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Tasas 02/03/04
 
 

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Escrito de rectificación de errores para aquellos vecinos a los que no se les haya aplicado la bonificación de 6 euros por cuarto de basuras en su recibo de la tasa de basura.

Aquellos vecinos titulares de viviendas en edificios que tengan cuarto de basuras reconocido por el Ayuntamiento (si tiene dudas consulte a su comunidad de vecinos) y no se les haya aplicado la exención de 6 euros prevista, pueden presentar este escrito en la Casa del Reloj, presentando su DNI y fotocopia del mismo.

No olviden completar los espacios en blanco y firmarla.

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El artículo 6 de la Ordenanza Reguladora de la Tasa sobre gestión de recogida de residuos sólidos urbanos para 2005 establece una bonificación de 6 Euros anuales a los propietarios de inmuebles ubicados en edificios que tengan y usen cuarto o habitación destinada a albergar los cubos de basura orgánica e inorgánica, donde se depositan los residuos sólidos urbanos procedentes de las viviendas de dicho edificio.


Esta bonificación se concederá por el Ayuntamiento, previa tramitación del correspondiente expediente en el que constará informe favorable de los servicios técnicos municipales. La presente bonificación surtirá efecto a partir de la aprobación de la presente ordenanza, sin que tenga efecto retroactivo alguno.

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