"Pan"/3

Abastecimiento y Consumo Alimentarios en el Reino de Granada (1482-1510)
Teresa de Castro



Los cereales y la política de los reyes católicos
        El control del aprovisionamiento
                Política de prevención: El pósito * El trueque * ¿Cómo se combinan ambos? * Otras opciones
        Política anticrisis
                Causas de las carestías
                Medidas contra la escasez : Carestía anunciada: Acciones informativas * Disposiciones privativas
                         * Medidas participativas // Carestía presente: Medidas de compromiso * Auxilio * Por la fuerza * Medidas distributivas
                Carestía y paz social

Los Cereales y la Política de los Reyes Católicos


3. Control del Aprovisionamiento

El interés básico de los concejos granadinos fue, en éste y los demás casos, el de garantizar o al menos favorecer el aprovisionamiento del conjunto de la población, echando mano de todas las medidas posibles para ello. Ello suponía establecer los cauces que permitieran la llegada de cereal al municipio impidiendo las salidas innecesarias, o lo que es lo mismo, presuponía establecer una política preventiva, que se concretará en la creación del pósito del trigo, en el establecimiento del trueque, y en importaciones de distinto signo. Pero, al mismo tiempo, se imponía una política para hacer frente a los momentos de carestía, que echó mano de disposiciones muy diversificadas. Todo ello vamos a desarrollarlo en los puntos que siguen.

3.1. Política de Prevención

3.1.1. El Pósito

Los motivos que explican la creación del depósito de trigo son siempre los mismos. Entre los condicionantes estructurales están, la escasez de tierras de labor o la "esterilidad" de ellas, a lo que puede sumarse en ocasiones elementos endémicos como podía ser la intransitabilidad de ciertos caminos en invierno debido a las lluvias, las crecidas de los ríos o cualquier otro agente meteorológico. También encontramos otro tipo de "excusas tipo", tales como promover el poblamiento de la ciudad y evitar que se despueble, proveer el sustento y reparo del pueblo, etc.

El pósito del trigo surge, pues, de la necesidad de establecer un espacio particular destinado únicamente a la conservación de cierta cantidad de trigo para tener a mano cuando surja cualquier eventualidad. En un principio las alhóndigas van a ser los centros depositarios, pero las exigencias frumentarias de los concejos granadinos van a hacer necesario en algunos casos la ampliación de éstas o la "escisión" de ellas de los alhoríes; así sucedió en Málaga, donde una de las salas de la alhóndiga se destinó a almacén de grano, si bien los problemas derivados de la humedad existente en la localidad costera y el consiguiente deterioro del cereal motivaron el recurso a encamarar el grano en las localidades circunvecinas, en especial en Casarabonela y otros "cortijos" situados en las inmediaciones.

Al frente del depósito estará el fiel o diputado del pósito. Elegido anualmente, su labor consistirá en recibir los derechos, inscribir en su registro la entrada y salida del cereal de la localidad, guardar el dinero hasta su entrega al regidor diputado en la fecha que se le indique, así como controlar el volumen y cantidad del grano acumulado en la sala o salas del pósito. Deberá asimismo encargarse de buscar trigo cuando el alfolí esté falto.

3.1.2. El Trueque

La instauración del sistema de trueque es, como veremos en el capítulo del pescado, una medida activa y efectiva para lograr explotar las riquezas naturales de una forma creativa. El intercambio de productos va a ser uno de los elementos fundamentales del abasto de las ciudades costeras, que van a servirse de la "industria" del pescado para proporcionarse el cereal del que la mayoría eran deficitarias. Este trueque adoptó dos presentaciones: la monetaria y la propiamente intercambial. La primera quedó expresada en el pago de una cantidad de dinero simplemente por sacar pescado de la ciudad y cuyo montante engrosaría las arcas del pósito municipal; la aparición de este impuesto, vino determinado por el hecho de que muchos concejos no podían cubrir sus necesidades monetarias sólo con el disfrute de los bienes propios asignados tras la conquista. A ello se va a sumar la obligación de que por cada carga de las mercancías declaradas deberá introducirse otra de cereales en un plazo determinado, que en Málaga era de 20 días. Debemos llamar la atención sobre el hecho de que este sistema de trueque lo hallamos documentado ampliamente por las ciudades de la época, tanto en las pertenecientes al ámbito castellano como al aragonés; en realidad, el elemento que sirve de base a este intercambio es la materia prima existente en un determinado lugar: el hierro en Vizcaya, el arroz en Valencia, la madera en Cuenca etc., tal como señalamos en el CAPÍTULO 18.

