Page 738 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil Familia
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¿SE PUEDE CONDICIONAR EL RÉGIMEN DE VISITAS DEL PADRE, A
ENCONTRARSE AL DÍA EN EL PAGO DE LA PENSIÓN DE
ALIMENTOS?
Por: Patricia Villena
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del-padre-a-encontrarse-al-dia-en-el-pago-de-la-pension-de-alimentos/
El Régimen de Visitas es el derecho-deber de los padres que no ejercen
tenencia de sus hijos a relacionarse y comunicarse con ellos. Se procura la
subsistencia y consolidación de la relación paterno-filial, luego de la
separación de los progenitores. Implica cada una de las relaciones
personales necesarias y requeridas para el desarrollo y fortalecimiento de
las relaciones familiares.
Al producirse la ruptura de la convivencia familiar, se puede afectar la
relación del padre o madre con sus hijos, cuando no se ejerce la tenencia de
ellos. Por ello, a través del Régimen de Visitas se busca un mayor
acercamiento de los menores con sus progenitores para reconstruir, la
relación que existían mientras vivía bajo el mismo techo y proteger así, sus
legítimos afectos y solidaridad familiar, teniendo siempre como principal

