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Fines de la AsociaciónArtículo 2º.- Son fines de la Asociación ejercitar, en beneficio de los asociados, toda clase de acciones ante las autoridades y organismos de las distintas esferas de la Administración y/o Empresas, sean éstas públicas o privadas, y ante toda clase de juzgados y tribunales de justicia. Mantener y defender su absoluta independencia frente a cualquier injerencia o control de la Administración, partidos políticos y organizaciones empresariales o sindicales. Además de los fines genéricos anteriormente citados, son fines específicos prioritarios los siguientes: a) Controlar y vigilar el cumplimiento estricto de los contratos de Prejubilación, Desvinculación y Jubilación o de cualquier tipo, así como los posibles Expedientes de Despido firmados con Telefónica S.A., Telefónica de España S.A., Telefónica Sociedad Operadora de Servicios de Telecomunicaciones en España S.A., o cualquier denominación empresarial actual o futura de las empresas pertenecientes al Grupo de Telefónica S.A., así como Antares S.A., como empresa aseguradora o cualquier otra empresa, ya sea aseguradora, financiera, o de cualquier otra naturaleza que en el futuro pudiera asumir los compromisos adquiridos, como responsable final. b) Ejercitar, en beneficio de los asociados, toda clase de acciones legales conducentes a que, las empresas relacionadas en el apartado anterior cumplan sus compromisos con el Seguro Colectivo en sus modalidades de Riesgo y Supervivencia, y cuantos seguros intervengan en las garantías de las Rentas, así como Antares S.A., o la Empresa Aseguradora o Entidad Financiera que en su momento tenga la responsabilidad sobre las pólizas de seguro mencionadas, así como los que dictaminen las leyes que regulen la función aseguradora. c) La participación de forma activa y constructiva en todos los órganos de entidades públicas o privadas, que legalmente les pudiera corresponder a los asociados y que afecten a sus derechos sociales, así como en aquellas otras entidades públicas o privadas que pudieran ser de igual interés para la mejor defensa y/o alternativa de los intereses y derechos sociales de los asociados, fundamentalmente en lo relacionado con la previsión social complementaria, actual o futura, como Planes de Pensiones de Empleados de Telefónica S.A. y Empresas del Grupo Telefónica, etc... d) La defensa de los derechos sociales y beneficios reconocidos en la Normativa Laboral y Convenios, en relación con la situación de Prejubilación, Desvinculación (cualquiera que fuese su fórmula) y/o Jubilación: Salario regulador, Plan de Pensiones, Seguro de Sueldo, A.T.A.M., Empresa Colaboradora, etc... e) Realizar acuerdos de colaboración dentro del ámbito estatal, Unión Europea o cualquier otro donde Telefónica desarrolle su actividad, si ello es posible, con organismos públicos o privados, o con cualquier Asociación o Federación, cuyos fines y funcionamiento sean análogos al de esta Asociación, incluida la creación y participación en todas aquellas fórmulas asociativas que permitan lograr los fines perseguidos por esta Asociación y conseguir una mayor eficacia en la protección social de sus asociados. f) En caso de fallecimiento o en caso de incapacidad total o parcial de un
miembro de la Asociación, ésta dará asesoramiento administrativo y jurídico en
relación con los temas propios de esta Asociación a los derechohabientes. g) Promover actividades de carácter cultural y social. h) Mantener relaciones culturales con elementos afines en España y en el Extranjero. |
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