Investigación en Internet

Tema: "Mecanismos Adicionales de Resolución de Conflictos"

Introducción

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Sub-Tema 1: "El Arbitraje"

Analizado por: María Celeste Rondón

Sub-Tema 2: "La Mediación"

Analizado por: Felipe Herrera

Sub-Tema 3: "La Conciliación"

Analizado por: Tersey Cáceres

Sub-Tema 4: "Comparación de los Mecanismos Adicionales de Resolución de Conflictos"

Analizado por: Saada Yunis

Sub-Tema 1: "El Arbitraje"

Analizado por: María Celeste Rondón

El Arbitraje es un método o mecanismo que sirve para la solución de disputas entre las partes involucradas en un conflicto. Las partes involucradas se someten voluntariamente a un tercero de confianza “El Arbitro”, para que los escuche y resuelva definitivamente las diferencias.  El arbitraje puede ser utilizado para resolver diputas entre empresas o particulares.

El árbitro debe ser una persona objetiva que cuenta con los conocimientos y la experiencia necesaria para decidir sobre el conflicto, es decir, es el responsable de administrar la justicia (Laudo Arbitral).

Existen dos tipos de arbitraje:

Ventajas del Arbitraje:

Entre el Arbitraje y la Mediación encontramos varias diferencias muy interesantes como son: en el Arbitraje, el árbitro es elegido por las partes involucradas, debe cumplir con su tarea en un determinado período de tiempo, las reglas a seguir son más flexibles cumpliendo con las ventajas que brinda el arbitraje. La única manera de apelar una decisión del árbitro es por que se considere que él se salió de las instrucciones que se le dieron.  En cambio, en la Mediación,  existe la figura de un tercero, cuya finalidad es establecer el medio de comunicación entre las partes en conflicto, pero no tiene ni voz ni voto. Por consiguiente el tiempo se puede alargar mientras se logra un acuerdo.

 

Flujo del Proceso Arbitral

 

A continuación se detalla como es el proceso arbitral:

 

Cuando dos o mas personas o empresas entran en conflicto y se decide que entre ellas no pueden llegar a un acuerdo, buscan la ayuda de una tercera persona para solucionarlo (árbitro). Posteriormente se comienza con reuniones donde se escuchan los puntos de discusión de cada una de las partes. El árbitro tomará la decisión más acertada según su objetividad y conocimientos y por último dará su fallo final.

 

 

 

 

Conclusión

 

El arbitraje, sirve para resolver disputas entre empresas o entre particulares. Es un proceso seleccionado por las partes y éstas, a su vez, deben aceptar la decisión del árbitro.

 

El árbitro debe ser una persona responsable, objetiva, imparcial y confiable.

Sub-Tema 2: "La Mediación"

Analizado por: Felipe Herrera

Si en la negociación las partes hablan directamente buscando llegar a un acuerdo, la mediación implica el auxilio de una tercera persona neutral o imparcial. El mediador se encarga de ayudar a las partes a estructurar un procedimiento de comunicaciones y negociaciones que les permita analizar los problemas, generar soluciones y, eventualmente, acordar una serie de pasos a seguir para llegar a un entendimiento.

El mediador es elegido de común acuerdo por las partes en forma voluntaria y debe ser depositario de la confianza de ambos. Una vez acordados los alcances y propósitos de la mediación, el mediador queda facultado para citar a las partes por separado, escuchar sus posturas iniciales, sostener reuniones privadas y confidenciales, conducir reuniones conjuntas, ayudar a definir los asuntos implicados en el conflicto y ofrecer una perspectiva del problema.

Una característica distintiva de la mediación es que las partes tienen el control del resultado, a diferencia, por ejemplo, del arbitraje, en donde un árbitro es el responsable de una solución. El mediador puede ser una persona con prestigio personal, una institución, un organismo internacional, algún gobernante, un país o un conjunto de países.

Seguídamente, se presenta un flujograma tomado de la página del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito, Ecuador, el cual resume de manera bastante gráfica las etapas principales del proceso de mediación.

