ustedes (los periodistas) le den tanta importancia a una persona como Pablo Medina. El pobre, para lograr el título de un periódico es capaz de decir cualquier barbaridad, cualquier loquera, cualquier disparate. De tal manera que yo no le voy a hacer caso a Medina, él debiera ocuparse un poco más de los problemas de su organización. Que aproveche ahora que siquiera lo toman en cuenta, porque dentro de poco quedará tan devaluado que es muy difícil que siga tomando títulos en los periódicos. Pero yo no me voy a ocupar de él, por favor... ¿Quién en este país se ocupa de Pablo Medina?... Miren, Medina con su protagonismo es capaz de todo... ¿Y para eso fue que me llamaron?

— Se dice que usted participó en un desfalco en el CNE...

— Pregúntenle al Consejo Nacional Electoral y quedará demostrado hasta dónde llegó la infamia...

— ¿Es cierto que usted otorgó permisos para el funcionamiento de casinos, durante su gestión ante el ministerio de Relaciones Interiores?

— Eso es una infamia. Yo no di permisos para ningún centro de juegos. No tengo conocimiento absolutamente de eso, y sin embargo empiezan a disparar mentiras y falsedades. Yo puedo decir categóricamente que de mi despacho no salió en ningún momento permiso para eso.

— Dicen que en uno de esos casinos el presidente Chávez celebró su cumpleaños.

— Yo no fui a ese cumpleaños...

A los dos días enfiló baterías contra Arias Cárdenas (El Universal, 31/03/2000):

— Es un pobre diablo... Me tenía loco por el teléfono para que nombrara a sus amigos de la Comisión Legislativa del Zulia... Si los billetes de la Lotería del Zulia hablaran, qué cosas le contarían al país. El sabe que la investigación que se haga lo va a disparar a un calabozo, porque él sí es un auténtico delincuente...

Contratación y subcontratación de 1 millón de Constituciones Bolivarianas populares

Concepto

Monto

Contrato CNE-Impresores Micabú C.A.

Bs. 90.000.000

Subcontratación Impresores Micabú C.A.- con un segundo impresor

Bs. 60.000.000

Fuente: El Nacional.

Al ser interrogado por los fiscales asignados el caso Micabú: Domingo Hernández y Rafael Pérez Mochet; Miquilena señaló: "yo les pregunté cuál era la condición en la que me declaraban y categóricamente me dijeron que era como testigo" (El Universal, 14/04/2000).

— Lo que simplemente estaba planteado era si yo, para el momento cuando se hizo la operación que ustedes conocen con el Consejo Nacional Electoral, tenía algún vínculo con la empresa que contrató, la cual no fue la única que contrató. Yo demostré, y está comprobado hasta la saciedad, mediante inspección que se hizo en libros de la compañía por parte de un tribunal y un fiscal del Ministerio Público, que efectivamente a partir del 20 de enero de 1999 yo había hecho la venta de las acciones.... Luis Miquilena, a partir del 20 de enero de 1999, no tuvo nada que hacer con lo que hizo o con lo que se dejó de hacer en esa empresa.

Un sondeo de opinión insertado en la edición de El Universal del 15 de abril de 2000, pero realizado por la firma IVAD, daba cuenta de que del total de la muestra, 75,1% conocía la figura de Miquilena, pero 64,3% consideraba que tenía una imagen desfavorable y 35,7% lo contrario. De cada tres consultados, dos tenían malos pensamientos.

— ¿Está planteada o no la salida de Miquilena? –se le preguntó al ministro de Interior y Justicia, Luis Alfonso Dávila.

— No sé a que viene la pregunta... No está planteado. Que yo conozca, Luis Miquilena goza de perfecta salud.

— ¿Por qué se refiere a la salud de Miquilena, si las versiones no plantean una salida por esa razón?

— Bueno, yo lo que he dicho es que él goza de buena salud entre otras cosas...

— ¿Usted niega su renuncia?

— La renuncia de él depende de su voluntad, única y exclusivamente. No tengo conocimiento de que Miquilena haya pensado o planteado renunciar a nada... (El Universal, 5/04/2000).

Los rumores sobre una eventual renuncia de Luis Miquilena, o del fiscal Elechiguerra se apoderaron del país por espacio de 24 horas. Miquilena dio pie para pensarlo porque pasó más de un día sin dejarse ver y el Fiscal tuvo que salirle al paso a la versión: "no tengo planteado renunciar ni me siento presionado por nadie" (El Universal, 16/04/2000).

Tras una reunión en La Casona con Chávez, el presidente de la Comisión Legislativa Nacional reapareció advirtiendo que podía ser objeto de una trampa. Puso en evidencia a uno de los fiscales designados, Javier Gómez.

