
UNIVERSIDAD
YACAMBÚ
Especialización
en Gerencia, Mención: Sistemas de Información
SEMINARIO TRABAJO
ESPECIAL DE GRADO
Karla
Bernal
Titulo
Implantación
de un Sistema automatizado para la formulación y control presupuestario en la
Electricidad de Caracas sus filiales.
Marco Teórico Referencial
Antecedentes de la investigación
Autor: Leonardo Gruszka Cohen
Titulo: Sistema de gestión y control presupuestario para organismos
descentralizados del ámbito público. Tesis presentada ante Universidad
Metropolitana. Ingeniería. Ingeniería de Sistemas, para obtener el grado de
Ingeniero de Sistemas, Año 2003
Resumen: Fundamentándose en la necesidad de contar con un sistema que
cumpla con los requerimientos presupuestarios de un organismo descentralizado
del ámbito público en Venezuela, se llevó a cabo una investigación exhaustiva
que culminó con el diseño y la implementación de una herramienta formada por
módulos interrelacionados, adaptados al software ERP de J.D. Edwards. El
proyecto se inició con una fase de investigación en la cual se entendieron las
bases del problema planteado y la manera como los entes del estado manejan su
presupuesto, se investigó sobre las leyes y procesos del presupuesto, así como
las bases de la metodología utilizada. Para poder alcanzar los objetivos, se
siguieron los pasos de una metodología específica basada en UML. De cada etapa,
se obtuvieron resultados representados por diagramas gráficos. La plataforma
utilizada para el desarrollo de la herramienta se basó en los ERP de OneWorld TM, de los cuales se aprovecharon sus bondades en
cuanto a seguridad ya la utilización del Point & Click
para el desarrollo de aplicaciones. El resultado obtenido en este proyecto es
una herramienta amigable y funcional, que gestiona el proceso presupuestario de
un organismo público en todas sus fases, de forma segura, para permitir el
control de los fondos del presupuesto público y que además, cuenta con ventanas
sencillas que facilitan la adaptación de los usuarios al sistema
Autor: Jenny González y Heyzabeth Vásquez
Titulo: importancia legal de la contabilidad presupuestaria para
agilizar las operaciones administrativas en el SENIAT. Universidad Alejandro Humboldt.
Tesis de grado: optar al título de licenciado en contaduría pública caracas
marzo 2005.
Resumen: La investigación realizada conduce a determinar la importancia
de los aspecto legales en la contabilidad presupuestaria para agilizar las
operaciones administrativas en el servicio nacional integrado de administración
aduanera y tributaria 8SENIAT) como es de observarse en el estudio el
presupuesto público es una de las responsabilidades fundamentales del sector
publico incluyendo al SENIAT como principal organismo para realizar operaciones presupuestarias ,
como se ha expuesto en trabajo de grado, por ser esta las herramientas que
aseguran el sano cumplimiento de las operaciones administrativas, las cuales
conllevan al crecimiento económico y
social de la Nación. Para la investigación en cuestión es de gran utilidad en
el proceso presupuestario con los aspectos legales y condiciones exigidos por parte del sector público,
cumpliendo con los pasos respectivos, como es la captación y distribución de
los recuerdos a nivel de los organismos financieros de gran importancia y los
sectores correspondiente a cada uno,
movimientos financieros de gran importancia
que conducirán al cumplimiento de los objetivos de esta investigación.
Bases Teóricas
Sistema
Un sistema
es un conjunto de "elementos" relacionados entre sí, de forma tal que
un cambio en un elemento afecta al conjunto de todos ellos.
Sistema de Información
Son un conjunto de procesos formales independientes
y ordenados que actuando sobre la base de datos consiguen: facilitar la
información, transformar los procesos, transformar la organización y ayudar a
diseñar e implementar nuevas estrategias.
·
Proceso formales: todo sistema de información es una secuencia
ordenada de entradas (datos),
tratamientos (instrucciones) y salidas
(información). Por lo tanto cualquier sistema de información atienda lo que
atienda, se construye sobre el principio mencionado, es el software quien se
encargara de realizar esta secuencia.