Fuente: http://www.arbitrajeymediacionccq.org.ec/mediacio/paginas/Mediaci/fmedi2.htm

Para que la gestión de un mediador tenga posibilidades de éxito, es aconsejable reunir un conjunto de condiciones personales; no basta sólo con la buena voluntad. Aunque existen los mediadores voluntarios, que no tienen una calificación profesional, pero que emplean parte de su tiempo en mediar, ayudando a resolver conflictos de tipo vecinal o comunitario, existen también los mediadores profesionales, especialistas en psicología, leyes, docencia, administración, familia, medio ambiente, comunicaciones, etc., que pueden ofrecer asesoría en forma independiente o integrados en empresas que brinden el servicio de mediación.

Dentro de las cualidades que los mediadores voluntarios o profesionales deben reunir, se pueden mencionar las siguientes:

A estas cualidades se pueden agregar los códigos de ética o conducta propios de muchas profesiones. Una actitud parcial, irresponsable o deshonesta en un mediador produce no sólo daño a quienes han recurrido a sus servicios para encontrar una solución justa, si no que afecta al sistema entero de resolución alternativa de conflictos.

Llegar a reunir las condiciones ideales en un mediador no es garantía total de éxito en su gestión. Se puede dar el caso que las partes vayan a un proceso de mediación con la intención de ganarlo todo con una pósición ganar-perder. Si las partes no logran entender antes o durante el proceso de mediación la importancia de ser equitativos, lo más probable es que se termine en un fracaso.

Un factor determinante para poder alcanzar un buen resultado en la mediación es el respeto al principio de la confidencialidad. Tanto el mediador como las partes no pueden revelar lo que sucede, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario. Aquí radica una de las principales ventajas de este método alternativo de resolución de conflictos, el cual evita tener que recurrir a los tribunales de justicia, en donde la reserva no queda garantizada en un juicio público.

Sub-Tema 3: "La Conciliación"

Analizado por: Tersey Cáceres

Los Mecanismos Adicionales de Resolución de Conflictos son también llamados Medios Alternativos de Resolución de Conflictos (MARC). Básicamente se puede definir como la manera de resolver controversias sin necesidad de una intervención juridiccional (caminos distintos a los tribunales para resolver los conflictos). Los mecanismos o medios alternativos se pueden resumir en tres aspectos fundamentales: mediación, conciliación y arbitraje. Uno de estos aspectos es la conciliación, y de ello estaremos hablando en esta investigación.

Primero comenzaremos a hablar sobre el origen de la aplicación de este mecanismo: El Conflicto. Es definido, según el Diccionario de la Real Academia Española, como "Combate y angustia de ánimo, constituye la causa primordial e inicial que motiva a los involucrados”, es decir se establece un problema el cual requiere de la aplicación de técnicas de negociación para poder resolver, a bien de todos, la misma.

La conciliación se puede definir como el procedimiento en el cual dos partes de un conflicto intercambian opiniones y se formulan propuestas de solución. Facilita la construcción de un acuerdo voluntario de mutuo beneficio para las partes involucradas e interviene el conciliador, que es un tercero imparcial, que cumple con la función de facilitador de los acuerdos.

La conciliación parte de los principios de equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad y neutralidad, legalidad, solución rápida y pronta del conflicto y ahorro en costos de proceso judicial.

Por tanto podemos mencionar como ventajas de esta modalidad las siguientes:

Los posibles resultados en estos procesos, de acuerdo a los tipos de resultados, se pueden dividir en:

Conclusiones

La conciliación es un medio alternativo que permite llegar a resolver controversias, sin necesidad de establecer mecanismos de control judiciales exhaustivos, a fin de llegar a soluciones tangibles, rápidas y exitosas. (Ganar - Ganar).

No necesariamente se gana o tiene un fin feliz, pues dependerá de la disposición de los participantes. De no ser así, entonces se deberá utilizar los medios de negociación más sofisticados.

Sub-Tema:" Comparación de Mecanismos Adicionales de Resolución de Conflictos

Analizado por: Saada Yunis

El conflicto es el "Proceso que se origina cuando una persona percibe que otra ha frustrado o frustrará algunos de sus objetivos, valores, motivos, ideas o recursos, también puede señalarse que es la "lucha expresa entre al menos dos partes interdependientes que perciben que sus objetivos son incompatibles, sus compensaciones reducidas y que la otra parte le impide alcanzar sus objetivos en sentido jurídico. El conflicto se manifiesta cuando respecto a una situación existen dos pretensiones que marcan resistencia. Como consecuencia de los trascendentales cambios que afronta el planeta, así como la magnitud y complejidad de los conflictos que ellos generan, reclaman nuevos criterios, mecanismos y estrategias para hallar no sólo soluciones eficaces y expeditas a los conflictos, sino también para facilitar el tránsito hacia una civilización caracterizada por la cooperación, la tolerancia y el respeto a las diferencias.

