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Funcionamiento de la casa Quaestor
(Quaesitor)

Por Jason Charles Buss y Gabriel Pallarés Ramón

El cuerpo principal de este artículo es la traducción de "Workings of House Quaesitor" de Jason Charles Buss. El apéndice son añadidos míos para completar o añadir detalles al texto original. El artículo original (en ingles) está localizable (si no se ha roto el enlace) en http://www.unc.edu/~murphy/rabenstein/quaestors.html.

A continuación la traducción del artículo "Workings of House Quaesitor"

Funcionamiento de la casa Quaesitor

Símbolo y Sigil

El símbolo fácilmente reconocible y a menudo temido de los Quaestors es el fasces (pronunciado "FAS-eez" que significa 'haz'). Este artefacto consta de un grupo de 21 bastones de madera o barras de hierro formando un haz apretado atado con una correa de cuero. En el centro de las varas sobresaliendo por el extremo asoma una pequeña hacha de doble filo (puesto que la mayoría de los fasces tienen solamente unos 40 centímetros de largo, el hacha en miniatura es simplemente simbólica, y de hecho a veces ni siquiera está; dándose por implícita su presencia). Aunque eran de origen etrusco, los fasces eran un símbolo del poder burocrático y judicial en la Roma antigua. Los magistrados los mostraban en lugares públicos simbolizando la autoridad que les había sido otorgada, y cuando la casa Gernicus fue creada dentro de la orden, los adoptaron. Las varas de los fasces simbolizan la energía concentrada de las diversas casas de la orden, una por cada casa (es importante hacer notar que en la saga de Rabenstein y de Corona Montis se usan casas adicionales1) mientras que la hoja del hacha a la que rodean denota la autoridad absoluta de los juicios del Quaestors2 (es el hacha de los executioner que los Etruscos usaban para ejecutar la pena capital).

Cada Quaestor tiene un fasces personal que utiliza no solamente para establecer su rango y autoridad como magistrado, sino también como sigil hermético. Está prohibido por el código de Hermes refutar la autoridad del portador de un fasces. Siguiendo esta regla no es necesario reconocer la autoridad de un Quaestor que no lleve su fasces (puede resultar imprudente jugar esa carta; se han dado casos en que se han producido hurtos de fasces destinados a retrasar u obstruir la justicia hermética, rara vez los implicados han escapado a serios castigos por dicha ofensa). El uso del fasces por parte de alguien que no es oficialmente Quaesitor, suplantando sus funciones, esta considerado como un crimen capital dentro de la orden.

El Quaestor principal de cada uno de los tribunales (el Praefectus), emplea un fasces cuyas varas miden alrededor de un metro de largo y rodean un hacha muy poco simbólica. Demasiado grande y poco manejable ser llevado por una sola persona, estos fasces son llevados por una procesión de los asistentes llamados 'lictores' (normalmente jóvenes Quaestors). El hacha central de estos fasces ceremoniales se usa para ejecutar las penas de muertes a magis expulsados de la orden, y en algunos tribunales hay todavía manchas de sangre en la hoja, haciendo la entrada ceremonial de los fasces en las reuniones regulares del tribunal un momento siniestro. Observese que el término 'Fascismo' del siglo XX deriva de la autoridad total del portador del Fasces.

Rangos y privilegios

Mientras que el poder y la jurisdicción de la casa Quaestor estan bien establecida dentro de la orden, el poder y las responsabilidades de sus miembros varían considerablemente y estan altamente reguladas, para asegurar que no ocurran abusos y que la ley prevalezca. Técnicamente todos los miembros de la casa pueden ser llamados 'Quaestor,' que significa magistrado. Pero este título es en gran parte ceremonial y normalmente se precede por su rango oficial del mago Estos rangos son conocidos por toda la Orden (por lo menos por los miembros versados en ley hermética), y son detalladas abajo (de los rangos inferiores a los superiores):

Investigating Quaesitor Lictor
Indigator
Praetor Urbanus
Praetor Peregrinus
Annalium Scriptor
Praefectus
Investigating Quaesitor

Además de estas rangos formales de la casa Quaestor, existen veinte Quaestor Dignitus, cuya autoridad, aunque limitada, puede superar la de los rangos normales de la casa Quaestor en ciertas materias. Estos magus-jueces honorarios son miembros de otra casa hermética a los que se les ha concedido el privilegio de miembro ceremonial de la casa Quaestor de acuerdo con las leyes herméticas. No tienen autoridad para realizar los deberes normales de la casa Quaestor, resolver juicios o interpretar las leyes herméticas por si mismos, no obstante pueden convocar una reunión de sus colegas para emitir el juicio de mayor rango de la orden con respecto a materias particularmente graves. Se crearon para que cada casa estuviera adecuadamente representada dentro de la orden, y asegurarse de que nadie sufriera persecuciones o juicios ilícitos.