— Es un hombre de confianza y cómplice de Francisco Arias Cárdenas. No me extraña cuál puede ser el resultado de una investigación que tiene ese sello, ese contenido político, ese carácter de retaliación, porque para ningún venezolano es desconocido que el señor Arias cazó un pleito conmigo que yo no he buscado. Se está hurgando en todos los recovecos de la investigación para encontrar algún gazapo y armar algún tipo de acusación. No me extrañó esto cuando supe quién dirige la investigación. Un señorito que en este momento funge como gran figura de la Fiscalía, Javier Gómez, quien durante seis años fue el consultor jurídico del gobernador Arias Cárdenas. Es decir, no sólo era un hombre de su confianza, de su entorno, sino que era su cómplice en todos los desmanes administrativos, en todos los actos delictivos de Arias (El Universal, 16/04/2000).

Luis Miquilena recibió el respaldo de los colegas integrantes de la Comisión Legislativa Nacional y del Movimiento V República.

La inhibición del fiscal Elechiguerra por haber desempeñado funciones profesionales en la gobernación del Zulia, también fue revelada y solicitada por los abogados Jesús María Albornoz Arias, Hugo Castillo y Gustavo Molina.

— Es que aquí en la capital nunca se enteran de nada, pero en Maracaibo- comentaron en comandita- fue noticia de primera plana que Elechiguerra trabajó con Arias y también Javier Gómez, comisionado en esta investigación (El Universal, 19/04/2000).

Dos informaciones complementarias marcaron la pauta sobre el caso Miquilena en los medios de comunicación el 16 de abril. La salida de la Fiscalía del abogado asesor Javier Gómez y la filtración de los delitos por los que sería señalado el presidente de la Comisión Legislativa Nacional: malversación de fondos públicos, suministro de datos falsos y enriquecimiento ilícito.

Miquilena, sin soltar prenda, amenazó con hacer públicos varios informes internos de la Fiscalía relativos al caso pero que podrían dar un giro de 180 grados en la investigación. Quedó en suspenso.

En no más de 31 cuartillas y apenas 15 días antes de las llamadas megaelecciones, el martes 9 de mayo el fiscal Javier Elechiguerra presentó una querella ante el Tribunal Supremo de Justicia en contra de Luis Miquilena, presidente del Congresillo.

"Han emergido" –argumentaba- "elementos que, a juicio de los fiscales que han conducido la investigación, comprometen la responsabilidad penal del ciudadano Luis Manuel Miquilena Hernández, por presuntos hechos punibles cometidos durante el lapso que se desempeñó como Ministro de Interiores y encargado del Ministerio de Justicia... y posteriormente como presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, los cuales me conducen a presentar esta querella".

En resumen, la querella se sostenía en tres imputaciones:

A. Negociación celebrada entre el Consejo Nacional Electoral y la sociedad mercantil Impresores Micabú C.A.

B. Negociación celebrada entre el Ministerio de Justicia luego Ministerio de Interior y Justicia con la sociedad mercantil Multinacional de Seguros C.A.

C. Falsedad en la declaración jurada de patrimonio.

En cuanto al contrato suscrito entre el CNE y Micabú, el Fiscal sostenía lo siguientes puntos clave:

"... Cuando la empresa Impresores Micabú C.A. contrata con el Consejo Nacional Electoral la impresión de 1 millón de ejemplares del texto de Constitución aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente, el ciudadano... Miquilena, quien era presidente de ese órgano supraconstitucional, tenía participación accionaria mayoritaria en la referida empresa que, no obstante el alegato de haber sido vendida presuntamente por asiento en el libro de accionistas, es extraño que no haya sido notificada al Registro Mercantil, cuando eso no sólo es el comportamiento exigido por el Código de Comercio a los comerciantes, sino que dicha empresa siempre lo hacía..."

"De la realidad procesal existente, nos encontramos con el hecho de que el ciudadano... Miquilena, empleó en forma indebida la influencia o ascendencia cuando, en su condición de presidente de la Asamblea Nacional Constituyente..." procedió con la contratación.

"Presuntamente incurrió en el delito de tráfico de influencia, tipificado en el artículo 72 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público...".

Con respecto a la contratación con Multinacional de Seguros, los elementos fundamentales de la querella gravitaban así:

"Se observa del estudio de los elementos que cursan en autos, que el ciudadano... Miquilena se encuentra incurso en los presupuestos de hechos previstos en el artículo 61 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, esto es, el delito llamado por la doctrina malversación específica o sobregiro presupuestario, el cual se comete cuando el agente del delito, que tiene bajo su administración o custodia bienes del patrimonio público, se excede en las disposiciones presupuestarias, sin la observancia de las previsiones legales".

"Tenemos que en ejercicio del cargo de Ministro de Justicia encargado, el mismo ordenó que se renovara el Seguro de Hospitalización, Cirugía, Maternidad y Accidentes Personales, pero con una compañía aseguradora diferente a la que venía prestando el servicio como lo era Seguros Capitolio y, en su lugar, contratar con Multinacional de Seguros C.A., cuyo presidente es el ciudadano Tobías Carrero Nacar, quien, como quedó fehacientemente demostrado... era socio de Miquilena Hernández en otra empresa y demuestra con ello el interés de favorecer a una compañía que pertenece a alguien con quien lo unen vínculos de amistad y camaradería, hecho por lo demás público y notorio".

