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Lo que parece que est� claro es que, sea cual fuere las causas de los primeros asentamientos, la fundaci�n de la villa data de mediados del s.XIV, aunque tampoco est� muy claro quien la funda. La hip�tesis m�s aceptada es que la villa ser�a fundada por Gonzalo Mej�a, maestre de la Orden de Santiago, a la que perteneci� Torremej�a.
As� pues, podemos decir que Torremej�a nacer�a como villa en la Edad media, de esa �poca s�lo queda la Torre Medieval, en ruinas, anexa al albergue.
Durante este tiempo hubo enfrentamientos con Portugal, por los conflictos de sucesi�n en la Corona de Castilla, entre Juana la Beltraneja e Isabel la Cat�lica. Torremej�a, podemos decir que estaba en una posici�n fronteriza y es probable que los enfrentamientos con Portugal, repercutieran en la villa. De hecho en la comarca emeritense hay constancia de graves da�os, acarreados por las sublevaciones de Portugal.
Para empezar, habr�a que se�alar que pese a la fertilidad de las tierras del campo, a principios de siglo, la mayor�a de la poblaci�n viv�a en la pobreza, muchas familias viv�an en chozos 2, otras lo pasaban muy mal para malvivir hasta fin de mes, y un gran porcentaje no sab�a leer ni escribir. La inmensa mayor�a trabajaba como jornaleros en el campo, que pertenec�a casi todo a la familia Lastra y Losada. Tambi�n hab�a ciertos propietarios m�s peque�os pero eran una infima parte. La desigualdad era patente, as� como el caciquismo.
Esta situci�n es parecida a la del resto de los pueblos del Espa�a, hasta la llegada de la II Rep�blica, en 1931.
El 14 de abril de 1931 triunfar�n las fuerzas progresistas, en las elecciones municipales de Torremej�a (as� como en la mayor�a de los pueblos de Espa�a). Entre los objetivos a cumplir a nivel estatal, estaba la voluntad de transformar dr�sticamente las estructuras agrarias para poder acabar con la grave situaci�n de injusticia en que viv�a la poblaci�n rural en amplias zonas del territorio espa�ol. Este reformismo republicano fracasar�a al poco tiempo. Y es que las reticencias que este tema generaba en un pa�s agr�cola por excelencia y el escr�pulo legal manifestado por los hombres del primer gobierno republicano hizo que evitaran la f�rmula del decreto para imponer la reforma agraria, acordando en su lugar una comisi�n de expertos. Dicha comisi�n estaba formada por hombres como Felipe S�nchez Rom�n, Antonio Flores de Lemus o Pascual Carri�n. Estos hombres fueron los encargados de elaborar un proyecto de reforma t�cnicamente aplicable que el gobierno elevar�a a las cortes para que se aprobase.
Un punto de este proyecto ser�a, m�s adelante, la elaboraci�n de un catastro, el cual fue publicado por Pascual Carri�n (�Los latifundios en Espa�a�). El catastro no fue terminado al cien por cien, as� en Badajoz ser�n catastradas el 82,91% de las tierras, que correspond�a a 1.767.571 ha. De ellas, el 34% de las hect�reas catastradas correspond�an a fincas de m�s de 250 ha, a las que podemos llamar latifundios.
Las divisiones pol�ticas que iba a generar tan importante cuesti�n hicieron que se sucedieran hasta cuatro proyectos distintos, hasta que en mayo de 1932 se iniciaron los debates parlamentarios sobre un texto fruto del consenso de las principales fuerzas gobernantes.3
El 15 de septiembre de 1932 se promulgaba la Ley de Bases de la Reforma Agraria. Los principales objetivos de esta ley eran: acabar con los latifundios y el absentismo rural, hacer que la tierra cumpliera una verdadera funci�n social, proporcionando a los miles de campesinos desheredados el beneficio que remediase su ancestral situaci�n de dependencia econ�mica.4
Para aplicar la reforma, se cre� el Instituto de la Reforma Agraria, (IRA), quedando bajo su jurisdicci�n las comunidades rurales y las juntas provinciales agrarias.