Se trata de romper paradigmas en lo relacionado con los escenarios donde se resuelven los conflictos y de presentar mecanismos especializados, novedosos y prácticos como: la conciliación, la mediación y el arbitraje, de allí la importancia de saber cuales son las diferencias entre estos métodos alternativos para solucionar los conflictos.

Definición de términos

Negociación

Entendida como tal, es el mecanismo de solución de disputas en el cual las partes de manera directa procuran satisfacer sus intereses a través del intercambio de ideas o propuestas, bien sea con o sin la intervención de un tercero, sin embargo aún cuando exista la participación de un tercero seguirá siendo negociación lo que realicen las partes.

Mediación

La finalidad principal de la mediación es la de administrar conflictos en forma armoniosa, eficiente, efectiva, eficaz y duradera. La Mediación se aplica cuando las partes han agotado sus posibilidades de negociación directa, recurriendo a un tercero neutral para que les facilite el proceso.

La mediación es ante todo un procedimiento no obligatorio. Ello significa que, aun cuando las partes hayan convenido en someter una controversia a la mediación, no están obligadas a continuar el procedimiento de mediación después de la primera reunión. En este sentido, las partes controlan siempre la mediación. La continuación del procedimiento depende de que éstas sigan aceptándolo.

El carácter no obligatorio de la mediación también significa que no se puede imponer una decisión a las partes. Para poder llegar a una solución, las partes deben aceptarla voluntariamente.

Conciliación

Es una forma directa y civilizada de solucionar conflictos o diferencias que surjan entre las personas, por virtud de una relación contractual o de otra naturaleza, que sea susceptible de transacción o desistimiento y en la cual la definición de la situación corresponde a las partes, quienes a través de la mediación de un tercero experto e imparcial, que propicia un espacio de diálogo, pueden lograr un acuerdo amistoso y de mutuo beneficio, con pleno efecto jurídico.

Arbitraje

Es un método alterno de solución de conflictos establecido por la ley, al cual las partes involucradas en un conflicto que sea de carácter transigible, es decir cuya solución dependa directamente de las partes, someten de mutuo acuerdo sus diferencias futuras o presentes, para que sean resueltas por uno o más árbitros, quienes actuando como jueces, emiten una decisión, equivalente a una sentencia judicial, denominada Laudo Arbitral. Luego de un procedimiento, la solución deberá ser cumplida por aquéllas de manera obligatoria, en este caso será un tercero, ajeno al conflicto, quien dará con carácter de obligatoria, la solución a la diferencia.

Diferencia entre la mediación y el arbitraje

Las diferencias entre la mediación y el arbitraje surgen del hecho de que, en una mediación, las partes conservan la responsabilidad y el control respecto de la controversia y no transfieren el poder de toma de decisiones al mediador. En términos concretos, esto tiene dos principales consecuencias:

  1. En el arbitraje, el resultado se determina de conformidad con una norma objetiva, la ley aplicable. En la mediación, cualquier resultado se determina por voluntad de las partes. Por consiguiente, al decidir acerca de un resultado, las partes pueden tomar en cuenta una serie más amplia de normas, y en particular, sus intereses comerciales respectivos. Por ello, se dice con frecuencia que la mediación es un procedimiento basado en intereses, mientras que el arbitraje es un procedimiento basado en derechos. El hecho de tener en cuenta los intereses comerciales también significa que las partes pueden decidir del resultado por referencia a su futura relación más bien que únicamente por referencia a su conducta pasada.
  2. Una parte debe convencer al tribunal de arbitraje de lo justificado de su causa. Dirige sus argumentos al tribunal y no a la otra parte. En una mediación, puesto que el resultado debe ser aceptado por ambas partes y no decidido por el mediador, una parte debe convencer a la otra o negociar con ella. Se dirige a la otra parte y no al mediador, aun cuando el mediador pueda ser el conducto de las comunicaciones de una parte a la otra.
  3. La mediación es un procedimiento más informal que el arbitraje.