·
Base de datos: los sistemas de información actúan convirtiendo
datos en instrucciones, es por ello necesarios identificar y guardar los datos
que se estimen convenientes, muchos de estos datos pueden proceder precisamente del proceso de automatización
Sistemas
Automatizados
·
Estos son los sistemas hechos por el hombre aunque interactúan con o son controlados por uno o
más computadoras.
·
Aunque hay diferentes tipos de sistemas automatizados, todos
tienden a tener componentes en común:
·
El hardware de la computadora: los procesadores, los discos,
terminales, impresoras, unidades de cinta magnética, etc.
·
El software de la computadora: los programas de sistema tales como
sistemas operativos, sistemas de base de datos, etc.
·
Las personas: que operan el sistema, los que proveen su material
de entrada y consumen su material de salida, y los que proveen actividades de procesamiento
manual en un sistema.
·
Los datos: la información que el sistema recuerda durante un
periodo.
·
Los procedimientos: las políticas formales e instrucciones de
operación del sistema.
·
Una manera de organizar por categorías los sistemas
automatizados en por su aplicación: sistemas de manufactura, sistema de
contabilidad, sistema de defensa militar, etc.
·
Los Sistemas automatizados se pueden dividir en categorías:
o
Sistemas en línea
o
Sistema en tiempo real
o
Sistemas de apoyo a decisiones
o
Sistemas basados en conocimiento.
Sistemas en Línea
Un sistema en línea es que
acepta materia de entrada directamente del área donde se creó. También es el
sistema en que la materia de salida, o el resultado de computación, se devuelven
directamente a donde es requerido.
Una
característica común de los sistemas en línea es que entran datos a la
computadora o se les recibe de ella en forma remota. Es decir, que los usuarios del sistema
computacional normalmente interactúan con la computadora desde terminales que
pueden ser localizadas a cientos de kilómetros de la computadora misma.
Un sistema
computacional de tiempo real puede definirse como aquel que controla un
ambiente recibiendo datos, procesándolos y devolviéndolos con la suficiente
rapidez como para influir en dicho ambiente en ese momento.
Un sistema
de tiempo real es considerado por muchos como una variante de un sistema en
línea.
Además
de la velocidad, existe otra característica que diferencia a los sistemas de
tiempo real de los sistemas en línea: estos últimos suelen interactuar con las
personas, mientras que los sistemas de tiempo real usualmente interactúan tanto
con personas como con un ambiente que en general es autónomo y a menudo hostil.
Sistema de
Apoyo a Decisiones y Sistemas de Planeación Estratégica
Estos
Sistemas se caracterizan porque no toman decisiones por sí mismos, sino ayudan
a los administradores y a otros profesionistas “trabajadores del conocimiento”
de una organización a tomar decisiones inteligentes y documentadas acerca de
los diversos aspectos de la operación.
Típicamente, los sistemas de apoyo a decisiones son pasivos en el
sentido de que no operan en forma regular.
Una
característica común de los sistemas de apoyo a decisiones es que no solo
recuperan y exhiben los datos, sino que también realizan varios tipos de
análisis matemáticos y estadísticos de los mismos. Los sistemas de apoyo a decisiones también
tienen la capacidad, en la mayoría de los casos, de presentar la información en
una variedad de formas gráficas al igual que en forma de “reportes” (informes)
convencionales.
Dichos sistemas se asocian con
el campo de la Inteligencia Artificial.
La meta de
los científicos de la computación que trabajan en el campo de la inteligencia artificial
es producir programas que sean capaces de imitar el desempeño humano en una
gran variedad de de tareas “inteligentes”.
Para algunos sistemas expertos la meta está próxima a ser alcanzada;
para otros, aunque aún no sabemos construir programas que funcionen bien por si
solos, podemos comenzar a crear programas capaces de auxiliar a las personas en
la ejecución de alguna tarea.
Un sistema experto es un programa de computadora que contiene el
conocimiento y la capacidad necesarios para desempeñase en un nivel experto.
