Flanc de rei
El rincón del árbitro
Preguntas i respuestas
Febrero 2002
Campeonato de Cataluña por equipos
El delegado de un equipo al ver que su primer tablero no va a presentarse decide llamar a un suplente. Le llama por teléfono y le da los datos del local del equipo visitante donde juegan. Cuando el jugador se presenta el delegado del equipo local le dice al equipo visitante que son las 10:02 y que por tanto ha llegado tarde. El delegado del equipo visitante tiene las 9:58 y otro jugador visitante las 9:59. Un jugador del equipo local tiene las 10:01. Por otro lado el local no dispone de ningún reloj de pared y a la bandera del reloj de ajedrez todavía le faltan unos 5 minutos porque siempre se ponen en marcha un poco más tarde.
Pregunta ¿se puede producir la sustitución ?.
Administrador: Transmitimos la pregunta y esperamos en breve poder dar una respuesta .
Al respecto me gustaría opinar lo siguiente:
En el anterior reglamento de la Catalana
se decía que el reloj del local era el que mandaba y en su defecto el del
delegado local (creo que ahora no pone nada de esto) . Sin embargo no he visto
ningún local que disponga de reloj y el reloj del delegado local podría
manipularse un poquito en vista de las circunstancias. A mi se me ocurre que con
tanto móvil que seguro que la mitad de los jugadores llevan........no se
podría haber llamado a información horaria (1003)????
En cualquier caso es mi modesta opinión.........que los
expertos nos lo aclaren.
Ya tenemos respuesta por parte de los expertos, y además nos han contestado rápidisamente. Si realmente esta sección aclara dudas y además tiene el éxito que parece es sin duda gracias a su colaboración. Todos coinciden en que se puede realizar la sustitución, sin embargo algunos llegan a esa conclusión por caminos distintos. Aquí tenéis tres respuestas.:
Valerio de la cruz
El caso que nos plantea Jordi, más que remitirnos a un determinado artículo de los Reglamentos hace que tengamos que plantearnos los principios del derecho común. El árbitro de ajedrez, a veces, debe ser un juez, en el mismo sentido que los jueces de cualquier otra jurisdicción. Si un árbitro estuviera presente en una situación como la descrita, (la comparecencia antes de las 10 de la mañana en el Cto. de Catalunya por equipos) sería él quien fijaría la hora basándose en su reloj. Evidentemente, un árbitro de ajedrez está obligado a llevar un reloj. Pero ¿y si cometiera el error de no llevarlo? Pues se guiaría por el reloj de la sala de juego, por la información horaria de Telefónica o por los criterios que su bien juicio o sentido común le diera a entender. Y en todo caso, nunca descalificaría a un jugador si no estaba seguro de si ha llegado antes o después de las 10. Pero claro, sin duda estáis diciendo todos, una característica del Cto. de Catalunya `por equipos es que no hay árbitro. (Y otra muy notoria, por cierto, sobre todo vista desde el Comité de Competición, es que las versiones de un equipo y otro suelen ser radicalmente distintas y que los delegados - que deberían esforzarse de buena fe en buscar el consenso y llegar a unos mínimos acuerdos- muchas veces hacen todo lo contrario.....) Pues bien, seguro que es imposible en un caso como el descrito llegar a un acuerdo ni para rellenar el acta. Naturalmente, la sugerencia de Jordi de llamar a la información horaria es muy buena, pero podría ser que no hubiera un teléfono a mano (o, en una hipótesis más probable, que entre los nervios y las discusiones del momento, cuando por fin se llamara a la información horaria para saber la hora exacta no pudiéramos precisar si por ejemplo el suplente había llegado hacía un minuto y 45 segundos o 2 minutos y 30 segundos o tres minutos y cinco segundos o...) Entonces ¿qué debería resolver un comité federativo si se le presentara el caso? Pues en mi opinión, basándose en el criterio de que se debe minimizar el perjuicio inferido, para que, en caso de perjudicar al inocente - o al que tiene menos razón de los dos- se le perjudique menos, y teniendo en cuenta que tener que jugar una partida en la que el adversario tiene una hora de menos (aunque, por supuesto, luego esa partida puede ganarse o perderse) es un perjuicio menor que ser descalificado sin más, habría que llegar a la siguiente resolución: Que en la duda de la incomparecencia o no, se jugara la partida cargándole al suplente el máximo de tiempo posible (59 minutos y 59 segundos)
Miquel Fdez.-Díaz Mascort para flancderei
Carlos Salgado
Resuelto
Enero 2002
Campeonato de Cataluña por equipos
Recibí un correo en el que se me contaba la siguiente situación:
El jugador que
conduce las piezas negras solicita tablas y juega la jugada 37. En este momento
el jugador de blancas piensa, no responde, no juega y le cae la bandera.
