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El Proceso Eclesiástico a la
“Mística Ciudad de Dios”



LA “MISTICA CIUDAD DE DIOS”
fue denunciada a la Inquisición en Lima <<

Hay un punto oscuro en el origen del proceso de la Inquisición contra la MISTICA CIUDAD DE DIOS de la Ven. M. María de Jesús de Ágreda. Es la denuncia misma que puso en movimiento a la Inquisición de Madrid [1]. ¿Quién la hizo? ¿En qué términos se formuló? ¿Cuándo se presentó el escrito a la Inquisición?

Generalmente, se supone que la ocasión de la denuncia fue la difusión indiscreta de algunos cuadernillos de la obra de la M. Ágreda [2]. Esos escritos suscitarían las iras de los maculistas contra una obra toda ella centrada en el misterio de la Inmaculada [3]. Un documento inédito del Santo Oficio afirma que fueron los Dominicos los que presentaron la denuncia [4]. Todas estas suposiciones resultan falsas ante la documentación que obra en la Biblioteca Nacional de Madrid, en los tres gruesos volúmenes que recogen las actas del proceso de la Inquisición [5]. Según esta documentación, la denuncia no partió de España., sino de Lima. No fueron los dominicos los que la presentaron, sino los jesuitas.

He aquí el orden de los sucesos tal como acontecieron, según las Actas de la Inquisición de Madrid.

El 24 de junio de 1669 firmaba su denuncia en Lima el P. Rodrigo Valdés, jesuita, calificador del Santo Oficio en dicha ciudad. Según el delator, D. José Ximeno de Zúñiga, capellán del hospital de san Bartolomé de la misma ciudad, trajo al Colegio de San Pablo de los Jesuitas unos cuadernos sueltos del manuscrito de la Mística Ciudad de Dios de la M. Ágreda. De esos cuadernillos se hicieron en Lima varias copias. Posteriormente llegó a la misma Capital el volumen primero, ya impreso, de la obra. El libro no traía las obligadas licencias de la autoridad eclesiástica, si bien se anunciaba su publicación en un volumen posterior. El jesuita debió de advertir algunas cosas que le causaron extrañeza. Tomó notas de sus lecturas y las consultó con otros dos calificadores, los Padres Diego de Avendaño y el P. Ignacio de Arbieto. Confirmado en sus objeciones por la conformidad de estos dos compañeros, compuso su escrito de acusación. La delación está redactada por el P. Valdés. A ella se suma el P. Ignacio mediante la fórmula de consentimiento: “Siento lo mismo y así lo firmo”. Del P. Avendaño no hay confirmación alguna documental de su juicio coincidente con el del P. Valdés. La conclusión de la delación es que “se debe mandar recoger mientras no viniere orden en contra del Consejo” (fol. 151r)

El texto delatorio se recibió en la Inquisición de Lima el 28 de junio del mismo año. Llegada la denuncia a Madrid, la Inquisición procedió al embargo de la obra, y encargó al dominico P. Gregorio Cisneros la redacción de los reparos sobre la obra. Al cabo de tres años, el P. Gregorio terminó su trabajo el 29 de diciembre de 1672. En la redacción de estos reparos, el Dominico tuvo a su disposición el texto del Prólogo Galeato del José Jiménez de Samaniego, OFM.

Estos datos son de sumo interés para aclarar algunos puntos importantes sobre el modo como se fue difundiendo la obra de la M. Agreda, incluso en las remotas tierras del Nuevo Mundo, y cómo se llegó a su delación. Hubo una difusión de la obra por América, antes de que saliera de las prensas de Madrid el texto impreso de la MÍSTICA CIUDAD DE DIOS. No sólo eso, sino que ya en 1669 habían llegado a Lima ejemplares del volumen I. La obra de la Venerable no parece haber suscitado de inmediato reacciones contrarias en España. Fue precisamente en América donde surgieron las primeras dificultades.

La intervención de los Dominicos fue a petición de la Inquisición, y consistió en la elaboración del documento teológico acusatorio conforme a la delación limeña. Este escrito servirá de obligada referencia para todas las calificaciones y censuras ulteriores.

