CLÁUSULAS:
CAPÍTULO II:
DEL INGRESO AL SERVICIO Y DEL ESCALAFÓN.:
CLAUSULA OCTAVA.- Al presentarse una vacante definitiva o crearse un puesto y una vez recorrido en su caso el escalafón, el Colegio en un lapso no mayor de cinco días solicitara por escrito al Sindicato el personal necesario para cubrirlo y el Sindicato lo proporcionará en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente de aquel en que reciba la solicitud.
Todo el personal que se requiera para desempeñar trabajos por tiempo u obra determinada deberá ser solicitado al Sindicato por escrito, toda vez que corresponda a plazas sindicales, teniendo el Sindicato un plazo máximo de diez días, contados a partir del momento de recibir la solicitud, para proponer al personal requerido
La naturaleza de la relación de trabajo no se verá afectada por la forma de pago que adopte la Institución o la denominación que se le dé a los servicios prestados, en consecuencia los trabajos materia de este contrato, aún cuando se retribuyan con cargo a partidas especiales, serán contratados por conducto del Sindicato de acuerdo con la presente cláusula.
La solicitud del personal para cubrir plazas vacantes temporales o definitivas, puestos de nueva creación y por tiempo u obra determinada, se hará siempre con copia para la comisión Mixta de Ingreso, Permanencia y Promoción.
Un empleado de base podrá ser promovido a un puesto de confianza dentro de la misma Institución, pero en este caso y mientras conserve ese puesto, quedarán en suspenso todos sus derechos y prerrogativas que tuviere conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución General de la República, de la Ley Federal del Trabajo y del presente Contrato Colectivo de Trabajo, así como sus vínculos con el Sindicato. El trabajador que se contrate para cubrir su puesto, tendrá el carácter de empleado interino, de tal manera que si el trabajador de base promovido a un puesto de confianza regresa a su empleo de base, automáticamente se correrá en forma inversa el Escalafón y el último empleado interino dejará de prestar sus servicios para el Colegio sin responsabilidad tanto para el Sindicato como para el Patrón.
CLÁUSULA NOVENA.- A partir de la fecha de vigencia del presente contrato, el personal que aspire a ingresar a laborar al Colegio deberá cumplir con los requisitos siguientes:
PERSONAL ACADÉMICO. 1.- Presentar solicitud de ingreso al Colegio, ante el Comité Directivo Sindical.
2.- Obtener la carta de aceptación para iniciar los trámites de ingreso, emitida por el comité directivo sindical.
3.- Aprobar las evaluaciones que determine la Comisión Mixta de Ingreso, Permanencia y Promoción.
4.- Ser de nacionalidad mexicana (excepto casos especiales).
5.- Presentar el currícu!um vitae debidamente actualizado
6.- Contar con estudios de nivel licenciatura o equivalente.
7.- Carta de Pasante y/o Título y Cédula Profesional.
8.- Acta de nacimiento.
9.- Cédula Única de Registro Poblacional.
10.- Cartilla del Servicio Militar liberada en el caso de los hombres.
11.- 6 fotografías tamaño infantil de frente.
12.- carta de Antecedentes no Penales.
13.- Certificado Médico.
14.- Reunir el perfil requerido para cada caso.
15.- Presentar solicitud de empleo.
PERSONAL ADMINISTRATIVO.
1.- Presentar solicitud de ingreso al Colegio, ante el Comité Directivo Sindical.
2.- Obtener la carta de aceptación para iniciar los trámites de ingreso, emitida por el Comité Directivo Sindical.
3.- Ser de nacionalidad mexicana, salvo en casos especiales.
4.- Presentar el currículum vitae debidamente actualizado.
5.- Presentar certificado de estudios
6.- Contar con el perfil requerido para cada caso.
7.- Documento que avale el grado de estudios.
8.- Acta de nacimiento.
9.- Cédula Única de Registro Poblacional.
10.- Cartilla del Servicio Militar liberada en el caso de los hombres.
11.- 6 fotografías tamaño infantil de frente.
12.- Carta de Antecedentes no Penales.
13.- Certificado Médico.
14.- Presentar solicitud de empleo
PERSONAL CON ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES.
1.-Presentar solicitud de ingreso al Colegio, ante el Comité Directivo Sindical.
2.- Obtener la carta de aceptación para iniciar los trámites de ingreso, emitida por el Comité Directivo Sindical.
3.- Ser de nacionalidad mexicana (excepto en casos especiales).
4.- Presentar el curriculum vitae debidamente actualizado.
5.- Presentar certificado de estudios.
6.-Acta de nacimiento.
7.- Cédula Única de Registro Poblacional.
8.- Cartilla del Servicio Militar liberada en el caso de los hombres.
9.- 6 fotografías tamaño infantil de frente.
10.- Carta de Antecedentes no Penales.
11.- Certificado Médico.
12.- Reunir el perfil requerido.
13.- Presentar solicitud de empleo.
Las partes acuerdan que cuando se trate de personal de base, por ningún motivo una de ellas podrá infringir la presente cláusula, en caso de que así fuera quedará sin efecto cualquier contratación que se realice al respecto, procediéndose con la rescisión laboral correspondiente.