Los
sistemas expertos por lo general se construyen de tal manera que sean capaces
de explicar las líneas de razonamiento que llevaron a las decisiones que
tomaron. Algunos de ellos pueden incluso
explicar porqué descartaron ciertos caminos de razonamiento y porqué escogieron
otros.
Es un
conjunto de servicios basados en: Instalación, Configuración, Definición,
Entrenamiento, Asesoría y transferencia de conocimientos y experiencias
necesarios para la automatización de la gestión.
Para
lograrlo es necesario contar con un producto completo, madurado y altamente
flexible y programable que acepte la definición y ejecución de las reglas
de negocio particulares de cada empresa. Además debe contar con el apoyo de un
equipo humano experimentado que logre realizar la reingeniería necesaria
para que la herramienta cumpla con el objetivo planteado.
Con la
implantación se podrá adaptar y configurar los procesos del sistema para que
adopte en forma automatizada todos los procesos de la empresa.
• Definir hasta donde el usuario desea automatizar la gestión.
•
Recolección de criterios propios de la empresa tales como: Operaciones, Reglas
Comerciales, Exigencias gubernamentales.
•
Ajuste de estructuras de Datos, Programas, Reportes y Diseño de documentos de
impresión.
•
Migración de datos desde otros sistemas en caso de ser necesario.
•
Entrenamiento para los usuarios, realizando en forma activa para todos los
módulos del sistema.
•
Instalación, Reingeniería, Entrenamiento, Apoyo inicial (Arranque), Asesoría en
caliente, Supervisión y asesoría postventa hasta que el usuario logre dominar
el sistema completamente.
•
Actualización de versiones o mejoras.
•
Entrenamiento de herramientas de escritorio asociadas al sistema
•
Apoyo según solicitud del usuario.
Presupuesto
El
presupuesto es una herramienta de planificación, coordinación y control de
funciones que presentan en términos cuantitativos las actividades a ser
realizadas por una organización con el fin de dar el uso más productivo a los
recursos para alcanzar determinadas metas. En otras palabras es un plan de
acción dirigido a cumplir una meta prevista expresada en valores y términos
financieros, que debe cumplirse en determinado tiempo y bajo ciertas condiciones previstas
Presupuesto publico
Se conoce
como Presupuesto al sistema mediante el cual se elabora, aprueba, coordina la
ejecución, controla y evalúa la producción pública (Bien o Servicio) de una
institución, sector o región, en función de las políticas de desarrollo
previstas en los Planes.
“El
presupuesto es un medio para prever y decidir la producción que se va a realizar en un período determinado,
así como para asignar formalmente los
recursos que esa producción exige en la praxis de una institución, Sector o
Región. Este carácter práctico del
presupuesto implica que debe concebírselo como un sistema administrativo
que se materializa por etapas: formulación, discusión y sanción, ejecución,
control y evaluación.” (ONAPRE, 2002).
Existen
diferencias entre el presupuesto público y el empresarial. Los presupuestos se formulan y ejecutan de forma
distinta y aunque la intención de ambos
es tener el control de los fondos de la organización, en los organismos
públicos, la meta es utilizar los ingresos obtenidos en gastos que generen
beneficios directos a través de obras y planes para la ciudadanía, mientras que
el presupuesto empresarial busca generar ganancias para los empresarios que
dirigen la empresa en cuestión.
Esta
diferencia se puede expresar a través de las fórmulas según lo indica (González
Oliveiros, 1988, portada):
SECTOR
PÚBLICO: Gastos Ordinarios = Ingresos Ordinarios
Gastos
Extraordinarios = Ingresos Extraordinarios
SECTOR
EMPRESARIAL: Costo Fijo + Costo Variable = Costo Total.
Ingreso Total – Costo Total = Beneficio
Clasificación Presupuestaria
1.- De los
Recursos Públicos: (Ingresos Públicos)
2.- De los
Egresos Públicos: (Gastos Públicos)
Fases del Presupuesto Publico
1. Formulación
La fase de formulación es la parte inicial de la gestión de un
presupuesto específico. Durante esta fase, los responsables de generar el
presupuesto anual de un organismo deben exponer las categorías programáticas
que componen dicho presupuesto, así como la asignación de sus partidas y subpartidas. De este modo, se puede describir de forma
exacta, los recursos y el importe monetario necesario para la ejecución de cada
asignación creada durante la etapa.
