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SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN
SECCIÓN 22 OAXACA

XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO


CONVOCATORIA

EL Comité Ejecutivo Nacional y el Comité Ejecutivo de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, en uso de las facultades que le confiere lo dispuesto en el Titulo Tercero, Capitulo I, Articulo 50, Fracciones VIII y XI; Titulo Cuarto, Capitulo IV, Articulo 61, Fracciones 11, XXIII y XXXIII; Titulo Quinto, Capitulo I, Artículos 139, 140 y 142, Fracciones 11, Inciso C, Artículos 143, 144, 145 Y 146, Fracciones I, 11, IV, VII, IX Y X; Capitula III, Artículos 150, 151 Y 152, Fracciones IV y V; Titulo sexto, Capitulo I, Artículos 171, 174 Y 175, Fracción III, Artículos 176 Y 177, Fracción 11 y III; Capitulo III, Artículos 182, 183, 184 Y 186; Titulo Octavo, Capitulo I, Articulo 236; Capitulo 11, Artículos 237, 238, 239 y 240; Capitulo III, Articulo 241; Capitula IV, Artículos 242, 243, 244 y 245; Capitula V, Artículos 246,247,248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, '262 y 263; Capitulo VI, Artículos 264 y 265; Titulo Noveno, Capitulo I, Artículos 266, 267, 268,269,270,271 Y 272; Capitulo 11, Artículos 273,274, 275 y 276; Capitulo III, Artículos 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286, 287, 288; 289, 290 y 291, Fracciones I, 11 y IV, Artículo 295; Capitulo V, Artículo 305 y demás relativos de los estatutos en vigor, Convoca a los trabajadores de la educación agrupados en la sección 22 del SNTE en el estado de Oaxaca, al XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO, de conformidad con las siguientes:


BASES

PRIMERA: DE LUGAR Y FECHA

El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., se celebrará durante 105 días 1 y 2 de abril del 2004, en la ciudad de Oaxaca,.Oax.

SEGUNDA: DE LOS DELEGADOS EFECTIVOS.

A. Los delegados serán

1. Seran delegados efectivos con derecho a voz y voto, los trabajadores de la educación que legalmente hayan sido electos en asambleas delegacionales, en la proporción de un delegado por cada cien miembros o fracción mayor de cuarenta. Las delegaciones debidamente constituidas que reúnan los requisitos señalados en los estatutos en vigor, elegirán cuando menos un delegado. (Articulo 142, Fracción 11, Inciso C).

2. Los centros de trabajo, para elegir a sus delegados al congreso seccional podrán reunirse dos o mas entre si, o adherirse a la delegación rnás próxima. (Articulo 269).

3. Serán delegados efectivos los trabajadores de la educación que sean miembros activos de la delegación que los elija. (Articulo 12).

B. Los delegados efectivos al XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., se acreditaran con los siguientes documentos:

1. Copia del acta de Asamblea Delegacional en que fueron electos, debidamente requisitada, que deberá ser entregada oportunamente al Comité Ejecutivo Seccional.

2. Carta credencial de presunto delegado al XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., expedida por la mesa de los debates de la asamblea.

3. Registro de miembros activos de la delegación o centro de trabajo autorizado por la firma correspondiente de los secretarios generales y de organización del Comité Ejecutivo Seccional.

TERCERA: DE LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS.

A. Los delegados efectivos al XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., serán electos por voto directo y secreta en asambleas delegacionales ordinarias 0 extraordinarias, en su caso convocadas por los Comités Ejecutivos Nacional y Seccional, en los términos del articulo 246.

B. El registro de los candidatos a delegados al El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., se efectuará ante la mesa de los debates que presida la asamblea, según el orden del día dispuesto en la convocatoria respectiva. (Articulo 283).

CUARTA: DEL ORDEN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ASAMBLEAS DELEGACIONALES.

A. Para que las asambleas delegacionales tengan validez, deberán ajustar su funcionamiento a las disposiciones del Titulo Octavo, referente a las asambleas (Articulo 264 del estatuto en vigor).

B. Las asambleas delegacionales se ajustaran al siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Lista de asistencia.
2. Instalación legal de la asamblea
3. Elección de un secretario y dos escrutadores para integrar la mesa de los debates.
4. Lectura del acta de la asamblea anterior.
5. Lectura de la correspondencia recibida.
6. Informe del Comité Ejecutivo Delegacional o del representante del C.T., en su caso.
7. Informe del movimiento de fondos por el secretario de finanzas, en su caso.
8. Discusión del temario de la convocatoria.
9. Elección, renovación 0 reestructuración, en su caso, del Comité Ejecutivo Delegacional.
10. Elección de delegados al XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E.
11. Protesta formal de los delegados y/o dirigentes sindicales electos, en su caso.
12. Problemas específicos de carácter general que confronte la delegación C.T.
13. Clausura de la asamblea.

QUINTA: DE LA INSTALACIÓN Y ORDEN DEL DIA DE LOS TRABAJOS. DEL XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO DE LA. SECCIÓN 22 DEL S.N.T.E.

A. El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., se instalara legalmente en los términos del artículo 246, cuando se hayan acreditado y estén presentes la mitad mas uno de 105 delegados efectivos.

