Tasas
de 2003, 2004 y 2005
Las sentencias cuyos efectos pueden extenderse
a todos los vecinos se refieren a la tasas de 2001 y 2002.
El resto de tasas está en los tribunales.
Hasta que los tribunales no se pronuncien definitivamente el Ayuntamiento
puede exigir el cobro de la tasa a los vecinos. Negarse al pago
de un tributo que aún no ha sido anulado por los tribunales
es una decisión que corresponde, en conciencia, a cada
uno. Desde Justicia Tributaria consideramos que el tiempo y la
Justicia darán la razón a los vecinos y el Ayuntamiento
se verá obligado a no exigir o devolver el pago de la tasa.
En caso de no pagar, el Ayuntamiento podrá
proceder a su cumplimiento forzoso lo que significa, lejos de
las infundadas amenazas del Alcalde, que pueden embargar de nuestra
cuenta corriente la cantidad líquida correspondiente a
la tasa, más un recargo.
Así está el resto de tasas:
2003
Recurrida judicialmente en el TSJ (por enero
de 2006). Se está a la espera de respuesta.
2004
Reclamada judicialmente en el TSJ. Órgano
superior que terminará de pronunciarse sobre la misma.
A la espera de sentencia.
Para ahorrar a los vecinos molestias innnecesarias
propias de la mecánica procesal y, conscientes de que el
proceso y las apelaciones pueden prolongarse 3 años o más,
Justicia Tributaria ha presentado la demanda a título personal.
Si se obtiene sentencia firme estimatoria, Justicia Tributaria
reclamará en su momento y para sus socios la extensión
de los efectos de esa sentencia.
2005
Recientemente reclamada en el juzgado por
ULEG- JT (presentamos la demanda en diciembre de 2005 y fue admitida
a trámite en abril de 2006). A la espera de que se celebre
el juicio.
Justicia Tributaria seguirá reclamando
y apoyando la lucha de los vecinos contra las injusticias e ilegalidades.
Es nuestra obligación defender nuestros derechos ante la
arbitrariedad del Alcalde. La Justicia, como ha demostrado la
sentencia sobre la tasa del año 2001 está de nuestra
parte.
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