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1565, febrero, 14. Alhambra.
Autos de la denuncia del fiel de la Alhambra contra Alonso el Cama, tendero, por tener en su tienda panes faltos de peso.
AHA, Leg. 223, p. 69, 1 fol.

(Cruz). En el Alhambra, XIIIIº dias del mes de hebrero de mill e quinientos e sesenta e çinco años.

Antel señor Pedro Silvente de Mieres, alcalde mayor en la dicha Alhambra, paresçió presente Garçia de Hontiveros, fiel desta Alhambra, e denunçió de Alonso el Cama, tendero en esta Alhambra, que le tomó en su tienda diez panes, los quales tenia en ella para vender e tienen menos vna onça de lo que han de tener.

Pidió que se proçeda contra él.

E juró la denunçiaçion en forma.

E luego, yncontinente, en presençia de mí, el dicho escriuano, se pesaron los dichos diez panes en la dicha tienda del dicho Alonso el Cama, e se halló tener cada vno dellos menos vna onça entera de a libra.

E dello yo, el dicho escriuano, doy fee.


Confesion del dicho Alonso el Cama.

E luego se tomó e resçibió juramento en forma de derecho del dicho Alonso el Cama.

So cargo del qual dixo ques verdad que cada vno de los dichos diez panes le falta vna onça de los que han de tener, e ques verdad que han de tener libra cabal, e lo tiene en su tienda para vender como tendero.

E questa es la verdad so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó porque no sabia.


/Sentençia./ En el Alhambra, catorze de hebrero de mill e quinientos e sesenta e çinco años.

El dicho señor Pedro Silvente de Mieres, alcalde mayor en la dicha Alhambra, aviendo visto lo susodicho, condenó al dicho Alonso el Cama en perdimiento de los dichos diez panes, los quales aplicó a quien e como la hordenança desta Alhambra los aplica, y asimismo le condenó en çient maravedis de pena, los quales aplicó a quien e como la dicha hordenança los aplica, y en las costas en esta cabsa derechamente fechas, cuya tasaçion en sí reservó. E por este su abto e sentençia asi lo pronunçió e mandó.//

/Notificaçion./ E luego, yncontinente, este dicho dia, XIIIIº de hebrero del dicho año, yo, el escriuano yuso escripto, notifiqué la dicha sentençia al dicho Alonso el Cama, de que doy fee.

Testigos, Antonio de Lus e Juan de Carrion, vezinos de Granada.


                                       
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