El Plan Especial de Medinat al-Zahra: una nueva estrategia de protección territorial.

Introducción
Los precedentes de la actividad protectora
Nuevo plan de protección
Los criterios para la definición de un ámbito de protección
Una concepción integrada del patrimonio arqueológico. La definición de un modelo interpretativo
El plan de protección de Madinat Al-Zahra, una aplicación del modelo territorial
La génesis de las parcelaciones
Hacía una nueva estrategia de la protección patrimonial.

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Introducción

La protección del Patrimonio Histórico arranca a mediados del siglo XIX. De esta forma, los elementos artísticos se agrupan en colecciones, mediante un sistema analítico. Frente a este sistema analítico, se impone desde la segunda mitad del siglo XX unos sistemas complejos que impregnan todas las formas culturales.
  Esta tendencia se traduce al ámbito patrimonial en el progresivo protagonismo que van adquiriendo el entorno, es decir, en los programas legislativos estatales y autonómicos.
   En el caso de Medinat al-Zahra, es un ejemplo de intento de integración con el entorno, pues desde sus orígenes, esa ciudad palatina fue un intento de integración de un conjunto urbano con el paisaje, intentando la unidad de la arquitectura con dicho paisaje, jardines etc. Lugar que gozaba de una abundante vegetación en las que se disponían los recursos hidráulicos. Esas infraestructuras hidráulicas, eran de origen romano, y las calzadas actuaban como canales de penetración en el territorio y de conexión con la ciudad de Córdoba.
  Aún arruinada esta ciudad las infraestructuras son utilizadas a lo largo de la historia e incluso se construyen nuevas edificaciones en sus alrededores. Dentro de esta perspectiva histórica, destaca un momento culminante en el que este paisaje se convierte en lo que podemos considerar como centro del mundo occidental.

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Los precedentes de la actividad protectora.

   En la segunda década del siglo XX, Velázquez Bosco inicia las campañas de excavaciones, y nos recuerda en los informes sobre las excavaciones que lo encontrado no se puede trasladar a los museos sino que debe quedarse en el lugar en que se encuentra. Como consecuencia de esta política de protección, se llega en 1923 a la declaración de Monumento Histórico-artístico de Madinat al-Zahra y años después los de Alamirillo y Valdepuentes.
   Después de Velázquez Bosco, Félix Hernández, trabajará hacia los valores patrimoniales arqueológicos que se articulará en la Carta de Atenas en 1931. Félix Hernández, mantiene la tradición de interés por el entorno.
   En los años del periodo de la transición democrática, se produce una polémica en los procesos de reconstrucción ya iniciados en la etapa anterior, pero ahora dirigidos hacia los planos de investigación y conservación.

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  Nuevo plan de protección.

   A partir de 1985, se vuelve a la actividad sobre el yacimiento por parte de la Junta de Andalucía, replanteándose la política de conservación y protección. Es un periodo en el que se producen cambios en los aspectos culturales y políticos. En el aspecto cultural, se vuelca más en el conocimiento científico, con la participación de diversas disciplina como puede ser la medioambiental, frente al predominio de las obras de restauración arquitectónicas. En el aspecto político, las medidas de protección salen de una supuesta neutralidad técnico-administrativa, dando lugar a un nuevo marco legislativo, la Ley del Patrimonio Histórico de 1985, que pronto será secundada por la correspondiente ley autonómica.
  Para ordenar el yacimiento, tiene que llevarse a cabo la recopilación de información y reflexión para reiniciar las labores de conservación, y plantearse un nuevo plan de proyección iniciada en 1992 y aprobada en 1998.
   Estos estudios se inician con un examen presidido por el emplazamiento de Madinat, que se extendía de Este a Oeste desde el continuo edificado cordobés hasta el límite municipal, y de Norte a Sur entre el río Guadalquivir y la línea visual de cornisa de la sierra, sobre el valle. A partir de aquí, se irá acotando el territorio más directamente relacionándolo con la ciudad califal que debía ser objeto de medidas protectoras.

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Los Criterios para la definición de un ámbito de protección.

