UNIVERSIDAD YACAMBÚ

Especialización en Gerencia, Mención: Sistemas de Información

SEMINARIO TRABAJO ESPECIAL DE GRADO

Karla Bernal

Octubre, 2008

 Titulo

Implantación de un Sistema automatizado para la formulación y control presupuestario en la Electricidad de Caracas  sus filiales.

Marco Teórico Referencial

Antecedentes de la investigación

Autor: Leonardo Gruszka Cohen

Titulo: Sistema de gestión y control presupuestario para organismos descentralizados del ámbito público. Tesis presentada ante Universidad Metropolitana. Ingeniería. Ingeniería de Sistemas, para obtener el grado de Ingeniero de Sistemas, Año 2003

Resumen: Fundamentándose en la necesidad de contar con un sistema que cumpla con los requerimientos presupuestarios de un organismo descentralizado del ámbito público en Venezuela, se llevó a cabo una investigación exhaustiva que culminó con el diseño y la implementación de una herramienta formada por módulos interrelacionados, adaptados al software ERP de J.D. Edwards. El proyecto se inició con una fase de investigación en la cual se entendieron las bases del problema planteado y la manera como los entes del estado manejan su presupuesto, se investigó sobre las leyes y procesos del presupuesto, así como las bases de la metodología utilizada. Para poder alcanzar los objetivos, se siguieron los pasos de una metodología específica basada en UML. De cada etapa, se obtuvieron resultados representados por diagramas gráficos. La plataforma utilizada para el desarrollo de la herramienta se basó en los ERP de OneWorld TM, de los cuales se aprovecharon sus bondades en cuanto a seguridad ya la utilización del Point & Click para el desarrollo de aplicaciones. El resultado obtenido en este proyecto es una herramienta amigable y funcional, que gestiona el proceso presupuestario de un organismo público en todas sus fases, de forma segura, para permitir el control de los fondos del presupuesto público y que además, cuenta con ventanas sencillas que facilitan la adaptación de los           usuarios al sistema

Autor: Jenny González y Heyzabeth Vásquez

Titulo: importancia legal de la contabilidad presupuestaria para agilizar las operaciones administrativas en el SENIAT. Universidad Alejandro Humboldt. Tesis de grado: optar al título de licenciado en contaduría pública caracas marzo 2005.

Resumen: La investigación realizada conduce a determinar la importancia de los aspecto legales en la contabilidad presupuestaria para agilizar las operaciones administrativas en el servicio nacional integrado de administración aduanera y tributaria 8SENIAT) como es de observarse en el estudio el presupuesto público es una de las responsabilidades fundamentales del sector publico incluyendo al SENIAT como principal organismo  para realizar operaciones presupuestarias , como se ha expuesto en trabajo de grado, por ser esta las herramientas que aseguran el sano cumplimiento de las operaciones administrativas, las cuales conllevan al crecimiento económico  y social de la Nación. Para la investigación en cuestión es de gran utilidad en el proceso presupuestario con los aspectos legales  y condiciones exigidos por parte del sector público, cumpliendo con los pasos respectivos, como es la captación y distribución de los recuerdos a nivel de los organismos financieros de gran importancia y los sectores correspondiente  a cada uno, movimientos financieros de gran importancia  que conducirán al cumplimiento de los objetivos de esta investigación.


Bases Teóricas

Sistema

Un sistema es un conjunto de "elementos" relacionados entre sí, de forma tal que un cambio en un elemento afecta al conjunto de todos ellos.

 

 

Sistema de Información

             Son un conjunto de procesos formales independientes y ordenados que actuando sobre la base de datos consiguen: facilitar la información, transformar los procesos, transformar la organización y ayudar a diseñar e implementar nuevas estrategias.

·        Proceso formales: todo sistema de información es una secuencia ordenada de  entradas (datos), tratamientos (instrucciones)  y salidas (información). Por lo tanto cualquier sistema de información atienda lo que atienda, se construye sobre el principio mencionado, es el software quien se encargara de realizar  esta secuencia.

