SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN
SECCIÓN 22 OAXACA
XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO
CONVOCATORIA
EL Comité Ejecutivo Nacional y el Comité
Ejecutivo de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores
de la Educación, en uso de las facultades que le confiere
lo dispuesto en el Titulo Tercero, Capitulo I, Articulo 50, Fracciones
VIII y XI; Titulo Cuarto, Capitulo IV, Articulo 61, Fracciones 11,
XXIII y XXXIII; Titulo Quinto, Capitulo I, Artículos 139,
140 y 142, Fracciones 11, Inciso C, Artículos 143, 144, 145
Y 146, Fracciones I, 11, IV, VII, IX Y X; Capitula III, Artículos
150, 151 Y 152, Fracciones IV y V; Titulo sexto, Capitulo I, Artículos
171, 174 Y 175, Fracción III, Artículos 176 Y 177,
Fracción 11 y III; Capitulo III, Artículos 182, 183,
184 Y 186; Titulo Octavo, Capitulo I, Articulo 236; Capitulo 11,
Artículos 237, 238, 239 y 240; Capitulo III, Articulo 241;
Capitula IV, Artículos 242, 243, 244 y 245; Capitula V, Artículos
246,247,248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259,
260, 261, '262 y 263; Capitulo VI, Artículos 264 y 265; Titulo
Noveno, Capitulo I, Artículos 266, 267, 268,269,270,271 Y
272; Capitulo 11, Artículos 273,274, 275 y 276; Capitulo
III, Artículos 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286, 287, 288;
289, 290 y 291, Fracciones I, 11 y IV, Artículo 295; Capitulo
V, Artículo 305 y demás relativos de los estatutos
en vigor, Convoca a los trabajadores de la educación agrupados
en la sección 22 del SNTE en el estado de Oaxaca, al XIX
CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO, de conformidad con las siguientes:
BASES
PRIMERA: DE LUGAR Y FECHA
El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22
del S.N.T.E., se celebrará durante 105 días 1 y 2
de abril del 2004, en la ciudad de Oaxaca,.Oax.
SEGUNDA: DE LOS DELEGADOS EFECTIVOS.
A. Los delegados serán
1. Seran delegados efectivos con derecho a
voz y voto, los trabajadores de la educación que legalmente
hayan sido electos en asambleas delegacionales, en la proporción
de un delegado por cada cien miembros o fracción mayor de
cuarenta. Las delegaciones debidamente constituidas que reúnan
los requisitos señalados en los estatutos en vigor, elegirán
cuando menos un delegado. (Articulo 142, Fracción 11, Inciso
C).
2. Los centros de trabajo, para elegir a sus
delegados al congreso seccional podrán reunirse dos o mas
entre si, o adherirse a la delegación rnás próxima.
(Articulo 269).
3. Serán delegados efectivos los trabajadores
de la educación que sean miembros activos de la delegación
que los elija. (Articulo 12).
B. Los delegados efectivos al XIX CONGRESO
SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., se
acreditaran con los siguientes documentos:
1. Copia del acta de Asamblea Delegacional
en que fueron electos, debidamente requisitada, que deberá
ser entregada oportunamente al Comité Ejecutivo Seccional.
2. Carta credencial de presunto delegado al
XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del
S.N.T.E., expedida por la mesa de los debates de la asamblea.
3. Registro de miembros activos de la delegación
o centro de trabajo autorizado por la firma correspondiente de los
secretarios generales y de organización del Comité
Ejecutivo Seccional.
TERCERA: DE LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS.
A. Los delegados efectivos al XIX CONGRESO
SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., serán
electos por voto directo y secreta en asambleas delegacionales ordinarias
0 extraordinarias, en su caso convocadas por los Comités
Ejecutivos Nacional y Seccional, en los términos del articulo
246.
B. El registro de los candidatos a delegados
al El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección
22 del S.N.T.E., se efectuará ante la mesa de los debates
que presida la asamblea, según el orden del día dispuesto
en la convocatoria respectiva. (Articulo 283).