Iudicium

Un Iudicium es una corte de la autoridad legal, que dicta sentencia para cualquier acusación de crímenes graves contra la ley hermética. El Iudicium es presidido por un solo Quaestor, que debe tener como mínimo el rango de Praetor. El Praetor dicta el orden del procedimiento, determinando quién puede hablar, qué evidencia es admisible, cuando el comienza el juicio, si se suspende la sesión, si concluye el juicio, y cualquier otro tema concerniente a él. Su autoridad es absoluta, con todo no emite el veredicto. Ésta es la responsabilidad del Judex (los miembros del jurado), que deben ser magi y pueden proceder de cualquier casa hermética. Para que sea legitima una corte, el judex, debe incluir por lo menos tres magi (aunque cinco, siete, o nueve son también validos; siempre un número impar, y a menudo depende de tradiciones locales dentro del tribunal). Mientras que es costumbre tener por lo menos un magus de la casa Quaestor (de cualquier rango) como judex, es preferible que el resto provengan de casas tan variadas como sea posible. Esto no es obligatorio, y es perfectamente legal llevar a cabo un juicio en el cual solamente magi de la casa Quaestor formen parte del jurado. A discreción del praetor presidente el juicio comienza generalmente con una presentación de los cargos contra el magus acusado. Normalmente el principal Indagator que investigó el caso presentará las pruebas y realizara el papel de fiscal. El magus defensor plantea entonces su defensa, y puede convocar a otros magi para hablar en su favor. En casos donde dos magos rivales o dos facciones opuestas están en disputa ambas discuten sus posiciones (el Praetor dicta qué lado habla primero y la corrección del argumento). Permitir que no-magi hablen en un juicio es un acontecimiento infrecuente, y se permite solamente con el consentimiento del Praetor (quién se debe, como siempre, a la justicia y a la imparcialidad). Cuando se concluye el juicio, el judex decide el veredicto mediante voto secreto. En la mayoría de los casos una mayoría simple es suficiente, aunque es obligatoria la unanimidad cuando un magus puede ser expulsado de la orden o ejecutado inmediatamente (el Praetor mismo no vota, aunque tiene el derecha de romper empates emitiendo, en esos poco frecuentes casos, directamente la sentencia). Todos los miembros del judex deben tener su sigil en el momento de votar, usándolo para emitir su voto, nadie puede usar el sigil de otro magus en su representación en un juicio. Los votos individuales del judex son secretos, y no aparecen en el expediente escrito del juicio. Los veredictos del judex no están sujetos a discusión o negociación, pues el Praetor utiliza su autoridad para dictar sentencia (inocencia, culpabilidad, y que castigos se han de imponer).

Los miembros del Judex deben hacer un juramento de honor e integridad al principio del Iudicium, y si puede ser probado que emiten su voto atendiendo a intereses propios o cualquier otro motivo que viole su juramento, pueden ser condenados a un severo castigo (abusar del voto en un Iudicium es un crimen grave en sí mismo). Si un magus implicado en un juicio tiene razones para dudar de la integridad de un potencial judex (por ejemplo pertenece a una alianza rival), puede pedir al Praetor que retire al judex del juicio antes de que comience (pero nunca después). Por tradición, un Praetor retirar a cualquier potencial judex sin discusión o explicación en una primera ocasión. Si la misma petición se repite con el judex sustituto, el Praetor puede ser más exigente en las explicaciones y mas cuidadoso de posibles intenciones de retrasar el juicio (cualquier decisión que tome el Praetor sobre quien compondrá el judex es absoluta e indiscutible). Substituir a miembros del jurado de este modo puede retrasar el comienzo de un juicio, pero normalmente las cosas se gestionan rápido, y la casa Quaestor se esforzará para completar el judex dentro de sus propias filas si otras opciones fallan. La mayoría de los Iudicium se gestionan dentro de las alianzas y de las personalidades locales de confianza, y se conducen de forma conveniente para todos. Se asume la culpabilidad de cualquier magus acusado con un crimen grave que se ausenta del Iudicium antes del veredicto se asume su culpabilidad. Buscar venganza contra un judex o Quaestor por causa de un juicio anterior es un crimen grave contra la orden, normalmente castigado con la muerte o la expulsión. Generalmente, los magi que pertenecen a la misma alianza que un magus que está sometido a juicio no se incluyen en el judex, pero esto no es una regla oficial.