·        Base de datos: los sistemas de información actúan convirtiendo datos en instrucciones, es por ello necesarios identificar y guardar los datos que se estimen convenientes, muchos de estos datos pueden proceder  precisamente del proceso de automatización

Sistemas Automatizados

·        Estos son los sistemas hechos por el hombre aunque  interactúan con o son controlados por uno o más computadoras.

·        Aunque hay diferentes tipos de sistemas automatizados, todos tienden a tener componentes en común:

·        El hardware de la computadora: los procesadores, los discos, terminales, impresoras, unidades de cinta magnética, etc.

·        El software de la computadora: los programas de sistema tales como sistemas operativos, sistemas de base de datos, etc.

·        Las personas: que operan el sistema, los que proveen su material de entrada y consumen su material de salida, y los que proveen actividades de procesamiento manual en un sistema.

·        Los datos: la información que el sistema recuerda durante un periodo.

·        Los procedimientos: las políticas formales e instrucciones de operación del sistema.

·         Una manera de organizar por categorías los sistemas automatizados en por su aplicación: sistemas de manufactura, sistema de contabilidad, sistema de defensa militar, etc.  

·        Los Sistemas automatizados se pueden dividir en categorías:

o   Sistemas en línea

o   Sistema en tiempo real

o   Sistemas de apoyo a decisiones

o   Sistemas basados en conocimiento.

 

 

 Sistemas en Línea

 Un sistema en línea es que acepta materia de entrada directamente del área donde se creó. También es el sistema en que la materia de salida, o el resultado de computación, se devuelven directamente a donde es requerido.

 Una característica común de los sistemas en línea es que entran datos a la computadora o se les recibe de ella en forma remota.   Es decir, que los usuarios del sistema computacional normalmente interactúan con la computadora desde terminales que pueden ser localizadas a cientos de kilómetros de la computadora misma.

Sistemas de Tiempo Real

Un sistema computacional de tiempo real puede definirse como aquel que controla un ambiente recibiendo datos, procesándolos y devolviéndolos con la suficiente rapidez como para influir en dicho ambiente en ese momento.

Un sistema de tiempo real es considerado por muchos como una variante de un sistema en línea.

 Además de la velocidad, existe otra característica que diferencia a los sistemas de tiempo real de los sistemas en línea: estos últimos suelen interactuar con las personas, mientras que los sistemas de tiempo real usualmente interactúan tanto con personas como con un ambiente que en general es autónomo y a menudo hostil.

Sistema de Apoyo a Decisiones y Sistemas de Planeación Estratégica

Estos Sistemas se caracterizan porque no toman decisiones por sí mismos, sino ayudan a los administradores y a otros profesionistas “trabajadores del conocimiento” de una organización a tomar decisiones inteligentes y documentadas acerca de los diversos aspectos de la operación.  Típicamente, los sistemas de apoyo a decisiones son pasivos en el sentido de que no operan en forma regular.

Una característica común de los sistemas de apoyo a decisiones es que no solo recuperan y exhiben los datos, sino que también realizan varios tipos de análisis matemáticos y estadísticos de los mismos.  Los sistemas de apoyo a decisiones también tienen la capacidad, en la mayoría de los casos, de presentar la información en una variedad de formas gráficas al igual que en forma de “reportes” (informes) convencionales.

Sistemas Basados en Conocimiento

 Dichos sistemas se asocian con el campo de la Inteligencia Artificial.

La meta de los científicos de la computación que trabajan en el campo de la inteligencia artificial es producir programas que sean capaces de imitar el desempeño humano en una gran variedad de de tareas “inteligentes”.  Para algunos sistemas expertos la meta está próxima a ser alcanzada; para otros, aunque aún no sabemos construir programas que funcionen bien por si solos, podemos comenzar a crear programas capaces de auxiliar a las personas en la ejecución de alguna tarea.

 Sistema experto

 Un sistema experto es un programa de computadora que contiene el conocimiento y la capacidad necesarios para desempeñase en un nivel experto.