CUARTA: DEL ORDEN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ASAMBLEAS
DELEGACIONALES.
A. Para que las asambleas delegacionales tengan
validez, deberán ajustar su funcionamiento a las disposiciones
del Titulo Octavo, referente a las asambleas (Articulo 264 del estatuto
en vigor).
B. Las asambleas delegacionales se ajustaran
al siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Lista de asistencia.
2. Instalación legal de la asamblea
3. Elección de un secretario y dos escrutadores para integrar
la mesa de los debates.
4. Lectura del acta de la asamblea anterior.
5. Lectura de la correspondencia recibida.
6. Informe del Comité Ejecutivo Delegacional o del representante
del C.T., en su caso.
7. Informe del movimiento de fondos por el secretario de finanzas,
en su caso.
8. Discusión del temario de la convocatoria.
9. Elección, renovación 0 reestructuración,
en su caso, del Comité Ejecutivo Delegacional.
10. Elección de delegados al XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO
de la Sección 22 del S.N.T.E.
11. Protesta formal de los delegados y/o dirigentes sindicales electos,
en su caso.
12. Problemas específicos de carácter general que
confronte la delegación C.T.
13. Clausura de la asamblea.
QUINTA: DE LA INSTALACIÓN Y ORDEN DEL
DIA DE LOS TRABAJOS. DEL XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO DE
LA. SECCIÓN 22 DEL S.N.T.E.
A. El XIX CONGRESO SECCIONAL
EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E., se instalara
legalmente en los términos del artículo 246, cuando
se hayan acreditado y estén presentes la mitad mas uno de
105 delegados efectivos.
B. El XIXI CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección
22 , del S.N.T.E., sujetara sus trabajos al siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Lista de presuntos delegados
2. Declaración de apertura de los trabajos del congreso.
3. Elección de la primera y segunda comisiones dictaminadoras
de credenciales.
4. Informe del Comité Ejecutivo Seccional, por el Secretario
General.
5. Informe del movimiento de fondos, por el Secretario de Finanzas.
6. Discusión y aprobación de los resolutivos de las
comisiones dictaminadoras de credenciales y acreditación
de los delegados efectivos.
7. Instalación legal del XIX CONGRESO
SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del S.N.T.E.
8. Elección de dos vicepresidentes, dos secretarios y de
dos a cuatro escrutadores para integrar la mesa de los debates,
en los términos de los artículos 246 y 248.
9. Elección de las comisiones dictaminadoras de los informes
del Comité Ejecutivo Seccional y de Glosa y del temario de
la presente convocatoria.
10. Instalación en mesas de trabajo de las comisiones dictaminadoras
de ponencias para el análisis y elaboración de los
resolutivos del temario.
11.Discusión y aprobación, ,en su caso, de los dictámenes
de las comisiones.
12. Elección del Comité Ejecutivo Seccional y del
Comité Seccional Electoral.
13. Protesta formal del Comité Ejecutivo Seccional y del
Comité Seccional Electoral.
14. Clausura de los trabajos del XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO
de la Sección 22 del S.N.T.E.
SEXTA: DEL FUNCIONAMIENTO DEL CONGRESO.
A. El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO
de la Sección 22 del S.N.T.E. funcionara de acuerdo con lo
establecido en los Títulos Octavo y Noveno de los estatutos
vigentes.
B. El XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección
22 del S.N.T.E., trabajara en sesiones plenarias y por comisiones.
SEPTIMA: DEL TEMARIO DEL XIX CONGRESO SECCIONAL
EXTRAORDINARIO DE LA SECCIÓN 22 DEL S.N.T.E.
1. Los retos de la educación
publica en México.
1.1.- El papel de la educación
en el nuevo milenio.
1.2.- La educación como política de estado.
1.3.- Financiamiento de la educación.
1.4.- La federalización de la educación ver sistema
educativo nacional.
1.5.- La propuesta educativa del S.N.T.E.