"Consta que el monto disponible y presupuestado era de 15 millones de bolívares mensuales y resulta que el monto mensual a cancelar desde el 01/05/99 al 31/12/99 con la nueva empresa fue de 34 millones 263 mil 459 bolívares, lo cual evidencia una diferencia considerable y en cuanto a la prima a pagar mensualmente para el año 2000 es de 50 millones 576 mil 153 bolívares, lo que viene a constituir un excedente o sobregiro de la partida presupuestaria por estos conceptos, y coloca a la República frente a posibles reclamaciones".

La imputación relacionada con la falsedad de la declaración jurada de patrimonio, puede ser resumida así:

"Se encuentra plenamente demostrado en autos que el ciudadano... Miquilena ‘ocultó’ al organismo competente que es socio desde el 10/05/88 de la Compañía Anónima Impresores Micabú C.A., tal y como consta en el expediente No. 31.853 que reposa en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, y poseedor actualmente de 175 acciones, cuya última modificación quedó asentada el 22 de febrero de 1999".

"Como consecuencia de la expuesto, el ciudadano... Miquilena... al no declarar las acciones que posee en esa empresa, adecuó su conducta a los presupuestos de hecho del artículo 73 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, que sanciona el delito de falsedad en la declaración jurada de patrimonio...".

— El caso de las investigaciones sobre Micabú y esas cosas en torno a Luis Miquilena nunca las recibí –declaró el presidente Hugo Chávez desde Barinas, al aclarar que Jesús Urdaneta Hernández jamás le había comunicado nada al respecto (El Universal, 12/05/2000).

El Tribunal Supremo de Justicia, ante la querella introducida, tenía no más de 30 días para decidir si había o no méritos para enjuiciar a Miquilena. En este sentido, designó al magistrado Alejandro Angulo Fontiveros de la Sala Penal para adelantar una ponencia. Otros dos magistrados, Jesús Eduardo Cabrera de la Sala Constitucional y Franklin Arriechi de la Sala Civil, supuestamente vinculados en el pasado a Multinacional de Seguros, se inhibieron previamente.

— ¿Cómo es que se llama el señor que era asesor legal de la empresa esta de los seguros, Multinacional, y que ahora está en el Tribunal Supremo? ¿Cómo es que se llama él? –nos sorprendió Angela Zago con una pregunta.

— Depende, porque es que hay varios –respondimos.

— ¡Uno que es importante en el Poder Judicial! –nos insistió.

— Es que hay varios que reúnen ese perfil...

— Bueno, el punto es que ninguno de esos señores puede figurar aquí ni como juez tercero.

— ¿Por qué lo considera así? –ahora preguntamos nosotros.

— Aunque sea el mejor profesional en derecho, si viene de una empresa que está siendo juzgada por corrupción administrativa tú lo tienes que sacar de inmediato y decirle: ‘lo siento pero, lamentablemente, tú estabas vinculado a esta empresa, por lo tanto tú no puedes estar aquí. Yo no puedo meter a una gente comprometida conmigo a que me investigue. Yo no conozco mucho de estas cosas, pero son asuntos que se te presentan fáciles de manejar, porque están a la luz pública.

El 22 de mayo y con una correlación de 15 votos a favor y tres salvados de los magistrados José Peña Solís, Octavio Sisco y Levis Ignacio Serpa, el Tribunal admitió el antejuicio de mérito, lo cual allanaba el camino para la primera audiencia pública en el máximo Tribunal desde la entrada en vigencia del COPP. No estuvieron presentes los magistrados Jorge Rosell y Rafael Pérez Perdomo.

— El acto será público, porque la publicidad garantizará la transparencia y el control sobre los hechos que allí se expongan o denuncien – anunció el presidente del Tribunal, Iván Rincón Urdaneta(El Universal, 30/05/2000).

La audiencia fue fijada para el 2 de junio a las 11 de la mañana y en los días precedentes el magistrado Rosell había deslizado la tesis de que una mayoría podía tomar una decisión con una clara "connotación política" (El Universal, 02/06/2000).

El país prácticamente se paralizó cuando comenzó la audiencia transmitida en vivo y directo por todos los canales de televisión:

Fiscal Javier Elechiguerra: "Les confieso que este acto que se va a celebrar hoy, pues confío plenamente en que sea un acto pedagógico para la sociedad venezolana que en estos momentos está tan necesitada de la construcción de una verdadera democracia. Este es un acto que a mi juicio no se trata de problemas personales, no es Javier Elechiguerra contra don Luis Miquilena. Es simplemente el funcionamiento de las instituciones".

