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1565, mayo, 19 - 1565, mayo, 31. Alhambra.
Autos de la denuncia del fiel de la Alhambra contra Alonso de Montánchez, tendero, por vender queso a más precio del señalado por la postura.
AHA, Leg. 223, p. 76, 2 fols.

(Cruz). En el Alhambra, diez e nueve de mayo de mill e quinientos e sesenta e çinco años.

Garçia de Hontiveros, fiel desta Alhambra, denunçió de Alonso Montanches, tendero en esta Alhambra, questandole puesto el queso a diez e ocho maravedis por libra para que lo vendiese a este preçio, lo a vendido a veynte e quatro maravedis por libra, por lo qual cayó e yncurrió en la pena de la hordenança. Pidió que, conforme a ella, se condene, pidió justiçia.

E juró la denunçiaçion en forma.


Confesion de Alonso Montanches.

En el Alhambra, veynte e tres dias del mes de mayo de mill e quinientos e sesenta e çinco años, se tomó e resçibió juramento en forma de derecho a Alonso Montanches.

So cargo del qual dixo que niega aver vendido el queso por libra a más preçio de diez e ocho maravedis, como le fue puesto, e nunca lo a vendido a veynte e quatro maravedis si no a sido quando a tenido postura dello.

E questa es la verdad e lo que pasa so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó.


/Sentençia de prueva./ En el Alhambra, veynte e quatro dias del mes de mayo de mill e quinientos e sesenta e çinco años.

El muy yllustre señor don Luis Hurtado de Mendoça, alcaide e capitan desta çiudad de Granada e su Alhambra e fortalezas por Su Magestad, aviendo visto estos abtos, resçibió a las partes a la prueva con termino de tres dias, con cargo de fecha publicaçion e conclusion.

/Notificaçion./ E luego, yncontinente, se notificó lo susodicho al dicho Garçia de Hontiveros, fiel.

Testigos, Pedro de la Parra, vezino del Alhambra.

/Notificaçion./ En el Alhambra, XXV de mayo del dicho año, yo, el escriuano yuso escripto, notifiqué el dicho abto al dicho Alonso Montanches, de que doy fee.//


/Interrogatorio./ En el Alhambra, veynte e çinco de mayo del dicho año de mill e quinientos e sesenta e çinco años, el dicho Garçia de Hontiveros presentó por testigo a Juan Lopez, sastre, vezino desta Alhambra.

E, aviendo jurado en forma de derecho e siendo preguntado çerca de lo susodicho, dixo que lo que sabe es que puede aver doze o treze dias que vn mochacho de Pablo Ximenez pasava por la tienda de Juan Garçia e llevava conprado vn poco de queso, e Pedro de la Madalena, questava alli, le preguntó al dicho mochacho que a cómo llevava conprado el queso, e el dicho mochacho respondió que a veynte e quatro maravedis por libra.

E questa es la verdad e lo que sabe so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó porque no sabia. E ques de hedad de más de veynte e çinco años, e no le tocan las generales.


/Testigo./ E luego, yncontinente, en este dicho dia e mes e año susodicho, el dicho Garçia de Hontiveros presentó por testigo a Pedro de la Madalena, vezino desta Alhambra.

El qual, aviendo jurado en forma de derecho e siendo preguntado çerca de lo susodicho, dixo que lo que sabe es que puede aver doze o treze dias, poco más o menos, queste testigo vido que pasava vn mochacho por la tienda de Juan Garçia, tendero, con vn poco de queso que paresçia que llevava conprado. E este testigo e Juan Garçia preguntaron al dicho moço que a cómo hera aquel queso, e el dicho moço respondió que a veynte e quatro maravedis, y que hera de la tienda de Montanches. E luego vio este testigo quel dicho Hontiveros fue a la tienda del dicho Montanches e le dixo que por que vendia el queso a veynte e quatro maravedis, e que otros escuderos se lo avian dicho, e el dicho Montanches respondió: "señor, cuestame caro, y que lo venda a veynte y quatro maravedis no me an de ahorcar por ello".

E esta es la verdad de lo que sabe so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó porque no sabia. E ques de hedad de quarenta e ocho años, e no le tocan las generales.//


(Cruz). En el Alhambra, treynta dias del mes de mayo de mill y quinientos y sesenta y çinco años.

Su Señoria, aviendo visto estos abtos, avsolvió e dio por libre y quito al dicho Alonso Montanches de lo contenido en la denunçiaçion deste proçeso. E asi lo proveyó e mandó. E lo firmó.

Don Luis Hurtado de Mendoça (rubricado).

/Notificaçion./ Este dicho dia, treynta de mayo del dicho año, yo, el escriuano yuso escripto, notifiqué la dicha sentençia al dicho Alonso Montanches.

Testigos, Juan Fernandes de las Higueras, vezino de Granada, e yo, el dicho escriuano, de que doy fee.

/Notificaçion./ En el Alhambra, treynta e vn dias del dicho mes de mayo del dicho año, yo, el dicho escriuano, notifiqué la dicha sentençia al dicho Garçia de Hontiveros, fiel, de que doy fee.


                                                      
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