Para cada organismo, existen dos tipos de presupuesto, el de
ingresos y el presupuesto de gastos. Dependiendo si las partidas generan
ingresos o gastos, éstas se incluyen en uno de los dos presupuestos anuales que
debe tener un organismo -Presupuesto de ingresos.
La formulación de este presupuesto implica analizar el sistema
de ingresos de cada institución, es decir, los medios que utiliza un organismo
público para obtener sus ingresos.
Durante el proceso de formulación del presupuesto de ingresos,
se evalúan los rendimientos a corto plazo de las distintas fuentes de ingreso,
para poder describir su magnitud y compatibilidad con los planes y programas
que serán financiados a través del presupuesto. En otras palabras y desde una
visión más global, es el que explica quién, cómo y cuánto se apropia el Estado
de la renta nacional para cumplir con sus funciones económicas y sociales.
-Presupuesto de gastos.
Formular el presupuesto de gastos implica llevar a cabo una
programación del mismo. Esta implicación se puede entender, analizando los
puntos que menciona AVPP (1995, p. 204).
La formulación del presupuesto de gastos requiere de la
ejecución de tareas que se deben llevar a cabo con alta precisión y
profundidad, de forma tal, que el presupuesto pueda reflejar la responsabilidad
del sector público en el cumplimiento de sus políticas para el desarrollo de la
nación. Por otro lado, se tiene la obligación de aplicar criterios rigurosos
para determinar y hacer el cálculo de los insumos que requiere la producción
pública.
2. Discusión y aprobación
Una vez terminado el proceso de formulación, el presidente del
ente está en la obligación de aprobar o desaprobar el presupuesto presentado y
la institución debe enviar al Ejecutivo Nacional un documento en el cual
indique todos los detalles del presupuesto aprobado.
En la primera etapa, se exponen ante la comisión de aprobación
de presupuestos, la justificación del proyecto presupuestario y luego contesta
las preguntas que le realiza la comisión.
En la segunda fase de aprobación, se hace comparecer ante la
comisión de aprobación de presupuestos a los presidentes o representantes de
los institutos autónomos, a cualquier funcionario para solicitar informes,
opiniones o declaraciones en aquellos casos que así lo ameriten. En el caso de
los institutos descentralizados, esta comparecencia se hace cuando los entes
tienen aportes acordados en el Proyecto de Presupuesto.
3. Ejecución
Si bien el presupuesto se entiende como la visión anticipada,
expresada en un documento aprobado, de aquellos insumos que se requieren para
poder alcanzar una producción. El paso siguiente a la aprobación del mismo, el
cual está esencialmente ligado al documento, es el de efectuar las acciones
necesarias que conllevan a lograr la producción que se tiene prevista. Esto
significa que un presupuesto debe llevarse a cabo en un espacio real y
concreto, así como en un tiempo con las mismas características, de forma tal
que se puedan obtener los objetivos planeados en términos de resultados
tangibles, mesurables y evaluables.
La ejecución del presupuesto se efectúa en dos planos: el físico
y el financiero. AVPP (1995), explica la ejecución del plano físico (p. 230) y
la del plano financiero (p. 231).
La ejecución de un ingreso comienza en el momento que se crea el
derecho de percibir un bien y termina en el momento de la adquisición del
mismo. Las etapas más importantes en la ejecución de un ingreso son:
-Entrega del bien:
momento en el cual se genera el derecho de percibir un ingreso.
-Conformación de la factura: acto administrativo que verifica la
realidad del derecho y el monto que se debe percibir por la entrega del bien.
-Recepción del pago: es el momento en que termina la ejecución
del ingreso y se extingue el derecho a percibir la contraprestación.
La ejecución de un gasto comienza cuando se solicita la
realización de dicho gasto y se termina en el momento que se paga, es decir,
cuando se extinguen las obligaciones con terceros que derivan del gasto. Las
etapas más relevantes de la ejecución de un gasto son:
-Cuando se emite y se aprueba una orden de compra, ya que se
produce la relación contractual con un tercero. Se realiza un compromiso.
