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ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE FITOPATOLOGIA (A.L.F.)
Escritura pública - Lima, Perú, 22 de enero 2001
CAPITULO PRIMERO
De la Denominación, Domicilio y Duración
Artículo Primero.- La Asociación se denomina Asociación Latinoamericana de Fitopatología, pudiendo también utilizar las siglas A. L. F., y es una Asociación civil sin fines de lucro, con personería jurídica, que agrupa a personas naturales y / o jurídicas que sientan un llamado a incrementar y mejorar su profesionalismo en el estudio de las enfermedades de las plantas y su control en los diversos países de América Latina y de la Península Ibérica de Europa mediante el intercambio de conocimientos y la actualización tecnológica constante.
Artículo Segundo.- Su ámbito de acción será dentro del Perú, pudiendo afiliarse a confederaciones internacionales que tengan los mismos fines o similares. Se deja constancia que podrá desarrollar sus fines u objetivos en los diversos países latinoamericanos e ibéricos.
Artículo Tercero.- Su duración es indeterminada y no podrá disolverse por otras causas que las previstas en estos estatutos o en la legislación aplicable. La Asociación nacerá el día de la firma de la presente Constitución.
Artículo Cuarto.- La Asociación tendrá su domicilio en la ciudad de Lima, pudiendo establecer agencias y oficinas donde tenga a bien, dentro del territorio de la república, previo acuerdo de la asamblea general y en cumplimiento de sus fines y objetivos.
Artículo Quinto.- Son fines de la Asociación los siguientes:
Realizar congresos bienales o anuales denominados Latinoamericanos o Iberoamericanos de Fitopatología con el fin de integrar los conocimientos entre países hispanos y lusitanos.
Publicar una revista técnica profesional denominada FITOPATOLOGIA para discriminar los avances científicos y noticias profesionales en el ámbito iberoamericano y mundial.
Investigar nuevas formas de trabajo tanto a nivel personal como corporativo, a través de la promoción de una cultura en la que el intercambio de experiencias y soluciones prácticas se integre como parte constituyente de la vida profesional y laboral.
Acceder a los últimos desarrollos tecnológicos.
Poner en marcha todos los medios científicos, intelectuales y financieros, necesarios para incrementar y mejorar el estudio de enfermedades de las plantas.
Promover, incrementar, desarrollar investigación, estudios, consejos, formación y promover y dar ayuda a los organismos gubernamentales y otras estructuras públicas y privadas a los problemas o enfermedades que afectan a las plantas y el control de estos, tanto en los países de América Latina como en la Península Ibérica de Europa.
Participar en programas concernientes a la solución de enfermedades de plantas.
Realizar y promocionar foros locales, provinciales, departamentales o nacionales e internacionales, para buscar y compartir modos de trabajo y soluciones a las enfermedades que afectan a diferentes especies vegetales.
Desarrollar planes educativos y de formación de nuevas estrategias para la difusión de soluciones y conocimientos de enfermedades vegetales.
Todas aquellas actividades relacionadas con los fines de esta Asociación.
Artículo Sexto.- Para el logro de sus fines y objetivos, la Asociación podrá cumplir las siguientes funciones:
Establecer relaciones y firmar convenios con otras instituciones con fines análogos, sean nacionales o extranjeras, para el mejor cumplimiento de sus fines.
Organizar eventos (congresos, seminarios, mesas redondas, demostraciones de productos, etc.) sobre temas relacionados con los fines y objetivos de la Asociación.
Organizar una biblioteca especializada y un centro de documentación de la Asociación.
Realizar periódicamente publicaciones relacionadas con los fines y objetivos de la Asociación.
Organizar otras actividades que contribuyan al cumplimiento de los fines y objetivos de la Asociación.
Realizar las donaciones de los bienes que reciban de sus miembros u otras instituciones a entidades públicas o privadas que por su naturaleza hagan uso de los mismos.
Bienes que integran el patrimonio social.
Artículo sétimo.- El patrimonio de la Asociación está constituido por:
Las cuotas periódicas ordinarias.
Las cuotas de inscripción.
Las cuotas extraordinarias.
Los bienes que adquiera a título oneroso o gratuito.
Las donaciones, fondos de cooperación internacional y otras contribuciones de personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras.
Los ingresos por publicación de trabajos o avisos comerciales.
Los ingresos por publicación de los resúmenes de los trabajos presentados en congresos y el producto de la venta de sus publicaciones.
ASOCIACION LATINOAMERICANA DE FITOPATOLOGIA
Publicaciones: CIP–Apartado 1558 (Av. La Molina 1895), La Molina, Lima 12, Perú
Tel: (51-1) 349-5783 / 349-6017
Fax: (51-1) 317-5326
[email protected]
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