    Una primera fuente de investigación para definir el entorno relacionado con Madinat al-Zahra, partía de los relatos recogidos en las crónicas de época califal relativas a la fundación y época de florecimiento de la ciudad. De ellas, se desprendían la importancia de las relaciones visuales del conjunto urbano con las laderas da la sierra y las llanuras circundantes, comunicadas por las calzadas.
    Otro punto importante, son las infraestructuras hidráulicas destinadas al abastecimiento de huertas y jardines.
    Los intentos de interpretación de los restos arqueológicos, se toparon con el desarrollo urbanístico reciente, como pueden ser las carreteras, autovías, ferrocarriles, industrias etc. Haciendo parecer a estos restos arqueológicos descontextualizados. De esta forma, el límite meridional quedaba claramente configurado por la cañada en el frente de Córdoba la vieja y por el canal del Guadalmellato en el resto del área.
   Por el costado occidental, Madinat al-Zahra está asociada a otro yacimiento califal, a unos dos kilómetros al oeste de la muralla de la ciudad, es la almunia almanzoreña de Alamirilla que posteriormente se identificaría con la de al-Rummaniyya. Entre la almunia y la muralla de la ciudad encontramos otro yacimiento romano e islámico, que no ha podido identificarse históricamente. Todo este conjunto constituye un ámbito de protección incuestionable.
  Más polémica resultó la delimitación del ámbito oriental, en dirección a la ciudad de Córdoba, donde la proximidad a esta generaba mayores expectativas urbanísticas. En el lugar conocido por Turruñuelos, los estudios nos rebelan la existencia de una imponente almunia califal, pero sin clara identificación en las fuentes históricas. Más al norte de esta implantación, se encuentra las canteras originales de donde se extrajeron los sillares de las construcciones califales. En ese lugar, el proceso de extracción de los sillares había conformado unos espacios abovedados iluminados por un óculo central.
    Todo este conjunto se encuentra alejado unos tres kilómetros de Madinat al-Zahra, separado por un espacio de llanura agrícola. Aun cuando se desconocía la identidad de la almunia, su ligazón con la ciudad califal quedaba atestiguada por la comunicación que establece entre ambos yacimientos un potente eje infraestructural conformado por una calzada califal, de la que permanecen restos como el puente de Los Nogales. La calzada discurre en paralelo con un acueducto subterráneo romano, reutilizado en época islámica. A los márgenes de este eje infraestructural aparecen albercas, y ramificaciones de viejas calzadas, convertidas en vereda mesteñas.
   Este ámbito serrano, nos conducían a paisajes excepcionales como puede ser el paraje cuyo nombre es Huertas de “Valle-hermoso” u otro caso significativo es el monasterio de Valparaíso, otro paraje es el protagonizado por el tronco principal del antiguo acueducto de origen romano que aprovisionaba de agua a la medina.
    Simultáneamente a este proceso de delimitación del Plan Especial, se estaba procediendo por parte de la dirección del Conjunto Arqueológico a la definición de un nuevo ámbito de protección de Madinat al-Zahra incluyendo yacimientos y elementos que contaban con una previa declaración, como Alamirilla y Valdepuentes, e incorporación incorporando otros nuevos que quedaran incluidos en esa delimitación. De este modo el límite del Plan debía englobar esos entornos menores de los yacimientos relacionados directamente con la ciudad califal, cuya declaración como B.I.C. se produjo mediante Decreto 46/1996 de 30 de enero de la Consejería de Cultura (BOJA nº 69 de 18-06-1996).

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Una concepción integrada del patrimonio arqueológico. La definición de un modelo interpretativo.

   En paralelo con las labores específicas del Plan, labores que hemos expuesto en anteriores epígrafes, el mismo equipo redactor había realizado otros trabajos de evaluación patrimonial del territorio que permitieron establecer una estructura teórica que proporcionara ese necesaria urdimbre, apareciendo el caso del Plan de Madinat al-Zahra.
  En principio se partía de considerar el patrimonio histórico territorial como expresión de una gran obra de arte colectiva creada por las sucesivas generaciones que  se habían sucedido en el espacio, objeto de estudio.
   De acuerdo con esa aproximación, la ocupación de un territorio implica su ordenación a través de tres operaciones básicas: jerarquización, integración y delimitación.
  La jerarquización se refiere a la elección del lugar de asentamiento. La integración, la comunicación que se genera entre ese lugar con su espacio dependiente. Y la delimitación, que es importante cuando el grupo ocupante de un lugar entra en conflicto con otro grupo. Otros puntos especialmente destacados son los limites y caminos, que son aquellos en los que se producen intersecciones, como ejemplo tenemos el trivium latino.
   Una vez organizado el territorio de tiende a la construcción, de elementos encaminadas a la consolidación de este grupo, una de estas construcciones son las fortificaciones, o la parcelación que da lugar a la colonización.
  En el plano semántico tenemos la sacralización de sus elementos, con lo que se convierte a la divinidad en guardián de su mantenimiento y castigador de su transgresión.
    Todas estas operaciones adquieren modalidades específicas con cada civilización, pudiendo ser destruidas por civilizaciones diferentes que se asientan en un mismo lugar pero en épocas distintas o por la adaptación de éstas. Podemos decir que el territorio se convierte en un complejo sistema de signos que debemos saber interpretar.