Abogado Omar Mezza Ramírez, defensor de Miquilena: "Estamos asistiendo a un acto muy importante y al mismo tiempo a un drama que se desarrolla en una institución pública fundamental para el país, como lo es la Fiscalía General de la República. Ese drama que ha sido reconocido públicamente aquí en esta hora por el propio Fiscal, que acaba de manifestar que no acusa pero acusa; que no viola los derechos fundamentales, pero los ha violado; que no pasa por sobre los derechos procesales, ese debido proceso que él está obligado a garantizar de acuerdo con la Constitución y con las leyes y, sin embargo, no garantiza el debido proceso".

Presidente del Congresillo, Luis Miquilena: "Les voy a pedir excusas a ustedes porque voy a referirles una anécdota, rompiendo lo que ha sido una constante en mi vida, de no hablar de mí. Pero necesito por algunas circunstancias referirme a mí en este hecho trascendental para la historia de mi vida...".

Para el entonces candidato presidencial Arias Cárdenas, la acusación no podía caerse, salvo que estuviera funcionando "una manipulación muy fuerte".

— En ningún tribunal decente del mundo Miquilena podría sacudirse sus responsabilidades administrativas y penales (El Universal, 03/06/2000).

Ante la duda de por qué se había presentado una querella mas no una acusación, el fiscal Elechiguerra explicó que "la audiencia oral no responde a una acusación, sino a una querella para solicitar la aprobación del máximo organismo judicial y para llevar adelante la investigación. De haberse acusado, se hubiesen violado principios constitucionales. Por eso, y en respeto por el cargo público que desempeña Luis Miquilena, se solicitó el antejuicio de mérito, que no es más que una prerrogativa procesal que persigue la búsqueda de elementos de convicción, obtenidos de forma lícita, tal como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal sobre la solicitud de las pruebas. No acuso, entonces, porque tengo que dar derecho a la defensa" (El Universal, 03/06/2000).

Pero la verdadera noticia de la audiencia oral fue cuando Miquilena, en un derecho de réplica concedido al final, exhibió un documento sorpresivo, al respecto del cual explicó:

— Esto no puede quedarse en el hecho de enseñarle al país la diferencia entre una querella y una acusación, porque lo honesto es decir que el fiscal Javier Elechiguerra le ordenó al Juez Séptimo de Control que hiciera una inspección, y le presentara un informe referido a los seguros que había contratado el Ministerio de Relaciones Interiores. Pero él no esperó dicho informe para presentar su querella ante el Tribunal Supremo. ¿Será que había algún interés oculto?, porque él sabe que esta acusación en mi contra no puede prosperar. Además, él se precipitó a plantear una querella adelantada, sin tener en sus manos el informe elaborado por la Guardia Nacional, por orden de un juez de la República. El Fiscal tiene este documento en sus manos desde hace 20 días, pero no lo anexó a la querella. Pero ustedes deberían tenerlo señores magistrados, ya que destruye la teoría en relación con el sobregiro en la cláusula de siniestridad (sic) y la presunta preferencia con Multinacional de Seguros".

Sorprendiendo a propios y extraños, Luis Miquilena emplazó al Fiscal por ocultamiento de pruebas, violación al debido proceso y del derecho a la defensa. Funcionarios del gobierno, como el ministro Luis Alfonso Dávila, y otros personeros como los magistrados Franklin Arriechi (inhibido) y Pedro Rondón, plenaron la sala y acompañaron al funcionario acusado. Su abogado, Omar Mezza, retó a Elechiguerra: "debe renunciar esta misma tarde".

— El presidente del Congresillo pasará a la historia con la vergüenza de haber sido, además de corrupto, un hombre al que le faltó valor para enfrentar la justicia –replicaba Jesús Urdaneta Hernández, al calificarlo de llorón (El Universal, 05/06/2000).

Mientras tanto el fiscal Elechiguerra recurrió a una rueda de prensa el 6 de junio para aclarar que "fui acusado de ocultamiento de pruebas".

— Pues bien. Aquí está el expediente y ese expediente arroja datos muy interesantes, del que solamente dada la transparencia, yo voy a suministrar algunos puntos. En primer lugar, el expediente llegó al edificio el 29 de mayo, lo cual demuestra de una manera muy clara que es falso lo que se afirmó de que era desde el mes de marzo que estaba en mi poder. De tal manera que para la fecha en la cual se intentó la solicitud de antejuicio de mérito, pues no estaba en poder del Fiscal General de la República ese documento... El día de la audiencia oral, todos los funcionarios del Ministerio Público fuimos sorprendidos cuando uno de los jefes de Seguridad (Rafael Betancourt) estaba escoltando al señor Miquilena. Yo no quiero decir con esto nada, sino que simplemente él tiene que ver con la investigación.