La asunción de esta vía conllevaba asimismo la creación de un procedimiento de control complementario para gestionar la recepción de las cargas: el establecimiento de una puerta de entrada y salida obligatoria donde se va a situar el alcaide de la puerta. Éste será el agente informador, fiscalizador y punitivo de todos los intercambios pescado-cereal, encargándose de revisar los "pases" o cédulas expedidas por los fieles de la alhóndiga a los acarreadores.

3.1.3. ¿Cómo combinaba estos dos Sistemas el Concejo?

Más que enumerar cada una de las obligaciones de los agentes que intervenían en la entrada y salida de cereales de la ciudad vamos a describir qué ocurriría hipotéticamente cuando alguien arribaba a la ciudad de Málaga, por ejemplo, a comerciar con cereal.

Cuando llegaba un arriero a uno de los accesos de la ciudad sabía de antemano -y si no se le informaba- que existía una puerta dedicada específicamente al control de la entrada y salida del cereal (en Málaga la Puerta Nueva, en Granada Bibarrambla y Bibalmazán) donde se encontraba con un portero o alcaide. Si llevaba cargas de trigo para sacar pescado, siempre que fuesen de fuera del término, se dirigía directamente a la alhóndiga y las dejaba allí. Se encargaba de la recepción el fiel o arrendador, el cual debía dar salida a este cereal y entregar el dinero resultante de la venta al encargado del pósito, o bien almacenarlo como remanente para los períodos de carestía. Si el transportista entraba a por pescado y no sabía que debía llevar otras tantas cargas de cereal el portero le informaba de ello, tras lo cual podía ir a la alhóndiga a comprar; el alhondiguero y el depositario le recordaban el plazo que tenía para volver con las cargas y se le exigía que dejase una prenda (1 real) en fe de que regresaría. En ambos casos los arrieros debían pagar al depositario los derechos estipulados por la saca de pescado.

Al salir de la alhóndiga el arriero debía llevar consigo un albalá que contuviese la siguiente información:

 

Número de Albalá
Fecha
Nombre del arriero + Cantidad de cargas que trajo + Procedencia
Firma del Depositario Firma del alhondiguero
Se cobraron los derechos de la saca Se entregó el pan debido o se entregará 

Cuando llegaba a la salida de la ciudad tenía que dar al guarda de la puerta la cédula que le habían entregado en la alhóndiga. Al regreso de aquellos que no trajeron en un primer momento el cereal debían advertir al portero que eran las cargas del trueque y seguía los pasos antes descritos.

El portero iba guardando los recibos que se le entregaban ese día, y los ensartaba en un hilo. Al llegar el sábado los cogerá para ir a reunirse con el diputado del pósito, el alhondiguero y el regidor del mes. Los tres primeros llevarán sus libros, pues en estas citas se efectuaba un cotejo de los datos comprendidos en todos los registros para corregir posibles fallos y detectar cualquier fraude. Tras la contabilidad el depositario entregaba al regidor los maravedíes de los derechos -que serían empleados en la adquisición de cereal para el futuro- y las cargas de cereal.

3.1.4. Otras Opciones

En la descripción anterior no hemos tenido en cuenta aquellas localidades que aún contando con una alhóndiga no llegaron a crear ex profeso un almacén de cereal independiente, no adoptaron el sistema de trueque o lo combinaron con otro tipo de medidas. Este último caso lo encontramos documentado en la localidad de Baza, practicado tanto con las villas de su tierra como las de su comarca natural, pero no puede descartarse que se practicara en otras localidades.

Las importaciones de granos foráneos, normalmente de las principales zonas cerealícolas del reino o de Andalucía era el recurso habitual en las situaciones más dramáticas: Antequera, Loja, obispados de Jaén, Córdoba y Sevilla. No obstante, las poblaciones en las que existía una carestía endémica de cereal y no tenían materia prima que intercambiar dependieron en gran parte de las alquerías de su alfoz, pues eran las zonas rurales o semi-rurales donde se concentraban la mayor parte de las tierras de cultivo del término: las de los vecinos del lugar y las de propietarios urbanos que las dejaban en explotación en manos de campesinos allí asentados. Pero es que además de recurrir de forma continuada e incluso abusiva a las tierras del término, algunos concejos condicionaron la evolución económica de los campos de las aldeas dependientes para convertirlas en graneros de la "capital" del término; así ocurrió en la comarca de las Siete Villas o en la de los Montes respecto a Granada. Se observa, para terminar, un proceso bien interesante por el cual el núcleo urbano disfruta de la tierra ofreciendo pocas contrapartidas a cambio.