Los sistemas expertos por lo general se construyen de tal manera que sean capaces de explicar las líneas de razonamiento que llevaron a las decisiones que tomaron.  Algunos de ellos pueden incluso explicar porqué descartaron ciertos caminos de razonamiento y porqué escogieron otros.

Implantación del Sistema

Es un conjunto de servicios basados en: Instalación, Configuración, Definición, Entrenamiento, Asesoría y transferencia de conocimientos y experiencias necesarios para la automatización de la gestión.

Para lograrlo es necesario contar con un producto completo, madurado y altamente flexible y programable que acepte la definición  y ejecución de las reglas de negocio particulares de cada empresa. Además debe contar con el apoyo de un equipo humano experimentado que logre realizar la reingeniería  necesaria para que la herramienta cumpla con el objetivo planteado.

Con la implantación se podrá adaptar y configurar los procesos del sistema para que adopte en forma automatizada todos los procesos de la empresa.

El proceso de implantación debe cumplir con las siguientes etapas:

•  Definir hasta donde el usuario desea automatizar la gestión.

•  Recolección de criterios propios de la empresa tales como: Operaciones, Reglas Comerciales, Exigencias gubernamentales.

•  Ajuste de estructuras de Datos, Programas, Reportes y Diseño de documentos de impresión.

•  Migración de datos desde otros sistemas en caso de ser necesario.

•  Entrenamiento para los usuarios, realizando en forma activa para todos los módulos del sistema.

•  Instalación, Reingeniería, Entrenamiento, Apoyo inicial (Arranque), Asesoría en caliente, Supervisión y asesoría postventa hasta que el usuario logre dominar el sistema completamente.

•  Actualización de versiones o mejoras.

•  Entrenamiento de herramientas de escritorio asociadas al sistema

•  Apoyo según solicitud del usuario.

Presupuesto

El presupuesto es una herramienta de planificación, coordinación y control de funciones que presentan en términos cuantitativos las actividades a ser realizadas por una organización con el fin de dar el uso más productivo a los recursos para alcanzar determinadas metas. En otras palabras es un plan de acción dirigido a cumplir una meta prevista expresada en valores y términos financieros, que debe cumplirse en determinado tiempo y bajo  ciertas condiciones previstas

Presupuesto publico

Se conoce como Presupuesto al sistema mediante el cual se elabora, aprueba, coordina la ejecución, controla y evalúa la producción pública (Bien o Servicio) de una institución, sector o región, en función de las políticas de desarrollo previstas en los Planes.

“El presupuesto es un medio para prever y decidir la producción que  se va a realizar en un período determinado, así como para asignar  formalmente los recursos que esa producción exige en la praxis de una institución, Sector o Región. Este carácter práctico del  presupuesto implica que debe concebírselo como un sistema administrativo que se materializa por etapas: formulación, discusión y sanción, ejecución, control y evaluación.” (ONAPRE, 2002).

Existen diferencias entre el presupuesto público y el empresarial. Los  presupuestos se formulan y ejecutan de forma distinta y aunque la intención  de ambos es tener el control de los fondos de la organización, en los organismos públicos, la meta es utilizar los ingresos obtenidos en gastos que generen beneficios directos a través de obras y planes para la ciudadanía, mientras que el presupuesto empresarial busca generar ganancias para los empresarios que dirigen la empresa en cuestión.

Esta diferencia se puede expresar a través de las fórmulas según lo indica (González Oliveiros, 1988, portada):

SECTOR PÚBLICO: Gastos Ordinarios = Ingresos Ordinarios

Gastos Extraordinarios = Ingresos Extraordinarios

SECTOR EMPRESARIAL: Costo Fijo + Costo Variable = Costo Total.