Apendices

A partir de aquí esto ya es cosecha propia. Hay una explicación de cómo se formo el sistema judicial descrito mas adelante a partir de las doce casa originales. Una jerarquía de juicios por si alguien quiere jugar con enfrentamientos legales y politiqueos varios. Una división interna de la casa quaesitor para que no sean tan monolíticos (aunque lo son mucho) y por último una lista reopiniones de los Quaestiors sobre otras casa de la orden.

Historia de los Quaesitor

En los comienzos de la orden el poder jurídico residía en el consejo de los fundadores (que con el tiempo seria el consejo de primus). A medida que iba creciendo la orden se hacia mas necesario crear algún tipo de sistema judicial con una estructura jerarquizada, esta opción era defendida por Gernicus. A petición suya, y refrendado por una mayoría entre los fundadores, se dio la responsabilidad a Gernicus y a su casa de gestionar el sistema judicial.

Una estructura jerarquizada no era del agrado de todos, algunas casa tenían su propio sistema judicial y lo mantuvieron de forma más o menos encubierta. Los Flambeaus juzgaban los casos criminales en situaciones de combate dentro de su propia orden, un mariscal, senescal o el capitulo de la orden tenían atribuciones como jueces y usaban la marcha de magos y la guerra de magos con asiduidad para ejecutar sus sentencias.

Otras casas (Diedne,Bjornaer) preferían un sistema más descentralizado compuesto por concilios de magos que juzgaran el caso, sin ninguna casta de jueces que hiciera la administración de la justicia un espacio o reservado a unos pocos. Pero Bonisagus y Trianoma apoyaron la idea y convencieron a suficientes para que se llevara a cabo.

Gernicus monto rápidamente una jerarquía formada por Censores (indagatores) y Praetors como jueces. En cada tribunal había un Primus Praetor que con el tiempo se convirtió en el Praefecto. Al principio el Praefecto tenia, además de las de Praetor, las funciones del Annalium Scriptor (el cargo no existía) pero con el tiempo, a medida que los tribunales crecían y su gestión se hacia mas compleja, creo el cargo para descargarse de las obligaciones del día a día.

Los Lictores nacieron con la evidencia que después de 15 años con su maestro un joven Gernicus podía saber de magia pero no tenia la habilidad para moverse por su cuenta. Se creo el cargo de Lictor como una formación practica extra en temas legislativos y de investigación. La diferenciación entre Praetor Urbanus surgió al escoger a los Praetores con más experiencia en múltiples tribunales para gestionar los casos complejos entre varios de ellos.

Pero el resto de casas no quiso dejar exclusivamente en manos de Gernicus y su gente el tema de la justicia. Para evitar abusos se creo la figura de los Quaestor Dignitus o Tribunos, cada casa tenía derecho a dos de ellos como mínimo y en cada Iudicum en que la sentencia pueda ser de muerte o de expulsión de la orden es obligado que un miembro del Judex sea un tribuno de su casa. Los Tribunos tenían el derecho de ius intercessionis (veto). Por el cual en cualquier momento del juicio, antes o después de la sentencia, pueden darlo por cerrado y pasar el caso a una instancia superior.

También se impuso la tradición (no la norma) de que en los casos menos graves un miembro del Iudex fuera de la casa del acusado. En caso de que hubiera dos bandos en disputa se incluía un miembro de cada casa en él.

Además el acusado puede hacer uso del ius provocationis (derecho de apelación) para llevar su caso a una votación de los magos del tribunal. (este derecho solo se puede usar en juicios bajo el Praefectus y bajo el primus de la casa en el primero la votación se realiza entre los magos del tribunal y en el segundo entre todos los magos de la orden). Cuando se apela al ius provocationis el magistrado puede evitar la convocatoria transfiriendo el juicio a una instancia superior.

El acusado puede, una vez se ha dictado sentencia y determinada la condena, rechazar el resultado y pedir que se repita el juicio en una instancia superior. Todas está maniobras para que el juicio se mueva a una instancia superior por parte del acusado se instauraron para dar protección a los miembros de las diferentes casas poniendo como limite superior de las apelaciones el consejo de Primus que aseguraba, en teoría una justicia equitativa a todos los miembros de la orden. Para evitar abusos de este derecho hay la tradición de duplicar la pena impuesta anteriormente (o que seria lógica de aplicar ) si se mantiene la sentencia.