-Cuando se recibe el bien por parte del tercero, ya que nace la obligación de pagarle. Se realiza causado.
-Cuando se emite el pago (orden o cheque), ya que termina el
proceso de ejecución de un gasto y se extinguen las obligaciones de pago. Se
realiza un pagado.
Adicionalmente, se pueden realizar modificaciones
presupuestarias a las categorías programáticas y sus asignaciones, inclusive en
un presupuesto que ya esté aprobado. Esta acción representa una parte de la
ejecución que contiene leyes especiales para su desarrollo y permite hacer
correcciones en caso de encontrar alguna falla en el proceso presupuestario
después de que su formulación haya sido aprobada y el presupuesto, puesto en
práctica.
Las modificaciones presupuestarias son “las variaciones
legalmente acordadas durante la ejecución del presupuesto, sobre los créditos
originalmente aprobados”. (AVPP, 1995, p. 282).
Las modificaciones presupuestarias se clasifican en:
-Rectificaciones:
Es una autorización para aceptar gastos adicionales a los
acordados inicialmente en los diferentes
programas, subprogramas, proyectos y
partidas. De esta forma se pueden atender los imprevistos que surjan
durante la ejecución. También, se pueden utilizar las rectificaciones para
aumentar los créditos que hayan sido insuficientes. “Su fuente de
financiamiento anual es el crédito de la partida “Rectificaciones al presupuesto”
que contiene la Ley de Presupuesto anual.” (AVPP 1995, p. 286).
-Traspasos:
Es una reasignación de los créditos que posee el presupuesto
aprobado; bien sea a un mismo programa o a diferentes programas de un
organismo.
Esto surge como consecuencia de alguna sobreestimación o una
subestimación durante la ejecución. La característica principal de los traspasos,
es el no afectar el total del presupuesto aprobado.
-Insubsistencias:
Es una anulación total o parcial de los créditos no
comprometidos que estén acordados a algún programa, subprograma, proyecto o
partida. La razón principal para una insubsistencia es cuando se estima que los
ingresos programados no podrán satisfacer los gastos previstos.
-Créditos adicionales.
Es una autorización adicional de gastos para suplir los
programas, subprogramas, proyectos y partidas. La autorización se acuerda para
“financiar gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulten
insuficientes y siempre que el Tesoro cuente con recursos para atender la
respectiva erogación”. (AVPP, 1995, p. 295).
“El control presupuestario puede definirse como el conjunto de
actividades que se emprenden para medir y examinar los resultados obtenidos en
el período para evaluarlos y para decidir las medidas correctivas que sean
necesarias” (AVPP, 1995, p. 303).
Para poder llevar un control adecuado y correcto del presupuesto
que se está ejecutando en un momento dado se deben considerar los siguientes
elementos:
-Determinar los objetivos que se desean lograr. Esto se refiere
a los objetivos que están aprobados en el presupuesto, bien sean las metas
físicas que se desean alcanzar, como en términos de ingresos de capital.
Igualmente, se deberán controlar las autorizaciones para los gastos siempre y
cuando estén definidos en la programación de la ejecución del presupuesto.
-Encontrar la forma de realizar las mediciones necesarias para
permitir la cuantificación real de la ejecución en comparación con los
resultados previstos. De la misma forma, llevar a cabo dichas mediciones.
-Comparar, tanto en términos físicos como financieros, aquello
que está presupuestado con lo ejecutado en un período dado. Esto se conoce como
la Determinación de las Desviaciones.
-Emitir los informes de la ejecución presupuestaria, en éstos,
se deben indicar la explicación de las desviaciones, tanto sus causas como sus
consecuencias. De la misma forma, se deben emitir los informes referentes a la
disponibilidad que se tenga para poder controlar las autorizaciones máximas
para gastar.
-Tomar las medidas correctivas que sean necesarias para poder
cumplir las metas y volúmenes de trabajo, así como la programación prevista en
un período. En caso de no cumplirse aquello que estaba previsto, informar a las
autoridades competentes dicho incumplimiento.
