ACADEMIA MEXICANA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN

Principal ·.· Historia ·.· Organización ·.· Miembros ·.· Biblioteca ·.· Sitios de interés

 

 

 

OBJETIVO

La Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación, tiene por objeto el estudio teórico y práctico de las ciencias jurídicas. Para realizar su objeto, promueve la publicación de obras, especialmente las escritas por sus miembros; celebra conferencias y certámenes públicos; decreta premios y menciones honoríficas para obras jurídicas y notables; resuelve consultas jurídicas de los poderes públicos, o particulares; está en relación con otras academias y agrupaciones principalmente de España y América Latina, y con todas las otras instituciones nacionales o extranjeras, cuyas labores considera útiles para el cultivo de la cultura jurídica.

ORGANIZACIÓN

Según los estatutos aprobados en sesión plenaria de 8 de octubre de 1930, los sitiales de la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación se asignaron por orden alfabético; de entonces a la fecha, tras el deceso de los miembros numerarios originales, o bien, aquellos que han cumplido ochenta años de edad, que pasan a ser miembros vitalicios, se han venido cubriendo los vacantes por connotados juristas mexicanos. 

Para ser académico se requiere tener distinguidos méritos en la ciencia jurídica, así como intachable honorabilidad en el desempeño de la profesión.

Cada académico de número poseerá, y deberá portar en sesión solemne, una de las cincuenta veneras doradas, con el escudo de la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación en el anverso, y los colores de nuestra enseña patria en el reverso.

 

ESTATUTOS

 

 

 

Webmaster

 

 

Hosted by www.Geocities.ws

1