Ingreso Total – Costo Total = Beneficio

Clasificación Presupuestaria

1.- De los Recursos Públicos: (Ingresos Públicos)

2.- De los Egresos Públicos: (Gastos Públicos)

Fases del Presupuesto Publico

1.      Formulación

La fase de formulación es la parte inicial de la gestión de un presupuesto específico. Durante esta fase, los responsables de generar el presupuesto anual de un organismo deben exponer las categorías programáticas que componen dicho presupuesto, así como la asignación de sus partidas y subpartidas. De este modo, se puede describir de forma exacta, los recursos y el importe monetario necesario para la ejecución de cada asignación creada durante la etapa.

Para cada organismo, existen dos tipos de presupuesto, el de ingresos y el presupuesto de gastos. Dependiendo si las partidas generan ingresos o gastos, éstas se incluyen en uno de los dos presupuestos anuales que debe tener un organismo -Presupuesto de ingresos.

La formulación de este presupuesto implica analizar el sistema de ingresos de cada institución, es decir, los medios que utiliza un organismo público para obtener sus ingresos.

Durante el proceso de formulación del presupuesto de ingresos, se evalúan los rendimientos a corto plazo de las distintas fuentes de ingreso, para poder describir su magnitud y compatibilidad con los planes y programas que serán financiados a través del presupuesto. En otras palabras y desde una visión más global, es el que explica quién, cómo y cuánto se apropia el Estado de la renta nacional para cumplir con sus funciones económicas y sociales.

-Presupuesto de gastos.

Formular el presupuesto de gastos implica llevar a cabo una programación del mismo. Esta implicación se puede entender, analizando los puntos que menciona AVPP (1995, p. 204).

La formulación del presupuesto de gastos requiere de la ejecución de tareas que se deben llevar a cabo con alta precisión y profundidad, de forma tal, que el presupuesto pueda reflejar la responsabilidad del sector público en el cumplimiento de sus políticas para el desarrollo de la nación. Por otro lado, se tiene la obligación de aplicar criterios rigurosos para determinar y hacer el cálculo de los insumos que requiere la producción pública.

2.      Discusión y aprobación

Una vez terminado el proceso de formulación, el presidente del ente está en la obligación de aprobar o desaprobar el presupuesto presentado y la institución debe enviar al Ejecutivo Nacional un documento en el cual indique todos los detalles del presupuesto aprobado.

En la primera etapa, se exponen ante la comisión de aprobación de presupuestos, la justificación del proyecto presupuestario y luego contesta las preguntas que le realiza la comisión.

En la segunda fase de aprobación, se hace comparecer ante la comisión de aprobación de presupuestos a los presidentes o representantes de los institutos autónomos, a cualquier funcionario para solicitar informes, opiniones o declaraciones en aquellos casos que así lo ameriten. En el caso de los institutos descentralizados, esta comparecencia se hace cuando los entes tienen aportes acordados en el Proyecto de Presupuesto.

3.      Ejecución

Si bien el presupuesto se entiende como la visión anticipada, expresada en un documento aprobado, de aquellos insumos que se requieren para poder alcanzar una producción. El paso siguiente a la aprobación del mismo, el cual está esencialmente ligado al documento, es el de efectuar las acciones necesarias que conllevan a lograr la producción que se tiene prevista. Esto significa que un presupuesto debe llevarse a cabo en un espacio real y concreto, así como en un tiempo con las mismas características, de forma tal que se puedan obtener los objetivos planeados en términos de resultados tangibles, mesurables y evaluables.

La ejecución del presupuesto se efectúa en dos planos: el físico y el financiero. AVPP (1995), explica la ejecución del plano físico (p. 230) y la del plano financiero (p. 231).

La ejecución de un ingreso comienza en el momento que se crea el derecho de percibir un bien y termina en el momento de la adquisición del mismo. Las etapas más importantes en la ejecución de un ingreso son:

 -Entrega del bien: momento en el cual se genera el derecho de percibir un ingreso.

-Conformación de la factura: acto administrativo que verifica la realidad del derecho y el monto que se debe percibir por la entrega del bien.

-Recepción del pago: es el momento en que termina la ejecución del ingreso y se extingue el derecho a percibir la contraprestación.