Pregunta ¿cual debe ser el resultado?.
Administrador: Transmitimos la pregunta a un serie de árbitros que esperamos deseen colaborar en esta iniciativa, y esperamos en breve poder dar una respuesta .
De todos modos me gustaría opinar al respecto y decir lo siguiente:
El artículo 9 de las Leyes del Ajedrez dice que la oferta de tablas mantiene su validez hasta que el adversario acepte, la rechace bien verbalmente o bien tocando una pieza con intención de moverla o capturarla, o la partida concluya de alguna otra forma. Creo por tanto que la partida acaba de alguna otra forma ya que no se alcanza la jugada 40 en el tiempo estipulado. Por lo tanto entiendo que la partida la ganan las negras.
En cualquier caso es mi modesta opinión.........que los expertos nos lo aclaren.
Ya tenemos respuesta por parte de los expertos. Todos coinciden en que las blancas pierden por tiempo, sin embargo Valerio de la Cruz nos ha matizado la respuesta:
En efecto, se aplicaría el articulo 9.1.a de las leyes del Ajedrez, pero hay que tener en cuenta otros artículos que podrían anular el 9.1.a.
Los otros artículos que hay que
tener en cuenta son el 6.10 de la
Leyes que dice “ Excepto los casos donde se apliquen los arts. 5.1 (a y b);
5.2 (a, b y c), si un jugador no completa en numero prescrito de jugadas en el
tiempo asignado, pierde la partida. Sin embargo la partida es tablas si la
posición es tal que el adversario no puede dar mate al jugador mediante
cualquier posible combinación de jugadas legales, incluso jugando de la forma más
torpe.”
5.1.a La partida es ganada por el jugador que ha dado mate al Rey de su adversario. Esto finaliza inmediatamente la partida, siempre que la jugada que generó la posición de mate fuera legal.
5.1.b La partida es ganada por el jugador cuyo adversario declara que abandona. Esto finaliza inmediatamente la partida.
5.2.a La partida es tablas cuando el jugador que esta en juego no puede hacer ninguna jugada legal y su Rey no esta en jaque. Se dice entonces que el rey esta “ahogado”. Esto finaliza inmediatamente la partida, siempre que la jugada que generó la posición de Rey ahogado fuera legal.
5.2.b La partida es tablas cuando se alcanza una posición en la que ningún jugador pueda dar mate al Rey del adversario con cualquier serie de jugadas legales. Se dice entonces que la partida termina en una “posición muerta”. Esto finaliza inmediatamente la partida, siempre que la jugada que generó la posición fuera legal.
5.2.c La partida es tablas por acuerdo entre los dos jugadores durante el desarrollo de la misma, esto finaliza inmediatamente la partida
Por tanto, si no se ha dado ninguno de los supuestos anteriores, el jugador de blancas, perderá la partida por “tiempo”, aplicando el art. 9.1 y 6.10. de las leyes del Ajedrez.
Espero que os haya quedado bastante claro.
Desde aquí mi más sincero agradecimiento a los árbitros que habeis contestado a nuestra solicitud.