Veamos el caso de Baza, que es el mejor documentado. El 30 de septiembre de 1493, tras una súplica del alguacil de Benamaurel, el cabildo decide dar licencia para que los vecinos del lugar puedan sacar de Baza panizo siempre que dejen otra carga de provisión, ya sea aceite, pescado u otro producto. Esta medida se hace extensiva al conjunto de la tierra 10 días más tarde, cuando se ordena: «que todos los jueves de cada semana vengan a esta çibdad todos los vesinos e moradores de las aldeas e juridiçiones de la dicha çibdad... e vendan en la Plaça Mayor del Almedina todo e qualquier pan trigo, çevada e paniso e otro qualquier pan e harina, e paños e sedas, çera, aseite, pescado, fruta e carvon, e todas e qualesquier otras mercaderias, e lo vendan a quien más presçio por ello les diere, e que asimismo puedan todos e qualesquier personas trayendo qualquier mercaderia por vna carga de la dicha mercaderia leuar otra carga de trigo o de çevada o harina, vino sin pena e sin caloña alguna leuando alualá del tal pan por que no pueda sacar otra persona alguna pan saluo el que truxere mercaderia». El 20 de noviembre de este año se decide que el pan que los moros lleven a vender a Baza lo registre el teniente y que éste sólo puede sacarse de Benamaurel si se trueca por otras cargas de productos básicos de alimentación. A pesar de que los dos textos son un tanto ambiguos -pues no queda muy claro si la ciudad o la tierra son los que establecen la medida sobre el aporte o saca del cereal- sorprende de estas disposiciones la imagen que ofrece Baza de ciudad "abundosa" en pan. Sin embargo, tenemos que recordar las medidas puestas en marcha para aumentar las tierras de cereal en los primeros años, hecho que además aparece corroborado por una ordenanza de 1527 en la que se menciona la esterilidad de la ciudad y su dependencia de las importaciones de Andalucía y de los pueblos cerealícolas comarcanos.

Lo mismo tendrán que hacer sus vecinos naturales, las gentes de Almería, Vera y Mojácar para poder suplir su constante necesidad de cereales. Sin embargo se va a prohibir la saca para otras zonas de la provincia de Almería ("Val de Purchena, que biuen en Seron e Tijula e Purchena e el rio de Almançora e Filabres e el Bolloduy e otras partes de la comarca"), seguramente por motivos segregacionistas, ya que en el pregón de la ordenanza se dice que es para los lugares de moros. Si analizamos estas disposiciones vemos que se trata de una práctica del trueque selectiva, en la que se prima a cristianos sobre moros y a vecinos de la ciudad frente a los de la jurisdicción.