La ejecución de un gasto comienza cuando se solicita la realización de dicho gasto y se termina en el momento que se paga, es decir, cuando se extinguen las obligaciones con terceros que derivan del gasto. Las etapas más relevantes de la ejecución de un gasto son:

-Cuando se emite y se aprueba una orden de compra, ya que se produce la relación contractual con un tercero. Se realiza un compromiso.

-Cuando se recibe el bien por parte del tercero, ya que nace la  obligación de pagarle. Se realiza causado.

-Cuando se emite el pago (orden o cheque), ya que termina el proceso de ejecución de un gasto y se extinguen las obligaciones de pago. Se realiza un pagado.

Adicionalmente, se pueden realizar modificaciones presupuestarias a las categorías programáticas y sus asignaciones, inclusive en un presupuesto que ya esté aprobado. Esta acción representa una parte de la ejecución que contiene leyes especiales para su desarrollo y permite hacer correcciones en caso de encontrar alguna falla en el proceso presupuestario después de que su formulación haya sido aprobada y el presupuesto, puesto en práctica.

Las modificaciones presupuestarias son “las variaciones legalmente acordadas durante la ejecución del presupuesto, sobre los créditos originalmente aprobados”. (AVPP, 1995, p. 282).

Las modificaciones presupuestarias se clasifican en:

-Rectificaciones:

Es una autorización para aceptar gastos adicionales a los acordados  inicialmente en los diferentes programas, subprogramas, proyectos y  partidas. De esta forma se pueden atender los imprevistos que surjan durante la ejecución. También, se pueden utilizar las rectificaciones para aumentar los créditos que hayan sido insuficientes. “Su fuente de financiamiento anual es el crédito de la partida “Rectificaciones al presupuesto” que contiene la Ley de Presupuesto anual.” (AVPP 1995, p. 286).

-Traspasos:

Es una reasignación de los créditos que posee el presupuesto aprobado; bien sea a un mismo programa o a diferentes programas de un organismo.

Esto surge como consecuencia de alguna sobreestimación o una subestimación durante la ejecución. La característica principal de los traspasos, es el no afectar el total del presupuesto aprobado.

-Insubsistencias:

Es una anulación total o parcial de los créditos no comprometidos que estén acordados a algún programa, subprograma, proyecto o partida. La razón principal para una insubsistencia es cuando se estima que los ingresos programados no podrán satisfacer los gastos previstos.

-Créditos adicionales.

Es una autorización adicional de gastos para suplir los programas, subprogramas, proyectos y partidas. La autorización se acuerda para “financiar gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulten insuficientes y siempre que el Tesoro cuente con recursos para atender la respectiva erogación”. (AVPP, 1995, p. 295).

  1. Control

“El control presupuestario puede definirse como el conjunto de actividades que se emprenden para medir y examinar los resultados obtenidos en el período para evaluarlos y para decidir las medidas correctivas que sean necesarias” (AVPP, 1995, p. 303).

Para poder llevar un control adecuado y correcto del presupuesto que se está ejecutando en un momento dado se deben considerar los siguientes elementos:

-Determinar los objetivos que se desean lograr. Esto se refiere a los objetivos que están aprobados en el presupuesto, bien sean las metas físicas que se desean alcanzar, como en términos de ingresos de capital. Igualmente, se deberán controlar las autorizaciones para los gastos siempre y cuando estén definidos en la programación de la ejecución del presupuesto.

-Encontrar la forma de realizar las mediciones necesarias para permitir la cuantificación real de la ejecución en comparación con los resultados previstos. De la misma forma, llevar a cabo dichas mediciones.

-Comparar, tanto en términos físicos como financieros, aquello que está presupuestado con lo ejecutado en un período dado. Esto se conoce como la Determinación de las Desviaciones.

-Emitir los informes de la ejecución presupuestaria, en éstos, se deben indicar la explicación de las desviaciones, tanto sus causas como sus consecuencias. De la misma forma, se deben emitir los informes referentes a la disponibilidad que se tenga para poder controlar las autorizaciones máximas para gastar.