El punto era: ¿Por qué Miquilena tenía y había hecho uso de un documento dirigido al Fiscal antes de que Javier Elechiguerra lo hubiera anexado al expediente? ¿O era que el Fiscal disponía del escrito desde el 16 de mayo y no desde el 29, como lo afirmó el abogado Omar Mezza?

El fallo absolutorio de Miquilena se conoció antes de que el Tribunal Supremo lo divulgara y argumentara: "... favorece al presidente de la Comisión Legislativa... y declara que no existen méritos para su enjuiciamiento, ya que resulta evidente la inocencia del querellado" (El Universal, 08/06/2000).

En efecto, el 8 de junio de 2000 la sala plena accidental del TSJ discutió la siguiente decisión con 16 votos a favor de un total de 20 magistrados, en ponencia redactada por el magistrado Alejandro Angulo Fontiveros el 30 de mayo de 2000:

"En relación con la primera imputación, nota la Sala Plena Accidental que en la explanación que hizo el ciudadano Fiscal General de la República concentró parte de sus argumentos en el muy específico aspecto de si para la cesión o venta de las acciones de una sociedad anónima y en términos de legalidad, basta con que se haga el traspaso en el libro de accionistas: no es así en el criterio del Fiscal General de la República, quien aseveró que además hay que efectuar la participación a la Oficina del Registro Mercantil y según lo dispuesto en los artículos 217 y 221 del Código de Comercio... En suma: la legislación, la jurisprudencia del máximo Tribunal y la doctrina nacional sostienen que la propiedad de las acciones nominativas y su traspaso se prueba mediante su inscripción en los libros de la compañía... De lo expuesto con anterioridad, debe indudablemente concluirse en que el Presidente de la Comisión Legislativa Nacional, ciudadano... Miquilena, sí había cedido o vendido sus acciones el 20 de enero de 1999".

"Se ha establecido indudablemente que el Presidente de la Comisión Legislativa Nacional, cedió sus acciones. Y en el supuesto negado de que no se hubiera consumado la venta de las acciones porque no se notificó a la Oficina de Registro Mercantil, lo cierto es que, por lo menos, él creía que había cedido o vendido sus acciones en Impresores Micabú C.A. Y si en su fuero interno creyó que ya había cedido o vendido dichas acciones, mal hubiera podido declararlas como de su propiedad cuando hizo la declaración jurada del patrimonio público que ordena el artículo 5 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público".

"No puede pretenderse que la cláusula de siniestralidad conduzca a un sobregiro delictuoso, puesto que se trata de un alea y como tal de una verificación incierta. Aparte de esto, cabe hacer énfasis en que el asegurado tiene la facultad de aceptar o no el denominado ajuste por siniestralidad y por tanto es imposible que al momento de suscribirse el contrato de seguro surja ipso facto un compromiso  monetario cierto para el Estado (lo cual sería imposible también por lo imprevisible del monto de dicho ajuste) y por ende la posibilidad de que en un futuro sea demandado éste por tal motivo... De lo expuesto con anterioridad, es obvio que no existe sobregiro presupuestario alguno, porque de haberlo la Ley establece la obligación de rechazar la orden de pago".

"En virtud de las consideraciones... el Tribunal Supremo de Justicia, en sala accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con los artículos 377, 379 y 381 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a dictar los siguientes pronunciamientos:

1) Declara que no hay mérito para el enjuiciamiento del presidente de la Comisión Legislativa nacional, ciudadano, Luis Manuel Miquilena Hernández, venezolano, mayor de edad, divorciado y portador de la cédula de identidad V- 466.699, solicitado por el fiscal general de la República, ciudadano Javier Elechiguerra Naranjo.

2) Decreta el sobreseimiento según el artículo 378 del Código Procesal Penal".

Miquilena, una vez más, enfiló sus baterías contra el Fiscal, al acusarlo de ser "un asalariado de Arias Cárdenas":

— Ese es el cable pelado que le tiene el candidato presidencial Francisco Arias Cárdenas, quien lo obligó a hacer esa acusación, a que haya ido a un tribunal con esa jerigonza, a dar vergüenza ante el país –explicó al mostrar la fotocopia de un cheque por 500 mil bolívares que cobró Elechiguerra como asesor legal de la gobernación del Zulia (El Universal 08/06/2000).

El Fiscal consideró que el Tribunal Supremo se excedió en el pronunciamiento de declarar inocente a Miquilena, cuando lo que se discutía era si era o no procedente el antejuicio de mérito: "jurídicamente hablando nunca procedía un sobreseimiento de la causa, ya que ésta es una forma de dar por terminado el proceso" (El Universal, 08/06/2000).

Los cuatro magistrados que no estuvieron de acuerdo con la ponencia absolutoria de Luis Miquilena fueron: Carlos Escarrá, Jorge Rosell, Héctor Peña Torrelles y Rafael Tinoco.