Un juicio también puede ser trasferido a instancias superiores bajo decisión del responsable del juicio, del praetor urbanus o Peregrinus se pasa al Praefectus del tribunal y del Praefectus al primus de la casa, de éste pasa al consejo de Primus. Este sistema no implica, como es lógico, la duplicación de la pena (tampoco se duplica si la decisión la toma un tribuno).

Otro posible motivo que puede hacer pasa un juicio a un nivel mayor es si hace falta unanimidad y no se consigue.

Jerarquia de los juicios

En el artículo anterior queda esbozado un sistema jerárquico de juicios que puede ser interesante para hacer una partida de política interna Hermética con juicios de por medio. En este apartado detallo explícitamente los diferentes niveles que se esbozan anteriormente (con alguno añadido por mi parte). En cada nivel defino como se plantearía el juicio y que mecanismos hay, tanto por parte del acusado, del quaesitor como de los miembros del judex para dar por cerrado el juicio y pasarlo ha una instancia superior.

Indagatio: Investigación de un Quaestior in-situ, podrían ser más de uno pero no es lo normal. Este sistema se usa para casos menores, sobre todo para zanjar disputas entre diferentes grupos de magos, ya que si se ha de sentar un veredicto que implica un castigo a un covenant o a uno de sus miembros puede ser difícil para un simple indagador el imponerlo, depende de su prestigio y personalidad.

Para traspasar el caso a instancias superiores el acusado puede recurrir la decisión final. El Indagador puede transmitir la decisión al Annalium Scriptor que asignara un Praetor para que organice un Iudicum (o si el caso es lo bastante grave lo pasara al Praefeceto). El indagador puede hacer esto por dos motivos, el caso es lo bastante grave como para que este fuera de su jurisdicción o los implicados son poderosos y/o muy poco dispuestos ha aceptar su sentencia y prefiere respaldar la decisión con el poder de un Praetor (el Annalium Scriptor puede pasar el caso al Praefecto por el mismo motivo, si el acusado es por ejemplo el Primus de uno de los covenants importantes del tribunal), además la decisión de un Praetor no se emite nunca en el covenant de los hechos sino en alguno cercano que sea neutral o en algún lugar seguro) lo que ayuda a que los acusados se opongan menos a las penas impuestas.

Decisión en solitario del Praetor: Si el indagator ha traspadado el juicio porque preveía dificultades a la hora de imponer las penas el Praetor suele tomar esta vía para agilizar el proceso. Pero esto no es una regla y depende de la decisión personal del Praetor que puede decidir organizar un Iudicumen toda regla, si considera el caso lo bastante delicado, después de escuchar en privado las explicaciones del Indagador.

Si escoge la decisión en solitario, después de leer el informe completo del Indagador, se hace una reunión con los implicados, y dicta la sentencia. Los imputados pueden recurrir la decisión y entonces se ha de proceder a realizar un Iudicum ante el Praefecto.

Iudicium dirigido por el Praetor: El praetor decide montar un Iudicum en toda regla y reune un judex entre los covenants locales. Pocos juicios pasan de este nivel ya que a partir de aquí el problema se sale de los limites locales del covenant o los covennat implicados y se convierte en un tema de todo el tribunal (lo gestionaría el Praefecto que suele tener muy poca paciencia con los casos tontos que le llegan por causa de recursos destinados a enlentecer la justicia). Además los juicios del Praefecto se realizan en el covenant del Praefecto y no tiene porque ser cerca del covenant implicado lo que añade más motivos por parte de los implicados de cerrar el caso de una forma u otra.

Por todo ello aunque el acusado tiene derecho a recurrir la decisión no suele hacerlo a menos que la sentencia sea muy gravosa para él. El Praetor pude tomar la decisión en cualquier momento del Iudicum, mientras aun no se haya dictado sentencia por parte del Judex, de traspasarlo al Iudicum del Praefeceto.

