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1566, enero, 8 - 1566, enero, 10. Alhambra.
Autos de la denuncia del fiel de la Alhambra contra Francisco Hernández, arriero, y Pedro de la Magdalena por comprar y vender vino en la Puerta del Vino.
AHA, Leg. 223, p. 114, 2 fols.

En el Alhambra, ocho de henero de IUDLXVI años.

Hernan Lopez, fiel desta Alhambra, denunçió de vn harriero que no sabe su nonbre el qual protestó declarar e de Pedro de la Madalena, vezino desta Alhambra, en que dixo que siendo el dicho harriero obligado conforme a las hordenanças desta Alhambra de el vino que truxere de fuera parte a vender a esta Alhambra de descargallo e vendello publicamente en la Puerta del Vino desta Alhambra para el proveymiento de la gente de guerra que en ella reside, el dicho harriero a traydo çiertas cargas de vino a esta Alhambra e la a llevado e descargado en casa del dicho Pedro de la Madalena, e alli el dicho Pedro de la Madalena lo a vendido e vende a muchas personas a preçios eçesivos e como le a paresçido e sin postura, en lo qual an cometido delito e es gran daño e perjuizio de la republica e vezinos e moradores desta Alhambra. E esta tarde a hallado en casa del dicho Pedro de la Madalena tres cueros e medio llenos de vino blanco de vino traydo de fuera, e el dicho harriero le dixo a este que denunçia que alli lo tenia tres dias e el dicho Pedro de la Madalena.

Por lo qual pidió que se proçeda contra ellos.

E juró la denunçiaçion en forma.


Confesion de Pedro de la Madalena.

En el Alhambra, nueve de henero de mill e quinientos e sesenta e seys años, se tomó e resçibió juramento en forma de derecho del dicho Pedro de la Madalena.

So cargo del qual dixo que lo que pasa es quel dicho Françisco Hernandez, harriero, vezino de Cabra, truxo seys cargas de vino desde Yxnaxar, e lo descargó en la Puerta del Vino desta Alhambra el domingo que agora pasó, oy a quatro dias, e de noche se trae a casa deste confesante a guardar e de dia se lleva a la Puerta del Vino a vender, e niega aver vendido en casa deste confesante vino ninguno.

Y preguntado si es verdad queste confesante// se conçierta con los harrieros que traen vino a esta Alhambra a la Puerta del Vino della para vender que no lo descarguen en la dicha puerta sino en casa deste confesante, e desde alli este confesante lo vende a quien le paresçe, dixo que lo niega.

Preguntado a qué personas a vendido vino desde su casa a personas de la Alhambra de lo de fuera de parte, dixo que no, a ninguna.

E questa es la verdad e lo que pasa so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó.


Confesion de Françisco Hernandez de Pedrosa, harriero.

E luego, yncontinente, en este dicho dia e mes e año susodicho, se tomó e resçibió juramento en forma de derecho del dicho Françisco Hernandes, harriero, vezino de Cabra.

So cargo del qual le fueron fechas las preguntas siguientes:

Preguntado quántas cargas de vino truxo a esta Alhambra, e quándo llegó con ello, e de dónde lo truxo, dixo que truxo seys cargas de vino, e lo truxo el domingo en la noche, oy a quatro dias, e lo truxo de Yxnaxar.

Preguntado a dónde lo descargó en el Alhambra, dixo que en la Puerta del Vino della.

Preguntado qué tanto lo tuvo en la puerta, dixo que hasta que fue de noche.

Preguntado qué ha hecho del vino, dixo que lo a vendido a personas de la Alhambra, fiado e pagado, luego a las personas que Pedro de la Madalena le a dicho.

Preguntado quántos cueros de vino del dicho vino tiene al presente en casa del dicho Pedro de la Madalena, dixo que dos cueros llenos de vino.

Preguntado quánto a que tiene los dichos dos cueros de vino en casa del dicho Pedro de la Madalena, dixo que desde el domingo pasado.

Preguntado por qué los tiene en casa del dicho Pedro de la Madalena e no en la Puerta del Vino, dixo que porque desde antiyer los tiene vendidos a vn terçiopelero que bive en la casa de Salinas.

Preguntado si sabe quel vino de fuera parte que se trae a vender a esta Alhambra no se puede descargar en otra parte sino en la Puerta del Vino, dixo que no lo sabe.//

E questo es la verdad so cargo del dicho juramento que hizo. E no lo firmó porque no sabia.


En el Alhambra de la çiudad de Granada, nueve dias del mes de henero de mill y quinientos y sesenta y seys años.

El muy yllustre señor don Luis Hurtado de Mendoça, alcaide y capitan desta çiudad de Granada y su Alhambra y fortalezas por Su Magestad, y theniente de capitan general del reyno de Granada por el yllustrisimo señor don Yñigo Lopez de Mendoça, Conde de Tendilla, capitan general del dicho reyno, dixo que mandava y mandó notificar al dicho Pedro de la Madalena que, de aqui adelante, no se entremeta en cosa ninguna tocante al vino que viene a esta Alhambra de fuera parte a venderse en ella y se descarga en la Puerta del Vino desta dicha Alhambra, ni en otra cosas alguna a la dicha Alhambra tocante, con aperçebimiento que si asi no lo hiziere y cunpliere Su Señoria proçederá contra él, e le castigará conforme a justiçia.

/Notificaçion./ En la Alhambra, diez dias del mes de henero de mill e quinientos e sesenta e seys años, yo, el escriuano yuso escripto, notifiqué lo susodicho y el dicho abto e lo proveydo e mandado por el dicho señor don Luis al dicho Pedro de la Madalena, de que yo el dicho escriuano doy fe.

Testigos, Rodrigo Arias, vezino de la dicha Alhambra.


                                                       
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