— ¿Cómo valora las consecuencias que le acarreará al gobierno, al proceso político, a su candidatura y a la credibilidad de las instituciones el sobreseimiento de la causa en el caso de Luis Miquilena? –le preguntó el periodista Roberto Giusti al presidente Chávez (El Universal, 09/06/2000).

— En primer lugar desconozco la versión, pero en asuntos como el caso de Miquilena, Cavendes o las elecciones, el Presidente no debe meter la mano para nada. Ni a favor ni en contra de nadie. Que pase lo que tenga que pasar, que cada una de las instituciones nacientes y de los dirigentes asuma su papel. En el caso de Luis, dada la cercanía, lo afectivo en lo político, absolutamente he metido la mano, ni el ojo, ni la opinión, para nada. Cualquier cosa que yo diga en este momento pudiera tomarse como una presión indebida, como una opinión del jefe del Estado. Sólo te ratifico que debemos verle el lado positivo a estos casos. Se están sometiendo a prueba unas instituciones nacientes y eso es bueno. El intento democrático anterior falló porque nació bajo el signo del acuerdo político cerrado y ya se sabe que ‘árbol que nace torcido nunca su rama endereza’"...

— ¿El sobreseimiento de la causa de Miquilena no es la demostración de que este árbol nació torcido?

— Si alguien dice eso, debe sustentar su afirmación.

— Eso es lo que ya se está diciendo.

— ¿Cómo evitar –dijo Chávez- que se diga tal o cual cosa? Ante la ligereza que en el país se ha desatado en los últimos tiempos, ante la subjetividad que reina en muchos espacios y ante la crítica por la crítica, a veces irracional, sin sustento, debo seguir haciendo un llamado al buen juicio y a la objetividad. El país lo necesita.

La sombra de un posible juicio contra Elechiguerra fue estimulada desde la parte reivindicada:

— El que hace daño debe repararlo... la justicia es completa cuando se reparan los daños –sentenció Luis Miquilena-. Mi nombre ha sido expuesto al escarnio público de una manera temeraria y ese es un problema que tenemos que estudiar, con la debida ponderación, con el criterio más adecuado y en el debido momento (El Universal, 10/06/2000).

Con respecto a los cuatro magistrados que salvaron su voto, dijo:

— Yo les voy a demostrar, dentro de poco, parte de un camino para establecer tribus judiciales, en el cual no está exento ni el Fiscal ni algunos de los funcionarios que salvaron su voto, incluyendo al magistrado Escarrá... Sus votos son totalmente irracionales, tanto antes como ahora" (El Universal, 10/06/2000).

Se la dedicó al magistrado Carlos Escarrá: "El no ha debido ser juez en este caso. Todo el mundo sabe que es socio de Elechiguerra, que formaba parte de los que martillaban con las mesadas que le llegaban mensualmente del Gobernador del Zulia y recibían un sueldo. Él y Elechiguerra forman parte de los que manejaban la política del Gobernador. No sé si tendría la suficiente ética como para tener capacidad de servir de juez en un caso como éste, donde tenían un interés tan importante tanto el señor Arias como él mismo. Por eso quiero saber en qué se basan los votos salvados" (El Universal, 10/06/2000).

— Les garantizo –aclaró Miquilena a los periodistas- que no tenía conocimiento del contenido de la ponencia ni nada que se refiera al proceso.

Francisco Arias Cárdenas no ocultó el desagrado y señaló: "estoy arrepentido de haberle presentado a Iván Rincón Urdaneta (presidente del Tribunal Supremo) a Chávez".

— Siento que esta justicia no se ha comportado como se esperaba. Esta sentencia es una muestra de que el poder termina por deteriorar lo que debería ser la conducta imparcial de un verdadero magistrado... Esto es un adefesio, una cachetada a la fe de los venezolanos (El Universal, 11/06/2000).

Para el secretario general del PPT, Pablo Medina, "Luis Miquilena no es inocente".

— No puedo decir que es culpable porque no hubo juicio. Pero Miquilena no es inocente... Miquilena ha sabido usufructuar este proceso de cambios... El apareció cuando los oficiales estaban presos en Yare y desde allí se coleó y ocupó posiciones muy importantes, hasta ser la mano derecha (de Chávez)... y Ministro de Relaciones Interiores. Desde allí empezó con sus amigos, a otorgar contratos de seguros... (El Universal, 11/06/2000).

Ante la posibilidad de que el fiscal Elechiguerra emprendiera un juicio moral contra Miquilena desde el Consejo Moral Republicano, el canciller José Vicente Rangel fijo posición:

— El proceso que le siguió al presidente de la Comisión Legislativa Nacional, Luis Miquilena, es un caso cerrado –dijo-. Los juicios morales son equívocos y suelen revertirse. La última palabra la tiene el Tribunal Supremo y la Constitución Bolivariana tiene plena vigencia pero no para emitir juicios morales (El Universal, 14/06/2000).