B. El XIXI CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 , del S.N.T.E., sujetara sus trabajos al siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Lista de presuntos delegados
2. Declaración de apertura de los trabajos del congreso.
3. Elección de la primera y segunda comisiones dictaminadoras de credenciales.
4. Informe del Comité Ejecutivo Seccional, por el Secretario General.
5. Informe del movimiento de fondos, por el Secretario de Finanzas.
6. Discusión y aprobación de los resolutivos de las comisiones dictaminadoras de credenciales y acreditación de los delegados efectivos.

7. Instalación legal del XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E.
8. Elección de dos vicepresidentes, dos secretarios y de dos a cuatro escrutadores para integrar la mesa de los debates, en los términos de los artículos 246 y 248.
9. Elección de las comisiones dictaminadoras de los informes del Comité Ejecutivo Seccional y de Glosa y del temario de la presente convocatoria.
10. Instalación en mesas de trabajo de las comisiones dictaminadoras de ponencias para el análisis y elaboración de los resolutivos del temario.
11.Discusión y aprobación, ,en su caso, de los dictámenes de las comisiones.
12. Elección del Comité Ejecutivo Seccional y del Comité Seccional Electoral.
13. Protesta formal del Comité Ejecutivo Seccional y del Comité Seccional Electoral.
14. Clausura de los trabajos del XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E.

SEXTA: DEL FUNCIONAMIENTO DEL CONGRESO.

A. El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E. funcionara de acuerdo con lo establecido en los Títulos Octavo y Noveno de los estatutos vigentes.
B. El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., trabajara en sesiones plenarias y por comisiones.

SEPTIMA: DEL TEMARIO DEL XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO DE LA SECCIÓN 22 DEL S.N.T.E.

1. Los retos de la educación publica en México.

1.1.- El papel de la educación en el nuevo milenio.
1.2.- La educación como política de estado.
1.3.- Financiamiento de la educación.
1.4.- La federalización de la educación ver sistema educativo nacional.
1.5.- La propuesta educativa del S.N.T.E.
1.6.- Fundación para la Cultura del Maestro.

2. Demandas económicas de los trabajadores de la educación básica y normal.

2.1.- Salario profesional.
2.2.- Negociación nacional y concurrencia estatal.
2.3.- Compensaciones, estímulos y prestaciones.
2.4.- Presupuesto educativo.
2.5.- Indexación salarial.
2.6.- Rezonificación.

3. Problemas específicos de los subsistemas homologados.

3.1.- Salarios y prestaciones.
3.2.- Reglamentos.
3.3.- Retos y perspectivas de la educación media superior y superior.

4. Demandas laborales y profesionales de los trabajadores de la educación.

4.1 Sistema Nacional de Formación, Actualización, Capacitación y Superación Profesional del Magisterio.
4.2.- Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo.
4.3.- Seguridad Jurídico-Laboral.
4.4.- Estrategias para mejorar la tabor docente, Carrera Magisterial y administrativa.
4.5.- Aprecio social a la labor docente.

5. Seguridad y calidad de vida.

5.1.- La importancia de la salud de los trabajadores de la educación estrategias para mejorar el servicio de las instituciones responsables.
5.2.- Créditos y Vivienda (esquemas de crédito, cobertura y calidad).
5.3.- Jubilaciones y pensiones.
5.4.- Fondo de Retiro, Sistema de Ahorro para el Retiro y Seguros.
5.5.- Cultura y Recreación.

6. Política sindical.

6.1.- El carácter estratégico de la estructura nacional y unitaria del S.N.T.E.
a) La unidad nacional en la diversidad y vida democrática de la organización
Sindical.
b) La relación con el Estado.
c) La educación y la relación del S.N.T.E. con la sociedad.
d) Políticas de comunicación.
e) Formación de cuadros sindicales.

6.2.- El S.N.T.E. en el Contexto internacional.
a) Los organismos internacionales: la Confederación de Educadores Americanos
y la Internacional de Educación, entre otros.
b) El papel del Instituto de Estudios Educativos y sindicales de América.

7. Programas socio-culturales y de servicios del S.N.T.E.

7.1.- Abasto y tiendas.
7.2.- Editorial.
7.3.- Cultura y Recreación.
7.4.- Turismo.
7.5.- Promociones económicas.
7.7.- La Biblioteca Nacional de Educación y Centro Cultural del S.N,T.E.

OCTAVA: DE LAS PONENCIAS.

Las ponencias podrán ser elaboradas por delegaciones; centros de trabajo, escuelas, en grupo o en forma individual, se deberán remitir al Comité Ejecutivo Seccional con la debida anticipación a la fecha de celebración del congreso seccional.

NOVENA: DE LOS GASTOS DEL CONGRESO.

A. Los gastos generales del XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E. serán cubiertos por el Comité Ejecutivo Seccional.

B. Los gastos de los delegados serán cubiertos por las delegaciones y/o centros de trabajo que los acrediten.

DÉCIMA: DE LOS GASTOS NO PREVISTOS

Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por el presidente de la mesa de los debates, en estricto apego a la norma estatutaria.

El presidente de la mesa de los debates tendrá facultades para cambiar el orden de los trabajos, en caso que lo requiera el buen funcionamiento de los mismos.


México D.F. a 26 de febrero del 2004


FRATERNALMENTE
“POR LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL PUEBLO”

POR EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

EL SECRETARIO GENERAL
PROFR. RAFAEL OCHOA GUZMAN


POR EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA SECCION 22 DEL S.N.T.E.

EL SECRETARIO GENERAL
PROFR. ALEJANDRO LEAL DÍAZ

EL SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN
PROFR. FREDY ROSADO LOPEZ

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