La información más interesante procede, sin lugar a dudas, de la votación celebrada en el cabildo bastetano el primero de diciembre de 1508. En ella se trataba de decidir cómo repartir el pan que había sido tomado al Comendador Diego Pérez de Santisteban el año anterior para abastecer al pueblo. La discusión era importante porque éste debía pagarse, es decir, urgía su venta porque se les había reclamado el dinero. Esta circunstancia es de vital importancia ya que con la mentalidad actual se tendería a distribuir por doquier sin ningún tipo de discusión que ralentizara la percepción del dinero. Pero aquí la peculiaridad reside no sólo en las opiniones de los votantes del cabildo sino también en el hecho mismo de que se someta a discusión. Los pareceres particulares sacan a la luz dos formas de concebir el espacio: por una la de aquellos que entienden que la tierra y su capital son un todo y los que diferencian claramente entre ambos; en contra del reparto estuvo Alonso Dávalos porque «le paresçe que la tierra no deue partiçipar deste pan, pues no se aprouechó dello», al que apoya Diego de Armesto. A favor está el bachiller Narváez, que aduce «que, por quanto a él no le consta si los vesinos de la tierra de la çibdad partiçiparon del prouecho del dicho pan e por tanto que conformandose con lo quel derecho en este caso podria determinar, que lo poco que asi restase reparta entre los vesinos de la çibdad e de la tierra, porque todo es vn cuerpo, cabeça e mienbros, e que los mienbros, ques la tierra, han de partiçipar del prouecho e daño de la cabeça, ques la çibdad»; será apoyado por Juan Pacheco. El voto decisivo va a ser el del teniente ya que va a contar con el apoyo de los jurados de la ciudad «dixo que le paresçe que los votos ... de Narbaes e Juan Pacheco se conforman más con el derecho, porquel pan que la çibdad tomó, si las aldeas vuieran nesçesidad la çibdad ge lo diera, e aquello la çibdad lo tomó para quitar de nesçesidad a la çibdad e tierra». Podría tratarse, ¿por qué no? de un hecho episódico ocurrido en unas circunstancias precisas, pero para comprobar que ello no es así, para ver qué es lo que se ajusta a derecho, veamos cómo se efectúa el reparto del cereal. Todos los señores, de conformidad, deciden repartir 40 fanegas para la ciudad y 40 para su tierra (Caniles se llevará 16, Benamaurel y Zújar 8 cada una, Cúllar 6 y Freila sólo 2). Planteado en términos simples asistimos a un reparto equitativo entre dos cuerpos, uno con un sólo miembro, y otro con cinco. El reparto es, por tanto, desigual por derecho. Ello es más grave si recordamos que no se trata de regalar pan sino de permitir que la gente lo compre, de darles esta posibilidad de abastecerse. Las palabras del teniente quedan un tanto empañadas por el hecho de que a pesar de imponerse la ley, ésta no deja de ser un tanto "corta" para las necesidades de todos.

Este tipo de comportamientos los observamos en líneas generales también en otras zonas de interior: en Vera, respecto a Cuevas. Por ejemplo, en Granada a partir de julio de 1501 se prohíbe a las villas de la comarca, a los Montes Orientales, la saca de pan para otro lugar que no sea la capital, convirtiendo esta zona en granero forzoso; mientras tanto en Loja, al menos en los años 1504 y 1505, Huétor y Salar ejercieron el mismo papel de proveedor de la urbe, sobre todo en momento de carestía o de peticiones extraordinarias por parte de la Corona. En Málaga el proceso de explotación es igualmente perceptible, y la ciudad y la tierra «conforman una unidad económica internamente en función del mercado localizado en el núcleo urbano»(21).

En resumen, la relación campo-ciudad estuvo marcada por la intervención económica y fiscal de la segunda sobre el primero: del entorno rural se obtenían rentas, impuestos y servicios al tiempo que se ordenaba su espacio comercial y su economía para primar unos cultivos sobre otros, para orientar la producción al mercado urbano, para disfrutar los pastos en beneficio de los ganados del conjunto de la tierra, al tiempo que se ponían las bases para explotar el territorio en las condiciones más ventajosas. El concejo será en este proceso un mero elemento vehiculador de los intereses de una oligarquía urbana que nutría las filas del cabildo.

Esta dependencia, tal y como la hemos expuesto, refleja nuevamente la distinta concepción del espacio que tenían los ocupantes castellanos respecto a sus predecesores musulmanes. Desde luego la delimitación de los términos castellanos se va a apoyar en aquélla andalusí pero la concepción espacial será muy diferente. Decía Antonio Malpica que «el paisaje es una realidad física, pero igualmente humana sujeta a interpretaciones de tipo científico, claramente pluridisciplinar, psicológicas e ideológicas. Depende su interpretación de la manifestación de los elementos que lo integran y de la capacidad de conocer aquellos otros que permanecen ocultos». Sin embargo, y a pesar de que parezca increíble, no contamos todavía con un estudio que haya analizado las transformaciones acaecidas respecto a la época nazarí, por lo que podemos tan sólo intuir que estas diferencias -como en el caso de las tierras comunales- conllevaron transformaciones significativas en esta relación, pero nada más.