La aplicaci�n de la ley no va a satisfacer las ilusiones que en ella hab�an depositado las masas campesinas, ya que hab�a que hacer numerosos tr�mites y era bastante compleja. La ley tuvo una vigencia bastante corta, dur� del 21 de septiembre de 1932 al 31 de diciembre de 1934, y los fondos destinados al IRA resultaron insuficientes para cumplir el objetivo de asentar sesenta o setenta mil campesinos por a�o. Mientras tanto, en Torremej�a las tensiones sociales se empiezan a hacer latentes y empieza a surgir notablemente ciertos movimientos sindicales.
En las elecciones de 1933 se va a producir el triunfo conservador, pero esto no supondr� la abolici�n inmediata de la Reforma. Incluso, seg�n algunos autores, como Malefakis, la pr�ctica de la ley se va a intensificar durante los nueve primeros meses de 1934, superando al periodo anterior. Una de las razones que puedan explicar, en cierto modo, este suceso podr�a ser la falta de criterios comunes sobre pol�tica agraria que tuvieron los partidos de centro-derecha.
El 1 de agosto de 1935, el nuevo Ministro de Agricultura, del gobierno radical-cedista, Nicasio Velayos, promulga la Ley de Contrarreforma Agraria. Esta ley anulaba a la anterior: se llevar� a cabo un despido libre de colonos y se devolver�an las tierras expropiadas. Adem�s indemnizar� a los propietarios con car�cter detractivo.
Esto trasladado al nivel social hace que en los pueblos surgan ciertos odios entre jornaleros y propietarios, que se ver�n claramente en Torremej�a cuando se produzca el levantamiento de julio del 36.
El triunfo del frente popular traer�a de nuevo a la actualidad el tema de la Reforma Agraria, vi�ndose obligado el gobierno a adoptar una serie de disposiciones simplificadoras de la ley de 1932, que agilizaban el proceso de expropiaci�n. Sin embargo, y debido a la conflictividad social, el Gobierno a lo m�s que pod�a llegar era a legalizar las expropiaciones espont�neas que estaban haciendo muchos campesinos. Seg�n el Ministro de Agricultura, Luis de Funes, hasta el 19 de junio de 1936 se hab�an asentado 192.183 campesinos en 755.888 ha.5
En 1936, Torremej�a era el pueblo perteneciente al partido judicial de M�rida con la distribuci�n de la base imponible menos equitativa. Si en M�rida los grandes propietarios reun�an un 76,6% de la base imponible, en Torremej�a un s�lo propietario era due�o de casi todo el t�rmino. Y es que de 2282 ha, el due�o pose�a 2190 ha, lo que equival�a al 95,6% del t�rmino municipal.6
2) Para entender bien c�mo era un chozo se puede leer "La familia de Pascual Duarte". CELA, C.J: "La familia de Pascual Duarte", Edicciones Destino, Barcelona, 2001.
3) Justamente en 1932 y en el centro del latifundismo andaluz, Sevilla, tiene lugar el intento de golpe de estado del general Sanjurjo.
4) La ley estipulaba las tierras susceptibles de expropiaci�n, as� como los dif�ciles mecanismos jur�dicos para poder llevar a cabo este proceso. Entre las propiedades que deb�an ser nacionalizadas ocupan el primer lugar las tierras que pertenec�an a la nobleza, que en 1931 pose�a inmensas extensiones de terreno.
5) En "La Familia Pascual Duarte", de Camilo Jose Cela, hay una referencia a cierto revuelo en Torremej�a, "quince d�as de revoluci�n" (d�as en los que seg�n la novela Pascual Duarte mata al se�or Gonz�lez de la Riva). CELA, C.J: "La familia de Pascual Duarte", Ediciones Destino, Barcelona, 2001.
6) Los datos y porcentajes se pueden ver en el catastro de Carri�n: CARRION, P: "Los latifundios en Espa�a", Ariel, Barcelona, 1972. Tambi�n hay una clara referencia a la peculiar situci�n en Torremej�a respecto al resto de los pueblos del partido judicial de M�rida en GUTIERREZ CASAL�, J.L: "La Guerra Civil en la provincia de Badajoz. Represi�n republicano-franquista", Universitas Editorial, Badajoz, 2003. p.175
Por otra parte el propietario de tal basta extensi�n era Manuel de la Lastra y su mujer Carmen Losada: "LAVADO BARRERO, F: "Torremej�a, mi pueblo y mis cosas", Diputaci�n de Badajoz, 2003. p.28.