Iudicum dirigido por el Praefecto: Los casos que llegan al Praefecto son lo bastante importantes como para que no se plantee la decisión personal del Praefecto. Este nivel es el último nivel en que el caso esta dentro de la jurisdicción del Tribunal y por tanto bajo el control del Praefecto (hasta ahora siempre ha estado bajo su control a través de sus subordinados) por lo que no le suele interesar que pase a instancias superiores (o sea que se le escape de las manos). Así que aun menos casos pasan de este nivel ya que pocos covenants están dispuestos a ir más lejos en sus recursos (la opción es irse al Domus Magnus Quaesitor que no suele estar cerca) y el Quaesitor quiere dar por cerrado el caso.

Durante los Tribunales el Praefecto puede ser abordado por cualquier miembro de la orden y se le pueden plantear un Iudicum. El Praefecto puede aceptar realizar el Iudicum durante el tribunal con todos los magos del tribunal presentes o someter a votación ante dichos magos si el tema es lo bastante importante para ello o es mejor dejarlo en manos de un Praetor. Si el tribunal decide que el tema es lo bastante importante el Praefecto ha de realizar el Iudicum durante el tribunal.

El acusado puede recurrir la decisión o hacer uso del ius provocationis (si el Iudicum se realiza durante un tribunal) para que su caso sea juzgado por sus camaradas. El Prefecto tiene entonces la delicada elección de desvincular la justiciá de la casa Quaesitor y permitir la votación (cosa que no hace gracia a ningún Quaesitor) o traspasar el tema al Primus de la casa (cosa que no hace gracia a ningún Praefeceto ni ha nadie del tribunal). No es una norma escrita pero se considera una norma de cortesía que el Praefecto consulte al Praeco si hacer la votación o dejar salir de la jurisdición del tribunal el caso.

En este rango de Iudicum es obligatorio que haya un tribuno por cada casa sentada en el banquillo de los acusados que puede vetar el juicio en cualquier momento y traspasarlo a instancias superiores. Para evitar problemas de que no haya los tribunos necesarios para realizar uno de los juicios planteadotes tradición invitar a los tribunales tribunos de otros lugares para completar el cupo necesario para asegurar la correcta realización de los Iudicum.

El Praefecto puede tomar la decisión de recurrir al Primus de la casa cuando el caso es muy grave por ejemplo la condena de los Diabolistas Tytalus en el tribunal Normando.

Iudicum dirigido por el Primus Quaesitor: Los casos con posible condena de pena de muerte o expulsión de la orden se han de realizar a partir de este nivel. A la casa Quaesitor no le interesa que los casos pasen de este nivel porque salen de su jurisdicción pero si la pena es de muerte o de expulsión pocas personas no recurren, lo que hace que solo impongan esas penas en casos muy claros si hay dudas suelen pasar el caso al Consejo de Primus.

El Primus Quaesitor ha de realizar en los Grandes tribunales la misma función que el Praefecto en el suyo con las mismas normas.

El acusado puede recurrir la decisión del Primus Quaesitor si se atreve (sera el que le impondrá la pena en el consejo de Primus después de que el Judex sentencie el caso asi que se ha de estar muy seguro de lo que hace) Aquí también hay derecho al Ius provocationis si se esta en un Gran Tribunal pero la decisión de realizar la votación ono se ha de realizar (por ley) por el consejo de Primus.

En estos juicios también son obligatorios los tribunos con todo lo que implican. Como siempre el Quaesitor (el Primus Gernicus) puede decidir traspasar el Iudicum al consejo de Primus.

Consejo de Primus: El Primus Quaesitor hace las funciones de Quaestor y los primus de las doce casas de Hermes como Iudex. Las decisiones de este tribunal son inapelables y de ejecución inmediata.

La decisión por parte del Quaestor encargado de un caso de traspasarlo a una instancia superior se puede tomar en cualquier momento incluso antes de la celebración del Iudicum.

En esta jerarquía de Iudicum no están incluidos los Praetor Peregrinus ya que o gestionan casos dentro del tribunal con lo que su función seria la de un Praetor más experimentado o gestionan casos entre tribunales que suelen ser temas delicados y se decide entre los Annalium Scriptum de ambos tribunales como se gestiona el tema.

Divisiones de la casa Gernicus

Los Gernicus son una casa con pocas fisuras, han de dar una imagen de solidez en su gestión de la justicia hermética y las disensiones internas demasiado estridentes son rápidamente juzgadas y liquidadas (aquí los tribunos son de confianza) y corre el rumor de que entre los Quaesitors a veces se deniega el derecho a acceder al juicio de la reunión de Primus.

Pese a ello incluso dentro de los Quaesitors hay disputas y se dividen en diferentes grupos que disienten de como se ha de gestionar la justicia hermética.