Plan único
de cuentas
Es un sistema de clasificación formado por una numeración de
cuentas ordenadas sistemáticamente, cada cuenta posee un código y una
denominación.
BASES
Legales
Constitución de la República
De la administración pública
Artículo 142. Los institutos autónomos sólo podrán crearse por ley. Tales
instituciones, así como los intereses públicos en corporaciones o entidades de
cualquier naturaleza, estarán sujetos al control del Estado, en la forma que la
ley establezca.
Del Régimen Fiscal y Monetario
Sección Primera: Del Régimen Presupuestario
Artículo 311. La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en
principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y
equilibrio fiscal. Esta se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto,
de manera que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los
gastos ordinarios.
El Ejecutivo Nacional presentará a la
Asamblea Nacional, para su sanción legal un marco plurianual para la
formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gasto y
endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales. La ley
establecerá las características de este marco, los requisitos para su
modificación y los términos de su cumplimiento.
Artículo 312. La ley fijará límites al endeudamiento público de acuerdo con un
nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión
reproductiva y la capacidad de generar ingresos para cubrir el servicio de la
deuda pública. Las operaciones de crédito público requerirán, para su validez,
una ley especial que las autorice, salvo las excepciones que establezca la ley
orgánica. La ley especial indicará las modalidades de las operaciones y
autorizará los créditos presupuestarios correspondientes en la respectiva ley
de presupuesto.
La ley especial de endeudamiento
anual será presentada a la Asamblea Nacional conjuntamente con la Ley de
Presupuesto.
Artículo 313. La administración económica y financiera del Estado se regirá
por un presupuesto aprobado anualmente por ley. El Ejecutivo Nacional
presentará a la Asamblea Nacional, en la oportunidad que señale la ley orgánica,
el proyecto de Ley de Presupuesto. Si el Poder Ejecutivo, por cualquier causa,
no hubiese presentado a la Asamblea Nacional el proyecto de ley de presupuesto
dentro del plazo establecido legalmente, o el mismo fuere rechazado por ésta,
seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal en curso.
La Asamblea Nacional podrá alterar
las partidas presupuestarias, pero no autorizará medidas que conduzcan a la
disminución de los ingresos públicos ni gastos que excedan el monto de las
estimaciones de ingresos del proyecto de Ley de Presupuesto.
Con la presentación del marco
plurianual del presupuesto, la ley especial de endeudamiento y el presupuesto
anual, el Ejecutivo Nacional hará explícitos los objetivos de largo plazo para
la política fiscal, y explicar cómo dichos objetivos serán logrados, de acuerdo
con los principios de responsabilidad y equilibrio fiscal.
Artículo 314. No se hará ningún tipo de gasto que no haya sido previsto en la
ley de presupuesto. Sólo podrán decretarse créditos adicionales al presupuesto
para gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulten insuficientes,
siempre que el tesoro nacional cuente con recursos para atender la respectiva
erogación; a este efecto, se requerirá previamente el voto favorable del
Consejo de Ministros y la autorización de la Asamblea Nacional o, en su
defecto, de la Comisión Delegada.
Artículo 315. En los presupuestos públicos anuales de gastos, en todos los
niveles de Gobierno, establecerá de manera clara, para cada crédito
presupuestario, el objetivo específico a que esté dirigido, los resultados
concretos que se espera obtener y los funcionarios públicos o funcionarias
públicas responsables para el logro de tales resultados. Éstos se establecerán
en términos cuantitativos, mediante indicadores de desempeño, siempre que ello
sea técnicamente posible. El Poder Ejecutivo, dentro de los seis meses
posteriores al vencimiento del ejercicio anual, presentará a la Asamblea
Nacional la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria
correspondiente a dicho ejercicio.