-Tomar las medidas correctivas que sean necesarias para poder cumplir las metas y volúmenes de trabajo, así como la programación prevista en un período. En caso de no cumplirse aquello que estaba previsto, informar a las autoridades competentes dicho incumplimiento.

Plan único de cuentas

Es un sistema de clasificación formado por una numeración de cuentas ordenadas sistemáticamente, cada cuenta posee un código y una denominación.

BASES Legales

Constitución de la República

De la administración pública

Artículo 142. Los institutos autónomos sólo podrán crearse por ley. Tales instituciones, así como los intereses públicos en corporaciones o entidades de cualquier naturaleza, estarán sujetos al control del Estado, en la forma que la ley establezca.

Del Régimen Fiscal y Monetario

Sección Primera: Del Régimen Presupuestario

Artículo 311. La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Esta se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto, de manera que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios.

El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, para su sanción legal un marco plurianual para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales. La ley establecerá las características de este marco, los requisitos para su modificación y los términos de su cumplimiento.

Artículo 312. La ley fijará límites al endeudamiento público de acuerdo con un nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión reproductiva y la capacidad de generar ingresos para cubrir el servicio de la deuda pública. Las operaciones de crédito público requerirán, para su validez, una ley especial que las autorice, salvo las excepciones que establezca la ley orgánica. La ley especial indicará las modalidades de las operaciones y autorizará los créditos presupuestarios correspondientes en la respectiva ley de presupuesto.

La ley especial de endeudamiento anual será presentada a la Asamblea Nacional conjuntamente con la Ley de Presupuesto.

Artículo 313. La administración económica y financiera del Estado se regirá por un presupuesto aprobado anualmente por ley. El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, en la oportunidad que señale la ley orgánica, el proyecto de Ley de Presupuesto. Si el Poder Ejecutivo, por cualquier causa, no hubiese presentado a la Asamblea Nacional el proyecto de ley de presupuesto dentro del plazo establecido legalmente, o el mismo fuere rechazado por ésta, seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal en curso.

La Asamblea Nacional podrá alterar las partidas presupuestarias, pero no autorizará medidas que conduzcan a la disminución de los ingresos públicos ni gastos que excedan el monto de las estimaciones de ingresos del proyecto de Ley de Presupuesto.

Con la presentación del marco plurianual del presupuesto, la ley especial de endeudamiento y el presupuesto anual, el Ejecutivo Nacional hará explícitos los objetivos de largo plazo para la política fiscal, y explicar cómo dichos objetivos serán logrados, de acuerdo con los principios de responsabilidad y equilibrio fiscal.

Artículo 314. No se hará ningún tipo de gasto que no haya sido previsto en la ley de presupuesto. Sólo podrán decretarse créditos adicionales al presupuesto para gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulten insuficientes, siempre que el tesoro nacional cuente con recursos para atender la respectiva erogación; a este efecto, se requerirá previamente el voto favorable del Consejo de Ministros y la autorización de la Asamblea Nacional o, en su defecto, de la Comisión Delegada.

Artículo 315. En los presupuestos públicos anuales de gastos, en todos los niveles de Gobierno, establecerá de manera clara, para cada crédito presupuestario, el objetivo específico a que esté dirigido, los resultados concretos que se espera obtener y los funcionarios públicos o funcionarias públicas responsables para el logro de tales resultados. Éstos se establecerán en términos cuantitativos, mediante indicadores de desempeño, siempre que ello sea técnicamente posible. El Poder Ejecutivo, dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del ejercicio anual, presentará a la Asamblea Nacional la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente a dicho ejercicio.

Ley Orgánica de Administración financiera

Técnica de elaboración del presupuesto

Artículo 2. Los órganos y entes sujetos a la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, formularán y aplicarán la técnica de elaboración del presupuesto por Proyectos y Acciones Centralizadas, entendidas estas como las categorías presupuestarias de mayor nivel y por acciones especificas como categorías de menor nivel. Esta técnica se aplicará en las restantes etapas o fases del proceso presupuestario, de conformidad con las instrucciones que al efecto dicte la Oficina Nacional de Presupuesto, la cual podrá crear de oficio o autorizar a solicitud de los órganos o entes, categorías presupuestarias equivalentes a las señaladas en este artículo.