Al día siguiente, el Consejo Moral Republicano resolvió no tomar en consideración una propuesta de Elechiguerra para aplicarle sanciones morales a Luis Miquilena. Con respecto a los votos salvados, el núcleo argumental de cada uno fue así (El Universal, 30/06/2000 y 01/07/2000):

Magistrado Jorge Rosell: "este juez hizo énfasis en las dudas existentes sobre los nexos de amistad entre Luis Miquilena y algunos accionistas y directivos de las empresas Impresores Micabú y Multinacional de Seguros". Consideró que el caso no debió cerrarse porque era necesario seguir indagando la relación mercantil y de amistad Miquilena-Carrero. "Se nos obligó a tomar una decisión, a pesar de que existen alrededor de media docena de antejuicios por decisión, y que fueron solicitados antes".

Magistrado Carlos Escarrá: "de un cúmulo de pruebas documentales, había testimonios, presunciones y expresas disposiciones prohibitivas de la ley, que hacían más que sana, necesaria, la declaratoria de mérito para que Miquilena ejerciera su derecho a desvirtuar tales pruebas y consolidar su inocencia, si fuera el caso... No he querido, ni quiero prejuzgar sobre la culpabilidad o no del imputado, ni sobre la veracidad en la consumación de los hechos alegados por el fiscal Javier Elechiguerra".

Magistrado Héctor Peña Torrelles: "Miquilena sí ocupaba el cargo de ministro de Justicia cuando le otorgó el contrato de póliza a Multinacional, puesto que luego abandonaría para dedicarse a la campaña para la Asamblea Constituyente, la cual fue financiada por el presidente de la misma empresa, Tobías Carrero... Micabú estaba impedida para celebrar el contrato con el CNE, porque la Ley de Administración Central establece que debería transcurrir un año de la venta de las acciones a Tobías Carrero, por parte de Miquilena". Agregó: "la decisión impidió la búsqueda de la verdad... sí había méritos para enjuiciar a Miquilena por estar incurso en tráfico de influencias y sobregiro presupuestario...La venta de acciones por parte de Miquilena se efectuó 309 días antes dela citada contratación por tanto Micabú estaba impedida para celebrar el contrato con el CNE".

Magistrado José Rafael Tinoco: "Me permito informarles que en la oportunidad en que fuera aprobado el proyecto de sentencia que declaró que no había méritos en el caso del antejuicio que nos ocupa, había solicitado al inicio de la sesión respectiva, en términos más o menos textuales, que ante el tribunal de mi conciencia no había terminado de formar opinión sobre el asunto debatido, razón por la cual, siendo legalmente posible, solicitaba un diferimiento de cinco días, el cual fue negado por el magistrado ponente, Alejandro Angulo Fontiveros, de acuerdo con la práctica de la sala".

El capítulo entre los magistrados finalizó cuando el ponente Alejandro Angulo Fontiveros, se sintió difamado por su colega Carlos Escarrá, "quien habría sugerido en un voto salvado que la ponencia por él redactada fue manipulada a favor del presidente del Congresillo, Luis Miquilena" (El Universal, 14/07/2000).

El caso de Luis Miquilena básicamente encontró final, sin antes levantar una nueva incidencia. Como los abogados de Tobías Carrero habían interpuesto un amparo previamente admitido por la Sala Constitucional, el Tribunal Supremo llamó a audiencia al fiscal Elechiguerra:

— Es extraño que el Tribunal Supremo haya reactivado los casos Micabú y Multinacional de Seguros, después de que la Sala Plena prohibió a la Fiscalía que continuara las investigaciones... Pero yo no quiero pensar que estamos ante una maniobra política, aunque sea ésta la primera vez que un Fiscal tiene tres juicios pendientes en el máximo tribunal... La Fiscalía General no ha realizado ninguna actuación que permita aseverar que aún se está investigando al empresario Tobías Carrero o a Manuel Quijada (El Universal, 03/10/2000).

No se puede dejar de lado que el proceso a Luis Miquilena llevó aparejado el episodio del diario La Razón, cuyo director Pablo López Ulacio fue detenido en un enfrentamiento legal ante su negativa de seguir mencionando al empresario Tobías Carrero. La primera medida de detención fue dictada por el juez David Pérez Perera, a cargo del Tribunal 4to. de Juicio. Pero el inspector de Tribunales René Molina solicitó la destitución del funcionario judicial por considerar que no fue transparente con la medida.

El caso ciertamente pasó a manos del juez 14 de Juicio, Graudi Villegas, pero desató un enfrentamiento entre el diario y Luis Miquilena, quien llegó a declarar: "sería vergonzoso que esos despreciables palangristas sin ética me elogiaran" (El Universal 13/07/2000). También se enfrentaron la esposa del editor, Alejandra Hurtado, quien recusó a Manuel Quijada, presidente de la Comisión de Emergencia Judicial; y el inspector René Molina y Miquilena, cuando el primero solicitó al Tribunal Supremo de Justicia un recurso pues el Presidente de la Comisión Legislativa había señalado sus "tendencias homosexuales", supuestamente.