1.6.- Fundación para la Cultura del Maestro.
2. Demandas económicas de los trabajadores
de la educación básica y normal.
2.1.- Salario profesional.
2.2.- Negociación nacional y concurrencia estatal.
2.3.- Compensaciones, estímulos y prestaciones.
2.4.- Presupuesto educativo.
2.5.- Indexación salarial.
2.6.- Rezonificación.
3. Problemas específicos de
los subsistemas homologados.
3.1.- Salarios y prestaciones.
3.2.- Reglamentos.
3.3.- Retos y perspectivas de la educación media superior
y superior.
4. Demandas laborales y profesionales de
los trabajadores de la educación.
4.1 Sistema Nacional de Formación, Actualización,
Capacitación y Superación Profesional del Magisterio.
4.2.- Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo.
4.3.- Seguridad Jurídico-Laboral.
4.4.- Estrategias para mejorar la tabor docente, Carrera Magisterial
y administrativa.
4.5.- Aprecio social a la labor docente.
5. Seguridad y calidad de vida.
5.1.- La importancia de la salud de los trabajadores
de la educación estrategias para mejorar el servicio de las
instituciones responsables.
5.2.- Créditos y Vivienda (esquemas de crédito, cobertura
y calidad).
5.3.- Jubilaciones y pensiones.
5.4.- Fondo de Retiro, Sistema de Ahorro para el Retiro y Seguros.
5.5.- Cultura y Recreación.
6. Política sindical.
6.1.- El carácter estratégico
de la estructura nacional y unitaria del S.N.T.E.
a) La unidad nacional en la diversidad y vida democrática
de la organización
Sindical.
b) La relación con el Estado.
c) La educación y la relación del S.N.T.E. con la
sociedad.
d) Políticas de comunicación.
e) Formación de cuadros sindicales.
6.2.- El S.N.T.E. en el Contexto internacional.
a) Los organismos internacionales: la Confederación de Educadores
Americanos
y la Internacional de Educación, entre otros.
b) El papel del Instituto de Estudios Educativos y sindicales de
América.
7. Programas socio-culturales y de servicios
del S.N.T.E.
7.1.- Abasto y tiendas.
7.2.- Editorial.
7.3.- Cultura y Recreación.
7.4.- Turismo.
7.5.- Promociones económicas.
7.7.- La Biblioteca Nacional de Educación y Centro Cultural
del S.N,T.E.
OCTAVA: DE LAS PONENCIAS.
Las ponencias podrán ser elaboradas
por delegaciones; centros de trabajo, escuelas, en grupo o en forma
individual, se deberán remitir al Comité Ejecutivo
Seccional con la debida anticipación a la fecha de celebración
del congreso seccional.
NOVENA: DE LOS GASTOS DEL CONGRESO.
A. Los gastos generales del
XIX CONGRESO SECCIONAL EXTRAORDINARIO de la Sección 22 del
S.N.T.E. serán cubiertos por el Comité Ejecutivo Seccional.
B. Los gastos de los delegados
serán cubiertos por las delegaciones y/o centros de trabajo
que los acrediten.
DÉCIMA: DE LOS GASTOS NO PREVISTOS
Los casos no previstos en la presente convocatoria,
serán resueltos por el presidente de la mesa de los debates,
en estricto apego a la norma estatutaria.
El presidente de la mesa de los debates tendrá
facultades para cambiar el orden de los trabajos, en caso que lo
requiera el buen funcionamiento de los mismos.
México D.F. a 26 de febrero
del 2004
FRATERNALMENTE
“POR LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL PUEBLO”
POR EL COMITÉ EJECUTIVO
NACIONAL
EL SECRETARIO GENERAL
PROFR. RAFAEL OCHOA GUZMAN
POR EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA SECCION 22 DEL S.N.T.E.
EL SECRETARIO GENERAL
PROFR. ALEJANDRO LEAL DÍAZ
EL SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN
PROFR. FREDY ROSADO LOPEZ
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