Del documento señalemos únicamente la objeción principal. “En dicho libro se afirma y supone como principio y fundamento de todo lo que se dice, que fue escrito por especial impulso y particular mandamiento de Dios, y con expresa revelación de muchos secretos históricos tocantes a la vida y muerte de la Virgen nuestra Señora, y de sus gloriosos progenitores y de otros misterios de la fe y divina providencia” (fo l47r-v). Este ataque centrado en el contenido revelado de la obra será desde el primer momento del proceso inquisitorial el objeto principal de las acusaciones, como se advierte ya en los reparos sistematizados por el P. Cisneros. La objeción tendrá tal peso en los siglos siguientes, que la decisión de archivar todo el proceso de beatificación de la Venerable por Benedicto XIV se deberá a esta acusación fundamental [6] -

Aquella denuncia presentada en Lima hizo un mal incalculable a la Causa de la Venerable M. Ágreda. El 19 de febrero de 1999, la Secretaría de Estado de la Santa Sede entregó al Postulador de los Franciscanos un documento en el cual constaba que la Congregación para la Doctrina de la Fe no encontraba verdaderos errores doctrinales ni herejías en la MÍSTICA CIUDAD DE DIOS [7]. Esta rehabilitación desmontaba todas las acusaciones del P. Valdés. No obstante, el mal causado por aquella denuncia sigue influyendo en forma excesivamente pesada. Por su culpa, aún no se ha concedido el nihil obstat para la reapertura de la Causa, bloqueada desde 1681 [8].

A. M. Artola, C. P.


[9] [Texto de la denuncia] <<

+

[147r] Muy Ilustres Señores:

Rodrigo de Valdés, de la Compañía de Jesús, calificador del Santo Oficio, etc. digo que D. José Ximeno de Zúñiga, capellán del hospital de S. Bartolomé de esta ciudad trajo a este colegio de S. Pablo unos cuadernos sueltos de un libro manuscrito intitulado Mística Ciudad de Dios, compuesto por una monja, que dicen floreció con grande opinión de santidad, y fue abadesa en el convento de Ágreda, de la orden del seráfico Padre San Francisco, del cual se han hecho en Lima diferentes traslados; y ahora últimamente vino de Madrid impresa la primera parte sin las licencias y aprobaciones necesarias, aunque dicen que la brevedad del despacho no dio lugar a esta diligencia; que fue el libro visto y examinado en el Consejo Supremo de la General Inquisición, a cuyo juicio estaré siempre con toda resignación, y rendimiento; aunque no excuso proponer algunas razones y apuntamientos que tengo conferidos con el P. Diego de Avendaño y el P. Ignacio Arbieto, calificadores, y otros hombres espirituales y doctos, que todos sienten dificultad en ellos.

Y como quiera que en el dicho libro se afirma y supone como principio y fundamento de todo lo que en él se dice, que fue escrito por especial impulso y particular mandamiento de [147v] Dios, y con expresa revelación de muchos secretos históricos tocantes a la vida, y muerte de la Virgen Nuestra Señora y de sus gloriosos progenitores, y de otros misterios de la fe y divina providencia; me veo obligado a denunciar y dar parte a este santo tribunal, de las cosas que en especial tengo advertidas dignas de nota, y reparo por no alargarme a más, para que se dé el orden que más convenga y se atajen los inconvenientes, que de este y semejante género de escritos se suelen seguir en gran perjuicio de la más sana doctrina.

Y antes de venir a lo particular, no puedo dejar de hacer reparo en lo que hace todo el libro sospechoso, y es que en él se introducen afectadamente, y sin necesidad alguna, muchas cuestiones de teología escolástica, no siendo por revelaciones de Dios, las opiniones de Scoto que, aunque corrientes y seguras, no son las más probables, y plausibles de las escuelas, con que dicho libro viene a padecer el mismo achaque de que fue notado el de las revelaciones del B. Amadeo, de cuyo ángel se dice comúnmente que se mostró muy fino y apasionado scotista.

Fuera de esto, las doctrinas por la mayor parte son tan triviales y comunes, introducidas con tanta violencia, y dichas con términos tan puramente escolásticos [148r] que ni dicen bien con el estilo, y majestad de las hablas interiores de Dios, ni arguyen necesidad de tan superior enseñanza bastando la noticia que de estas materias se halla en los umbrales de la teología.