Ámbito presupuestario

Artículo 3. El presupuesto de los órganos y entes sujetos a la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, debe estar expresado dentro del ámbito institucional, y cuando corresponda, dentro de los ámbitos presupuestarios sectoriales y regionales, de conformidad con las normas e instrucciones técnicas que dicte la Oficina Nacional de Presupuesto.

Artículo 3.  Los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad,  regulados en esta Ley; así como los sistemas tributario y de administración de bienes, regulados por leyes especiales, conforman la administración financiera del sector público. Dichos sistemas estarán interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la coordinación de un órgano rector.

Obligaciones de las máximas autoridades de los órganos y entes ejecutores del sistema Presupuestario

Artículo 8. Las máximas autoridades de los órganos y entes ejecutores, están obligadas a:

1.      Designar a los funcionarios responsables de los proyectos, acciones centralizadas, metas y objetivos presupuestarios.

2.      Aprobar y enviar oportunamente el anteproyecto de presupuesto del órgano o ente a la Oficina Nacional de Presupuesto y efectuar los ajustes que esta Oficina les indique.

3.      Velar porque el órgano o ente a su cargo registre la ejecución física y financiera del presupuesto, sobre la base de los indicadores de gestión predeterminados, y participe los resultados a la Oficina Nacional de Presupuesto.

4.      Velar porque el órgano o ente a su cargo elabore oportunamente la programación presupuestaria y suministre la información de conformidad con lo previsto en el presente Reglamento.

5.      Cumplir con los procedimientos y demás mecanismos para efectuar las modificaciones presupuestarias, de conformidad con lo previsto en el presente Reglamento y la normativa que al efecto dicte la Oficina Nacional de Presupuesto.

6.      Tramitar la distribución administrativa de los créditos presupuestarios.

7.      Aprobar la programación de la ejecución física y financiera del presupuesto.

8.      Cumplir las normas e instrucciones técnicas que dicte la Oficina Nacional de Presupuesto.

9.      Suministrar oportunamente las informaciones que requiera la Oficina Nacional de Presupuesto.

10.  Las demás que se deriven de las leyes y otras normas aplicables.

Afectación de los créditos presupuestarios

Artículo 55. Los créditos presupuestarios se consideran gastados al causarse, y se afectarán con el registro presupuestario de precompromisos y compromisos.

El precompromiso constituye una reserva del crédito presupuestario El registro presupuestario de los compromisos constituye una afectación preventiva de los créditos presupuestarios.

Requisitos de los compromisos

Artículo 56. Sólo se registrarán como compromisos válidamente adquiridos los actos que reúnan los siguientes requisitos:

·        Que sean efectuados por un funcionario competente.

·        Que mediante ellos se dispongan o formalicen obligaciones de acuerdo con los criterios que al respecto establezca el Ministerio de Finanzas.

·        Que hayan sido dictados previo cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes.

·        Que la naturaleza y el monto del gasto esté previsto en una partida presupuestaria con crédito disponible en el presupuesto vigente.

·        Que se exprese el monto, la cantidad o la especie de los bienes y servicios, según corresponda y la persona natural o jurídica de quien se les adquiere.

·        Que esté identificado el beneficiario y el monto, cuando se refiera a compromisos sin contraprestación.

 

Registro del gasto causado y del pago

Artículo 57. Un gasto se considera causado al hacerse exigible el cumplimiento de la obligación de pago válidamente adquirida y afectará los créditos presupuestarios con su registro definitivo con cargo al presupuesto, independientemente del momento en que se realice el pago, y se considerará pagado cuando éste se efectúe, mediante cualquier instrumento o forma, extinguiéndose con ello la obligación adquirida.