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El Plan de protección de Madinat al-Zahra, una aplicación del modelo territorial.

     Volviendo a nuestro territorio de estudios, nos encontramos con los restos de una organización romana fuertemente estructurada. A partir del centro urbano cordobés irradia una densa red de calzadas y acueductos que integraban la infraestructura de la ciudad. También es importante la llanura agrícola limitada por el contorno forestal de la sierra, de donde se obtienen los recursos hidráulicos.
    Sobre esta base se asientan los árabes, los cuales respetan las infraestructuras produciéndose una transformación e incluso reconstrucción de las mismas. La elección de Córdoba como centro del Estado, trajo consigo la expansión urbana.
    La proclamación del califato, y la edificación de una capital planificada ex novo, supuso una radical innovación en la organización territorial de la zona. Y su caída dio lugar a una devastación también radical.
   Dos siglos más tarde con la llegada de los cristianos y la expulsión de los moriscos en el año 1263, el nuevo Estado va a basar la ocupación del  espacio rural en la actividad ganadera a diferencia de la anterior que había sido la agricultura. El nuevo sistema basado en la gran propiedad va a suponer la aparición de cortijos, ocupando las viejas calzadas romanas e islámicas.
  Lo bueno de ejercer la ganadería es que el suelo aparece inalterado pues no sufre las agresiones del arado, pero en contra posición tenemos que utilizaron los sillares califales para las nuevas construcciones.

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La génesis de las parcelaciones.

    La Mesta, al constituir el espinazo de la economía del reino castellano bajomedieval y moderno, hubo de sufrir los embates de la profunda crisis del siglo XVII. En el siguiente siglo, van a ocuparse del problema social que genera el sistema de grandes propiedades y especialización ganadera, un sistema al que achacan que la causa del empobrecimiento y despoblación del país. La solución, basándose en las propuestas de los campesinos que fue la de realizar la parcelación de las grandes posesiones, con especial énfasis en las propiedades comunales.
   A partir del segundo tercio del siglo XIX, la política desamortizadora del liberalismo, que supuso la privatización de las ruinas del entorno a al-Zahra, vino a agravar el proceso de acumulación de propiedad. Desde las colonizaciones de Carlos III, habrá que esperar a finales del siglo XIX, para que se vuelva a la colonización.
   Al final de la Segunda República, el proceso de acercamiento a la parcelación adquiere un carácter revolucionario y expansivo. Tras la Guerra Civil, el nueva Régimen continua con la planificación de colonizaciones basadas en planes de regadío que se extienden hasta los años 60, periodos donde se comienzan los procesos de urbanización e industrialización, que va a cambiar el paradigma social, con la emigración masiva alas ciudades.
  La primera oleada de emigración rural en Córdoba, da lugar a una demanda masiva de suelo y viviendas que los poderes locales son incapaces de solucionar, apareciendo así las agrupaciones marginales de viviendas, en las que se acude al tradicional expediente de parcelación de fincas y ocupación de suelos comunales.
   Un segundo fenómeno es la difusión de viviendas y la aparición de viviendas unifamiliares alejadas del centro urbano
   El cambio democrático que a partir de 1978 proporciona una legitimación popular a los ayuntamientos y condujo a la consolidación del Estado de las Autonomías, se instaura en el momento de la crisis económica que atenúa la consolidación del suelo. Una vez superada la crisis, el fenómeno parcelario ilegal reverdece con nuevo ímpetu.
    La génesis del proceso parcelario supone uno de los mayores problemas con los que se enfrenta la política de protección en el caso que nos ocupa.

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Hacia una nueva estrategia de la protección patrimonial.

   Los objetivos de protección del nuevo planteamiento, requerían para su aceptación en un contexto democrático para su aceptación de la existencia de un consenso sobre sus pertinencias entre las distintas administraciones implicadas.
   Una vez aprobado definitivamente el Plan, con una validez legal y una normativa, se seguía observando una pasividad por parte de las distintas administraciones responsables, en la ejecución de las vulneraciones de esas normativas.
   Profundizando en los motivos de esa pasividad, es preciso señalar que el cambio de una política de protección de tipo museo e inventario a otra de ámbito territorial supone un cambio en el papel de la cultura y el entorno social y político, que requiere un correspondiente cambio de actitud en todos los agentes concernidos.

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