Tradicionalistas: Son la rama conservadora de los Quaesitors, son los dominantes dentro de la casa y velan por la conservación del Código de Hermes. Para ellos la supervivencia de la Orden se basa en el seguimiento estricto del Codigo de Hermes y en el mantenimiento de su unidad.

En su defensa de la unidad de la Orden son muy poco permisivos con los que difieren de su ideal de mago Hermético. Ven con buenos ojos a los Tremere, Bonisagus y Mercere que aseguran la continuidad de la orden y no soportan a las casas seguidoras de un culto misterico.

Transicionalistas: Son los progresistas de la casa. Sostienen que el código ha de evolucionar, que ha de permitir más interacciones con los mortales y que cada tribunal se adapte a sus características particulares. Según ellos el aislamiento de la orden de Hermes de los mundanos la acabara matando ya que se convertirá en algo vacío. Esta facción suele apoyar a los Jerbiton.

Herméticos: Son los prácticos de la casa, según ellos el sentido de la orden es el desarrollo de la mágia, el código se ha de adaptar a las necesidades de la investigación mágica. Intentan derribar las barreras de la interacción con los faeries y con otros tipos de mágia. Y sobretodo el lema de "unirse a la orden o morir", consideran que o se destruyen a magos que podrían ser útiles a la orden o se les hace enemigos por lo que le ocultan su saber. Solo los magos lo suficientemente parecidos a los herméticos se pueden unir a la orden y estos no aportan nada nuevo. Esta facción fue decisiva en que la orden Miscellanea se integrara en la Orden de Hermes y defendió en su momento a los Diedne y protege en lo que puede a los Bjornaer y Merinitas.

Opiniones respecto de las otras casas

Flambeau:'La orden del fuego y de la espada como gustan de llamarse son demasiado refractarios a nuestra justicia. Los casos realmente graves prefieren juzgarlos dentro de la casa y camuflar sus ejecuciones como guerras de magos. Pero son vitales para la orden, han demostrado su eficacia y su fidelidad a la orden en situaciones graves como con los Diedne así que tampoco podemos cargar contra ellos.'

Jerbiton: 'Les encanta mezclarse con los mundanos y no les importa saltarse alguna de las reglas de la orden para convivir con ellos.'

Bjornaer, Diedne, Ex - miscellanea: 'Sus tradiciones hacen que nuestros tribunales de corte romano les sean extraño por lo que se oponen a ellos.'

Tremere: 'Firmes y disciplinados son un gran apoyo si tuvieran la habilidad en combate de los Flambeau serian decisivos.'

Bonisagus: 'La razón de ser de la orden pero a veces abusan de sus privilegios.'

Mercere: 'Buenos servidores y valiosos colaboradores pero sus miembros no dotados con el Don entran y salen del Código de Hermes según les conviene.'

Veriditius, Criamon, Merinitas, Bjornaer, Diedne: 'Sus pertenencia a otra organización (cultos mistericos), además de la orden, hace que deban lealtad a otros y que resuelvan sus disputas en privado. Es un insulto y un mal ejemplo para el resto de la orden que acepta a nuestro juicio sin excepciones.'

Tytalus: 'Son duros y agresivos y muchas veces son protagonistas de nuestros juicios, por no hablar del desdichado caso de sus Primus y otros dirigentes. Su falta de juicios propios como los Flambeau no quiere decir que consideren nuestro sistema de justicia correcto simplemente no creen en ningún sistema.'


1 Referencia a las sagas del autor, en caso de jugar un ars magica sin casas extras habrían 12 varas. Aunque sería curioso pensar en como variaría el emblema según variaban el número de casa en la orden (unión de la casa Ex miscellanea, expulsión y posterior exterminio de los Diedne. O quizás se mantuvo fijo el número en el de las casas fundadoras NdT.
2 La interpretación de las varas agrupadas como un símbolo de que la unidad hace la fuerza es del siglo XX con los fascismos europeos. En la época romana las varas simbolizaban el poder de castigar (fustigando al culpable) y el hacha la capacidad de imponer la pena de muerte NdT.
3 Funcionarios encargados de impartir justicia en Roma, el urbanus se encargaba de los casos que implicaban a habitantes de la ciudad de Roma mientras que el peregrinus trataba los casos en que estaba implicado un extranjero.
4 Quizas hace falta tener experiencia sirviendo como Praetor en más de un tribunal para acceder al cargo de Peregrinus.

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