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La estructura del estado español en
Comunidades Autónomas es uno de los puntos más importantes de la
Constitución. El artículo 2 reconoce y garantiza el derecho a la
autonomía de las nacionalidades y regiones que componen el Estado. Esta
disposición se basa en la premisa de la unidad indisoluble de la nación
española, patria de todos los españoles. El texto de la Constitución establece los
poderes que pueden ser asumidos por las Comunidades Autónomas y los que
sólo se pueden atribuir al estado. La división política y administrativa de
España tiene la forma de diecisiete Comunidades Autónomas, además de Ceuta
y Melilla, Ciudades Autónomas. La promulgación de la Constitución Española
de 1978, que recoge el derecho de la autonomía de las nacionalidades y
regiones que forman la nación española, supuso un cambio de 180 grados
con respecto al régimen anterior, que se basa en planes centralizados
tradicionales. Esto daba respuesta a un problema que había surgido
repetidamente en la historia de España como resultado de las diferentes
identidades sobre las que se ha construido la unidad de la nación española. Tras la ratificación de la Constitución y como resultado de la implementación de los principios contenidos en el Título VIII, en el curso de poco menos de tres años se completó el proceso de instauración de 17 comunidades autónomas y fueron aprobados sus Estatutos. Fueron también dotadas de su propio órgano de gobierno e instituciones representativas. Por Ana M. Diaconu y Laura Berbecel |