Page 90 - Pleno Jurisdiccional Nacional Sobre Violencia Contra la Mujer
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| Martín A. Sotero Garzón |
II. EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL A partir de la cualidad de derecho fundamental
EN LA CONSTITUCIÓN DE 1993: del ciudadano, inviolable por parte de los poderes
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estatales , se deriva que la tutela jurisdiccional
2.1. Su reconocimiento legislativo y luego efectiva:
Constitucional
“a) Tiene una doble naturaleza, pues de un lado
Nuestro Código Procesal Civil fue el primer desarrolla una función en el plano subjetivo
instrumento normativo que consagró actuando como garantía del individuo; y por
expresamente el derecho a la tutela jurisdiccional otro desarrolla una función en el plano objetivo,
efectiva. Así, el artículo I de su título Preliminar asumiendo una dimensión institucional al
introdujo al ordenamiento ‘positivo’ peruano el constituir uno de los presupuestos indispensables
enunciado normativo de que “toda persona tiene del Estado Constitucional.
derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el b) Es un derecho que vincula a todos los poderes
ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con públicos, siendo el Estado el primer llamado a
sujeción a un debido proceso”. respetar este derecho. Con ello, cualquier acto del
Estado expedido por cualquiera de sus órganos
En ese sentido, y por curioso que hoy parezca, la que lesione o amenace este derecho es un acto
Constitución siguió a la ley. Y es que el enunciado inconstitucional.
normativo que reconocía al derecho a la tutela c) No se requiere de una norma legal para que
jurisdiccional efectiva como un derecho de dicho derecho sea exigible ante los órganos
“todas las personas” por el solo hecho de serlo, jurisdiccionales 40
luego fue recogido en la Constitución de 1993 d) Todo juez está obligado a inaplicar cualquier
circunstancia bastante significativa puesto que, de disposición legal o de rango inferior a la ley
tal modo, fue la primera Constitución peruana en que lesione o amenace el derecho a la tutela
reconocer expresamente, en su artículo 139 inciso jurisdiccional efectiva.
3, a la Tutela Jurisdiccional Efectiva como derecho e) Toda norma del ordenamiento jurídico debe
fundamental. 13 ser interpretada conforme al contenido del
derecho a la tutela jurisdiccional efectiva. De esta Derecho & Sociedad
Aun cuando quienes concibieron el Código manera, cada vez que un órgano jurisdiccional
Procesal Civil ya reconocían el carácter de derecho deba interpretar o aplicar una norma procesal
fundamental al explicarla como un derecho debe hacerlo a la luz del derecho a la tutela Asociación Civil
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público-subjetivo , su consagración en el título jurisdiccional efectiva.
preliminar del código no resultaba suficiente f) Existe la posibilidad de interponer una demanda
puesto que ello le reflejaba un matiz legalista, de amparo contra cualquier acto que lesione 183
en el que los principios eran concebidos como o amenace el derecho a la tutela jurisdiccional
“herramientas auxiliares de la interpretación e efectiva.
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integración normativas” que iban en auxilio del h) El Poder Legislativo está obligado a respetar este
juez boca de la ley. derecho constitucional en su tarea de producción
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normativa” .
Por el contrario, el hecho de que la Tutela
Jurisdiccional Efectiva se plasme en la ley Estas atribuciones inherentes a su naturaleza
fundamental permitiría concebirle, como se fundamental, se despliegan en el contenido
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evidencia ahora , como una norma-principio de esencial del derecho a la tutela jurisdiccional
naturaleza fundamental en tanto “ordena que algo efectiva, al que debemos aproximarnos
sea realizado en la mayor medida posible, dentro de concibiendo a este derecho como uno de
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las posibilidades jurídicas y reales existentes” con la contenido complejo.
finalidad de que se garantice la dignidad humana.
Y es que la tutela jurisdiccional efectiva se configura
2.2. Noción y contenido esencial del derecho a partir de una serie de otros derechos, también
fundamental a la tutela jurisdiccional de naturaleza fundamental. En ese sentido se ha
efectiva establecido que “la tutela jurisdiccional [efectiva)
despliega sus efectos en tres momentos distintos:
Pues bien, el mandato de optimización contenido primero, en el acceso a la justicia; segundo, una
en el enunciado normativo del inciso 3 del artículo vez en ella, que sea posible la defensa y obtener
139 de nuestra Constitución puede ser entendido solución en un plazo razonable, y tercero una
como el derecho fundamental que toda persona vez dictada sentencia, la plena efectividad de sus
tiene a que “se le haga justicia; a que cuando pronunciamientos” .
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pretenda algo de otra, esta pretensión sea atendida
por un órgano jurisdiccional, a través de un proceso A partir de esto, existe un consenso en la
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con unas garantías mínimas” . doctrina en considerar que el contenido esencial
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