3.2. Política Anticrisis

3.2.1. Causas de las Carestías

Tal como lo hemos esquematizado en la FIGURA 6 de este capítulo, los motivos que según nuestras fuentes causaron períodos de carestía frumentaria se pueden clasificar en dos grandes grupos: los de tipo estructural, básicamente las deficiencias agrícolas de un determinado lugar, explicable por la escasez de tierras o por las malas características edáficas o climáticas. Pero la mayoría de las causas son de tipo coyuntural: existencia de circunstancias que dificultan el trabajo de la tierra (guerra, piratería, etc.), malas cosechas, acaparamiento y especulación con el grano, saca excesiva de cereal, y la pragmática real, más adelante mencionada. Todas ellas provocaban alzas de precios, la salida masiva de cereal y la ausencia de éste en los mercados de vituallas, fenómenos que pretendieron ser afrontados con una serie de medidas concretas.

El período más problemático para el abasto de cereal es que comprenden los años 1502/1503-1509, ya que la aplicación de un decreto sobre los precios del cereal y el pan cocido, que pretendían resolver una situación ya de por sí caótica, sólo contribuyó a enrarecer más el ambiente comercial y a perjudicar la libre circulación del grano, y, por tanto, el abasto de los vecinos.

3.2.2. Medidas contra la Escasez

Si dejamos de lado la existencia de mecanismos preventivos, representados fundamentalmente por la creación y mantenimiento del pósito, la existencia de un pseudo-trueque, y el pago de derechos, de los que hemos hablado, vamos a encontrar una serie de normas que pretenden conseguir el mismo fin pero partiendo de situaciones mediatizadas en diverso grado por la escasez de pan. Ya hemos sintetizado en el capítulo sexto las soluciones que se adoptaban en casos como éstos, por lo que aquí vamos a ejemplificar con mas detalle las soluciones concretas a las que se recurrió en el caso de los cereales (véase FIGURA 6). Según la repercusión de las mismas, hemos optado por la gradación que proponemos a continuación.

3.2.2.1. Carestía anunciada o muy posible

A) Acciones Informativas

Se trata nuevamente de la cala y cata, ahora hecha de un modo mucho más expeditivo. La información que se pretende obtener tiene el fin de ayudar a solventar una situación que empieza a ser o es preocupante. Se acudirá primero a contabilizar las reservas de la ciudad, visitando la alhóndiga o el pósito, se examinarán asimismo las casas de los vecinos propietarios -entre los que se encuentran caballeros y miembros del cabildo- tanto las sitas dentro de la localidad como las que poseen en sus cortijos rurales. Se inspeccionaban igualmente los almacenes de la Iglesia, así como los pertenecientes a menores y albarranes (o mayorales del ganado). Todo ello podía completarse requiriendo a los propietarios que registrasen obligatoriamente el pan que tenían disponible o que al menos lo notificasen al concejo.

B) Disposiciones Privativas

Encontramos aquí la prohibición de sacar cereal sin licencia de la ciudad o, en cualquier caso, pregonarlo antes por si hay algún vecino que lo necesite. Además, se intentará limitar la actividad de los regatones impidiéndoles comprar para revender y salir a los caminos a hacerlo.

C) Medidas "Participativas"

Son aquéllas en la que el conjunto de la población participa, nunca voluntariamente, en el abastecimiento de la localidad donde se halla avecindado. En realidad se trata de asignar mediante repartimiento la entrega de un cupo de cereal entre los barrios de la ciudad o entre el conjunto de la tierra, que deberá entregarse en una fecha precisa. También hemos encontrado sistemas más interesantes en los que se involucra al campesino productor, de manera que se pretende, como en Loja en julio de 1503, que «los vesinos e moradores desta çibdad sean obligados de guardar el terçio del pan que cogieren, so pena que lo ayan perdido los que lo contrario hysieren, esto no yendo contra la Prematica».

3.2.2.1. Carestía Presente

I. Medidas de "Compromiso"

Son el resultado del establecimiento de pactos legales o verbales entre las autoridades y propietarios o mercaderes para favorecer la afluencia de grano. Pueden incluirse aquí las importaciones de cereal hechas por encargo de los reyes para atender las necesidades de una población, así como los pactos o conciertos asentados entre un concejo con mercaderes. Tenemos noticia de que en mayo de 1508 el concejo de Málaga hizo dos conciertos, uno con el patrón de la nao San Jerónimo y otro con el genovés Pablo de Ziñano para proporcionar respectivamente 1.600 y 3.300 fanegas a un precio de 375 mrs/fn, con las siguientes condiciones: la ciudad se encargará de descargar el pan y pondrá los medios necesarios para ello, se eximirá de derechos a los mercaderes y se pagará de la siguiente forma: en el primer caso, barca descargada barca pagada, en el segundo, se dará un adelanto durante el descargo y al día se pagará lo restante. También sabemos que la ciudad tuvo que enfrentarse con los almojarifes mayores de Castilla porque durante el período de carestía acudieron comerciantes extranjeros con grano para abastecer la ciudad; al llegar se les exigió el pago del derecho pertinente antes del descargo, lo que motivó la resistencia de los mercaderes. Ante la necesidad que había en la ciudad, el concejo permitió el desembarco, comprometiéndose a pagar los impuestos correspondientes.