Asimismo, en algunos lugares de [la] Escritura, que larga, y prolijamente explica y entiende de la Virgen Nuestra Señora, no muestra tener aquella inteligencia, y la luz que se esperaba de tan soberano magisterio, antes bien en muchas partes tropieza en la construcción gramatical de las voces de que apuntaré uno o dos ejemplos, para que por ellos se haga juicio de los demás. En el l. 2, c.23, construye mal tras las palabras del capítulo último de los Proverbios: stragulatam vestem fecit sibi, que construye así: “hizo para sí una vestidura muy tejida”; y nadie ignora que, stragulata vestis est vestis diversis figuris, coloribus, liciis varie per variam, sive texturam, sive picturam, sive incisuram, etc. Como se puede ver en los intérpretes, especialmente en nuestro Cornelio sobre este mismo cap. de los Proverbios, ni construye con más propiedad el otro lugar del mismo cap. sindonem fecit et vendit [sic]. Que vuelve así en castellano: “hizo una sábana, y vendióla”, siendo así que ni sindon significa sábana, sino [148v] un género de lino precioso y delgado, dicho así de la ciudad de Sidón, donde se tejía. Ni hacer ni trazar una sábana es cosa de tanto primor y hechura que pueda servir de encarecimiento de las habilidades y granjerías de la mujer fuerte y hacendosa, que el Espíritu santo celebra y pondera.

Pero viniendo a lo particular, y que más hace a mi intento, noto lo primero lo que afirma en el l.1., c.6, conviene a saber, que habiéndola manifestado y revelado Dios todo con orden y prioridad de sus divinos decretos, y los motivos que tuvo para hacerse hombre, la dio a entender que aunque no pecara Adán hubiera encarnado el Verbo porque el misterio de la Encarnación se decretó independenter a praevisione peccati. Lo cual (añade) probó y confirmó Dios con el argumento fundamental de Escoto en que principal y únicamente apoya su opinión. Nimirum que ordinate amat aliquem finem, prius amat media ei fini viciniora, quam remotiora, etc. En lo cual luego se viene a los ojos la disonancia de esta revelación, que es ajeno de todo buen discurso querernos persuadir, y dar a entender que la sabiduría infinita de Dios y su ciencia infalible se había de valer de un argumento tan ineficaz y falible y que padece [149r] tan manifiestas instancias como supongo de lo que comúnmente dicen los teólogos, aún aquellos que llevan la opinión de Escoto. Véase el P. Suárez, t. 1. in 3 p. Disp ,.5. sec 1, § hinc infertur 2.

Pero aún más claramente se ve la repugnancia y convence el intento es con lo que después dice la respondió Dios a una réplica y pregunta que le hizo cerca de este punto en favor de opinión de santo Tomás. Las palabras que atribuye a Dios 2.p.l.1.c.6.n.54 son las siguientes. Y para que mejor entiendas la respuesta a esta duda, debes advertir que como en mis decretos no hay sucesión de tiempo ni yo necesito de él para obrar y entender, los que dicen que encarnó el Verbo para redimir el mundo, dicen bien, y los que dicen encarnara si el hombre no pecara, también hablan bien si con verdad se entiende; porque si no pecara Adán descendiera del cielo en la forma que para aquel estado conviniera, y porque pecó tuvo el decreto segundo, que bajara pasible, porque visto el pecado convenía que se reparase en la forma que lo hizo. Quien no ve en solas estas razones la imposibilidad de la revelación que llevo dicho; porque no es tarea digna ni posible al mismo Dios conciliar dos opiniones contradictorias, cuales en esta parte son las del Scoto y el Angélico Doctor; y aunque es [149v] así, que dos opiniones contradictorias puedan ambas ser igualmente probables, no pueden ambas ser igualmente verdaderas; luego, no pueden decir bien ambas, si con verdad se entienden, fuera de que no escogió buen medio para concordar estas opiniones, porque ni el angélico Doctor, ni los que le siguen en esta parte dijeron, ni les pasó por el pensamiento, que si Adán no pecara, viniera el Verbo en carne impasible, antes dicen que de ninguna manera se hubiera obrado este misterio, de donde queda manifiesto que no pudo Dios hacer aquel discurso para la concordia de ambas opiniones, siendo como es el fundamento falso.