Ley Orgánica de Administración
financiera
Técnica de elaboración del
presupuesto
Artículo 2. Los órganos y entes sujetos a la Ley
Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, formularán y
aplicarán la técnica de elaboración del presupuesto por Proyectos y Acciones
Centralizadas, entendidas estas como las categorías presupuestarias de mayor
nivel y por acciones especificas como categorías de menor nivel. Esta técnica
se aplicará en las restantes etapas o fases del proceso presupuestario, de
conformidad con las instrucciones que al efecto dicte la Oficina Nacional de
Presupuesto, la cual podrá crear de oficio o autorizar a solicitud de los
órganos o entes, categorías presupuestarias equivalentes a las señaladas en
este artículo.
Ámbito presupuestario
Artículo 3. El presupuesto de los órganos y entes
sujetos a la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público,
debe estar expresado dentro del ámbito institucional, y cuando corresponda,
dentro de los ámbitos presupuestarios sectoriales y regionales, de conformidad
con las normas e instrucciones técnicas que dicte la Oficina Nacional de
Presupuesto.
Artículo 3. Los
sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad, regulados en esta Ley; así como los sistemas
tributario y de administración de bienes, regulados por leyes especiales,
conforman la administración financiera del sector público. Dichos sistemas
estarán interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la coordinación de
un órgano rector.
Obligaciones de las máximas
autoridades de los órganos y entes ejecutores del sistema Presupuestario
Artículo 8. Las máximas autoridades de los
órganos y entes ejecutores, están obligadas a:
1. Designar a los funcionarios responsables de los proyectos,
acciones centralizadas, metas y objetivos presupuestarios.
2. Aprobar y enviar oportunamente el anteproyecto de presupuesto
del órgano o ente a la Oficina Nacional de Presupuesto y efectuar los ajustes
que esta Oficina les indique.
3. Velar porque el órgano o ente a su cargo registre la ejecución
física y financiera del presupuesto, sobre la base de los indicadores de
gestión predeterminados, y participe los resultados a la Oficina Nacional de
Presupuesto.
4. Velar porque el órgano o ente a su cargo elabore oportunamente
la programación presupuestaria y suministre la información de conformidad con
lo previsto en el presente Reglamento.
5. Cumplir con los procedimientos y demás mecanismos para efectuar
las modificaciones presupuestarias, de conformidad con lo previsto en el
presente Reglamento y la normativa que al efecto dicte la Oficina Nacional de
Presupuesto.
6. Tramitar la distribución administrativa de los créditos
presupuestarios.
7. Aprobar la programación de la ejecución física y financiera del
presupuesto.
8. Cumplir las normas e instrucciones técnicas que dicte la Oficina
Nacional de Presupuesto.
9. Suministrar oportunamente las informaciones que requiera la
Oficina Nacional de Presupuesto.
10. Las demás que se deriven de las leyes y otras normas aplicables.
Afectación de los créditos
presupuestarios
Artículo 55. Los créditos presupuestarios se
consideran gastados al causarse, y se afectarán con el registro presupuestario
de precompromisos y compromisos.
El precompromiso
constituye una reserva del crédito presupuestario El registro presupuestario de
los compromisos constituye una afectación preventiva de los créditos
presupuestarios.
Requisitos de los compromisos
Artículo 56. Sólo se registrarán como compromisos
válidamente adquiridos los actos que reúnan los siguientes requisitos:
·
Que sean efectuados por un
funcionario competente.
·
Que mediante ellos se dispongan o
formalicen obligaciones de acuerdo con los criterios que al respecto establezca
el Ministerio de Finanzas.
·
Que hayan sido dictados previo
cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes.
·
Que la naturaleza y el monto del
gasto esté previsto en una partida presupuestaria con crédito disponible en el
presupuesto vigente.
·
Que se exprese el monto, la cantidad
o la especie de los bienes y servicios, según corresponda y la persona natural
o jurídica de quien se les adquiere.
·
Que esté identificado el beneficiario
y el monto, cuando se refiera a compromisos sin contraprestación.
Registro del gasto causado y del pago
Artículo 57. Un gasto se considera causado al
hacerse exigible el cumplimiento de la obligación de pago válidamente adquirida
y afectará los créditos presupuestarios con su registro definitivo con cargo al
presupuesto, independientemente del momento en que se realice el pago, y se
considerará pagado cuando éste se efectúe, mediante cualquier instrumento o
forma, extinguiéndose con ello la obligación adquirida.