II. Auxilio

La solicitud de socorro se hacía en primer lugar dentro de la tierra. Se acudía ante las autoridades religiosas (vicarios, arzobispos, obispos), dado que en sus almacenes se guardaban diezmos y primicias, pero también se enviaban misivas al rey o se acudía directamente a los recaudadores reales para pedir ayuda. Por poner un caso, en Loja en noviembre de 1504 hicieron una petición al arzobispo de Granada que les envío suplicándole ayuda, de modo que 300 fanegas de pan.

Por otro lado, el pregón en las zonas con las que habitualmente se comercia (véase FIGURA 5), en la comarca o en las zonas productoras de la Baja Andalucía, será otra vía para dar a conocer la carencia existente y para animar a los comerciantes o regatones a aprovisionarlos ofreciéndoles contrapartidas para animarlos, tales como la exención del pago de derechos, precio justo, etc. Otro lugar al que se iba normalmente eran los territorios señoriales próximos, dirigiéndose directamente a sus titulares, tal como ocurrió en Loja en mayo de 1503 cuando el concejo recurrió al conde de Cabra y al alcalde de los Donceles o en abril de 1505 al conde de Ureña y a la ciudad de Antequera. Para finalizar, se solicitará a los monarcas el sobreseimiento de las licencias de cereal, en caso de haberlas.

III. Por la Fuerza

Nos encontramos aquí con medidas que causarán verdaderos enfrentamientos entre los concejos y los propietarios o comerciantes de cereal. Asistimos, en primer lugar, a una serie de registros forzosos, los cuales se llevaban a cabo cuando, aún sabiendo de la carestía, ciertos grupos se negaban a declarar o a dejar visitar sus almacenes libremente. Los depósitos que poseían los especuladores y los grandes comerciantes eran los primeros en ser visitados.

El paso sucesivo era, en caso de que éstos se negaran a entregar grano, tomar las cantidades que el municipio considerase necesarias para la provisión de la ciudad pagándoles, eso sí, el precio que había costado a sus dueños. Tenemos documentados numerosos episodios de este tipo, aunque los que más problemas generaron fueron los que afectaron a las cellas de la Iglesia: en febrero de 1503 la necesidad de trigo llevó a los funcionarios de Antequera a extraer cierta cantidad de las reservas del obispo Pedro de Toledo, lo cual provocó la excomunión de los mayordomos que lo hicieron, y lo mismo sucedió en Loja en mayo de 1505. En Málaga sabemos que en noviembre de 1502 se "secuestró" cierto trigo que tenían dispuesto los mercaderes para cargarlo por mar, llegándose en algunas ocasiones a extorsionar a los tratantes de grano obligándolos a dejar parte del cereal que iban a embarcar para obtener el permiso de carga.

Aparte de estos dos tipos de medidas encontramos otras: incautaciones de los diezmos reales (en Baza se embargaron en 1508 los de Zújar, Freila, voto de Santiago y Caniles), desvío del trigo que pase por algunos puertos secos, como se hizo en Antequera en mayo de 1503 al desviar por orden municipal el pan que atravesase Puertollano.

IV. Medidas Distributivas

En los casos más dramáticos se llegaba incluso a repartir grano entre la gente más necesitada de una determinada localidad, o a indicar donde podrían ir a adquirir el producto.

3.2.3. Carestía y Paz Social

Después de lo dicho cabe preguntarse si este conjunto de medidas fue efectivo, es decir, si consiguieron el objetivo antes apuntado de alimentar a la población en los momentos difíciles y qué efecto produjeron en el entramado social. Responderemos indirectamente.

