Escrito de rectificación
de errores para aquellos vecinos a los que no se les haya aplicado
la bonificación de 6 euros por cuarto de basuras en su
recibo de la tasa de basura.
Aquellos vecinos titulares
de viviendas en edificios que tengan cuarto de basuras reconocido
por el Ayuntamiento (si tiene dudas consulte a su comunidad
de vecinos) y no se les haya aplicado la exención de
6 euros prevista, pueden presentar este escrito en la Casa del
Reloj, presentando su DNI y fotocopia del mismo.
No olviden completar los
espacios en blanco y firmarla.
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El artículo 6 de
la Ordenanza Reguladora de la Tasa sobre gestión de recogida
de residuos sólidos urbanos para 2005 establece una bonificación
de 6 Euros anuales a los propietarios de inmuebles ubicados
en edificios que tengan y usen cuarto o habitación destinada
a albergar los cubos de basura orgánica e inorgánica,
donde se depositan los residuos sólidos urbanos procedentes
de las viviendas de dicho edificio.
Esta bonificación se concederá por el Ayuntamiento,
previa tramitación del correspondiente expediente en
el que constará informe favorable de los servicios técnicos
municipales. La presente bonificación surtirá
efecto a partir de la aprobación de la presente ordenanza,
sin que tenga efecto retroactivo alguno.