Diferencias entre negociación, mediación y conciliación

Entre la negociación, mediación y conciliación se pueden advertir ciertas diferencias como son:

  1. Con respecto de los conflictos primero se accede a la mediación, si no existe acuerdo o este fuera parcial, se somete el conflicto, como una suerte de segunda instancia, a un tribunal de conciliación y arbitraje, mismo que no puede estar integrado por quienes hayan representado a las partes en mediación.
  2. Distinto de la mediación, los miembros del tribunal de arbitraje y conciliación proponen las bases de la conciliación.
  3. En un sentido amplio, la conciliación puede o no incluir a un tercero en la negociación; la mediación, en cambio, para ser tal, debe contar con un medidor, de otro modo no sería mediación.

Diferencias entre arbitraje y mediación

La mediación es mas ventajosa que el arbitraje porque permite que existen ahorros sustanciales en los costos, tanto directos como indirectos, ahorros en la contratación de un profesional abogado que lo defienda por un tiempo menor, por otra parte ahorro en los costos derivados de la paralización de faenas e inversiones mientras que el arbitraje permite que el conflicto sea resuelto por especialistas y a través de un procedimiento adecuado y funcional a la naturaleza de la disputa.

La mediación por su parte tiene ventajas innegables en todos aquellos conflictos en que resulta prioritario mantener las buenas relaciones entre las partes, lo que es de normal ocurrencia en el mundo de los negocios.

La mediación no está reglamentada por la ley, mientras que el arbitraje si.

El arbitraje es uno de los mecanismos de solución alternativa de conflictos. En el caso del arbitraje institucional éste tiene las siguientes ventajas: confidencialidad, respaldo administrativo, costos conocidos, existencia de un reglamento de arbitraje y cláusulas arbitrales modelos, además de la celeridad.

A diferencia del arbitraje, la mediación es una negociación voluntaria entre personas que mantienen diferencias y en la cual participa un tercero, el mediador, quien se encarga de restablecer la comunicación entre las partes a partir de sus posiciones y dirige el desarrollo de un proceso de negociación colaborativa, para que estos lleguen a un acuerdo.

Relaciones entre negociación, conciliación, mediación y arbitraje

Entre los conceptos: negociación, conciliación y mediación existe gran interrelación; pero es posible precisar lo siguiente:

  1. La negociación es una autocomposición voluntaria protagonizada por las partes y sin la intervención de terceros.
  2. La conciliación puede o no ser voluntaria, con o sin la participación de un tercero y puede o no ser extrajudicial.
  3. La mediación, en cambio, siempre es voluntaria, extrajudicial y requiere de la participación de un tercero llamado mediador.
  4. El arbitraje es un proceso voluntario entre las partes, pero una vez que se inicia continua como un proceso judicial.

Cuadro comparativo entre el Arbitraje, la Mediación y la Conciliación tomado de la página de la Alcaldía de Chacao, Venezuela.

Diferencias de la Medición y la Conciliación con el Arbitraje

MEDIACION Y CONCILIACION

ARBITRAJE COMERCIAL

1.- El proceso se inicia, continua y termina por voluntad de las partes, es decir, cualquiera de las partes puede en cualquier momento retirarse de la mediación, cambiar al mediador, modificar las reglas de procedimiento, entre otras cosas. 1.- El proceso se inicia por voluntad de las partes (cláusula compromisoria), pero una vez que se inicia, este continúa y termina como un verdadero proceso jurisdiccional.
2.- La resolución del conflicto está en manos de las partes. 2.- La resolución está en manos del árbitro, quien decide según lo alegado y probado a través de un laudo arbitral que hace las veces de sentencia y contra la cual se pueden interponer ciertos recursos.
3.- Por medio de estos métodos se trata de evitar un litigio. 3.- El arbitraje tiene por objeto solucionar un litigio.
4.- En la conciliación y mediación se procura llevar a las partes a un arreglo de sus diferencias o conflictos. 4.- La justicia arbitral persigue un fallo respecto del conflicto.
5.- En la conciliación o mediación las partes no estás obligadas a aceptar el arreglo que proponga el mediador. 5.- En el arbitraje, el laudo obliga a las partes a su cumplimiento.
6.- Ayudan a preservar las relaciones entre las partes. 6.- Por la característica del proceso, el mismo puede erosionar o agravar las relaciones entre las partes.

 

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Ultima actualización: 09 de Marzo 2003

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