Debemos coincidir con José María Sánchez Benito en que estas crisis no conllevaron ninguna modificación de los conceptos fundamentales en los que se apoyaba la política comercial local, al contrario, evidenciaron las contradicciones subyacentes en la mecánica destinada a la distribución y en las líneas políticas creadas para regularla. Nos parece acertada la imagen de una economía rígida, si bien, pensamos que la capacidad del poder municipal de intervenir en contra de sus propias ordenanzas, en caso de considerarlo necesario, permitía cierta flexibilidad. De otro modo resulta claramente incomprensible que no veamos aparecer protestas siquiera tibias en un período tan difícil como la crisis de la tasa. Expresado de otra forma, si los concejos en los que esta carestía se sintió más, como Loja y Málaga, hubieran fracasado estrepitosamente, ¿no hubieran aparecido protestas sociales?

La consulta de nuestras fuentes nos muestra la tensión entre el núcleo urbano y su tierra, pero poco más. Sólo contamos con un episodio de descontento popular generalizado. Gracias a una votación celebrada en el cabildo de Málaga el 25 de octubre de 1502 sobre el asiento con Luis Corte y Bernal Horcadel para que entregasen el quinto del pan que iban a cargar para Nápoles, sabemos que «algunas personas reclaman diziendo ser en perjyzio del pueblo e en quebrantamiento de los mandamientos de Sus Altesas». Por su parte, el teniente reconocía que «agora, visto como en la çibdad aya algund escandalo de cavsa de ver cargar el dicho pan, e ansimismo los dichos regidores, aviendo visto el dicho escandalo, les ha paresçido escusar la dicha saca como sus paresçeres e votos declaran». No podemos cifrar si este escándalo provenía del conjunto de la población, o sólo de algunos grupos sociales, pero lo cierto es que el miedo a la revuelta aparece evidente y condiciona la acción del concejo. De este modo, vemos que el 11 de noviembre el cabildo decide tomar de los almacenes de los mercaderes el pan que necesitaban y proceden a repartirlo entre los vecinos más necesitados.

No dudamos que en las situaciones más graves el descontento existiría, pero no debió encontrar en las ciudades del reino de Granada un elemento que lo vehiculara para convertirlo en revuelta popular, como sucedió en Córdoba, por ejemplo. Tenemos noticia de un conato infructuoso de animación a la insumisión municipal: en Loja, en enero de 1494 el concejo mandó a Rodrigo Arias que sacase a vender trigo a la plaza, hecho que molestó al jurado Morales que era allegado del propietario de grano, por lo que le ordenó que no cumpliera el mandato municipal, afirmando, además «que a qualquier labrador que toviese a sacar pan desa dicha çibdad le favoreçeryades para que lo podiese sacar, e procuraryades por el contra la ordenança desa dicha çibdad que diz que teneis jurada». Se trata de un episodio aislado que llama la atención, con todo, sobre que en aquellas sociedades donde la realidad social estaba más jerarquizada -tal era el caso de Loja-, la inserci&oacutte;n del propietario en los órganos de poder perjudicaba directamente al común del pueblo. Pero repetimos, nada en el reino de Granada se parece a la situación social descrita por Yun Casalilla para Córdoba.

Por lo demás, cabe reconocer que en el caso del cereal el concejo se muestra siempre oponiéndose a cualquier elemento desvirtuador del abasto, hecho que no debía pasar desapercibido al conjunto de la población. Aunque aquellas personas mejor situadas económicamente intentarían solventar el problema por su cuenta. En 1499 diferentes vecinos de Loja solicitaban a Diego de Coria que les vendiese cierta cantidad de trigo para comer y sembrar, y éste dudaba por estar la fanega a 50 maravedíes y era posible que subiera; finalmente, y ante su insistencia, pidió el consejo al vicario Pedro Ramiro el cual consideró lícita la venta, aunque tras efectuarse acusó a Coria de usurero.

Por lo demás, en el reino de Granada el interés por garantizar la paz social con una política de provisión y precios sin sobresaltos está clara. Cabe preguntarse si el miedo que veíamos en el teniente malagueño no latería más fuerte de lo que llegamos a imaginar en una sociedad que convivía con otra que había sido dominada y cuyas tendencias al levantamiento habían quedado patentes desde los primeros años: ¿por que no pensar que la mentalidad colectiva asociara la existencia de cereal con la de una mayor tranquilidad entre los mudéjares?.



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