Lo 2º, reparo en lo que dice en el l. 2, c.7 nº 504 por estas palabras “cuán excelente virtud es la esperanza se conoce de que tiene por objeto a Dios como último y sumo bien nuestro, aunque la mira y le busca como absente, pero como posible, y adquisible por medio de los merecimientos, etc., porque, aunque esta doctrina no merece calidad ni censura, no es de creer la enseñase Dios por ser contra lo que comúnmente enseña la mejor filosofía y teología que el objeto de la Esperanza no es el bien posible, sino el futuro arduo.

[150r] Lo 3º, no parece corriente [es] la admisión de la prudencia que hace en el l. 2 c.9, ibi.. de los tres géneros de prudencia que al uno llaman prudencia política, al otro prudencia purgatoria, y al tercero prudencia del ánimo purgado, o purificado.

Más de notar son las palabras que en el l. 2.c.2 dice ponderando las ventajas con que la Virgen excede en la humildad a todos los ángeles Ibí.: que las columnas del cielo se encojan y estremezcan en presencia de la inaccesible luz de la Majestad infinita. No es maravilla pues, a vista tuvieron la ruina de sus semejantes, y ellos fueron preservados con beneficios y razones comunes a todos. Esto no se puede decir; porque siendo como fueron eficaces los auxilios que los ángeles buenos tuvieron para ser preservados de la culpa y perseverar en la gracia. De necesidad se ha de que fueron beneficios muy especiales, y no comunes a todos; ni tiene lugar aquí lo que se puede decir de la igualdad de los auxilios en cuanto a la intensión glorífica por que con esto se compadece y se ha de confesar siempre que el auxilio eficaz es don y beneficio especialísimo especial y señaladamente en orden a la final perseverancia.

[150v] Lo cuarto tiene mucho examinar todo el cap.14 donde muy de propósito trata de las disposiciones previas que son necesarias para ver intuitiva y quiditativamente a Dios en esta vida donde se hallan algunas proposiciones improbables y sin fundamento.

Lo quinto reparo y es digno de grave censura por lo menos de temeridad y malsonante y ofensivo de las piadosas orejas lo que afirma de la purísima Virgen padeció gravísimas sugestiones del demonio contra su inefable pureza. Las palabras se hallan en el l.2, c.15, n.693, y son las siguientes: “En este nuevo conflicto no se puede fácilmente concebir cuánto padeció el purísimo y candidísimo corazón de María viéndose rodeada de sugestiones tan extrañas y distantes de su inefable pureza, y de la alteza de sus divinos pensamientos. Véase de este punto al P. Suárez, t. 2 in 3 p. disp.20, sec.2, § dico 3.

Lo 6º, noto que hablando de la edad y ajustando el cómputo de los años del glorioso S. Joaquín diga estas palabras: “l.2,c.16,n.665-66 hacen los sesenta y nueve y medio días más o menos. Esta latitud de días más o menos no dice bien con las puntualidades [151r] del cielo, donde se ajustan los minutos y cuentan los átomos.

Lo 7º y último, no puedo dejar de extrañar mucho lo que dice lib 2.N.439 encareciendo la modestia de la Virgen Ssma. Que jamás miró a la cara , ni conoció de rostro a su santísimo esposo; porque parece excusado y aun supersticioso este recato donde corría tan afianzada la pureza virginal de entrambos consortes.

De todo lo cual infiero que, siendo (como sin duda lo parece) falso el primer presupuesto de dicho libro, y asentando que no pudo intervenir a vista de tantas repugnancias revelación divina, se debe mandar recoger mientras no viniere orden en contra del Consejo a cuyo mandamiento y de este santo Tribunal estaré siempre rendido y sujeto. Este es mi parecer, salvo etc.

En nuestro Colegio de S.Pablo

Lima, en 24 de junio de 1669

         + Rodrigo Valdés

Siento lo mismo y así lo firmo

          Ignacio de Arbieto



[1] Para todo este tema ver P. Benito MENDÍA, OFM (+) - P. Antonio María ARTOLA ARBIZA, CP, La Ven. M. María de Jesús de Ágreda y la Inmaculada Concepción. El proceso eclesiástico a la “Mística Ciudad de Dios”, Ágreda, 2004. 150º aniversario de la definición dogmática de la Inmaculada Concepción.. El proceso mismo verlo en el Cap. III, En la Inquisición de Madrid, pp. 55-57. Esta obra se citará con la abreviatura MENDIA-ARTOLA, Proceso eclesiástico