— Si Miquilena como ciudadano se siente aludido por la decisión que yo tomé en el caso La Razón -señaló Molina-, entonces le corresponde actuar en las esferas específicas; pero, tendría que despojarse de su condición ya que él no puede estar arrojando improperios en mi contra, desde la esfera de la Comisión Legislativa... Por eso quiero acudir ante la instancia apropiada, porque yo quiero que me digan si la Constitución Bolivariana, en la separación de los poderes, permite que el máximo representante de un órgano del Estado se permita el lujo de censurar a otro órgano, que ha actuado dentro de la esfera de su competencia" (El Universal, 14/07/2000).

René Molina denunció públicamente presiones ejercidas por Miquilena: "Fui objeto de presiones en la sustanciación del proceso contra el juez que conocía el caso La Razón, ya que recibí la llamada telefónica del señor Miquilena, quien me indicó la inconveniencia de continuar adelante (El Universal, 15/07/2000).

— Al negarme a esa presión –agregó- me convirtió en objeto de sus insultos. Miquilena convirtió a la institución que represento en centro de objeciones: 1) Mis actos debieron ser previamente consultados, no sé a quien; y 2) tales actos se debieron a una supuesta homosexualidad que no debía ser divulgada por los medios y que en consecuencia esos actos fueron producto de un chantaje.

Al calor del debate, Manuel Quijada, presidente de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial, admitió públicamente que había objetado la destitución del juez Pérez Perera:

— Pero lo hice como amigo y sin la intención de presionar, ya que he mantenido una relación de amistad sincera y leal con él (Molina), por eso sólo le dije que tuviera cuidado con esa acusación contra el juez del caso La Razón, porque iba a politizar el proceso evaluativo y con eso iba a dañar a la comisión que yo presido, al proceso y a él mismo (El Universal, 18/07/200).

Luis Miquilena asoció los nombres de René Molina y del magistrado Carlos Escarrá en los siguientes términos: "compinches" (El Universal, 19/07/2000).

— Yo nunca dije (lo de la homosexualidad), y no lo puedo decir porque no me consta que el señor René Molina es un homosexual, esto lo dijo un periódico... La intención mía fue alertarlo a él, decirle: ‘no se deje presionar por eso y si usted está limpio de culpa afronte la circunstancia’.

— ¿Usted conocía estas denuncias contra Molina? –le preguntaron a Miquilena.

— Si yo hubiera sabido la mitad de las cosas que sé hoy, jamás hubiera votado por él.

René Molina presentó la renuncia como Inspector General de Tribunales ante el magistrado presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Iván Darío Rincón, el 8 de agosto de 2000. Seis meses más tarde, el 9 de febrero de 2001, la Corte Interamericana de Derechos Humanos le ordenó al Estado venezolano restablecer la libertad individual y la libertad de prensa al editor del semanario La Razón, Pablo López Ulacio, al considerar que se le venían violentando las garantías procesales en el juicio que por difamación le intentaba el empresario Tobías Carrero.

De acuerdo con la abogado Mayra Vernet, viuda de Manuel Molina Gásperi, ex director de la PTJ fallecido en un accidente aéreo, son 8 los "pecados" por los que el periodista Pablo López Ulacio no debería mencionar el nombre de Tobías Carrero (El Nacional, 29/07/2001):

"Primero, dijo que el entonces ministro del Trabajo, Leopoldo Puchi, le adjudicó a Multinacional de Seguros todas las cuentas de ese ministerio y que Esther de Margulis, de un plumazo, también le otorgó los seguros del patrimonio de Fogade.

Segunda imputación falsa: señaló que era una inmoralidad que Margulis le haya asignado todos los activos de Fogade a Multinacional de Seguros cuando esta firma le debe millones al Banco Latino que fue intervenido y auxiliado por Fogade.

Tercera: que Multinacional de Seguros no sólo es una deudora contumaz, sino que además está demandada por el Estado (Fogade) por negarse a pagar sus deudas.

Cuarta: que, a través del tráfico de influencias, Tobías Carrero ha logrado la adjudicación de contratos millonarios.

Quinta: que el viaje de Luis Miquilena y otras personalidades a Estados Unidos, el día 5 de enero de 2000, fue realizado en la aeronave siglas 652 Charlie Papa, propiedad de Carrero.

Sexta: que Carrero ha amenazado a Santiago Alcalá con darle una paliza, con torcerle los testículos, y que lo espía.

Séptima: que la querella presentada por Multinacional de Seguros es una estrategia de terrorismo judicial y guerra sucia para destruir La Razón.

Y octava: que el país se pregunta quien se queda con las comisiones, a propósito de los contratos de seguros. Esos ocho puntos son los que nosotros consideramos difamatorios".

 

   

 

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