Registro de obligaciones que afectan varios ejercicios

Artículo 58. Cuando se formalicen obligaciones que afecten varios ejercicios económico-financieros, se registrarán los montos que correspondan para cada ejercicio

Ley Orgánica de Planificación

El Plan Operativo Anual Nacional

 

Artículo 34. El Plan Operativo Anual Nacional define los programas y proyectos estratégicos que llevará a cabo el Ejecutivo Nacional.

Directrices y Orientaciones

Artículo 35. El Plan Operativo Anual Nacional debe responder a las directrices contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como a las orientaciones financieras y de disciplina fiscal establecidas por el Ejecutivo Nacional en el marco plurianual del presupuesto y en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.

Base de Cálculo

Artículo 36. La formulación del Pla n Operativo Anual Nacional debe hacerse en coordinación con los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, y sus contenidos servirán como base de cálculo para la estimación y distribución racional de sus recursos presupuestarios, con excepción de las empresas del Estado.

Presentación a la Asamblea Nacional

 

Artículo 37. El Ministerio de Finanzas debe presentar el Plan Operativo Anual Nacional a

la Asamblea Nacional, en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del proyecto de ley de presupuesto.

 

 

 

 

 

Implementación

 

Artículo 38. El Plan Operativo Anual Nacional debe indicar los órganos y entes responsables de implementar las directrices estratégicas y los resultados que deben alcanzar las instituciones involucradas en su ejecución.

 

Condiciones Regionales y Locales

 

Artículo 39. Con el objeto de ajustar los proyectos y acciones contemplados en el Plan Operativo Anual Nacional con los lineamientos y directrices previstos en la estrategia de desarrollo regional, los órganos y entes de la Administración Pública deben tomar en consideración las condiciones regionales y locales.

 

Planes y Proyectos de Presupuesto

 

Artículo 40. Los órganos y entes de la Administración Pública, con excepción de las  empresas del Estado, deben establecer en sus respectivos planes y proyectos de presupuesto, las responsabilidades, los servicios que prestan, las metas y las cuotas presupuestarias contempladas en el Plan Operativo Anual Nacional.

 

Aprobación de Propuestas

 

Artículo 41. Las propuestas de los órganos y entes de la Administración Pública a ser incluidas en el Plan Operativo Anual Nacional, deben ser aprobadas por el Ministerio de  planificación y Desarrollo.

 

Aprobación de las Cuotas Presupuestarias

 

Artículo 42. La aprobación de las cuotas presupuestarias dispuestas en el Plan Operativo Anual Nacional, queda sujeta a las capacidades institucionales de ejecución y demás evaluaciones de consistencia sectorial, intersectorial y territorial, que realice el Ministerio de Planificación y Desarrollo.

Las cuotas presupuestarias correspondientes deberán imputarse en coordinación con el Ministerio de Planificación y Desarrollo y la Oficina Central de Presupuesto.

 

Obligación de información

 

Artículo 43. A los efectos de evaluar la ejecución y cumplimiento del Plan Operativo Anual Nacional, los órganos y entes ejecutores correspondientes están obligados a informar al Ministerio de Planificación y Desarrollo, todos los datos requeridos y los medios de verificación de la información suministrada.

 

Bibliografia

Tópico 05-Presupuesto y Control Presupuestario [Local1]

http://www.inosanchez.com/files/mda/af/TOPICO05_PRESUPUESTO_Y_CONTROL.pdf

Dinámicas de Sistemas [Local2]

http://paginespersonals.upcnet.es/~jmg2/libro/ds7m7.htm

Los Sistemas de Información en la Sociedad del Conocimiento [Local3]

http://books.google.co.ve/books?id=94sv48wCJAMC&pg=PA35&dq=definiciones+de+sistemas#PPT1,M1

Oficina Nacional de Presupuesto [Local4]

http://www.onapre.gob.ve/

Regalmento Nro1 de la LOAFSP del Sistema Presupuestario [Local5] [Local8]

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela [Local6]

http://www.tsj.gov.ve/legislacion/constitucion1999.htm

Ley Orgánica de Planificación  [Local7]

 

 

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