[2] “Faltaban todavía por imprimirse el prólogo, notas, aprobaciones, tablas y elencos cuando la Inquisición española la embargaba ya. El Supremo Tribunal notificó al religioso encargado de la impresión y al mismo impresor, en cuya casa se guardaban los tercios impresos, que bajo las penas y censuras establecidas no se publicara ni distribuyera sin nueva orden del Santo Oficio” (C. SOLAGUREN, Introducción a la MÍSTICA CIUDAD DE DIOS, Madrid, 1970, p. XXXVI). Al parecer, la causa de tal medida fue el haberse repartido clandestinamente entre personas particulares algunos de los pliegos impresos: ya porque ellos los cogieron a ocultas y sin licencia de la Religión, ya por codicia del impresor mismo o de alguno de sus oficiales; ya por el celo indiscreto de algunos devotos curiosos” (SOLAGUREN, Ibíd.); ya porque sacaron copias del ejemplar que persona muy soberana (Felipe IV) pidió al general pasado, sin poder resistir a la suma autoridad y gusto que manifestó de verlos, aunque se le propuso por el general, no estaban impresos todavía con las licencias y demás prevenciones” (SOLAGUREN, Ibíd. p. p. XXXVI-XXXVII). Según el texto de la delación, es verdad que ya en 1669 habían llegado ya a Lima varios cuadernillos manuscritos de la MÍSTICA CIUDAD DE DIOS: Pero también es verdad que se recibieron,igualmente, ejemplares del tomo I de la obra impresa.

[3] Se pensó que la razón de la intervención de la Inquisición se basaba en el decreto de Urbano VIII del 13 de mayo de 1625 referente a la aprobación de los escritos de los futuros beatos, de parte de una comisión de teólogos y de la Santa Sede (Cf. C. SOLAGUREN, Ibíd. XXXVIII). Ver MENDIA-ARTOLA, Proceso eclesiástico, p. 55-56

[4] Un documento inédito del Santo Oficio (St. St. 0 3-b) titulado Memoria explica las cosas de otro modo. La intervención de la Inquisición se debió a una denuncia de los maculistas. Este documento –inédito– es una pieza histórica de gran valor. Se contiene en el FONDO SANTO OFFICIO, St. St. 03c. Rehace la historia de la Causa desde el aspecto de las intrigas de los maculistas hasta la decisión de que no se hiciera nada de parte de la Congregación de Ritos sin consultar previamente al Santo Oficio. De este documento hay una doble a redacción. La primera lleva el título de Fatto y se conserva en el en el mismo FONDO SANTO OFFICIO, St. St. 0 3-b. Memoria corrige y mejora el texto de Fatto, pero no se conserva el folio final. El doble documento ofrece una narración de los hechos bien diversa del resto de la documentación Santo Oficio, más oficial, y cercana a los que intervinieron en la promulgación de la Censura de 1681. Este documento narra los sucesos concretando las responsabilidades de las personas que intervinieron en la denuncia: “Subito dopo usciti alla luce i libri di Suor Mª. D´Agreda in Spagna, furono denunciati al Supremo Tribunal dell´Inquisizione dai Padri Domenicani”. Memoria puntualiza: “Dopo esser usciti alla lkuce con Licenza ed approbazione de Superiori”. Ver MENDIA-ARTOLA, Proceso eclesiástico, p. 55-56
p. 61,nota 9.

[5] El proceso de la Inquisición se contiene íntegro en los tres volúmenes que llevan la signatura Ms. 7618-7619-7620. Se abre el vol 7618, con los documentos referentes al embargo.de la obra de la M. Ágreda Están en mal estado de conservación. La tinta aparece muy desvaída por haber estado los pliegos empapados en agua. La denuncia misma está en los folios 147-151, muy bien conservada.

[6] MENDIA-ARTOLA, El proceso eclesiástico, p. 173-192

[7] MENDIA-ARTOLA, Proceso eclesiástico, p. 272

[8] MENDIA-ARTOLA, Proceso eclesiástico, p. 272-277

[9] Reproducimos el texto actualizando su ortografía. Para comodidad del lector se han completado las abreviaciones y se han puesto cursiva los textos latinos. El manuscrito tiene unos números marginales de mano diferente, de secuencia irregular ,que no reproducimos.



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