Ley Orgánica de Planificación
El Plan Operativo Anual
Nacional
Artículo 34. El Plan Operativo Anual Nacional
define los programas y proyectos estratégicos que llevará a cabo el Ejecutivo
Nacional.
Directrices y Orientaciones
Artículo 35. El Plan Operativo Anual Nacional debe responder a las
directrices contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como a las
orientaciones financieras y de disciplina fiscal establecidas por el Ejecutivo
Nacional en el marco plurianual del presupuesto y en la Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector Público.
Base de Cálculo
Artículo 36. La formulación del Pla n Operativo Anual Nacional debe hacerse
en coordinación con los órganos y entes de la Administración Pública Nacional,
y sus contenidos servirán como base de cálculo para la estimación y
distribución racional de sus recursos presupuestarios, con excepción de las
empresas del Estado.
Presentación a la Asamblea
Nacional
Artículo
37. El Ministerio de Finanzas debe
presentar el Plan Operativo Anual Nacional a
la Asamblea Nacional, en la misma oportunidad en la cual se efectúe la
presentación formal del proyecto de ley de presupuesto.
Implementación
Artículo
38. El Plan Operativo Anual Nacional debe
indicar los órganos y entes responsables de implementar las directrices
estratégicas y los resultados que deben alcanzar las instituciones involucradas
en su ejecución.
Condiciones Regionales y
Locales
Artículo
39. Con el objeto de ajustar los proyectos
y acciones contemplados en el Plan Operativo Anual Nacional con los
lineamientos y directrices previstos en la estrategia de desarrollo regional,
los órganos y entes de la Administración Pública deben tomar en consideración
las condiciones regionales y locales.
Planes y Proyectos de
Presupuesto
Artículo
40. Los órganos y entes de la
Administración Pública, con excepción de las empresas del Estado, deben establecer en sus
respectivos planes y proyectos de presupuesto, las responsabilidades, los servicios
que prestan, las metas y las cuotas presupuestarias contempladas en el Plan
Operativo Anual Nacional.
Aprobación de Propuestas
Artículo
41. Las propuestas de los órganos y entes
de la Administración Pública a ser incluidas en el Plan Operativo Anual
Nacional, deben ser aprobadas por el Ministerio
de planificación y Desarrollo.
Aprobación de las Cuotas
Presupuestarias
Artículo
42. La aprobación de las cuotas
presupuestarias dispuestas en el Plan Operativo Anual Nacional, queda sujeta a
las capacidades institucionales de ejecución y demás evaluaciones de
consistencia sectorial, intersectorial y territorial, que realice el Ministerio
de Planificación y Desarrollo.
Las cuotas
presupuestarias correspondientes deberán imputarse en coordinación con el Ministerio de Planificación y
Desarrollo y la Oficina Central de Presupuesto.
Obligación de información
Artículo
43. A los efectos de evaluar la ejecución
y cumplimiento del Plan Operativo Anual Nacional, los órganos y entes
ejecutores correspondientes están obligados a informar al Ministerio de
Planificación y Desarrollo, todos los datos requeridos y los medios de
verificación de la información suministrada.
Tópico 05-Presupuesto y Control
Presupuestario [Local1]
http://www.inosanchez.com/files/mda/af/TOPICO05_PRESUPUESTO_Y_CONTROL.pdf
Dinámicas de Sistemas [Local2]
http://paginespersonals.upcnet.es/~jmg2/libro/ds7m7.htm
Los Sistemas de Información en la Sociedad del
Conocimiento [Local3]
http://books.google.co.ve/books?id=94sv48wCJAMC&pg=PA35&dq=definiciones+de+sistemas#PPT1,M1
Oficina Nacional de Presupuesto [Local4]
Regalmento Nro1 de la LOAFSP del Sistema Presupuestario [Local5] [Local8]
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
[Local6]
http://www.tsj.gov.ve/legislacion/constitucion1999.htm
Ley Orgánica de Planificación [Local7]